BANCO_DE_OCCIDENTE_EF

BANCO DE OCCIDENTE (PANAMÁ), S. A. (Panamá, República de Panamá) Notas a los Estados Financieros 60 (20) Valor Razonable de Instrumentos Financieros, continuación La tabla a continuación describe las técnicas de valoración y los datos de entradas utilizados en los activos y pasivos financieros no medidos a valor razonable clasificados en la jerarquía de valor razonable dentro de los niveles 2 y 3: Instrumento Financiero Técnica de Valoración y Datos de Entradas Utilizados Depósitos a plazo colocados a corto plazo Están valorados a su valor en libros reportado en el estado de situación financiera, el cual se considera un estimado razonable debido al corto plazo (menor de 12 meses) al vencimiento de estos instrumentos. Depósitos a plazo colocados a largo plazo Flujos de efectivo descontados usando el promedio de tasas de interés actuales de mercado para nuevos depósitos colocados, con vencimiento remanente similar. Préstamos Flujos de efectivos descontados usando las tasas de interés actuales de mercado para nuevos préstamos con vencimiento remanente similar. Depósitos de clientes a plazo Flujos de efectivo descontados usando las tasas de interés actuales de mercado para nuevos depósitos con vencimiento remanente similar. Bono por pagar Para los bonos por pagar que se cotizan en mercados activos, el valor razonable es determinado por el precio de referencia del instrumento publicado en bolsa de valores, publicado en sistemas electrónicos de información bursátil, o provisto por proveedores de precios. Cuando no están disponibles los precios independientes, se determinan los valores razonables usando técnicas de valoración con referencia a datos observables del mercado. Valores vendidos bajo acuerdos de recompra No existen cotizaciones de precios de mercado para dichos instrumentos, por lo que el valor razonable se determina utilizando técnicas de flujos de efectivo descontados. Los flujos de efectivo se estiman basándose en los términos contractuales, considerando cualquier característica de derivado incorporado y otros factores. Los flujos esperados de efectivo se descuentan utilizando las tasas de mercado que se aproximan al vencimiento de dicho instrumento al igual que la naturaleza y monto de la garantía recibida. (21) Principales Leyes y Regulaciones Aplicables Las principales leyes y regulaciones aplicables en la República de Panamá se detallan a continuación: (a) Ley Bancaria Las operaciones bancarias en la República de Panamá están reguladas y supervisadas por la Superintendencia, de acuerdo con la legislación establecida por el Decreto Ejecutivo No. 52 de 30 de abril de 2008, que adopta el texto único del Decreto Ley 9 de 26 de febrero de 1998, modificado por el Decreto Ley 2 de 22 de febrero de 2008, por el cual se establece el régimen bancario en Panamá y se crea la Superintendencia y las normas que lo rigen. El porcentaje del índice de liquidez reportado por el Banco al ente regulador, bajo los parámetros del Acuerdo No. 004-2008, fue de 69.62% (2021: 58.13%). BANCO DE OCCIDENTE (PANAMÁ), S. A. (Panamá, República de Panamá) Notas a los Estados Financieros 61 (21) Principales Leyes y Regulaciones Aplicables, continuación La Ley bancaria de Panamá exige a los bancos de licencia internacional mantener un capital social pagado mínimo de tres millones de dólares (US$3,000,000), y fondos de capital por no menos del 8% de sus activos ponderados, incluyendo las operaciones fuera del estado de situación financiera. Los bancos de licencia internacional sobre las cuales la Superintendencia ejerza la supervisión de destino deberán cumplir, en todo momento, con el índice de adecuación de fondos de capital exigido por su supervisor de origen, que es la Superintendencia Financiera de Colombia. Para efectos de cumplimiento con normas prudenciales emitidas por la Superintendencia, el Banco debe preparar un cálculo de la reserva de crédito en base a lineamientos regulatorios. En caso de que el cálculo regulatorio resulte mayor que el cálculo respectivo determinado bajo NIIF, el exceso de reserva se reconocerá en una reserva regulatoria de patrimonio. (b) Acuerdo No. 004-2013 de fecha 28 de mayo de 2013, el cual establece disposiciones sobre la gestión y administración del riesgo de crédito inherente a la cartera de préstamos y operaciones fuera del estado de situación financiera, incluyendo los criterios generales de clasificación de las facilidades crediticias con el propósito de determinar las provisiones específicas y dinámica para la cobertura del riesgo de crédito del Banco. En adición, este Acuerdo establece ciertas revelaciones mínimas requeridas, en línea con los requerimientos de revelación de las NIIF, sobre la gestión y administración del riesgo de crédito. Sujeto a previa aprobación del Superintendente, los bancos podrán reversar la provisión establecida, de manera parcial o total, con base en justificaciones debidamente evidenciadas y presentadas a la Superintendencia. Provisiones específicas El Acuerdo No. 004-2013 indica que las provisiones específicas se originan por la evidencia objetiva y concreta de deterioro. Estas provisiones deben constituirse para las facilidades crediticias clasificadas en las categorías de riesgo denominadas mención especial, subnormal, dudoso, o irrecuperable, tanto para facilidades crediticias individuales como para un grupo de tales facilidades. Como mínimo, a partir del 31 de diciembre de 2014, los bancos deberán calcular y mantener en todo momento el monto de las provisiones específicas determinadas mediante la metodología especificada en este Acuerdo, la cual toma en consideración el saldo adeudado de cada facilidad crediticia clasificada en alguna de las categorías sujetas a provisión, mencionadas en el párrafo anterior; el valor presente de cada garantía disponible como mitigante de riesgo, según se establece por tipo de garantía en este Acuerdo; y una tabla de ponderaciones que se aplica al saldo neto expuesto a pérdida de tales facilidades crediticias. BANCO DE OCCIDENTE (PANAMÁ), S. A. (Panamá, República de Panamá) Notas a los Estados Financieros 62 (21) Principales Leyes y Regulaciones Aplicables, continuación En caso de existir un exceso de provisión específica, calculada conforme a este Acuerdo, sobre la provisión calculada conforme a NIIF, este exceso se contabilizará en una reserva regulatoria en el patrimonio que aumenta o disminuye con asignaciones de o hacia las utilidades retenidas. El saldo de la reserva regulatoria no será considerado como fondos de capital para efectos del cálculo de ciertos índices o relaciones prudenciales mencionadas en el Acuerdo. El Acuerdo No. 004-2013 define como morosa cualquier facilidad crediticia que presente algún importe no pagado, por principal, intereses o gastos pactados contractualmente, con una antigüedad de más de 30 días y hasta 90 días, desde la fecha establecida para el cumplimiento de los pagos. El Acuerdo No. 004-2013 define como vencida cualquier facilidad crediticia cuya falta de pago de los importes contractualmente pactados presenten una antigüedad superior a 90 días. Este plazo se computará desde la fecha establecida para el cumplimiento de los pagos. Las operaciones con un solo pago al vencimiento y sobregiros se considerarán vencidas cuando la antigüedad de la falta de pago supere los 30 días, desde la fecha en la que está establecida la obligación de pago. Al 31 de diciembre 2021, los saldos de los préstamos morosos y vencidos en base al Acuerdo No.004-2013 se detallan a continuación: 2022 Clasificación Morosos Vencidos Total Préstamos 84,909 2,329,992 2,414,901 84,909 2,329,992 2,414,901 2021 Clasificación Morosos Vencidos Total Préstamos 1,183,394 917,082 2,100,476 1,183,394 917,082 2,100,476 Además, con base en el Acuerdo No. 008-2014, se suspende el reconocimiento del ingreso por intereses en base a los días de atraso en el pago a principal y/o intereses y el tipo de operación crediticia de acuerdo a lo siguiente: a) Para créditos de consumo y empresariales, si hay mora de más de 90 días; y b) Para créditos hipotecarios para vivienda, si hay mora de más de 120 días. Al 31 de diciembre de 2022, el Banco no mantiene préstamos en estado de no acumulación de intereses (2021: US$0). El saldo de préstamos reestructurados al 31 de diciembre de 2022, ascendía a US$3,944,000. BANCO DE OCCIDENTE (PANAMÁ), S. A. (Panamá, República de Panamá) Notas a los Estados Financieros 63 (21) Principales Leyes y Regulaciones Aplicables, continuación El cuadro a continuación resume la clasificación de la cartera de préstamos y las reservas para pérdidas en préstamos con base en el Acuerdo No. 004-2013: 2022 Normal Mención Especial Subnormal Dudoso Total Préstamos corporativos 221,459,225 0 0 0 221,459,225 Préstamos a entidades financieras 140,004,639 0 2,592,369 1,438,534 144,035,542 Préstamos al consumidor 261,935 0 4,437 0 266,372 Totales 361,725,799 0 2,596,806 1,438,534 365,761,139 Reserva específica 0 0 1,250,000 1,120,000 2,370,000 2021 Normal Mención Especial Subnormal Dudoso Total Préstamos corporativos 160,277,809 1,916,355 0 0 162,194,164 Préstamos a entidades financieras 140,149,872 0 0 140,149,872 Préstamos al consumidor 284,230 542 1,446 765 286,983 Totales 300,711,911 1,916,897 1,446 765 302,631,019 Reserva específica 397,000 0 0 0 397,000 Provisión dinámica El Acuerdo No. 004-2013 indica que la provisión dinámica es una reserva constituida para hacer frente a posibles necesidades futuras de constitución de provisiones específicas, la cual se rige por criterios prudenciales propios de la regulación bancaria. La provisión dinámica se constituye con periodicidad trimestral sobre las facilidades crediticias que carecen de provisión específica asignada, es decir, sobre las facilidades crediticias clasificadas en categoría normal. Este Acuerdo regula la metodología para calcular el monto de la provisión dinámica, que considera una restricción porcentual máxima y mínima aplicable al monto de la provisión determinada sobre las facilidades crediticias clasificadas en categoría normal. La provisión dinámica es una partida patrimonial que aumenta o disminuye con asignaciones de o hacia las utilidades retenidas. El saldo acreedor de esta provisión dinámica forma parte del capital regulatorio, pero no sustituye ni compensa los requerimientos de adecuación de capital establecidos por la Superintendencia. Al 31 de diciembre de 2022, el Banco ha asignado US$7,004,851 (2021: US$5,013,914) de las utilidades no distribuidas, como provisión dinámica regulatoria, manteniendo el valor por efectos de regulación del Acuerdo. BANCO DE OCCIDENTE (PANAMÁ), S. A. (Panamá, República de Panamá) Notas a los Estados Financieros 64 (21) Principales Leyes y Regulaciones Aplicables, continuación Acuerdo No. 002-2021 Al 31 de diciembre 2022 no existen créditos bajo la clasificación Mención especial modificado ya que fueron clasificados bajo los requerimientos del Acuerdo 004-2013. En noviembre de 2022 la Superintendencia de Bancos de Panamá emitió el Acuerdo No. 012-2022 que deroga en todas sus partes el Acuerdo No. 002-2021 del 11 de junio de 2021 y todas sus modificaciones y el Acuerdo No. 006-2021 de 22 de diciembre de 2021 y todas sus modificaciones. Igualmente se deroga la Resolución General de Junta Directiva No. SBP-GJD-0003-2021 de 11 de junio de 2021 y la Resolución General de Junta Directiva No. SBPGJD-0004-2021 de 21 de junio de 2021. En el Acuerdo se establecen las pautas generales para el restablecimiento al Acuerdo No. 004-2013. Las entidades bancarias migrarán la cartera de créditos modificados clasificados en la categoría “Mención Especial Modificado” a las categorías de riesgo del Acuerdo No. 004-2013, de conformidad con los parámetros establecidos, para lo cual utilizarán en principio como referencia los días de atraso que mantenga cada crédito, como también, cualquier otra debilidad que pueda afectar su capacidad de pago. (22) Medidas Adoptadas a Consecuencia de la Pandemia Al 31 de diciembre de 2022, el impacto no ha sido significativo para el Banco. Sin embargo, desde el inicio de la pandemia por COVID-19 y hasta la fecha, la administración continúa monitoreando y analizando los efectos que la situación está teniendo en sus operaciones y en las de sus clientes y no se han evidenciado situaciones que impliquen presión sobre la liquidez de las entidades del Grupo Banco de Occidente; no obstante, la estrategia del Banco y sus filiales está orientada a mantener adecuados niveles de liquidez para atender eventos de estrechez en caso de presentarse. (23) Eventos Subsecuentes El Banco ha evaluado los eventos subsecuentes al 21 de marzo de 2023, para determinar la necesidad de revelaciones adicionales en los estados financieros adjuntos. En reunión extraordinaria de la Junta Directiva del Banco celebrada el 9 de diciembre de 2022, se autorizó realizar operación de compraventa de préstamos con una compañía financiera no vinculada o relacionada con el Banco. El acuerdo entre ambas partes fue firmado el 19 de diciembre de 2022. El 28 de febrero de 2023, se cerró dicha transacción, en donde el Banco vendió dos operaciones con un valor en libros de US$2,500,000 y adquirió operaciones de préstamos con un valor de US$42,700,000. Los préstamos adquiridos corresponden principalmente a clientes previamente vinculados con el Banco.

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