7A La Prensa Panamá, jueves 12 de febrero de 2026 Panorama Sede del Palacio Municipal de David, distrito integrado por 12 corregimientos y dirigido por el alcalde Joaquín De León. Archivo Alzas de hasta 700% en impuestos municipales de David quedan suspendidas Yasser Yánez García [email protected] DECISIÓN JUDICIAL El Acuerdo 45 que permitió los incrementos fue impulsado -por segunda vez- por el alcade de David, Joaquín De León. Ahora se abre un nuevo capítulo legal y político sobre el régimen tributario. La Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia ordenó la suspensión provisional del Acuerdo Municipal No. 45 de 2025, que establecía un nuevo sistema de impuestos para el distrito de David, en Chiriquí. La decisión respondió a una demanda de nulidad presentada por la Asociación de Distribuidores de Automóviles de Panamá (ADAP), con el respaldo de la Cámara de Comercio, Industrias y Agricultura de Panamá (CCIAP). La medida fue adoptada de forma unánime por los magistrados. José Rivera, abogado de los demandantes y representante de empresas vinculadas a la Cámara de Comercio, explicó que el recurso se sustenta en cuatro argumentos principales. El primero es el incremento “desproporcionado” de las tarifas. Según indicó, los aumentos oscilaban entre 50% y más de 700% para grandes contribuyentes, en un contexto donde el crecimiento económico nacional no supera el 4%. Como ejemplo, detalló que una empresa que pagaba $500 mensuales —$6,000 al año— pasaría a pagar entre $18,000 y $24,000 anuales. El gremio propuso que cualquier ajuste se limitara a un rango de 15% a 20%, lo que ya representaba un aumento significativo, pero razonable. Sin embargo, la propuesta no fue acogida por el municipio. El segundo argumento se refiere al incumplimiento del procedimiento de aforo establecido en los artículos 87, 88 y 94 de la Ley 106 de 1973, que regula el Régimen Municipal. Rivera sostuvo que la norma obliga a realizar aforos cada dos años para evaluar la situación económica real de los contribuyentes antes de modificar la carga tributaria. Según afirmó, ese procedimiento no se practicó y existen certificaciones empresariales que así lo acreditan. En su análisis preliminar, la Sala Tercera advirtió que no constaba que el Municipio de David hubiese cumplido con ese requisito, considerado esencial para individualizar la situación de cada contribuyente. El Tribunal estimó que la omisión podría implicar la imposición de un régimen impositivo sin considerar la realidad socioeconómica de los afectados y causar un perjuicio grave. El tercer cuestionamiento guarda relación con la entrada en vigencia del acuerdo. Rivera indicó que el documento fue publicado el 18 de noviembre de 2025 para comenzar a regir el 1 de enero de 2026, lo que, a su juicio, no otorgó tiempo suficiente para que los contribuyentes evaluaran el impacto de los cambios. El cuarto argumento se centra en el criterio utilizado para fijar las nuevas tarifas. Según el abogado, funcionarios municipales señalaron que grandes contribuyentes —como supermercados, ferreterías, mayoristas y distribuidores de vehículos— debían pagar montos similares a los de la ciudad de Panamá. Rivera calificó esa comparación como “absurda”, al sostener que en la capital se concentra el mayor volumen de ventas y que operar en David implica costos logísticos adicionales. Rivera añadió que durante conversaciones con autoridades municipales se les indicó que el impuesto no se había ajustado en 13 años y que existían diferencias entre contribuyentes. No obstante, sostuvo que corresponde a la administración determinar con precisión la situación individual de cada empresa y no trasladar esa carga al contribuyente. Tras la suspensión provisional, el 5 de febrero los empresarios acudieron al municipio para reiterar su propuesta de ajuste moderado. Rivera indicó que en la reunión no estuvieron el alcalde Joaquín De León ni los concejales, sino la tesorera, el asesor legal y una “mesa técnica”. Según el abogado, el municipio habría preparado un nuevo documento y un “acuerdo temporal”. Hasta el momento, afirmó, no han recibido comunicación formal tras la suspensión. No es la primera vez que el tema tributario genera controversia en David: en enero de 2025 fueron derogados los acuerdos 18 y 19, que también buscaban modificar el esquema vigente desde 2011. Datos a tener a tener en cuenta Entre 50% y 700% Ese es el incremento de los impuestos municipales contenido en el suspendido Acuerdo Municipal No. 45 de 2025, cuya aplicación fue frenada provisionalmente por la Sala Tercera de la Corte Suprema Los protagonistas Joaquín De León, alcalde de David desde 2024, electo en alianza entre Cambio Democrático y el Partido Panameñista; y la Asociación de Distribuidores de Automóviles de Panamá (ADAP), que presentó la demanda de nulidad con el respaldo de la Cámara de Comercio, Industrias y Agricultura de Panamá. ¿Qué sigue ahora? La Sala Tercera suspendió provisionalmente el Acuerdo 45 de 2025 mientras se resuelve la demanda de nulidad. El Municipio de David deberá esperar el fallo de fondo o presentar una nueva propuesta tributaria que cumpla con el aforo y el procedimiento legal. El proceso judicial continúa.
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