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5A La Prensa Panamá, miércoles 11 de junio de 2025 Casas en venta en sectores urbanos. Alexander Arosemena Una omisión que daría al traste con la ley de intereses preferenciales Rodrigo Noriega ESPECIAL PARA LA PRENSA [email protected] LEGISLATIVO Unas 9 mil familias podrían perder su oportunidad de vivienda si la Asamblea aprueba el proyecto 289 sin corregirlo. La ley sería jurídicamente ineficaz si no incluye el texto completo y actualizado. La esperanza de unas 9 mil familias de adquirir vivienda propia podría truncarse si el proyecto de ley 289 —que busca restablecer la vigencia de la Ley 3 del 20 de mayo de 1985— es aprobado por la Asamblea Nacional tal como está redactado. El 24 de abril pasado entró en vigencia la Ley 468, que derogó la Ley 3 de 1985. Al carecer de un período de transición, unas 9 mil viviendas de interés social cuya compra estaba en trámite quedaron en el limbo. Ante esta realidad, el sector financiero cabildeó para que el gobierno del presidente José Raúl Mulino corrigiera la situación mediante el proyecto de ley 289. La vuelta a la vida de una ley El artículo 2 del proyecto de ley 289 dice así: Artículo 2. Se restablece la vigencia de la Ley 3 de 20 de mayo de 1985 y todas sus modificaciones, hasta el 31 de diciembre de 2025. A primera vista, la redacción del artículo 2 parecería suficiente para que la Ley 3 de 1985 recupere su vigencia. Sin embargo, esto no es así. El artículo 37 del Código Civil, aplicable en este caso, establece lo siguiente: Artículo 37. Una ley derogada no revivirá por solas las referencias que a ella se hagan, ni por haber sido abolida la ley que la derogó. Una disposición derogada sólo recobrará su fuerza en la forma en que aparezca reproducida en una ley nueva, o en el caso de que la ley posterior a la derogatoria establezca de modo expreso que recobra su vigencia.En este último caso será indispensable que se promulgue la ley que recobra su vigencia junto con la que la pone en vigor. Esto significa que el texto completo de la Ley 3 de 1985 debe estar incluido dentro del artículo 2. Para complicar el asunto, dicha ley ha sido modificada 17 veces en sus 40 años de existencia, por lo que habría que publicar su versión actualizada. Otro aspecto que complementa el restablecimiento de la Ley 3 de 1985 es la necesidad de publicar en la Gaceta Oficial los decretos ejecutivos y resoluciones que la reglamentan. Al tratarse de normas administrativas, esta responsabilidad recae en el Órgano Ejecutivo. El efecto Si el proyecto de ley 289 fuese aprobado en tercer debate tal como fue votado en la Comisión de Economía y Finanzas del Órgano Legislativo, sin incluir el texto actualizado de la Ley 3 de 1985, el restablecimiento ordenado en su artículo 2 no tendría efecto jurídico alguno. En otras palabras, se aprobaría una norma jurídica inútil. Los diputados pueden devolver el proyecto de ley 289 a segundo debate y hacer la corrección necesaria: incluir el texto completo y actualizado de la Ley 3 de 1985 con todas sus reformas. Para ello tienen plazo hasta el 25 de junio, ya que las sesiones extraordinarias concluyen al día siguiente. VEA 1B Defensoría: en Arimae hubo uso excesivo de gases Luego de una visita a la comunidad de Arimae, Darién, una misión especial reportó que hay evidencias del uso excesivo de gases lacrimógenos durante las protestas que se realizaron en este sector del país la semana pasada, informó la Defensoría del Pueblo. En un comunicado, se señala que estos gases dejaron varias afectaciones en la comunidad y que la visita, a la que se sumó personal de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, se extendió por dos días. La Defensoría adelantó que esta visita generará un informe con los hallazgos y testimonios de la comunidad y de las autoridades, recabados porelequipotécnicodelainstitución. El defensor del Pueblo, Eduardo Leblanc, recomienda a las autoridades evitar ingresar a las comunidades si las vías ya han sido despejadas. De igual forma, se le pide a la población atender y verificar las informaciones de medios de comunicación social formales sobre personas fallecidas o heridas, para evitar ser víctima de la desinformación, lo cual puede ser un vehículo para detonar el descontento en la comunidad, que podría devenir en actos de la violencia y enfrentamientos. BLOQUEOS Henry Cárdenas [email protected] Panorama

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