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prensa_2024_04_27

2A LaPrensa Panamá, sábado 27 de abril de 2024 Panorama Suscríbete www.prensa.com Síguenos twitter.com/prensacom Comenta facebook.com/prensacom Pedreschi instaa laCorteadarleprioridad a lademandacontraacuerdodel TE RichardBarrera [email protected] El abogado constitucio - nalista Carlos Bolívar Pe - dreschi se sumó ayer a las voces que aseguran que de - bido a laproximidad de las elecciones, el plenode la Corte Supremade Justicia debe darle prioridada la de - manda de inconstituciona - lidad interpuesta contra el acuerdo del Tribunal Elec - toral que inhabilitóaRicar - doMartinelli paracompetir enlaseleccionesdel5demayo y, simultáneamente, autorizó a José Raúl Mulino a tomar sulugar comoaban - derado presidencialde los partidos Realizando Metas (RM) yAlianza. No resolver el recurso an - tes de laselecciones es una irresponsabilidad que recaerásobre laCorteyafecta - rálacredibilidadquelamis - ma ha logrado rescatar ”, sentencióel abogado. Recordó que es de conocimiento públicoque laCorte cuentacon losmecanismos necesarios paraproducir un fallo oportuno. “Para co - menzar, hace faltaque ésta se declare ensesiónperma - nente,ya seapor decisiónde lamagistrada presidentade laCorteoasolicituddecinco magistrados. Elpaísmerece esta decisión, está cons - cientede lagravedaddelca - so y de la inminencia de la misma”, sustentó. El pasado jueves 25 de abril, el magistrado Olme - doArrocha, ponentedelca - so, emitió un pronuncia - miento donde explicó que lapresidentade laCotreSu - prema de Justicia, María Eugenia López Arias, puede convocar a un pleno ex - traordinario para decidir esteasunto. El constitucionalista también lemandó unmen - saje a Arrocha: “es impera - tivo que el magistrado po - nente cumpla con su res - ponsabilidad y presente su ponencia cuanto antes. La dilación dela Corte en to - mar una decisión sería inexplicable y posiblemente temeraria, considerando los graves efectos jurídicos, políticos e institucionales queacarrearía ” . Pedreschi es unode los 88 abogados quepresentaron alegato ante la Corte, opi - nando sobre elasunto. Par - te de su teoría está basada en que la Constitución no autoriza candidaturas a la presidencia sin vicepresidente. “Laredaccióndelartículo 177 de la Constitución es suficientemente clara: “con el Presidente de laRepública será elegidode la misma manera y por igual periodo unvicepresidente’”, dice. A juicio dePedreschi, el acuerdo del TE viola los artículos 177, 181 y 185 de la Constitución. Incluso, di - ce que en el acuerdo, elmis - moTEadmitiósobreel riesgo de transgredir la Carta Magna. “Se requiere la elección de un vicepresidente paar que ejerza las funciones que establece el artículo 185de laConstituciónPolí - tica; esdecir, que lanómina debe estar completa para cumplir con lo establecido enelartículo177delaCons - titución”, añadió el aboga - do, citando el documento delTE. El constitucionalista también argumentó que “ el artículo 181de la Constituciónindicaqueelpresiden - te y el vicepresidente tomaránposesión desus respec - tivos cargos ante la Asam - blea Nacional ”. Aquí reite - ra: “por disposición contsi - tucional un presidenteno puede ser elegido sin un vicepresidente”. Ahora todas lasmiradas se fijan el palacioGil Ponce. Archivo DEMANDADE INCONSTITUCIONALIDAD Ni RMni Alianzapidieronque Mulino fuerasucandidato ElianaMoralesGil [email protected] La idea de designar a José Raúl Mulino co - mo candidato presi - dencial de los partidos RealizandoMetas (RM)y Alianza fue del pleno del Tribunal Electoral (TE). No hubo unagestión pre - via para queestos partidos lo escogieran para ser su abanderadocuando lama - yoría del pleno aprobó el Acuerdo 11-1 del 4 de mar - zode2024. Esta es una de las respuestas que envió el TE al magistradode laCorteSu - prema de Justicia Olmedo Arrocha,ponente dela de - manda de inconstitucio - nalidad contra el Acuerdo 11-1 de 2024, en el que se inhabilitó a Ricardo Mar - tinelli para competiren las elecciones del 5 de mayo y simultáneamente se de - signó a Mulino (que hasta entonces era candidato a vicepresidente delaRepú - blica) en su luga.r “Ladecisióndehabilitara JoséRaúlMulinocomocandidatoapresidentede laRepública, en representación de los partidos Realizando MetasyAlianza, fueunad-e cisión del Plenodel Tribunal Electoral, tomadamedianteAcuerdodePleno11-1 de 4 de marzo de 2024…”, precisa la nota enviada a Arrochapor elTEy recibida en laCSJ alas 10:10a.m. de ayerviernes26deabril. Arrocha pregunta Enunanotadel pasado23 de abril,Arrocha solicitóal TEcopia autenticadade los formularios que sutsentaron las postulacionesde los candidatos a presidente y vicepresidente por RM y Alianza.También pidiócopiade losdocumentosenlos que sebasó el TEpara habilitar a Mulino como cand-i datopresidencialy, porúltimo, preguntósi huboalguna gestión para que los dos partidos lodesignaran candidato o si fueuna decisión unilateral. Lanota conlasrespuestas aArrochayestáfirmadapor los magistrados delTE Alfredo Juncá (presidente), Eduardo Valdés Escofery y Luis Guerra Morales. Además, le enviaron copia autenticada de los documentos quesustentaron laspostulaciones. El artículo 362del CódigoElectoral Los magistrados del TE le informaron a Arrocha quenoexisteningúndocu - mentoque sustente la de - cisiónde habilitara Muli - no como candidato presi - dencial, pues, de acuerdo con la posición defendida por Valdés Escoffery y Guerra Morales, el pleno “estaba impedidode hacer gestión alguna ” con los partidos que lo postula - ron, yaque el Códig oElectoral , en su artículo 362 –reglamentado porel artí - culo 91 del Decreto 29 de 2022– ya tenía previsto el escenariopara cuandoun candidato principal per - diera su carácterde postu - lado, disponiendoque su suplente asumiera su lu - gar. “La habilitación deMu - lino se produjoOpe Legis, es decir, porque asílo esta - blece la ley, ensu condición de suplente delcandidato El argumento de los magistrados del TE Losmagistrados se basan en el artículo 362 del CódigoElectoral –reglamentado por el artículo 91 del Decreto 29de 2022–que establece que cuando un candidato principal pierde su carácter de postulado, por cualquier causa, su suplente asumirá su lugar. RicardoMartinelli yJoséRaúlMulino Archivo æ LaopinióndeGuillermo MárquezAmado GuillermoMárquezAmado. Archivo a la Presidencia, Ricardo Alberto Martinelli Berro - cal, que fue inhabilitado en el mismo Acuerdo de Pleno 11-1 de 4 de marzo ”, se lee en la notadirigida a Arrocha. Luego, reiteranqueel ar - tículo 362 del Código Electoral –reglamentado por el artículo 91 del De - creto 29 de2022–dispone que cuando uncandidato principal pierdesu carác - ter depostulado, porcual - quier causa, su suplente asumirá su lugar. La razón para designara Mulino como candidato presidencial, plasmada en el Acuerdo 11-1 del 4 de marzo pasado, esque con la inhabilitacióndeMarti - nelli, “sedeja a los partidos RealizandoMetas y Alian - za sin participaciónen la elección presidencial, lo que implica conculcar el derecho de ambos patri - dos y toda su membresía, habiendo los patridos cumplido contodos losre - quisitos constitucionales y legales” Por tanto, seaplicó elar - tículo 362 del Código Electoral y se ordenóque en la boleta única de vota - ción enla eleccióngeneral para elcargodepresidente de la República,en la casi - lla de los partidos RM y Alianza, “esté el señorJosé RaúlMulinoQuintero,co - mo candidatoa presiden - te, sinvicepresidente ”. En la carta se advierte que el magistrado Juncá no los apoyó y emitió un voto razonado.En efecto, como publicó este medio recientemente, elmagis - trado presidente delTEno compartió el criterio de sus dos colegas.Por tanto, elAcuerdo11-1 esunadeci - sión consensuada, no unánime, del plenodel TE. El desacuerdo de Juncá con el resto de suscolegas se conoció porque el abo - gado Alejandro Pérez pre - sentóuna reconsidearción contra el Acuerdo 11-1. Cuando el pleno del TE rechazó ese recurso, Juncá salvó suvoto. En su escritode votora - zonado, Juncá opinó que la figura del suplentenoes aplicable a ladel vicepresi - dente de laRepública, ya que éste desempeña si - multánea yparalelamente funciones junto al presi - dente de laRepública. Por tanto, en este caso, no es equiparable a la figura de un suplente que solo atcúa enausenciadel principal. Además,que Mulino no fue elegido enlas eleccio - nes primarias deRMy que la Constitución ordena llevar a las eleccionesge - nerales unafórmula com - puesta por dos personas: un candidato presidencial yunoa la vicepresidencia. El Tribunal Electoral, al mismo tiempo que inhabilaitba como candidato presidencial a Ricardo Martinelli, decidió por su propiaucenta quien lo sustituiría. HenryCárdenasP. [email protected] El exmagistrado delTribu - nal Electoral, Guillermo MárquezAmado,esdelaopi - niónque sila CorteSuprema deJusticiafallacontralacan - didaturapresidencial deJosé Raúl Mulino, estaría por en - cimadeunaeventual victoria del candidato de Realizando MetasyelPartidoAlianza, en laspróximaselecciones. La reacción de Márquez Amado se da tomando en cuentaque laCorteSuprema deJusticianotendríaunade - cisiónsobrelacandidaturade Mulino antes del día de las eleccionesdel5demayo. Márquez Amado plantea que los procedimientos legalesnoserigenporloquepien - se lamayoría, sinopor loque establece laley yla Constitución. Dijo que hay quienes piensanquesipueblosobear - no toma una decisión de poner en el solio presidencial a unapersona, esadecisióndeberespetarse. “Hay quienes pensamos, y yome incluyoentre esos, que no”, afirmó Márquez Amado en TVNNoticias. “Antesdeesoestáelrespeto quedebe tenersea la Constitucióny a las leyes dela Re - pública. Constitución que ademásesexpresióntambién específicamente del pueblo panameñoy en el caso de la Constitución que tenemos enestemomentofueaproba - da específicamenteen unre - feréndum ylas modificacio - nesquesehanhechoaella, lo han sido tambiéncon funda - mento en su propio texto”, afirmó. Destacóquecualquiercosa que ocurra después de las elecciones va a ser materia también deuna gran angus - tiayunagrandiscusión. Ayer, el magistrado de la Corte, OlmedoArrocha, en calidad de ponentede la de - manda deinconstitucionali - dadcontra el acuerdodelTE quepermitióaMulinopostu - larse comocandidato presi - dencial de RMy Alianza en sustitución deRicardo Mar - tinelli, dioaconocerlos tiem - pos que puede tomar este proceso.

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