Bienvenido suscriptor
Perfil Cerrar sesión
Iniciar Sesión
Registro

prensa_2026_01_31

2A La Prensa Panamá, sábado 31 de enero de 2026 Suscríbete www.prensa.com Síguenos twitter.com/prensacom Comenta facebook.com/prensacom Panorama La decisión de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia fue unánime. Juan Manuel Díaz ‘No existe concesión’, sentencia la Corte en el fallo que declaró inconstitucional el contrato de PPC Mónica Palm [email protected] La Corte concluyó que la AMP y la Contraloría interpretaron en su momento de forma sesgada la prórroga automática del contrato de PPC, omitieron renegociar condiciones y aprobaron una extensión sin sustento constitucional. La Autoridad Marítima de Panamá (AMP) del gobierno pasado (2019-2024) y la Contraloría General de la República de aquella época interpretaron equivocadamente que la concesión de Panamá Ports Company (PPC) debía prorrogarse automáticamente hasta el año 2047. Así está consignado en el fallo de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), que el pasado jueves 29 de enero declaró inconstitucional la Ley 5 de 16 de enero de 1997 (también sus consecuentes adendas), que adoptó el contrato de concesión que permitió a PPC operar dos puertos de contenedores en las riberas del Canal durante las últimas tres décadas. El pleno declaró que, en el año 2021, hubo una interpretación “sesgada” respecto a la prórroga automática del contrato por parte del administrador y la junta directiva de la AMP. El contrato establecía una negociación que no se hizo. Las autoridades se limitaron a certificar que PPC había cumplido con sus obligaciones contractuales y solo por eso tenía el derecho automático para prorrogar por 25 años más. En aquel momento, el administrador de la AMP era Noriel Arauz, y la junta directiva estaba presidida por Aristides Royo, quien además se desempeñaba como ministro para Asuntos del Canal en el gabinete de Laurentino Cortizo (20192024). No obstante, Royo se apartó de estas discusiones, al declarar que había conflicto de interés ya que trabaja en la firma Morgan & Morgan, que son abogados de PPC. Al reconocer que la prórroga debía ser automática, la AMP no solo renunció a la convocatoria de un acto público para contratar a un nuevo operador, sino que tampoco renegoció las tarifas y cánones con PPC. “El Estado no ejerció la potestad que ostenta para salvaguardar sus intereses, al no efectuar una renegociación de lo convenido en el contrato tomando en consideración que, como se expuso en el contexto histórico, los hechos que generaron la celebración del contrato-ley (1997), han cambiado”, señala el pleno en el fallo de 69 páginas que declara que la Ley 5 de 1997 vulnera 8 artículos de la Constitución: los números 17, 18, 19, 32, 50, 258, 259 y 280. Los magistrados, en la página 53 del fallo, sostienen: “Es palpable el desequilibrio contractual, que se visualiza en los privilegios y prerrogativas concedidos a la empresa, así como, en una ausente contraprestación justa y equitativa para el Estado, que repercute en detrimento del bienestar general; pese a que el desarrollo de la actividad portuaria y logística de los puertos de Balboa y Cristóbal refleja un crecimiento exponencial en el movimiento de carga que se da en el comercio marítimo internacional”. Además de manejar el asunto “de forma simplista”, dicha prórroga no fue “perfeccionada”, ya que nunca fue refrendada por Gerardo Solís (contralor general de la República hasta el 31 de diciembre de 2024) ni aprobada por la Asamblea Nacional, como sí ocurrió con otras tres adendas al contrato ley de 1997. Solís participaba (con derecho a voz) en las reuniones de la junta directiva de la AMP y abogó por darle continuidad inmediata al contrato de PPC. Al declararse la inconstitucionalidad del contrato ley y sus adendas, la operación de PPC queda entonces sin un sustento legal. “El efecto de esta decisión de inconstitucionalidad debe interpretarse en el sentido de que no existe concesión”, remarcó el pleno de la CSJ. No obstante, Morgan & Morgan, los abogados de PPC, presentaron un alegato en el que replican que la Corte no tiene competencia para conocer la constitucionalidad de su contrato. La firma sostiene que lo que se impugnó es el artículo 1 de la Ley 5 de 1997, no el contrato de concesión per se. En su alegato, sostienen que desde 1997, PPC ha aportado poco más de $444.9 millones al Estado panameño e invertido $1,695 millones en infraestructura y equipos en Balboa y Cristóbal, “cifra que representa el 68% de la inversión total de la industria portuaria en Panamá en los últimos 20 años”. Si se incluye el “valor agregado” de la empresa a los puertos y los empleos directos e indirectos, PPC asegura que su aporte sería de más de $6,000 millones a la economía del país. El fallo, con ponencia del magistrado Carlos Villalobos, fue respaldado por Olmedo Arrocha, Gisela Agurto, María Cristina Chen Stanziola, Miriam Cheng, Maribel Cornejo, Ariadne García, María Eugenia López Arias y Carlos Vásquez. El contrato ley había sido demandado por inconstitucional en dos ocasiones. La primera demanda la presentaron los abogados Norman Castro y Julio Fidel Macías. La segunda por el abogado Antonio Moreno Correa, siguiendo instrucciones del contralor Anel Flores, quien reemplazó a Solís en el cargo hace 13 CONTRATO LEY DE 1997 Washington saluda decisión de la Corte Henry Cárdenas [email protected] El secretario de Estado de Estados Unidos, Marco Rubio, celebró el fallo de la Corte Suprema de Panamá que declaró “inconstitucional” la concesión a un conglomerado de Hong Kong de dos puertos del canal, en medio de las presiones de Washington. “Estados Unidos se siente alentado por la reciente decisión de la Corte Suprema de Panamá de declarar inconstitucionales las concesiones portuarias otorgadas a China”, escribió el jefe de la diplomacia estadounidense en la red X. Al inicio de su segundo mandato, el presidente de Estados Unidos, Donald Trump, había amenazado con tomar el control del Canal de Panamá por la influencia que, según el mandatario, tiene China sobre esa infraestructura clave para el comercio mundial. Marco Rubio visitó Panamá en febrero del año pasado, en su primer viaje al exterior como secretario de Estado, y se reunió con el presiente panameño, José Raúl Mulino, quien prometió una auditoría sobre las concesiones en el Canal. En tanto, la Embajada de Estados Unidos en Panamá, a cargo de Kevin Marino Cabrera, emitió un comunicado en el que resalta que esta decisión de la Corte reafirma enérgicamente el Estado de derecho. “Confirma que el Órgano Judicial independiente de Panamá aplica el cumplimiento de la ley, la transparencia y las obligaciones de interés público, exigiendo a los operadores privados que rindan cuentas”, se indica en el comunicado. De igual manera, la Embajada estadounidense enfatiza que el fallo fortalece la seguridad nacional de Panamá y su clima de inversión al impulsar la previsibilidad, imparcialidad y confianza en las leyes. Asimismo, señala que este fallo permite la revisión de la gobernabilidad de los puertos, así como de los procesos transparentes y competitivos para atraer inversiones de clase mundial que brindan innovación, eficiencia, empleo de calidad y fortalecen el papel de Panamá como un centro logístico líder. (Con información de EFE). Carlos Villalobos, magistrado ponente. Cortesía Pekín promete adoptar ‘medidas’ tras el fallo EFE. BEIJING, CHINA China aseguró que adoptará “todas las medidas necesarias” para proteger los derechos e intereses legítimos de sus empresas tras la decisión de la Corte de Panamá de anular el contrato de concesión de los puertos operados por Panama Ports Company, filial del grupo hongkonés CK Hutchison. En rueda de prensa, el portavoz del Ministerio de Exteriores Guo Jiakun señaló que la empresa afectada ya se ha pronunciado sobre el fallo y recordó que CK Hutchison considera que la resolución “va en contra de la base legal” bajo la cual la parte panameña aprobó los derechos de concesión, añadiendo que la compañía “se reserva todos sus derechos, incluida la vía judicial”. “El Gobierno chino tomará todas las medidas necesarias para salvaguardar firmemente los derechos e intereses legítimos y legales de las empresas chinas”, afirmó el vocero, sin entrar a valorar el contenido del fallo ni las decisiones del poder judicial panameño. Preguntado por una posible repercusión del dictamen en la venta global de activos portuarios de CK Hutchison -una operación que incluye más de 40 puertos y que ha sido negociada con un consorcio liderado por BlackRock, con participación de Cosco-, Exteriores se remitió a la posición de la empresa y evitó hacer comentarios adicionales sobre las negociaciones en curso. meses. La Corte las acumuló, ya que ambas solicitaban lo mismo. El procurador de la Nación, Luis Carlos Gómez Rudy, había advertido a la Corte que el contrato ley era inconstitucional, por considerar que desconoce el interés público y suprime la libre competencia, entre otros incumplimientos fundamentales de la normativa constitucional. Marco Rubio EFE

RkJQdWJsaXNoZXIy MTUxNDg2MA==