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prensa_2023_03_25

Vivir Editora Yolanda Sandoval —Tu opinión nos interesa [email protected] Economía &Negocios 1B LaPrensa Panamá, sábado 25 demarzo de 2023  MÚSICA LoqueexigióRomeo Santos para su show 5B CAMPAÑA Apague la luz; llegó laHoradel Planeta 6B CONCESIÓN Sedevelael alcancedel contrato minero; losdetallesbajo la lupa El pacto alcanzado entre la empresaMinera Panamá y el gobierno de Laurentino Cortizo está bajo escrutinio ciudadano. Amedida que pasen los días de la consulta pública se conocerán las valoraciones que haga la ciudadanía. YolandaSandoval [email protected] Habiendo anticipado a inicios de este mes el nuevo alcance de la concesión entre el Estado y Minera Panamá, el Gobiernopublicóayerviernes24de marzo el contrato ley acordado con la empresa, para dar inicio a un proceso de consulta pública que debe extenderse hasta el 22 de abril. El documento está disponibleenlaplataformadigital Agora (agora.gob.pa/ContratoMineraPanamá). Sin embargo, este proceso no es vinculante, de acuerdo con lo expresado previamente por el Ministerio de Comercio e Industrias (Mici), lo que significa que es una consulta informativa de la que no se espera ningún cambio al acuerdominero si alguien llegara a mostrar su inconformidad con los consensosalcanzados. A manera de aligerar el contenidodeldocumentode 69 páginas, el Mici publicó, ademásde lacopiacompleta del contrato, tablas comparativas sobre los términos económicos y sobre las diferencias entre el documento pactado ahora y el contrato ley original, celebrado entre el Estado y Minera Petaquilla, S.A., (ahora Minera Panamá,S.A.)ycontenidoenla Ley 9 de 26 de febrero de 1997. La entidad destaca como un aspecto económico relevante que Minera Panamá deberá hacer un pago mínimo anual al Estado de $375 millones, incluyendo regalías, Impuesto Sobre laRenta, retenciones de intereses de pago de deuda y el impuesto complementario y retenciones sobre dividendos. Anteriormente, no teníaestaobligación. Lastasasderegalíaoscilan entre 12% a 16%, según el margen bruto. A mayor margen bruto, mayor porcentajede regalías apagar. Y se establece que la regalía mínima es del 2%de la producciónbrutarazonable. El contrato tiene una duraciónde20años, prorrogables por igual periodo, empezando a regir desde diciembrede2021. Paracubrir loscompromisos del año 2022, se ha acordadounpagode$395millonesquecubrelasexplotaciones y exploraciones realizadas durante este periodo. Dichopagoseconstituyecomounfiniquitoparalasobligaciones tributarias del año pasado, ya que anteriormente se calculó que el nuevo contrato para esa fecha debíaestarvigente. Estos son los mismos términos comunicados por el Mici el 8 de marzo pasado, cuando se anunció que habíaunacuerdo formal con la minera,despuésdemesesde tensasnegociaciones. En diciembre pasado, incluso,elGobiernointerrumpió las conversaciones y anunció que buscaría otro operador para la concesión enDonoso. La concesión abarca 12,955 hectáreas, aunque cuando se aborda el conceptodeláreade laservidumbre se reconoce una superficie de 17,780 hectáreas, que incluyen el área de la concesión, la zona de instalación para el manejo de relaves, la carretera al puerto (desde donde se exporta el producto que se extrae) y la línea de transmisióneléctrica. Anteriormente, no había límitesparaelusodelaservidumbre. Enel plano laboral, el contrato anterior permitía la contrataciónde 25%demanodeobraextranjera.Ahora se redujo el alcance a un 15%. Enloquerespectaalámbito ambiental, se introdujo comosi fueraunanovedadla obligación de establecer un plan de recuperación ambiental y cierre de la mina, segúnel Estudiode Impacto Ambiental (EIA). Para citar algunos ejemplos,seenumeraqueMinera Panamá financiará y ejecutará programas de reforestación que incluirán la restauracióndentrodelahuella del proyecto y la reforestación por compensación ecológica fuera del área de concesión. Ya en la resolución de aprobación del EIA bajo el cual trabaja la empresa, se definió que la minera debía reforestar 7,375 hectáreas fuerade lahuelladel proyecto como compensación ecológica, ademásde3,100hectáreas dentro del proyecto, en concepto de restauración ambiental. Aunque evidentemente en el plano económico, la mina estará obligada a dar más de lo que hasta ahora aportaba, para algunas fuentes consultadas en este tema sigue siendomuy poco lo logrado por el Estado, entendiendoquelosaportesen impuestos son los mismos que realizan otras actividades económicasquenoutilizan los recursos nacionales como el agua, los bosques y losminerales. “Las condiciones de este contrato no hicieron más que sellar los vacíos a favor de la empresa, con unos mínimos de maquillaje o de parches para disimular los supuestosbeneficiosalpaís”, dijo a este diario la ambientalistaRaisaBanfield. “Yome siento tan indignada. Nos han visto la cara de tontos, porque ante una inconstitucionalidad del contrato anterior lo que debía hacerse era frenar la actividadyanalizarparabeneficio delpaísloquenosconveníao nodeestasituación”,agregó. De hecho, en el contrato acordado ahora, las partes reconocen que la Ley 9 fue declarada inconstitucional porlaCorteSupremadeJusticia, enelaño2017. Banfieldtambiéncriticóla cláusula en la que se determina que, en casos de fuerza mayor, la empresa no tendría que pagar “los famosos $375 millones como mínimos”. El concepto de fuerzamayorocasofortuitoseaplicasi laproduccióndecobreenun añoes demenos de250,000 toneladas. El ministro de Comercio, Federico Alfaro Boyd, había indicado hace dos semanas quequedóestablecidoquela empresapodrásolicitarhasta $35 millones en créditos fiscales anuales que, sumadospor20años,alcanzanlos $700millones. Pero en el resaltado de los acuerdos alcanzados ahora, se menciona que se estableció que Minera Panamá renuncia al derecho de solicitar créditos fiscales y desiste de todas las solicitudes que había realizado y que excedíanlos$1,000millones. Pero en virtud de la inversión en infraestructura realizadaenelproyecto, se lereconoce a la minera un único crédito fiscal por inversión, iguala$37.5millonespor20 años. En caso de ser anual, serían$750millones. El documento estará disponible para consulta durante unmes, bajo la lupade especialistas del ámbito legal,ambientalyfinanciero. Los nuevos montos $70millones es elmonto de la fianza de cumplimiento que ahora se le exige aMineraPanamá. Antes eran de $3millones. $10 es el pago por hectárea en concepto de canon superficial hasta el año 2041. En el ámbito ambiental, se ha determinado que el Estado establezca oficinas de supervisión con apenas 6 funcionarios para que supuestamente realicen inspecciones ymonitoreo de lo que sucede enmás de 10mil hectáreas, las 24horas del día, los 7 días de la semana. Archivo LaCortecondenaal Estadoapagar$2 millones por desalojar aOceanPollution FONDOS PÚBLICOS JuanManuelDíaz [email protected] LaSalaTercerade laCorte Suprema de Justicia condenó al Estado panameño al pagode$2millonesaOcean Pollution Control (OPC) en concepto de daño emergente, como consecuencia de la ordenverbaldedesalojodictada por la AutoridadMarítimadePanamá(AMP)contra dicha empresa, el 10 de septiembrede2009. Aquel desalojoyahabía sido declarado ilegal por la propia Corte, el 28 de diciembrede2018. Ladecisiónde indemnizar está contenida en un nuevo fallo, bajo la ponencia de la magistrada María Cristina Chen Stanziola, y se conoció a través del Edicto No. 853, divulgado el 9 de marzo de 2023. En 2009, el entonces gobierno Ricardo Martinelli intervino las instalaciones queocupabaOPC, alegando quenocontabaconunaconcesión refrendada por la Contraloría General de la República. Según un informe de la AMP de ese año, la empresa realizóunrellenoenlabahía de Manzanillo en la provincia de Colón, que violó dos resoluciones de la institución que establecen claramentequelaempresanopodía construir, dragar y rellenar en el lugar, hasta contar con el refrendo del contrato de concesión por parte de la Contraloría. A raíz de esta situación, se ordenó el desalojo a la empresa de los terrenos ocupados, pero sus abogados interpusieron varios recursos legales ante la Sala Tercera delaCorte,procesosqueculminaron con un fallo de 28 de diciembre de 2018, que declaró nula por ilegal la ordenverbaldedesalojo. OPC también reclamó $35 millones como indemnización por lucro cesante, es decir, dineros no percibidos producto de la tasa que cobrabaporel servicioderecolección de contaminantes ocasionados por los barcos que atracan en los puertos nacionales. En 2016, la Cortenegóestereclamo. El 14deoctubrede 1997, la empresa OPC suscribió con la desaparecida Autoridad Portuaria Nacional (APN), sin licitación alguna, un contratoparalalimpiezade contaminantes provenientes de las embarcaciones en puertospanameños. Enabrilde1999,elentonces administrador de la AMP, Rubén Reyna, aprobó una adenda al contrato suscrito con esta compañía para que la empresa cobrara una tasa de prevención de contaminación a cada embarcación que atracara en puertos del país. Luego, el entonces contralor Alvin Weeden presentó una demanda de nulidad contra dichocontratoporconsiderarloilegal. ADEMÁS Cumbre Iberoamericana debate sobre sostenibilidad y digitalización 2B

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