1A La Prensa Panamá, miércoles 4 de febrero de 2026 El medio libre de Panamá 75¢ Miércoles 4 de febrero de 2026 - Año 45 - Nº 15282 Hoy por hoy La historia del contrato de Panama Ports Company (PPC) no es la de un error aislado, sino la de una cadena de decisiones públicas que desprotegieron los intereses del Estado. Durante casi tres décadas, funcionarios con nombre y apellido ocuparon posiciones clave y, por acción u omisión, permitieron que un contrato estratégicamente sensible derivara en un esquema profundamente desequilibrado. En los primeros años, bajo el gobierno de Mireya Moscoso, ministros como Joaquín Jácome equipararon beneficios públicos con supuestas “plusvalías” privadas, debilitando el principio elemental de que los bienes del Estado no se negocian como favores. Años después, un contralor como Gerardo Solís avaló una auditoría que sirvió de base para justificar la continuidad del contrato, sin que hoy resulte claro cómo se ponderaron sus efectos institucionales y fiscales. En ese mismo período, una junta directiva de la Autoridad Marítima de Panamá y su administrador, Noriel Araúz, omitieron controles básicos y adoptaron decisiones de alto impacto sin debate públiAlcaraz y el reto de alcanzar a Federer, Nadal y Djokovic 6B Deportes Estudio identifica fallas estructurales en la educación en Panamá El estudio del Proyecto de Transformación Legal 2026 advierte rezagos de aprendizaje, exclusión escolar, desigualdad territorial, deficiencias en formación docente y vacíos legales que limitan el acceso a una educación de calidad en Panamá. VEA 4A Tras fallo de PPC, Solís y García deslindan responsabilidades Ohigginis Arcia Jaramillo [email protected] El fallo de la Corte Suprema de Justicia que declaró inconstitucional la prórroga del contrato de Panama Ports Company (PPC) reactivó las explicaciones de dos exfuncionarios clave. CONCESIÓN PORTUARIA El excontralor defendió la auditoría de cumplimiento y aseguró que nunca revisó un contrato prorrogado, mientras que exviceministro afirmó que no hubo prórroga formal, sino una tácita reconducción prevista en el contrato-ley. El excontralor Gerardo Solís defendió la auditoría de cumplimiento realizada durante su gestión y aseguró que nunca revisó un contrato de extensión. El exviceministro Carlos García, quien presidió la sesión de la junta directiva de la Autoridad Marítima de Panamá en la que se abordó el tema, sostuvo que no hubo una prórroga formal, siCasa Blanca El encuentro Petro-Trump El presidente de Colombia, Gustavo Petro, invitó a Donald Trump a visitar Cartagena de Indias tras una reunión de dos horas que calificó de positiva en la Casa Blanca. Como gesto del encuentro, Trump le obsequió una gorra con el lema Make America Great Again, en la que Petro escribió Americas. Además, dijo que le entregó una lista de capos del narcotráfico que viven fuera de Colombia y planteó que Ecopetrol apoye la recuperación económica del Caribe colombiano. EFE Gerardo Solís. LP La Corte Suprema de Justicia no admitió la demanda de inconstitucionalidad presentada por diputados de la coalición Vamos contra la resolución de la Contraloría que otorgó nuevas facultades cautelares, incluidas medidas como secuestros y suspensión de salarios, decisión notificada por edicto sin detallar los fundamentos jurídicos. VEA 2A Avanza elproyecto de ley que elimina el Ministerio de la Mujer Corte rechaza demanda de los superpoderes del contralor Con cinco votos a favor y cuatro en contra, la Comisión de la Mujer, la Niñez, la Juventud y la Familia de la Asamblea Nacional aprobó en primer debate el proyecto de ley que elimina el Ministerio de la Mujer y lo convierte en instituto. ESTRUCTURA ESTATAL no una tácita reconducción prevista en el contrato-ley. Sin embargo, el fallo determinó que esa interpretación fue sesgada, que no se realizó el proceso de negociación exigido y que el Estado renunció a ejercer su potestad de renegociar tarifas, cánones y condiciones en una concesión estratégica. VEA 2A Carlos García Molino. LP PPC recurre a arbitraje internacional contra el Estado Panama Ports Company anunció que inició un arbitraje internacional contra el Estado panameño ante la Cámara de Comercio Internacional, tras el fallo que declaró inconstitucional su contrato de concesión. La empresa alega incumplimientos contractuales, acciones estatales que afectaron su operación y solicita una indemnización, mientras afirma mantener disposición al diálogo y cooperación institucional continua. VEA 2A co ni escrutinio suficiente. Todo ello ocurrió durante el gobierno de Laurentino Cortizo, sin que el Gabinete ni el presidente ejercieran el liderazgo político necesario para revisar, cuestionar o detener un proceso claramente lesivo para el país. El fallo de la Corte corrige el resultado, pero no borra el proceso. La lección pendiente es asumir responsabilidades políticas. El país tiene derecho a saber quién decidió, con qué criterios y en nombre de qué intereses. Sin esa claridad, el problema no queda resuelto: solo queda postergado.
2A La Prensa Panamá, miércoles 4 de febrero de 2026 Suscríbete www.prensa.com Síguenos twitter.com/prensacom Comenta facebook.com/prensacom Panorama Juan Manuel Díaz [email protected] Diputados de Vamos demandaron ante la Corte. Juan Manuel Díaz Corte no admite demanda de Vamos contra superpoderes del contralor CORTE SUPREMA La Corte Suprema de Justicia no admitió una demanda de inconstitucionalidad presentada por diputados de la coalición Vamos contra la resolución del 23 de septiembre de 2025 que otorgó nuevas facultades al contralor general, Anel “Bolo” Flores. Con ponencia del magistrado Carlos Vásquez, el Pleno rechazó el recurso interpuesto contra la resolución No. 312-2025-Leg/PJ, mediante la cual la Contraloría se atribuyó la potestad de ordenar medidas cautelares, como secuestros de bienes y suspensión de salarios, en casos de presuntas irregularidades en el manejo de fondos públicos. La demanda fue presentada por los diputados Janine Prado, Yamireliz Chong, Luis Enrique Duque, Lenín Alberto Ulate, Alexandra Brenes, Roberto Zuñiga, Jorge González, Jonathan Vega, Miguel Ángel Campos y Yarelis Rodríguez, quienes solicitaban que la Corte evaluara la constitucionalidad de estas nuevas atribuciones. Según los demandantes, el reglamento vulnera los artículos 280 y 281 de la Constitución, que delimitan las funciones de la Contraloría a la fiscalización, el examen y el fenecimiento de cuentas, así como la presentación de denuncias, pero no al juzgamiento ni a la adopción de medidas cautelares de carácter jurisdiccional. El recurso sostenía que la potestad para decretar secuestros y otras medidas precautorias corresponde exclusivamente al Tribunal de Cuentas, órgano con funciones jurisdiccionales para conocer reparos y juzgar cuentas de funcionarios de manejo, por lo que la resolución impugnada implicaría una usurpación de funciones. La decisión de la Corte, fechada el 23 de diciembre de 2025, fue notificada mediante el edicto 228, sin que se expusieran los fundamentos del fallo. El documento consigna un salvamento de voto del magistrado Cecilio Cedalise. La Corte también rechazó otras tres demandas de inconstitucionalidad contra la misma resolución. El reglamento fue publicado en la Gaceta Oficial el 30 de septiembre de 2025 y ya ha sido aplicado por el contralor, incluyendo medidas cautelares sobre bienes del exvicepresidente José Gabriel Carrizo, valorados en $1,300,000, y del exalcalde de San Miguelito Héctor Carrasquilla, por $285,000, decisiones que han sido cuestionadas por exmagistrados y exprocuradores. Getzalette Reyes [email protected] Panama Ports Company inicia arbitraje internacional contra el Estado panameño CONTRATO Panama Ports Company, S.A. (PPC) dio a conocer que inició un proceso de arbitraje internacional contra la República de Panamá ayer 3 de febrero de 2026, en virtud del contrato de concesión vigente y conforme a las Reglas de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional (CCI). De acuerdo con la empresa, la decisión se tomó tras lo que calificó como una campaña del Estado panameño dirigida específicamente contra PPC —filial del consorcio hongkonés CK Hutchison— y su contrato de concesión, la cual —según la compañía— se habría desarrollado durante el último año mediante una serie de acciones que le habrían ocasionado daños graves y riesgos adicionales inminentes. En su comunicado, PPC indicó que antes de recurrir al arbitraje llevó a cabo esfuerzos para evitar una disputa legal, incluyendo consultas y comunicaciones con distintas instancias del Estado, mientras mantenía la operación portuaria y cooperaba con las autoridades. Sin embargo, manifestó que dichas gestiones no obtuvieron una respuesta favorable y que las solicitudes de aclaración habrían sido desestimadas de forma reiterada. La empresa sostuvo que el arbitraje se fundamenta en el contrato de concesión y en el marco jurídico que lo rige, el cual —según PPC— ha sido tratado durante casi tres décadas como un “contrato-ley”, otorgando estabilidad y seguridad jurídica a largo plazo. En ese contexto, PPC afirma que el Estado panameño incumplió obligaciones contractuales y legales, lo que derivó en la activación del mecanismo de resolución de controversias. Cabe recordar que la noche del pasado jueves 29 de enero de 2026 se informó sobre el fallo de la Corte Suprema de Justicia que declaró inconstitucional el contrato entre el Estado panameño y PPC, empresa que opera los puertos de Balboa y Cristóbal. La decisión del Pleno de la Corte fue unánime y el magistrado ponente fue Carlos Villalobos. Como parte del proceso arbitral, Panama Ports Company informó que solicita una indemnización, basada en una evaluación de datos financieros relevantes, así como otros remedios que considere necesarios, al tiempo que aclaró que tanto la empresa como sus inversionistas se reservan todos sus derechos. Eneldocumento,PPChace referencia a un comunicado de prensa “irregular” emitido por el Órgano Judicial, relacionado con el fallo que declara inconstitucional la Ley No. 5 del 16 de enero de 1997. El contrato Ley con PPC vulnera ocho artículos de la Constitución, según la Corte. Anel Asprilla Prórroga a PPC: protagonistas rompen el silencio tras fallo de la Corte Ohigginis Arcia Jaramillo [email protected] PUERTOS El pleno de la Corte concluyó que en 2021 existió una interpretación ‘sesgada’ sobre la supuesta prórroga automática del contrato a PPC por parte del administrador y la junta directiva de la AMP. Dos de las figuras que tuvieron un papel central en el proceso que derivó en la prórroga del contrato con Panama Ports Company (PPC) en 2021, hoy declarada inconstitucional por la Corte Suprema de Justicia (CSJ), rompieron el silencio para fijar posición, explicar su actuación y deslindar responsabilidades en medio del nuevo escenario abierto por el fallo. El excontralor Gerardo Solís defendió la auditoría realizada durante su gestión y aseguró que nunca revisó el documento de extensión del acuerdo, mientras que el exviceministro de la Presidencia, Carlos García, quien presidió la sesión en la que se abordó el tema el 23 de junio de 2021, sostuvo que la junta directiva de la Autoridad Marítima de Panamá (AMP) no aprobó, como tal, una prórroga formal del contrato. García subrayó que la extensión se produjo por la figura de la “tácita reconducción”, tal como lo establecía el propio contrato, que tenía rango de ley de la República, y que la decisión de la junta directiva se limitó a autorizar al entonces administrador de la AMP, Noriel Araúz, a responder un memorial de PPC que llevaba casi seis meses sin contestación, con el fin de evitar incurrir en silencio administrativo. El exviceministro de la Presidencia insistió en que no se autorizó prorrogar el contrato de manera expresa y que esa situación, es decir, la prórroga, solo se daría si la Contraloría y la AMP certificaban el cumplimiento de las cláusulas básicas del acuerdo, lo cual —según dijo— ambas entidades confirmaron en su momento. Sobre la decisión del pleno de la CSJ, subrayó que el fallo abre una ventana para replantear el marco legal de las concesiones estatales. A su juicio, la decisión permite “legislar sobre las concesiones de las entidades del Estado”, de modo que se establezca que cualquier cláusula aprobada que contradiga la Constitución y las leyes de Panamá “carecerá de validez en un arbitraje por presunta violación”. García también planteó que debe prohibirse la figura de la tácita reconducción, al advertir que la renovación automática “trae múltiples desventajas para el Estado”, pues —según dijo— le hace perder la oportunidad de renegociar mejores condiciones o incorporar nuevas cláusulas que se adapten a cambios estratégicos. La interpretación ‘sesgada’ A pesar de lo planteado por García, el pleno de la Corte concluyó que en 2021 existió una interpretación “sesgada” sobre la supuesta prórroga automática del contrato por parte del administrador y la junta directiva de la AMP, al señalar que el acuerdo establecía un proceso de negociación que nunca se realizó. Según el fallo, las autoridades se limitaron a certificar que PPC había cumplido con sus obligaciones contractuales y, sobre esa base, dieron por válido un derecho automático a extender la concesión por 25 años más, sin agotar el procedimiento que exigían las propias cláusulas del contrato. Al reconocer que la prórroga debía ser automática, la AMP no solo renunció a la convocatoria de un acto público para contratar a un nuevo operador, sino que tampoco renegoció las tarifas y cánones con PPC. “El Estado no ejerció la potestad que ostenta para salvaguardar sus intereses, al no efectuar una renegociación de lo convenido en el contrato, tomando en consideración que, como se expuso en el contexto histórico, los hechos que generaron la celebración del contrato-ley (1997) han cambiado”, señala el pleno en el fallo de 69 páginas que declara que la Ley 5 de 1997 vulnera ocho artículos de la Constitución: los números 17, 18, 19, 32, 50, 258, 259 y 280. La defensa del excontralor El excontralor Gerardo Solís defendió la auditoría de cumplimiento realizada durante su gestión al contrato de PPC, la cual nunca fue hecha pública, y sostuvo que, según sus hallazgos, la empresa “sí cumplió con las obligaciones” pactadas en las distintas etapas del acuerdo. “Hay dos cosas distintas… La auditoría que se hizo en mi administración fue una auditoría de cumplimiento”, excontrato, Solís sostuvo que en su momento planteó que requería refrendo de la Contraloría, pero que la AMP y los abogados de la empresa consideraron que no. “A mí nunca me mandaron el contrato prorrogado, ni siquiera para revisarlo”, dijo, al explicar por qué su auditoría no evaluó ese documento específico. Solís contrastó su auditoría con la del actual contralor, Anel Flores, quien —según dijo— realizó una auditoría financiera. “Él no hizo una auditoríadecumplimiento,hizo una auditoría financiera”, explicó, y añadió que ese ejerciciocalculócuántohabríarecibido Panamá si el contrato no se hubiese modificado. La auditoría ordenada por Flores arrojó que Panamá dejó de percibir ingresos significativos que debería haber recibido, al estimar que el Estado solo obtuvo alrededor de 483 millones de dólares, frente a los 1,337 millones de dólares que la empresa generó en 25 años, lo que implicaría un perjuicio económico importante. Para el excontralor, ambas auditorías responden a preguntas distintas. La suya, dijo, buscó establecer “la verdad material de lo que ocurrió en el campo”, mientras que la otra plantea un escenario hipotético. Sobre el fallo de la Corte Suprema de Justicia que declaró inconstitucional la prórroga, Solís fue cauto. “Hay que respetarlo”, afirmó, y advirtió que la decisión tendrá “muchas consecuencias para Panamá”. No obstante, expresó confianza en que el proceso sea bien manejado por el Gobierno, la Autoridad del Canal de Panamá y el sector portuario. plicó. Según relató, ese examen se concentró en verificar si la empresa cumplió con las obligaciones establecidas en el contrato vigente en cada momento, y no en realizar un análisis financiero de escenarios hipotéticos, como el efectuado por la actual administración de la Contraloría. Como se recordará, Solís estuvo presente en la reunión de la junta directiva de la Autoridad Marítima de Panamá (AMP) que aprobó la prórroga del contrato entre el Estado y PPC. Las actas de la AMP detallan que, durante aquella reunión, hace cinco años, Solís fue categórico al referirse a los resultados de su auditoría y señaló: “La Contraloría realizó una auditoría en virtud de su obligación constitucional de velar por el fiel cumplimiento de las concesiones y de los ingresos para el Estado. Producto de esa auditoría, la Contraloría encontró que Panama Ports Company sí cumple con las obligaciones básicas del contrato. No solo eso, sino que pudimos hacer un estudio y determinar una serie de beneficios adicionales que recibió el Estado producto de esta contratación”. Incluso, las actas detallan que Solís sugirió que el Estado podría considerar vender el 10 % de sus acciones en Panama Ports a la propia empresa, una vez reconocida la vigencia del segundo período de concesión. Esto, a su juicio, permitiría que el Gobierno recibiera recursos inmediatos, manteniendo a la vez una fiscalización eficiente y simplificada de las operaciones del puerto. La prórroga En cuanto a la prórroga del
3A La Prensa Panamá, miércoles 4 de febrero de 2026 Clash de Cartier: cuando la joyería se mueve con libertad
4A La Prensa Panamá, miércoles 4 de febrero de 2026 Panorama Tal Cual Mónica Palm [email protected] SUERTE. Roberto Barsallo, suplente del diputado Ernesto Cedeño, presentó un anteproyecto que adopta una ley general anticorrupción. La última vez que alguien hizo algo similar, Camacho se encargó de evitar que la iniciativa fuera aprobada en primer debate por la Comisión de Gobierno (donde él manda), alegando que no se necesitan más leyes para combatir la corrupción. Si se repasa la cantidad de copartidarios de Camacho que han tenido un rol protagónico en los casos más sonados del país, cualquiera entendería por qué afirma eso. Dime con quién andas y te diré qué ley no quieres… BIENVENIDA. Por cierto, Camacho anunció que con gusto recibe a Carlos Saldaña en la bancada de RM. El aludido aparentemente ha declinado la invitación, pues respondió con un silencio indiferente… por ahora. VICTIMISMO. Raúl Pineda escribió en Instagram que la detención de su hijo Rico le enseñó a no “perder la esperanza” y a “resistir”. A resistir debajo del escudo de la prueba sumaria, querrá decir. La carpeta que el Ministerio Público envió para que se investigue si está o no implicado en la operación Jericó está en la Corte, sin registrar mayor avance. Aquí, quien resiste es la población, que tiene que soportar el doble estándar de la justicia. ENHORABUENA. La planilla legislativa, que en noviembre pasado tenía 5,631 personas, ha descendido dramáticamente: ahora es de 3,136 funcionarios. No sabemos cuál es la razón ni dónde metían a toda esa gente, pero son casi 2,500 funcionarios menos y nadie ha notado que desaparecieron. FRESCOS. Entre los municipios que todavía no han entregado a la Contraloría el informe de rendición de cuentas están los de Chame, Aguadulce y Pinogana, tres El debate sobre educación esta en marcha. Imagen generada por Inteligencia Artificial Por qué el país no puede esperar más: la urgencia de una reforma educativa Aleida Samaniego C. [email protected] EDUCACIÓN La crisis educativa en Panamá demanda una reforma integral para garantizar el acceso a educación de calidad, ante la exclusión de 120,000 niños y un desempeño académico rezagado. La educación en Panamá enfrenta una crisis profunda, persistente y estructural que ya no admite diagnósticos parciales ni soluciones cosméticas. Por ello, es urgente una reforma integral de la Ley Orgánica de Educación para garantizar que todos los niños y jóvenes accedan a una educación de calidad, equitativa y capaz de impulsar el desarrollo social, económico y democrático del país. Así lo evidencia el documento “La realidad que no podemos ignorar: La crisis educativa panameña y la urgencia de una reforma legal”, presentado en el marco del Proyecto de Transformación Legal 2026, que lleva adelante el diputado de la coalición Vamos, Jorge Bloise, desde la Comisión de Educación, Cultura y Deportes de la Asamblea Nacional. La magnitud del problema educativo es alarmante: 120 mil niños y jóvenes están fuera del sistema educativo, según un análisis del Fondo de Población de Naciones Unidas (Unfpa). Esta exclusión sostenida refleja fallas estructurales del Estado para garantizar trayectorias educativas completas y de calidad. Además, la evidencia internacional confirma la gravedad de la situación. En la prueba del Programa para la Evaluación Internacional de Estudiantes (PISA) 2022, Panamá quedó rezagada frente a los países de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), ya que solo el 16% de los estudiantes alcanzó el nivel básico en matemáticas (OCDE: 69 %), el 42 % en lectura (OCDE: 74%) y el 38% en ciencias (OCDE: 76%). La brecha, especialmente en matemáticas, alcanza 53 puntos porcentuales, limitando el acceso a la educación superior y al mercado laboral. Desigualdad educativa El documento muestra que el rezago educativo no es homogéneo. Mientras un niño que nace en una zona urbana alcanza, en promedio, nueve años de escolaridad, uno nacido en una comarca indígena llega apenas a cinco, perpetuando ciclos de pobreza de generación en generación. La desigualdad también se refleja en la infraestructura y las condiciones de aprendizaje. A pesar de los avances tecnológicos del país, 220 escuelas rancho continúan operando, y 115 mil estudiantes asisten a centros multigrado o con condiciones precarias, muchos sin acceso a agua potable ni servicios sanitarios. Además, se estima que 90 mil niños con discapacidad permanecen fuera del sistema educativo, debido a la falta de diagnósticos, docentes capacitados y presupuesto suficiente. La formación docente es otro desafío crítico, ya que el 54.5% de los docentes de preescolar no cumple con la calificación requerida, lo que afecta la etapa más determinante del desarrollo cognitivo, social y emocional. Los resultados del Estudio Regional Comparativo y Explicativo (ERCE 2024), posteriores a la pandemia, muestran ligeras mejoras en lectura y matemáticas, pero más del 50% de los estudiantes sigue en el nivel más bajo de desempeño, sin comprender textos explícitos ni resolver problemas matemáticos elementales. En sexto grado, nueve de cada diez estudiantes no alcanzan el nivel mínimo esperado en matemáticas. Los pilares críticos de la reforma educativa El diagnóstico del informe identifica cinco crisis sistémicas: calidad educativa, equidad, formación docente, gestión y financiamiento. Panamá carece de un sistema autónomo de evaluación integral, mantiene un currículo desactualizado y presenta una inversión educativa inestable, que ha oscilado entre el 3.2 % y el 4.3 % del Producto Interno Bruto (PIB). Además, cerca de 3,400 centros educativos operan en condiciones inadecuadas, agravando la exclusión y el rezago. El impacto de esta crisis es tangible. Estudiantes que culminan la educación media presentan un nivel equivalente al de sexto grado en países de la OCDE, es decir, un rezago de seis años. Entre 2020 y 2025, se perdieron más de 500 días de clase, mientras el país produce cada mes alrededor de 1,000 jóvenes que no estudian ni trabajan, en un mercado laboral que exige al menos 11.6 años de escolaridad, frente a los 10.6 años que alcanzan en promedio los jóvenes panameños. El informe también cuestiona la vigencia de la Ley 47 de 1946, que rige el sistema educativo desde hace casi ocho décadas. Aunque ha sido reformada en múltiples ocasiones, el resultado es un marco normativo fragmentado que no garantiza los 14 años de escolaridad obligatoria, no profesionaliza plenamente la carrera docente ni asegura una inversión sostenida y exigible. En respuesta a esta crisis, el Proyecto de Transformación Legal 2026 propone la construcción de una nueva Ley Orgánica de Educación, con la participación de ocho sectores de la sociedad: docentes, estudiantes, padres de familia, universidades, empresas privadas y organizaciones de la sociedad civil. El objetivo es convertir los consensos técnicos y sociales en obligaciones legales que trasciendan los ciclos políticos y permitan evaluar, exigir y rendir cuentas. Una reforma estructural y gradual Lo que está en juego no es solo la reforma de una ley, sino la capacidad de Panamá para garantizar educación de calidad como motor de desarrollo, equidad y democracia. En el marco del Proyecto de Transformación Legal 2026, el Ministerio de Educación (Meduca) ha anunciado un proceso de reforma que busca modificar la Ley 47 de 1946, vigente desde hace casi ocho décadas. La ministra de Educación, Lucy Molinar, confirmó que el proceso está en marcha, pero enfatizó que será gradual y no apresurado. “Las cosas las vamos a hacer bien y vamos a hacer lo que sea mejor para nuestros estudiantes”, subrayó, aclarando que la reforma no será impuesta ni coyuntural, sino un cambio estructural que garantice el futuro educativo de las nuevas generaciones. Además, Molinar destacó que ya se han realizado 10 de las 18 reuniones previstas para concluir las consultas, en las que participarán gremios docentes, actores políticos, la sociedad civil y otros sectores vinculados al ámbito educativo. “Con esto no podemos jugar a ver quién aplaude más”, enfatizó, refiriéndose a la importancia de tratar la reforma con seriedad y responsabilidad. de los más beneficiados con las transferencias extraordinarias realizadas por el MEF. El de Chame, cuyo alcalde es Francisco León Fu, de RM, recibió $1.2 millones. Al de Aguadulce (feudo político de Jorge Herrera) le tocaron $950,000 y el de Pinogana, donde está Jannelle González (CD), recibió $900,000. ¿Por qué tardan tanto en entregar el informe? Pareciera que les dieron todo ese platal y ni siquiera preguntaron para qué. La prueba PISA 2022 Realidad alarmante 16% Solo el 16% de los estudiantes panameños alcanzó el nivel básico en matemáticas, frente al 69% del promedio de la OCDE. 42% De los estudiantes logró el nivel básico de lectura, muy por debajo del 74% registrado en la OCDE. 38% De los estudiantes alcanzó el nivel básico en ciencias, comparado con el 76% del promedio OCDE.
5A La Prensa Panamá, miércoles 4 de febrero de 2026 Panorama La juez Baloisa Marquínez con el abogado Juan Jesús Cedeño, testigo de Demetrio Papadimitriu en el juicio de Odebrecht. LP Juicio Odebrecht se frena por contratiempo en consulado de Panamá en Madrid Juan Manuel Díaz [email protected] AUDIENCIA La audiencia combinó la declaración de un testigo clave sobre el Metro con un contratiempo diplomático en Madrid que obligó a la jueza a suspender anticipadamente la sesión. El juicio por los sobornos de Odebrecht volvió a enfrentar obstáculos ayer. Tras una jornada matutina marcada por la declaración de un testigo clave relacionado con la construcción de la línea 1 del Metro de Panamá, la sesión fue cerrada anticipadamente por la juez Baloisa Marquínez debido a la imposibilidad de recibir un testimonio desde el consulado de Panamá en Madrid, España. Durante la mañana de este martes compareció Juan Jesús Cedeño, director legal de Metro de Panamá, S.A., como testigo del acusado Demetrio Jimmy Papadimitriu, exministro de la Presidencia en los primeros tres años del gobierno de Ricardo Martinelli (2009-2014). Cedeño fue solicitado por los abogados Arturo Saurí y Rolando Rodríguez, defensores de Papadimitriu. Cedeño explicó que es abogado especialista en contrataciones públicas y derecho administrativo, con 38 años de servicio en el Estado. Señaló que, aunque está nombrado “de planta” como director legal de Metro de Panamá, actualmente se encuentra en licencia, ya que fue requerido para laborar en el Ministerio de la Presidencia. Según la investigación del caso, Papadimitriu habría recibido fondos de Odebrecht a través de sociedades y cuentas vinculadas a sus padres. André Rabello, exrepresentante de Odebrecht en Panamá, declaró que se acordó la supuesta compra de arena a una empresa del padre del entonces ministro, con pagos canalizados a cuentas en la Banca Privada de Andorra (BPA). Un informe de la Policía de Andorra señala desembolsos por al menos $4.3 millones. El testigo indicó que, durante 2009 y 2010, la Secretaría del Metro estaba adscrita al Ministerio de la Presidencia, pero que Papadimitriu delegó el manejo del proyecto a Roberto Roy, entonces secretario ejecutivo. Según Cedeño, la normativa permitía esa delegación, razón por la cual no existen documentos firmados por el ministro o el viceministro relacionados directamente con el proyecto. Añadió que los contratistas de la línea 1 del Metro fueron Odebrecht y la española Fomento de Construcciones y Contratas (FCC), asociadas en un consorcio, debido a que se consideró que una sola empresa no contaba con la capacidad técnica ni económica para ejecutar la obra. Interrogado por el abogado Alexis Rivera, en representación del Ministerio de Seguridad Pública (querellante), Cedeño precisó que las resoluciones mediante las cuales se otorgó el control de la Secretaría del Metro no se publicaban en la Gaceta Oficial, sino que quedaban registradas en el portal Panamá Compra. Posteriormente, la Secretaría se transformó en Metro de Panamá, S.A., con personería jurídica propia, aunque con el Estado como único accionista. Roy fue su primer administrador, cargo que mantuvo incluso durante el gobierno de Juan Carlos Varela (2014-2019). Tras esta declaración, la audiencia se vio interrumpida por un contratiempo en la comparecencia de un testigo desde Madrid. Juan Segundo Peña, citado por la defensa del español Jaume Pamies, representada por Abdel Almengor, de la firma Infante & Pérez Almillano (Ipal), se encontraba en el consulado panameño y listo para declarar. No obstante, el funcionario diplomático que debía dar fe de su identidad exigió una nota escrita del juzgado. Se trata de Santiago Bartoli, agregado jurídico de la embajada, quien participó en la sesión por Zoom, aunque nunca apareció en pantalla. La juez decretó dos recesos mientras se intentaba resolver el inconveniente, pero al no lograrse, decidió cerrar la sesión a las 11:10 a.m., pese a haber anunciado previamente que podría extenderla hasta la 1:00 p.m. Se acordó que la nota será remitida este miércoles 4 de febrero, a las 9:00 a.m. (hora de España), por lo que el testimonio de Peña fue reprogramado para esa fecha. Ese mismo día también deberá declarar desde el consulado el testigo Santiago Roselló. El episodio adquirió un matiz adicional debido a que el embajador de Panamá en España, Héctor Infante hijo, es abogado en licencia de la firma Ipal, la misma en la que labora Almengor, quien solicitó la prueba testimonial. Para los próximos días están programadas las comparecencias de Elber Rubio Yates, Lia Lasso de Chiari y Luis Enrique De García, citados por la defensa de Papadimitriu. El jueves deberán declarar Algis Ibarra, Leonel Sanjur, Manuel Erasmo Moreno y Álvaro Thomas, mientras que el viernes lo harán José Hidalgo, Eulogio Castillo y Tatiana Chérigo. La jueza Marquínez advirtió que los testigos que no acudan el día asignado no podrán declarar posteriormente y recordó que el control de la comparecencia corresponde a las partes. También dispuso que, en la fase de alegatos, cada abogado contará con una hora para presentar sus conclusiones. Carlos Saldaña. Tomada de la cuenta de Carlos Saldaña en Instagram. Vamos expulsa a Carlos Saldaña por voto a favor del nuevo subcontralor POLÍTICA Eliana Morales Gil [email protected] La coalición Vamos decidió expulsar de sus filas al diputado Carlos Saldaña, luego de que este votara a favor de Omar Castillo para el cargo de subcontralor de la República. La decisión fue adoptada por la junta directiva provisional del colectivo y comunicada mediante un pronunciamiento público en el que se subraya que la independencia de los órganos del Estado y la solvencia moral de quienes ocupan cargos de control constituyen principios irrenunciables para la agrupación. En el comunicado, Vamos argumenta que la designación de Castillo estuvo rodeada de cuestionamientos públicos relevantes, relacionados con su trayectoria política y su presunta vinculación con estructuras estatales asociadas a casos de corrupción. A juicio del colectivo, estos antecedentes afectan la confianza ciudadana y resultan incompatibles con las exigencias éticas y de independencia que debe cumplir un funcionario responsable de la fiscalización de los recursos públicos. La coalición también cuestionó el proceso seguido en la Comisión de Credenciales de la Asamblea Nacional para evaluar a los candidatos al cargo. Señaló que la votación estuvo marcada por señalamientos sobre afectaciones a estándares democráticos y posibles vicios de inconstitucionalidad, lo que incrementó las dudas sobre la legitimidad de la decisión tomada posteriormente por el pleno legislativo. Vamos sostuvo que respaldar una designación que no cumpla con los criterios de independencia, carácter y solvencia moral es incompatible con su ideario y con el mandato ciudadano que, según afirman, recibieron para combatir la corrupción y fortalecer los órganos de control. “Frente a la corrupción no hay ambigüedades ni concesiones”, concluyó el comunicado. La junta directiva provisional de la coalición está integrada por Juan Diego Vásquez (presidente), Gabriel Silva (vicepresidente), Sherryl Girón (secretaria), Mijaíl Castillo (director de organización política), Javier Yap Endara (director legal y de cumplimiento), Natibeth Kennion (administración y finanzas) y Beisy Broce (gestión y talento). Carlos Saldaña, diputado del circuito 4-1 de Chiriquí, defendió su voto al señalar que fue una decisión técnica y coherente con su rol constitucional. Afirmó que, entre los postulados, Castillo era quien reunía mayores capacidades técnicas y que, al momento de la votación, no pesaba sobre él ninguna orden de captura. Reiteró que votar en conciencia no equivale a traicionar principios. Omar Castillo fue electo subcontralor el miércoles 28 de enero con el respaldo de al menos 46 diputados. Su designación reavivó polémicas por antecedentes como el fallo del Tribunal Electoral de 2014, que ordenó repetir elecciones en su circuito tras comprobar el uso indebido de recursos públicos, así como por su paso por cargos clave en el Ministerio de Economía y Finanzas durante el gobierno de Ricardo Martinelli. Santiago Bartoli
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7A La Prensa Panamá, miércoles 4 de febrero de 2026
8A La Prensa Panamá, miércoles 4 de febrero de 2026 Panorama tradictorias a los inversionistas y a los actores globales que observan nuestro hub con atención milimétrica. Fragmentación institucional: ruido en lugar de confianza Toda inversión portuaria depende de dos factores: rentabilidad esperada y estabilidad jurídica. El reciente fallo judicial, por más justificado que sea, reaviva las dudas sobre el marco legal panameño. Si a esto se suman dos procesos de licitación sin una narrativa común, el resultado es un ecosistema con doble arquitectura regulatoria, distintos marcos contractuales y estrategias sin sincronía. Esa falta de armonía puede socavar valor en lugar de crearlo. Posible competencia interna: cuando el rival está en casa Las terminales proyectadas por la ACP buscan capturar carga de transbordo que Exorcismo jurídico al fantasma de PPC Soberanía portuaria acomodan. Antes, en cambio, el concesionario parecía socio… socio con poder de decisión… socio que, además, redactaba el acta. Tal como lo señala el fallo del 29 de enero de 2026 de la Corte Suprema de Justicia, donde el Pleno declaró inconstitucional la Ley 5 de 1997. De ahí surge esa joya jurídica donde, dicho en términos menos diplomáticos, el Estado firmó como dueño, pero se comportó como invitado. Por ningún lado se lee una cláusula que diga “only USA”. No era necesario. El mensaje no estaba en neón; estaba en tinta fina. Hoy el filtro es geoestratégico, con modales corporativos: se exige que la estructura de capital no otorgue control a Estados extranjeros, empresas estatales o fondos soberanos. Traducción 2026: no solo queremos saber tu nombre, también quién paga Tomás Gabriel Sucre Es hora de un modelo logístico nacional Sector marítimo La reciente anulación judicial de la concesión a Panama Ports Company marca un punto de inflexión en la política portuaria del país. Mientras la Autoridad Marítima de Panamá (AMP) se prepara para reordenar el modelo de Balboa y Cristóbal, la Autoridad del Canal de Panamá (ACP) avanza en una licitación independiente para nuevas terminales en Corozal y Telfers, acompañadas de un corredor energético. Ambos procesos —legítimos y técnicamente viables— ponen sobre la mesa una pregunta ineludible: ¿tiene sentido que Panamá gestione puertos recuperados por un lado y planifique nuevos por otro, sin una estrategia logística nacional articulada? La coexistencia de visiones no es un problema en sí misma. El verdadero riesgo es que estas respondan a lógicas institucionales y comerciales distintas, enviando señales contuales, políticas de competencia y una narrativa internacional coherente. Es momento de crear una Autoridad de Logística de Panamá (ALP), con junta directiva propia y carácter independiente, que integre puertos, corredores intermodales y plataformas logísticas bajounamismavisióndepaís. Este paso requiere un consenso nacional real, con la participación de la ACP, la AMP, el Ministerio de Economía y Finanzas, las autoridades de competencia y el sector privado. Se trata de trascender agendas institucionales para construir una verdadera política de Estado. De modelo institucional a modelo país La ACP ha sido, sin duda, un ejemplo de institucionalidad exitosa. Pero ese modelo ya no debe verse como una excepción blindada: debe inspirar la arquitectura de toda la logística nacional. El país no necesita dos estrategias; necesita una sola que coordine, integre y defina rumbo. Panamá no enfrenta un problema de puertos, sino de alineación estratégica. Y el momento de corregirlo no es mañana: es ahora. Ya no basta con tener instituciones fuertes; es hora de tener visión de país y ponerse los pantalones largos. EL AUTOR es estratega en tecnología, innovación y transformación digital. EL AUTOR es abogado. en armoniosa corrupción. Cuando la diputada Yamireliz Chong denunció esto en la Asamblea, no estaba tejiendo teorías conspirativas; estaba señalando lo que un buen abogado, con paciencia, café y capacidad de asombro, podía ver: un contrato donde el Estado asumía cargas, riesgos e indemnizaciones, mientras el concesionario acumulaba control, ventajas y, probablemente, millas aéreas. Leer el contrato de 1997 con ojos de 2026 es un ejercicio incómodo, pero necesario. Obliga a aceptar que muchos dilemas actuales —presión externa, debates sobre soberanía, sospechas sobre quién controla qué— no llegaron por casualidad. Se incubaron aquí, en una época que confundió apertura con entrega elegante y modernización con “firme aquí, sin leer mucho”. Los puertos no se pierden en guerras; se pierden con gobernantes que firman pensando en la próxima inversión y no en la próxima generación. La buena noticia es que Panamá parece estar despertando. La mala es que despertó en medio de una partida geopolítica donde otros ya van por la mitad del tablero… y nosotros todavía estamos buscando las instrucciones. El pliego de cargos que exige la Autoridad del Canal de Panamá (ACP) para licitar los puertos de Corozal y Telfers es, básicamente, un exorcismo jurídico al fantasma de Panama Ports Company. No se presenta como “otro contrato más”, sino como una especie de misa solemne donde se invoca la Ley de la ACP, los Reglamentos de Concesiones y hasta el Título Constitucional del Canal de Panamá, por si acaso algún espíritu del pasado intenta colarse por una cláusula mal redactada. En lenguaje elegante —ese que sonríe mientras impone límites— el pliego extiende cláusulas que, traducidas al panameño básico, dicen: “Gracias por tu interés… pero aquí mando yo”. Se invoca expresamente la facultad de usar procedimientos distintos a los ordinarios cuando el interés del Canal lo justifique. Es decir: reglas hay, pero si el Canal estornuda, las reglas dicen “salud” y se La anulación del contrato de Panama Ports expone la falta de una estrategia logística nacional y el riesgo de decisiones fragmentadas en un hub observado con lupa geopolítica. Gabriel J. Perea El nuevo pliego portuario de la ACP busca cerrar las grietas legales del pasado y blindar al país frente a errores contractuales y riesgos geopolíticos ya conocidos. tu cena, quién deposita en tu cuenta y quién te escribe los discursos. Y esto no salió de un taller de paranoia; salió de la experiencia. Después de ver, en sectores estratégicos, compañías formalmente privadas operando con telarañas financieras dignas de un thriller corporativo —estructuras que recuerdan episodios como los vinculados a First Quantum Minerals en la saga minera— Panamá entendió que el apellido “privado” no garantiza neutralidad geopolítica. La transparencia del capital se volvió política exterior escrita en lenguaje societario. Dime quién te financia y te diré a qué embajada le contestas el teléfono. Tras los escándalos globales en el sector portuario, el nuevo pliego parece redactado por gente que leyó la sentencia de la Corte con resaltador, café doble y algo de vergüenza histórica. Cada cláusula suena a: “Esto ya nos pasó. No otra vez. No con nuestra firma”. Porque el contrato de 1997 era generoso… pero generoso con plata ajena. Si había deudas, el Estado reembolsaba. Si había gravámenes, el Estado respondía. Si algo salía mal, Panamá pagaba la cuenta y daba las gracias por la experiencia. Súmese a eso autoridades blandas actuando hoy cruza el Canal sin tocar puerto panameño. Pero las terminales ya existentes en Balboa y Cristóbal también apuntan a ese mismo mercado. Si no se definen roles, territorios, reglas de competencia y mecanismos de gobernanza, el país podría caer en una guerra de tarifas entre operadores nacionales, debilitando todo el ecosistema logístico. Geopolítica sin blindaje La arquitectura logística panameña ya no se analiza solo con criterios técnicos. Hoy se interpreta en clave geopolítica, bajo el prisma de la competencia entre potencias como Estados Unidos y China. Frente a ese tablero, una narrativa fragmentada no solo genera ineficiencia, sino también ambigüedad estratégica. Lo que Panamá necesita es una política logística con una sola voz: coherente, técnica y soberana. Hacia una Autoridad de Logística de Panamá La solución no pasa por centralizar todo en una sola entidad. Pero sí urge construir un ente rector nacional, con visión de largo plazo, que armonice modelos contracOpinión Panamá es un juego de Monopolio Sabrina Sin Censura Sabrina Bacal [email protected] Tras 30 años de ceguera conveniente frente a una concesión lesiva para el país, bastó la presión de Donald Trump para que la Corte Suprema de Justicia viera lo que durante décadas decidió ignorar: el contrato de Panama Ports Company (PPC) es inconstitucional. No hubo sorpresas ni sorprendidos. Menos aún en Washington. Medios estadounidenses y fuentes de la Casa Blanca anticiparon el fallo horas antes de que se hiciera público e incluso adelantaron el contenido del mensaje presidencial sobre la transición para los puertos de Balboa y Cristóbal. Fue un pase de pitcher gringo a catcher panameño. El giro irónico: la principal beneficiada es una naviera danesa, del mismo reino al que pertenece la codiciada Groenlandia. Los más molestos, como era de esperarse, son los chinos. El Ministerio de Relaciones Exteriores de China reaccionó de inmediato, confirmando que los puertos a ambos lados del Canal son estratégicos para su agenda global. Mientras desde Pekín se hablaba de represalias, en Washington la decisión se celebraba, subrayando hasta qué punto el fallo fue leído en clave geopolítica. No por casualidad fue el gobierno chino quien bloqueó, hace un año, la venta de CK Hutchison a un consorcio liderado por BlackRock. Internacionalmente, Panamá sigue atrapada en la disputa entre las dos potencias. En el plano interno, nuestra justicia —lejos de consolidarse— vuelve a exhibirse como una institución que se mueve más por presiones que por convicciones. Por las razones equivocadas, y con treinta años de atraso, hizo lo correcto. ¿Se enfrentarán a la justicia los funcionarios de distintos gobiernos que, entre equiparaciones y renovaciones automáticas, actuaron para beneficiar a PPC en detrimento de los intereses de Panamá? No hay ninguna señal de que eso ocurrirá. Pero la suspicacia no solo se proyecta al pasado, sino también al futuro inmediato. Tras el fallo, el presidente José Raúl Mulino designó “de a dedo” a APM Terminals, filial de Maersk, como administrador “temporal” de los puertos. No se le explicó al país cuán temporal será ese manejo ni cuánto recibirá el Estado a cambio. Más aún: ¿existe algún fundamento legal para que un mandatario encargue a una empresa, sin plazo definido ni condiciones públicas, la administración de activos estratégicos del país? Maersk controla buena parte de la carga que pasa por el Canal y es, además, una empresa cercana al presidente Mulino. En Davos 2025, el presidente se reunió con ejecutivos de Maersk y, meses después, la empresa obtuvo la concesión del ferrocarril Panamá–Colón. Este 2026, también en Davos, volvieron a encontrarse y Maersk quedó a cargo de Balboa y Cristóbal. Entre el ferrocarril y ambos puertos, la empresa extranjera manejará un corredor logístico de casi 80 kilómetros, una concentración económica que, en palabras del abogado Rodrigo Noriega, puede implicar la creación de un nuevo monstruo. Aquí el problema no es el nombre de la empresa, sino si Panamá está reproduciendo exactamente aquello que la Corte acaba de condenar: poner los bienes públicos al servicio de intereses privados. Y en este permanente juego de Monopolio, ¿quién está velando por los mejores intereses del país? ¿Por qué no se transfirió la administración de los puertos a la Autoridad del Canal de Panamá? Las dudas no terminan ahí. ¿Este fallo sienta precedentes reales o será una excepción geopolíticamente conveniente? ¿Se aplicará el mismo estándar a otros contratos del Estado, como el ferrocarril, ENSA o Naturgy? La comparación con Minera Panamá es inevitable. Dos fallos de inconstitucionalidad, dos respuestas opuestas. En los puertos, Hutchison queda por fuera. En la mina, First Quantum sigue sentada en la mesa de negociación, como si el fallo que extinguió su contrato no hubiese existido. Dos tableros, dos reglas, un mismo país. El Monopolio tiene una regla básica: quien es dueño de una propiedad, cobra. En Panamá, en cambio, el dueño muchas veces observa y calla. La propiedad es pública —los puertos, el ferrocarril, la mina—, pero el negocio es privado y los réditos no siempre terminan donde deberían. Es un Monopolio extraño, en el que el propietario paga la partida y otros se reparten el premio. Alexander Arosemena
9A La Prensa Panamá, miércoles 4 de febrero de 2026 Contacto [email protected] Los artículos de opinión y las caricaturas son responsabilidad exclusiva de los autores. La opinión de La Prensa se expresa únicamente en el Hoy por Hoy. intensidad emocional y más tribalismo. Un estudio influyente sobre el acceso a banda ancha encuentra que este puede aumentar la hostilidad partidista (polarización afectiva): no solo desacuerdo, sino rechazo al “otro bando”. Aquí está el matiz clave: internet no solo amplía información; amplía volumen, velocidad y segmentación. La política se vuelve más susceptible a cámaras de eco, a mensajes diseñados para nichos y a contenidos que viajan por indignación. La conectividad puede empujar a que el electorado se alinee alrededor de pocos polos con más intensidad, o que se fragmente en múltiples opciones competitivas; en ambos casos, el combustible suele ser emocional antes que deliberativo. Y por eso la frase “internet = voto más informado” es, como mínimo, incompleta. El mejor resumen estadístico que he visto sobre el tema viene de un metaanálisis prerregistrado (76 estudios, más de 442 mil personas): en estudios observacionales no aparece evidencia de aprendizaje político en redes sociales y, en experimentos, los aumentos de conocimiento existen, pero son pequeños en términos prácticos. En paralelo, un análisis de Pew Research Center muestra que quienes dependen principalmente de redes sociales para noticias políticas tienden a ser menos Las colaboraciones para la sección de Opinión deben incluir la identificación del autor. Los artículos no deben exceder 650 palabras. No se publican colaboraciones que hayan aparecido en otros medios y La Prensa se reserva el derecho de seleccionar, editar y publicar. No devolvemos el material. Panamá y el estigma del ‘país no cumplidor’ Centro financiero tar hacia países pequeños en lugar de examinar sus propias falencias, siendo en muchos casos los mayores cómplices de la evasión. Organizaciones independientes como el Tax Justice Network han señalado que solo una fracción muy pequeña de las pérdidas fiscales globales proviene de los países comúnmente incluidos en listas negras. En cambio, una parte mucho mayor de la evasión fiscal ocurre dentro de los propios Estados miembros de la Unión Europea. Aun así, estos países continúan siendo catalogados como “altamente cumplidores”, mientras otros, como Panamá, cargan con el estigma. El episodio de los Panama Papers dañó profundamente la percepción internacional del país. El problema no fue la investigación en sí, sino la forma en que se construyó la narrativa. Se utilizó el nombre de Panamá para describir un fenómeno global, cuando en realidad se trataba de prácticas realizadas por clientes de muchos países y facilitadas por una firma privada específica. El resultado fue una generalización injusta. Panamá quedó asociado, en el imaginario colectivo, con el lavado de dinero, aunque estructuras similares existían —y existen— en múltiples jurisdicciones del mundo. Muchas empresas y personas dejaron de usar estructuras panameñas perfectamente legales, no por ilegalidad, sino por miedo reputacional. Mientras Panamá es señalado, otros países reciben un trato muy distinto. Suiza, por ejemplo, ha sido históricamente un refugio para grandes fortunas, incluidas aquellas vinculadas a corrupción y saqueo de fondos públicos. Investigaciones interOctavio Vallarino Arias Conectados, pero no necesariamente informados Tribalismo La promesa suena lógica: más internet debería producir un voto “más informado”. Pero cuando crucé resultados electorales publicados como datos abiertos en Panamá con indicadores sociodemográficos y socioeconómicos del INEC —incluyendo el porcentaje de hogares sin acceso a internet fijo o móvil— lo que aparece es un fenómeno distinto: la conectividad tiende a volver la competencia más pareja y el voto menos cautivo, pero también puede intensificar la polarización, sin que eso garantice un mayor conocimiento real. En zonas con mayor acceso a internet, la política se vuelve un mercado más disputado. No porque el ciudadano se transforme de golpe en tecnócrata, sino porque cambian los costos: es más fácil comparar propuestas, fiscalizar, enterarse de escándalos y coordinar apoyo o rechazo. Eso debilita intermediarios tradicionales y abre espacio a campañas más baratas y más rápidas. El efecto visible es una contienda menos “cómoda”: el voto se reparte más o, al menos, se vuelve menos predecible, con márgenes más ajustados en ciertos niveles. Ahora bien, que el voto se vuelva más competitivo no significa que se vuelva más racional. De hecho, la evidencia internacional sugiere que la conectividad puede empujar el sistema en otra dirección: más conocedores y más propensos a oír afirmaciones no verificadas. La síntesis no es “internet daña la democracia” ni “internet la salva”. Una revisión sistemática amplia sobre medios digitales y democracia encuentra resultados mixtos: puede aumentar la participación y el consumo de información, pero también se asocia con polarización, desinformación y deterioro de la confianza, según el contexto. Es decir: la conectividad puede concientizar —poner a la gente a hablar, exigir y vigilar— sin elevar proporcionalmente el conocimiento factual promedio. En Panamá, esto importa porque corremos el riesgo de celebrar el síntoma equivocado. Que la elección se ponga más pareja en zonas conectadas puede ser una buena noticia: más competencia obliga a mejorar. Pero si esa competencia se alimenta más de identidades, rumores y microcampañas que de información verificable, entonces lo que ganamos en competitividad lo podemos perder en cohesión y confianza. La conclusión es incómoda, pero útil: más conexión no nos vuelve automáticamente más sabios; nos vuelve más disputados —y, a veces, más tribales—. Por eso, expandir el acceso es necesario, pero no alcanza. Si queremos un voto realmente más informado, lo decisivo no es solo la tecnología: es el criterio. Alfabetización mediática, datos públicos fáciles de revisar y una cultura de verificación que compita —en velocidad y claridad— con el audio viral. Opinión EL AUTOR es analista de datos. EL AUTOR es ingeniero mecánico y promotor de proyectos. nacionales han demostrado cómo bancos suizos administraron durante años dinero de dictadores y funcionarios corruptos de distintos países. A pesar de ello, Suiza sigue siendo considerada “altamente cumplidora” por la OCDE. Algo similar ocurre con Luxemburgo, donde miles de fondos de inversión administran billones de dólares sin que siempre sea claro quiénes son los beneficiarios finales. Revelaciones como OpenLux mostraron cómo estas estructuras pueden ser utilizadas para ocultar activos y evitar impuestos. Malta, Irlanda, Países Bajos y Chipre también han sido señalados por permitir esquemas de planificación fiscal agresiva, pero ninguno de estos países aparece en las listas más duras de la Unión Europea. Los mayores escándalos de lavado de dinero de las últimas décadas no pasaron por Panamá, sino por grandes bancos internacionales. Danske Bank, HSBC y Westpac Bank movieron enormes cantidades de dinero de origen sospechoso. Las instituciones fueron multadas, pero rara vez hubo consecuencias penales proporcionales para los responsables, ni se cuestionó seriamente el sistema que lo permitió. En esos casos, el problema se trató como un “error bancario”, no como una falla estructural de los países donde operan estos bancos. Ninguno fue marcado como “no cumplidor”. Panamá no es perfecto. Aún tiene áreas que debe fortalecer, y nadie sensato lo niega. Pero insistir en catalogarlo como un país incumplidor, ignorando sus avances y sin aplicar el mismo rigor a las grandes potencias financieras, no contribuye a una lucha real contra el lavado de dinero. Si el objetivo es un sistema financiero más transparente y justo, el esfuerzo debe ser global. No se puede exigir a unos lo que se tolera en otros. Mientras persistan los dobles estándares, las listas y señalamientos seguirán siendo percibidos como herramientas políticas, no como instrumentos técnicos al servicio del bien común. Panamá ha cambiado y ha avanzado. Lo que aún falta es que el mundo —y en particular Europa— esté dispuesto a reconocerlo y a mirarse en el mismo espejo con el que juzga a los demás. No soy banquero, financista ni abogado. Soy ingeniero de profesión, pero cuando veo algo que afecta a mi país, investigo y me pronuncio. En los últimos años, Panamá ha sido señalado repetidamente como un país “no cumplidor” en la lucha contra el lavado de dinero y la evasión fiscal, impulsado principalmente por la Unión Europea y organismos vinculados a la OCDE. Este señalamiento ha calado en la opinión pública internacional y ha afectado la imagen del país. Sin embargo, vale la pena preguntarse si estas acusaciones reflejan realmente la realidad o si responden a intereses y dobles estándares. Panamá es un centro financiero internacional desde hace décadas. Opera con el dólar estadounidense, cuenta con un sistema bancario regulado y supervisado, y ha sido utilizado legítimamente por empresas, inversionistas y ciudadanos de todo el mundo. Como cualquier centro financiero relevante, ha tenido fallas y desafíos, pero también ha realizado cambios profundos en su legislación y en sus mecanismos de control para cumplir con los estándares internacionales contra el lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo. Estos avances no son retóricos. Panamá ha reformado leyes, fortalecido a sus supervisores y cooperado activamente con organismos internacionales, lo que le permitió salir de listas de observación técnica. Sin embargo, pese a estos esfuerzos, el país sigue siendo señalado en ciertos foros como si nada hubiera cambiado. Muchos países de la Unión Europea enfrentan serios problemas de recaudación fiscal y, en lugar de resolver estas prácticas internamente, resulta más fácil apunInformarse principalmente a través de redes sociales no garantiza un voto más informado: amplía la competencia electoral, pero también la polarización, sin elevar necesariamente el conocimiento ciudadano. Francisco de La Espriella Panamá enfrenta señalamientos internacionales por lavado y evasión fiscal, pese a reformas profundas. El debate revela dobles estándares que afectan su reputación y cuestionan la credibilidad del sistema financiero global. Reflexiones sobre el rediseño curricular Educación El rediseño curricular es un proceso central en los sistemas educativos, ya que orienta la selección de contenidos, las estrategias de enseñanza y los criterios de evaluación. Más allá de los ajustes técnicos que conlleva, su efectividad depende en gran medida de la coherencia entre los principios formativos que se declaran y las prácticas que se implementan. Esta coherencia no es automática ni queda garantizada por el solo hecho de reformular un currículo. Con frecuencia, los procesos de rediseño se concentran en la actualización de contenidos, la incorporación de competencias o la adopción de enfoques pedagógicos contemporáneos. Si bien estos elementos son necesarios, su sola inclusión en documentos oficiales no asegura mejoras reales en los aprendizajes. Para que los cambios sean efectivos, deben articularse con criterios claros de implementación y evaluación que orienten la práctica docente. En este marco, la ética cumple una función estructural. No se trata de un añadido declarativo, sino de un eje que permite definir prioridades educativas, niveles de exigencia y criterios de evaluación coherentes. La moral, entendida como el conjunto de normas y prácticas vigentes en la comunidad educativa, se expresa en la aplicación cotidiana del currículo. Cuando existe una brecha entre los valores declarados y las prácticas institucionales, se generan tensiones que afectan la credibilidad del proceso formativo y dificultan su sostenibilidad. Asimismo, los valores orientan la formación del estudiante más allá de los contenidos específicos. Para que tengan un impacto verificable, deben traducirse en experiencias de aprendizaje concretas, criterios de evaluación claros y responsabilidades institucionales definidas, evitando quedarse en formulaciones generales sin aplicación práctica. La relación entre rediseño curricular y política también exige una delimitación precisa. Aunque la educación es un asunto público, la excesiva influencia de coyunturas políticas y cambios administrativos frecuentes debilita la continuidad del currículo e impide evaluar sus resultados a mediano y largo plazo. Reducir esa influencia no implica desconocer el contexto social, sino crear condiciones de estabilidad que permitan ajustes informados y sostenidos en el tiempo. En conclusión, el rediseño curricular no es únicamente una reorganización de contenidos o metodologías, sino una decisión formativa que exige coherencia entre principios, prácticas y evaluación. Ningún modelo educativo funciona sin una base ética, moral y de valores; sacar la política del centro de las decisiones curriculares es un primer paso hacia esa coherencia. Sostenerla en el tiempo constituye el principal desafío del rediseño curricular. LA AUTORA es profesora de filosofía. Indhira Londoño Fundado en 1980 Miembro de la Sociedad Interamericana de Prensa Presidente y Director Editorial (Encargado) Jorge Molina Mendoza Gerente General Sudy S. de Chassin Subdirectora y Editora de la Unidad de Investigación Mónica Palm Subdirector Asociado Rolando Rodríguez B. Editora Digital Yolanda Sandoval Editor del Impreso Juan Luis Batista ISSN 2953-3252: La Prensa ISSN L 1605-069X: prensa.com Aviso sobre el uso de Inteligencia Artificial Este periódico emplea inteligencia artificial (IA) para asistir en la edición de contenidos y mejorar la experiencia de lectura. 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