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prensa_2026_04_23

2A La Prensa Panamá, jueves 23 de abril de 2026 El exalcalde del distrito de Colón y miembro del Partido Revolucionario Democrático (PRD), Alex Lee, fue aprehendido la mañana de ayer, según confirmaron fuentes vinculadas al caso. Lee ya había sido detenido en mayo de 2024 en el Aeropuerto Internacional de Tocumen, cuando se dirigía a tomar un vuelo rumbo a Medellín, Colombia. En ese momento, Lee era investigado por la supuesta comisión del delito de peculado en perjuicio de la junta comunal de Barrio Sur (Colón). De acuerdo con la fiscalía, habría malversado $214 mil durante el periodo 20092014, producto de una partida que le dio el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) para asuntos sociales. Junto a Lee, también fueron aprehendidos el representante del corregimiento de Barrio Norte, Javier Lynch, y otros dos funcionarios que eran requeridos por la Fiscalía Anticorrupción. La operación Litus, desarrollada entre la Policía y la fiscalía, abarcó varios punAprehenden por segunda vez al exalcalde de Colón Alex Lee JUSTICIA tos de la ciudad de Colón en busca de personas investigadas por la presunta comisión del delito de peculado agravado en perjuicio del Estado. En el caso de Lee, se le atribuye el manejo irregular de fondos por un monto de $1 millón cuando era parte de la Junta Comunal de Barrio Sur, en la provincia de Colón. Mientras que en el caso del representante Javier Lynch la fiscalía lo investiga por presuntas irregularidades en el manejo de fondos de la descentralización hasta por un monto de $6 millones. La investigación se inició a raíz de un informe de auditoría elaborado por la Contraloría General de la República que reveló irregularidades administrativas, como insuficiencia de documentos, que sustentaran el gasto de los fondos asignados por la descentralización. La fiscal anticorrupción Digna Barrios, a cargo de las diligencias, explicó que se realizaron un total de seis diligencias de allanamientos relacionados con investigaciones iniciadas en el año 2024 por la presunta comisión del delito de peculado. Los diputados Jorge González y Alexandra Brenes, de la bancada Vamos Diputados de Vamos alertan sobre efectos de la ley de etanol Eliana Morales Gil [email protected] Juan Manuel Díaz [email protected] LEGISLATIVO En un informe de minoría, los diputados rechazaron el texto aprobado en primer debate el 24 de marzo, argumentando que el modelo propuesto viola los derechos de los consumidores. Es inconstitucional, amenaza la seguridad alimentaria de los panameños y pone en riesgo el ecosistema nacional al priorizar intereses comerciales sobre el bienestar público. Estas son algunas de las valoraciones de los diputados Alexandra Brenes, Jorge González y Jhonathan Vega, de la bancada Vamos, sobre el proyecto de ley 443, que establece el etanol obligatorio en Panamá. A través de un informe de minoría, los diputados rechazaron el texto aprobado en primer debate el pasado 24 de marzo, argumentando las razones arriba expuestas y que el Estado intenta imponer un modelo que viola los derechos básicos de los consumidores y los compromisos ambientales internacionales de Panamá. Golpe a la libertad del consumidor El informe advierte que el proyecto viola el artículo 49 de la Constitución Política, que prohíbe los monopolios y ordena proteger la libre competencia y los derechos del consumidor, pues obliga a la población a consumir gasolinas con una mezcla del 10 % de bioetanol anhidro. “Se elimina la libertad de elección que tiene el consumidor, lo cual puede afectar directamente la operatividad de maquinaria o motores cuya fabricación no les permite funcionar óptimamente con gasolina con aditivos de las características propias del bioetanol”, se destaca en el informe. Amenaza a la canasta básica Uno de los puntos más críticos del informe destaca el peligro que corre el suministro de azúcar en el país. El documento recuerda que, actualmente, el mercado local consume al menos dos tercios de la producción nacional de caña de azúcar. Los diputados advierten que centrar este cultivo en la producción de bioetanol provocará un desbalance en el suministro de azúcar, un insumo esencial de la canasta básica nacional. También explican que el proyecto carece de estudios técnicos que demuestren que el sector primario tiene la capacidad de producir combustible sin encarecer o desabastecer los alimentos de la población. Retroceso ambiental y riesgo de incendios En materia ambiental, Brenes, González y Vega denuncian que la propuesta vulnera el principio de no regresión ambiental y el Acuerdo de Escazú. Argumentan que el texto ignora las sugerencias del Ministerio de Ambiente y promueve la expansión de monocultivos energéticos, lo cual aumenta el riesgo de incendios forestales debido a la práctica de quema y la gestión intensiva de biomasa. Contrario a lo que afirma el Ejecutivo, los diputados advierten que el proyecto no representa una alternativa menos contaminante, sino que fragmentará los ecosistemas y alterará la humedad del suelo. Falta de condiciones técnicas El informe de minoría, además, resalta otra contradicción: mientras el Ministerio de la Presidencia impulsa este proyecto de ley, la Secretaría Nacional de Energía suspendió recientemente la implementación del bioetanol mediante una resolución. Al respecto, advierten que el propio Gobierno reconoce en dicho documento que el país no cuenta con las condiciones técnicas, regulatorias ni de mercado necesarias para ejecutar el programa de forma segura. Por ende, los diputados consideran “sumamente incongruente” insistir en una ley cuya aplicación práctica el propio Estado ha declarado inviable por ahora. Reforma integral Luego de sustentar los cuestionamientos al proyecto de ley 443, los tres diputados proponen un texto con varias modificaciones. Por ejemplo, plantean que los distribuidores deben ser responsables objetivos por los daños que el bioetanol La Corte Suprema de Justicia declaró que no son inconstitucionales ni la orden de indagatoria ni la sentencia condenatoria contra el expresidente Ricardo Martinelli Berrocal (2009-2014) por lavado de dinero en el denominado caso New Business. La decisión se conoció a través del Edicto 560, divulgado por la secretaria general del Órgano Judicial este 22 de abril, y lleva la firma del magistrado Olmedo Arrocha, quien actuó como ponente de tres demandas de inconstitucionalidad: dos presentadas por Ángel Alvarez y otra por Nadia Castillo. La orden de indagatoria fue dictada por el fiscal especializado contra la Delincuencia Organizada, Emeldo Márquez. En tanto, la sentencia fue expedida el 17 de julio de 2023, por el Juzgado Segundo Liquidador de Causas Penales (ya clausurado), a cargo de la juez Baloisa Marquínez. Por el caso New Business, Martinelli (que el año pasado se asiló en Colombia) fue condenado a 128 meses de prisión y al pago de una multa de $19.2 millones. También fue inhabilitado para ocupar cargos públicos. Álvarez presentó una de las demandas en representación de la exprimera dama Marta Linares de Martinelli, contra la orden No.1 de 30 de junio de 2020 por la cual la fiscalía ordenó la indagatoria del exmandatario. La otra demanda de Álvarez es contra la sentenCorte mantiene condena a Martinelli tras desestimar tres demandas de inconstitucionalidad CASO NEW BUSINESS cia que dictó la juez Marquínez contra Martinelli y cuatro imputados más: Daniel Ochy, Janeth Vásquez, Iván Arrocha y Valentín Martínez Vásquez. Sin embargo, Martínez Vásquez presentó un recurso de revisión ante la Sala Penal de la Corte que lo absolvió de los cargos, luego de aportar nuevas evidencias en su favor. Mientras que la abogada Castillo también demandó por inconstitucional la orden de indagatoria firmada por el fiscal Márquez. Estos son unos de los últimos recursos ensayados por la defensa de Martinelli para dejar sin efecto la sentencia en su contra por blanqueo de capitales. Martinelli llegó a Colombia el 10 de mayo del 2025, tras salir de la embajada de Panamá en Nicaragua, donde permaneció desde el 7 de febrero de 2024. Juan Manuel Díaz [email protected] Ricardo Martinelli, expresidente de la República. Archivo Suscríbete www.prensa.com Síguenos twitter.com/prensacom Comenta facebook.com/prensacom Panorama cause a los motores o vehículos de los consumidores. También proponen que la producción debe enfocarse en residuos de origen animal o vegetal, prohibiendo la conversión de bosques o manglares en cultivos energéticos. Asimismo, sugieren que el Estado debe aplicar criterios estrictos de prevención, precaución y responsabilidad ambiental en todas las fases de producción. Finalmente, los diputados Brenes, González y Vega condicionan su apoyo a que el proyecto incorpore estas modificaciones para garantizar que la transición energética sea ordenada, justa y, sobre todo, constitucional. El informe de Cedeño Los tres votaron en contra de que el proyecto de ley 443 se aprobara en primer debate. Otro que votó en contra fue Ernesto Cedeño, del Movimiento Otro Camino, quien también presentó un informe de minoría. “Si bien su finalidad es legítima, algunas de sus disposiciones podrían generar riesgos y eventuales vicios de inconstitucionalidad, particularmente en relación con los principios de libre competencia, razonabilidad, seguridad jurídica y protección al consumidor, en caso de que no se delimiten adecuadamente sus alcances”, dice el documento de Cedeño. Además, advierte que el proyecto de ley establece tratamientos diferenciados entre la producción nacional e importada e introduce un nivel significativo de intervención estatal, entre otras cosas. En el pleno El debate de esta propuesta se reanudó ayer. Se presentaron dos informes de minoría y se comenzó la sustentación.

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