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6A La Prensa Panamá, sábado 14 de febrero de 2026 Tal como se tenía previsto, el nuevo puente vehicular en el sector de La Cabima, corregimiento de Alcalde Díaz, Panamá Norte, fue inaugurado a las 9:00 a.m. de ayer 13 de febrero. Funcionarios del Ministerio de Obras Públicas (MOP), acompañados por representantes del Consorcio Cabima —conformado por Constructora Meco, S.A. y Constructora Meco Panamá, S.A.— realizaron el acto de apertura de la vía y permitieron el paso de decenas de conductores que esperaban desde hace varios años la culminación de la obra. Se trata del proyecto “Diseño, Construcción y Financiamiento del Intercambiador Entrada La Cabima y Retorno a Desnivel en Ciudad Bolívar”, una iniciativa destinada a mejorar la movilidad en el sector norte de la ciudad y reducir los congestionamientos en la vía Transístmica. A medida que los vehículos avanzaban, los conductores levantaban la mano en señal de aprobación. No es para menos: ahora cuentan con salida directa a la vía Boyd Roosevelt (Transístmica), sin el congestionamiento vehicular habitual. Dionisio Rodríguez, ingeniero residente del MOP, explicó que la estructura cuenta con dos carriles de circunvalación que parten de la plaza comercial La Cabima y se incorporan a la Transístmica en dirección a la ciudad de Panamá, frente al Supermercado 99. “Las personas que se diriDespués de años de espera, inauguran el puente vehicular de La Cabima VIALIDAD gen hacia la provincia de Colón deben utilizar un carril al costado del nuevo puente vehicular e incorporarse directamente a la Transístmica”, detalló. Este nuevo intercambiador se suma al retorno a desnivel tipo herradura en Ciudad Bolívar, ya en funcionamiento, que facilita la conexión con la vía Boyd– Roosevelt, agregó. La obra, con un costo de $26.5 millones, se encuentra en su fase final, con un avance físico del 99.4%. Según las autoridades, aún restan algunos detalles, como la terminación de la calzada a un costado del intercambiador y la reubicación de algunos postes del servicio eléctrico. El funcionario estimó que el proyecto beneficiará directamente a más de 60 mil residentes de Panamá Norte, especialmente de las áreas de Ciudad Bolívar, La Cabima, María Henríquez, El Chungal, Caimitillo, Calzada Larga y Nuevo México–Puerto Corotú. El proyecto fue adjudicado al consorcio en 2022, tras una licitación pública. El acto público para el suministro de leche semidescremada fortificada tiene un precio de referencia 16.5 millones de dólares. Archivo Anagan y Meduca chocan por uso de leche en programa escolar Yaritza Mojica [email protected] José González Pinilla [email protected] POLÉMICA La Anagan advirtió que una propuesta de reforma al reglamento técnico permitiría el uso de leche en polvo importada en el desayuno escolar, mientras el Meduca reiteró que la licitación exige leche fluida 100% nacional. La Asociación Nacional de Ganaderos (Anagan), capítulo de Los Santos, expresó su preocupación mediante un comunicado emitido este 12 de febrero por una propuesta de reforma al reglamento técnico que permitiría el uso de leche en polvo importada en elprocesamientodelvasode leche y de quesos destinados al programa “El desayuno escolar saludable”, que impulsa el Ministerio de Educación (Meduca). El gremio cuestionó que la propuesta haya sido presentada por el Comité Técnico de Normalización, Subcomisión de Productos Lácteos, de la Dirección General de Normas y Tecnología Industrial del Ministerio de Comercio e Industrias (MICI), mientras el proceso de licitación del Meduca —cuya apertura de propuestas se realizó el pasado 29 de enero— avanza sin que, según afirman, se hayan cumplido todos los pasos legales para modificar el reglamento técnico vigente. Los productores reiteraron que la Ley 115 de diciembre de 2019 establece el uso de materia prima nacional para los programas escolares y prohíbe expresamente la utilización de leche en polvo reconstituida en el procesamiento del vaso de leche y de quesos que se suministran a los estudiantes. En ese sentido, advirtieron que mantendrán una “posición inquebrantable” en defensa de la producción nacional. La asociación también solicitó un acercamiento con el presidente de la República, José Raúl Mulino, para discutir este y otros temas relacionados con el sector agropecuario, al considerar que la medida afectaría el mercado interno y los precios que reciben los productores, lo que impactaría su sostenibilidad. Los ganaderos manifestaron que, mientras en países como Estados Unidos se promueve el consumo de leche entera en la población infantil, en Panamá —señalan— se insiste en el uso de bebidas lácteas y sucedáneos. El gremio hizo un llamado a padres de familia y docentes a mantenerse atentos en defensa de lo que califican como un “verdadero desayuno escolar saludable”. Programa de Alimentación Escolar exige el uso de leche fluida Ante los señalamientos de la Anagan, la directora de Nutrición y Salud Escolar del Meduca, Gilda Montenegro, aclaró que el proceso de licitación para el suministro de leche del Programa de Alimentación Escolar exige el uso de leche fluida 100% de producción nacional y descartó que se contemple la utilización de leche en polvo. Montenegro explicó que el proceso aún no ha concluido. Indicó que el pasado martes 10 de febrero se realizó la apertura de propuestas y que todavía falta la etapa de adjudicación, así como la instalación de la comisión evaluadora. “Nos encontramos inmersos en un proceso administrativo que aún no ha culminado. Es importante permitir que este procedimiento termine sin empañar el proceso”, señaló. La funcionaria destacó que se realizó un esfuerzo técnico para elaborar un pliego de cargos “robusto”, especialmente en el capítulo de especificaciones técnicas, donde se detalla con precisión cómo debe ser la leche que se suministrará a los estudiantes. “En ningún momento se ha dicho que es leche en polvo; al contrario, es 100 % leche fluida de producción nacional. Las empresas participantes deben cumplir con este requisito técnico, además de las exigencias administrativas que establece la Ley de Contrataciones Públicas”, afirmó. Montenegro subrayó que el Meduca no distribuye leche en polvo, sino leche fluida de vaca que cumple con los parámetros nutricionales requeridos para garantizar el aporte adecuado de nutrientes a los estudiantes. Asimismo, recordó que antes de la apertura de propuestas se desarrolló un proceso de homologación en el que las empresas interesadas pudieron presentar observaciones al pliego de cargos. Esa etapa, dijo, ya fue superada. Finalmente, hizo un llamado a que se permita culminar el procedimiento de adjudicación y a que no se trasladen al proceso administrativo las diferencias comerciales que puedan existir entre las empresas participantes. Precisamente, el acto público para el suministro, transporte, entrega y descarga en sitio de leche semidescremada fortificada para el desayuno escolar tiene un precio de referencia de $16,520,514.43. La Corte Suprema de Justicia decidió mantener como de acceso restringido las actas de las sesiones del Pleno, así como los registros de seguridad sobre las personas que ingresen o egresen de las dependencias judiciales o administrativas del Órgano Judicial. La medida quedó formalizada mediante los acuerdos No. 8 y No. 11, ambos fechados el 13 de enero de 2026 y publicados en la Gaceta Oficial No. 30452. En el Acuerdo 8, los magistrados declararon como información de acceso restringido el contenido de las actas de las discusiones del Pleno. En el Acuerdo 11, extendieron esa clasificación a los registros que administra la Dirección de Seguridad del Órgano Judicial, incluyendo datos de ingreso y salida de personas, información del Corte vuelve a poner bajo reserva actas del Pleno, así como registro de visitas TRANSPARENCIA sistema de videovigilancia y otros registros internos. Para sustentar la decisión, el Pleno invocó la Ley No. 6 de 22 de enero de 2002, que regula el acceso a la información pública y permite clasificar como restringida aquella información cuya divulgación esté limitada a los funcionarios que deban conocerla en razón de sus atribuciones. También citaron el segundo párrafo del artículo 13 de esa norma, que establece que cuando información confidencial forme parte de procesos judiciales debe mantenerse reservada y accesible únicamente a las partes involucradas. Ambos acuerdos llevan la firma de los nueve magistrados que integran la Corte y entraron en vigor de manera inmediata. Aunque los acuerdos emplean la fórmula “declarar”, fuentes del Órgano Judicial indicaron que no se trata de una disposición inédita, sino de la renovación de regulaciones anteriores que habían caducado. En 2015, la Corte adoptó una medida similar al restringir el acceso a las actas del Pleno, también con fundamento en la Ley 6 de 2002. La decisión se produce en un contexto en el que la transparencia judicial ha sido objeto de debate público, particularmente en relación con el alcance de la publicidad de las deliberaciones internas del máximo tribunal del país. Juan Manuel Díaz [email protected] Nuevo puente en La Cabima, Cortesía del MOP

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