1A La Prensa Panamá, sábado 31 de enero de 2026 Hoy por hoy En 2021, la prórroga automática del contrato entre el Estado panameño y Panama Ports Company fue avalada pese a advertencias técnicas y jurídicas. Al renunciar a una licitación pública, a la renegociación de condiciones y al debido perfeccionamiento legal, el Estado volvió a colocarse en el rol del “socio bobo”: ceder activos estratégicos sin exigir beneficios proporcionales para el país ni proteger plenamente el interés público. El fallo de la Corte Suprema de Justicia confirma lo que entonces se advirtió: no existía una concesión válida. La decisión devuelve el debate a su cauce correcto, alejándolo de narrativas interesadas y presiones externas que pretendieron reducir un problema constitucional y contractual a una disputa geopolítica. Aquí no estaba en juego la nacionalidad de un operador, sino la legalidad, la competencia y la defensa del patrimonio público. Es justo reconocer que el Ejecutivo actuó con responsabilidad institucional. Preparó escenarios alternos ante un fallo favorable o adverso, garantizó la continuidad operativa de los puertos y evitó improvisaciones. La Djokovic vs. Alcaraz: una final que define una era 3B Deportes Panorama Lo que contó Mauricio Cort en el juicio Odebrecht 7A Economía IICA y CAF refuerzan alianza 2B Corte deja sin concesión a PPC De forma unánime, la Corte Suprema de Justicia (CSJ) declaró inconstitucional el contrato de concesión firmado el 16 de enero de 1997 entre el Estado panameño y Panama Ports Company (PPC) para la operación de los puertos de Balboa y Cristóbal. La decisión del Pleno se conoció en horas de la noche del jueves 29 de enero, cuando el Órgano Judicial confirmó el fallo que deja sin efecto la Ley 5 de 1997 y sus adendas, Tras el fallo de inconstitucionalidad, el Ejecutivo anunció que APM Terminals Panama, una filial de Maersk, se encargará temporalmente de los puertos de Balboa y Cristóbal mientras se estructura la nueva concesión. al considerar que vulneran varios artículos de la Constitución y que la prórroga automática del contrato carecía de sustento legal. Muy temprano, ayer, el presidente de la República, José Raúl Mulino, anunció que el Gobierno garantizará la continuidad operativa de los puertos y la estabilidad laboral de los trabajadores portuarios, mientras se diseña un nuevo proceso de concesión bajo reglas distintas. PPC se mantiene operando hasta tanto el fallo quede ejecutoriado. Mulino informó que el plan contempla la designación de un operador temporal, mientras se prepara una nueva licitación pública, y que el proceso de transición será coordinado por Alberto Alemán Zubieta, quien estará a cargo de articular las acciones entre las instituciones del Estado involucradas y el sector portuario. VEA 2A, 4A, 5A Y 6A Puerto de Balboa en la mañana de ayer. Anel Asprilla El fallo de la Corte Suprema de Justicia que declaró inconstitucional el contrato de PPC generó reacciones contrapuestas en el plano internacional. China, a través del portavoz de su Ministerio de Exteriores, Guo Jiakun, expresó molestia por la decisión y advirtió que Pekín adoptará “todas las medidas necesarias” para proteger los derechos e intereses legítimos de sus empresas, en referencia al conglomerado hongkonés CK Hutchison, matriz de PPC. En contraste, Estados Unidos celebró abiertamente el fallo. El secretaMolestia en China; celebración en Estados Unidos Panama Ports Company (PPC) rechazó el fallo y advirtió que la decisión genera incertidumbre jurídica. La empresa señaló que desde 1997, cuando obtuvo el contrato mediante licitación internacional, ha invertido $1,800 millones. Por su parte, APM TerPPC y APM Terminals fijan posiciones minals manifestó su disposición a operar de manera temporal los puertos de Balboa y Cristóbal, subrayando que puede garantizar la continuidad operativa, la estabilidad laboral y el cumplimiento de estándares internacionales mientras se desarrolla un nuevo proceso de concesión. CONTRATO LEY DE 1997 rio de Estado, Marco Rubio, afirmó que su país se siente alentado por la decisión de la Corte panameña, al considerar que refuerza el Estado de derecho y la rendición de cuentas en concesiones estratégicas. En la misma línea, la Embajada de Estados Unidos en Panamá, encaEl medio libre de Panamá 75¢ Sábado 31 de enero de 2026 - Año 45 - Nº 15278 El Canal publica pliegos para licitar nuevos puertos y el corredor energético La licitación de puertos y un gasoducto a través del istmo proyecta inversiones privadas por al menos $5,000 millones bajo el régimen de concesiones del Canal. VEA 1B bezada por Kevin Marino Cabrera, destacó que el fallo fortalece la seguridad jurídica, la transparencia y el clima de inversión, además de abrir la puerta a una revisión de la gobernanza portuaria y a procesos competitivos para atraer inversiones internacionales. designación de una figura con experiencia en el ámbito marítimo y portuario sugiere una voluntad de ordenar el sector y corregir errores heredados. Pero el desafío va más allá. Esta coyuntura abre una oportunidad histórica: estructurar una nueva concesión robusta, transparente y competitiva, que refleje el valor real de los puertos y fortalezca la posición del Estado. Dejar de ser el socio bobo no es un eslogan; es una obligación. Implica aprender, corregir y contratar mejor, sin ceder a presiones ni a narrativas ajenas al interés nacional.
2A La Prensa Panamá, sábado 31 de enero de 2026 Suscríbete www.prensa.com Síguenos twitter.com/prensacom Comenta facebook.com/prensacom Panorama La decisión de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia fue unánime. Juan Manuel Díaz ‘No existe concesión’, sentencia la Corte en el fallo que declaró inconstitucional el contrato de PPC Mónica Palm [email protected] La Corte concluyó que la AMP y la Contraloría interpretaron en su momento de forma sesgada la prórroga automática del contrato de PPC, omitieron renegociar condiciones y aprobaron una extensión sin sustento constitucional. La Autoridad Marítima de Panamá (AMP) del gobierno pasado (2019-2024) y la Contraloría General de la República de aquella época interpretaron equivocadamente que la concesión de Panamá Ports Company (PPC) debía prorrogarse automáticamente hasta el año 2047. Así está consignado en el fallo de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), que el pasado jueves 29 de enero declaró inconstitucional la Ley 5 de 16 de enero de 1997 (también sus consecuentes adendas), que adoptó el contrato de concesión que permitió a PPC operar dos puertos de contenedores en las riberas del Canal durante las últimas tres décadas. El pleno declaró que, en el año 2021, hubo una interpretación “sesgada” respecto a la prórroga automática del contrato por parte del administrador y la junta directiva de la AMP. El contrato establecía una negociación que no se hizo. Las autoridades se limitaron a certificar que PPC había cumplido con sus obligaciones contractuales y solo por eso tenía el derecho automático para prorrogar por 25 años más. En aquel momento, el administrador de la AMP era Noriel Arauz, y la junta directiva estaba presidida por Aristides Royo, quien además se desempeñaba como ministro para Asuntos del Canal en el gabinete de Laurentino Cortizo (20192024). No obstante, Royo se apartó de estas discusiones, al declarar que había conflicto de interés ya que trabaja en la firma Morgan & Morgan, que son abogados de PPC. Al reconocer que la prórroga debía ser automática, la AMP no solo renunció a la convocatoria de un acto público para contratar a un nuevo operador, sino que tampoco renegoció las tarifas y cánones con PPC. “El Estado no ejerció la potestad que ostenta para salvaguardar sus intereses, al no efectuar una renegociación de lo convenido en el contrato tomando en consideración que, como se expuso en el contexto histórico, los hechos que generaron la celebración del contrato-ley (1997), han cambiado”, señala el pleno en el fallo de 69 páginas que declara que la Ley 5 de 1997 vulnera 8 artículos de la Constitución: los números 17, 18, 19, 32, 50, 258, 259 y 280. Los magistrados, en la página 53 del fallo, sostienen: “Es palpable el desequilibrio contractual, que se visualiza en los privilegios y prerrogativas concedidos a la empresa, así como, en una ausente contraprestación justa y equitativa para el Estado, que repercute en detrimento del bienestar general; pese a que el desarrollo de la actividad portuaria y logística de los puertos de Balboa y Cristóbal refleja un crecimiento exponencial en el movimiento de carga que se da en el comercio marítimo internacional”. Además de manejar el asunto “de forma simplista”, dicha prórroga no fue “perfeccionada”, ya que nunca fue refrendada por Gerardo Solís (contralor general de la República hasta el 31 de diciembre de 2024) ni aprobada por la Asamblea Nacional, como sí ocurrió con otras tres adendas al contrato ley de 1997. Solís participaba (con derecho a voz) en las reuniones de la junta directiva de la AMP y abogó por darle continuidad inmediata al contrato de PPC. Al declararse la inconstitucionalidad del contrato ley y sus adendas, la operación de PPC queda entonces sin un sustento legal. “El efecto de esta decisión de inconstitucionalidad debe interpretarse en el sentido de que no existe concesión”, remarcó el pleno de la CSJ. No obstante, Morgan & Morgan, los abogados de PPC, presentaron un alegato en el que replican que la Corte no tiene competencia para conocer la constitucionalidad de su contrato. La firma sostiene que lo que se impugnó es el artículo 1 de la Ley 5 de 1997, no el contrato de concesión per se. En su alegato, sostienen que desde 1997, PPC ha aportado poco más de $444.9 millones al Estado panameño e invertido $1,695 millones en infraestructura y equipos en Balboa y Cristóbal, “cifra que representa el 68% de la inversión total de la industria portuaria en Panamá en los últimos 20 años”. Si se incluye el “valor agregado” de la empresa a los puertos y los empleos directos e indirectos, PPC asegura que su aporte sería de más de $6,000 millones a la economía del país. El fallo, con ponencia del magistrado Carlos Villalobos, fue respaldado por Olmedo Arrocha, Gisela Agurto, María Cristina Chen Stanziola, Miriam Cheng, Maribel Cornejo, Ariadne García, María Eugenia López Arias y Carlos Vásquez. El contrato ley había sido demandado por inconstitucional en dos ocasiones. La primera demanda la presentaron los abogados Norman Castro y Julio Fidel Macías. La segunda por el abogado Antonio Moreno Correa, siguiendo instrucciones del contralor Anel Flores, quien reemplazó a Solís en el cargo hace 13 CONTRATO LEY DE 1997 Washington saluda decisión de la Corte Henry Cárdenas [email protected] El secretario de Estado de Estados Unidos, Marco Rubio, celebró el fallo de la Corte Suprema de Panamá que declaró “inconstitucional” la concesión a un conglomerado de Hong Kong de dos puertos del canal, en medio de las presiones de Washington. “Estados Unidos se siente alentado por la reciente decisión de la Corte Suprema de Panamá de declarar inconstitucionales las concesiones portuarias otorgadas a China”, escribió el jefe de la diplomacia estadounidense en la red X. Al inicio de su segundo mandato, el presidente de Estados Unidos, Donald Trump, había amenazado con tomar el control del Canal de Panamá por la influencia que, según el mandatario, tiene China sobre esa infraestructura clave para el comercio mundial. Marco Rubio visitó Panamá en febrero del año pasado, en su primer viaje al exterior como secretario de Estado, y se reunió con el presiente panameño, José Raúl Mulino, quien prometió una auditoría sobre las concesiones en el Canal. En tanto, la Embajada de Estados Unidos en Panamá, a cargo de Kevin Marino Cabrera, emitió un comunicado en el que resalta que esta decisión de la Corte reafirma enérgicamente el Estado de derecho. “Confirma que el Órgano Judicial independiente de Panamá aplica el cumplimiento de la ley, la transparencia y las obligaciones de interés público, exigiendo a los operadores privados que rindan cuentas”, se indica en el comunicado. De igual manera, la Embajada estadounidense enfatiza que el fallo fortalece la seguridad nacional de Panamá y su clima de inversión al impulsar la previsibilidad, imparcialidad y confianza en las leyes. Asimismo, señala que este fallo permite la revisión de la gobernabilidad de los puertos, así como de los procesos transparentes y competitivos para atraer inversiones de clase mundial que brindan innovación, eficiencia, empleo de calidad y fortalecen el papel de Panamá como un centro logístico líder. (Con información de EFE). Carlos Villalobos, magistrado ponente. Cortesía Pekín promete adoptar ‘medidas’ tras el fallo EFE. BEIJING, CHINA China aseguró que adoptará “todas las medidas necesarias” para proteger los derechos e intereses legítimos de sus empresas tras la decisión de la Corte de Panamá de anular el contrato de concesión de los puertos operados por Panama Ports Company, filial del grupo hongkonés CK Hutchison. En rueda de prensa, el portavoz del Ministerio de Exteriores Guo Jiakun señaló que la empresa afectada ya se ha pronunciado sobre el fallo y recordó que CK Hutchison considera que la resolución “va en contra de la base legal” bajo la cual la parte panameña aprobó los derechos de concesión, añadiendo que la compañía “se reserva todos sus derechos, incluida la vía judicial”. “El Gobierno chino tomará todas las medidas necesarias para salvaguardar firmemente los derechos e intereses legítimos y legales de las empresas chinas”, afirmó el vocero, sin entrar a valorar el contenido del fallo ni las decisiones del poder judicial panameño. Preguntado por una posible repercusión del dictamen en la venta global de activos portuarios de CK Hutchison -una operación que incluye más de 40 puertos y que ha sido negociada con un consorcio liderado por BlackRock, con participación de Cosco-, Exteriores se remitió a la posición de la empresa y evitó hacer comentarios adicionales sobre las negociaciones en curso. meses. La Corte las acumuló, ya que ambas solicitaban lo mismo. El procurador de la Nación, Luis Carlos Gómez Rudy, había advertido a la Corte que el contrato ley era inconstitucional, por considerar que desconoce el interés público y suprime la libre competencia, entre otros incumplimientos fundamentales de la normativa constitucional. Marco Rubio EFE
3A La Prensa Panamá, sábado 31 de enero de 2026
4A La Prensa Panamá, sábado 31 de enero de 2026 Panorama En 1997, el Estado panameño y PPC firmaron un contrato de concesión por 25 años para que la empresa operara los puertos de Balboa y Cristóbal. Archivo La historia de la concesión de PPC: Yasser Yánez García [email protected] Firmado en 1997, el contrato de Panama Ports Company con la Autoridad Marítima de Pana que evitaron su renegociación, hasta que la Corte Suprema de Just El contrato ley que ampara la concesión de los puertos de Balboa y Cristóbal a Panama Ports Company (PPC) se ha convertido en uno de los más cuestionados del Estado panameño en los últimos años. A lo largo de casi tres décadas, cambios contractuales, auditorías, renovaciones automáticas y señalamientos por presuntos incumplimientos han marcado la relación entre la empresa y el país, en un contexto que hoy incluye investigaciones, fallos judiciales y una posible venta de los activos portuarios. Esta es la cronología de los hechos clave que explican cómo se llegó al escenario actual. 1997 El Estado panameño y PPC firman un contrato de concesión por 25 años para operar los puertos de Balboa y Cristóbal. Fue aprobado mediante la Ley 5 del 16 de enero de 1997, durante el gobierno de Ernesto Pérez Balladares (1994-1999). El acuerdo otorgó a la empresa la operación de los puertos, a cambio de pagos anuales al Estado que incluían $22.2 millones fijos y el 10% de los ingresos brutos. 2002-2005 Durante la administración de Mireya Moscoso (1999-2004), una resolución ministerial firmada por el entonces ministro de Comercio e Industrias, Joaquín Jácome, eliminó el pago del canon fijo. Según la Contraloría, esta modificación redujo de forma significativa los ingresos que el Estado debía recibir por la concesión. 2009 Una auditoría revela ganancias acumuladas por alrededor de $750 millones. Pese a que el Estado posee el 10% de las acciones, no recibe dividendos durante años. PPC argumenta que las utilidades fueron reinvertidas. 2015 Tras 18 años de operación, PPC realiza su primer pago de dividendos al Estado, por apenas un millón de dólares. 2017 El exdirector de la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco), Pedro Meilán, presentó una denuncia de supuesto bien oculto contra PPC tras alegar que “entre enero y abril de 2009 se realizó una auditoría a Panamá Ports Company arrojando ganancias por $750 millones sin que el Estado hubiese recibido su porcentaje por las acciones que tiene en la empresa”. Con base en esto, Meilán estimó como cuantía inicial del bien oculto, la suma de $72.5 millones, “el cual podrá aumentar una vez puedan determinarse los ingresos reales de la empresa luego de las pruebas periciales idóneas”. 8 de enero de 2021 PPC, a través de su apoderado legal Jared Heath Zerbe, solicita a la Autoridad Marítima de Panamá (AMP) la certificación de cumplimiento contractual para activar la prórroga automática del contrato por otros 25 años, hasta 2047. Junio de 2021 La Contraloría General, bajo la gestión de Gerardo Solís, avala mediante una auditoría —declarada confidencial— que PPC cumplía con el contrato. Con base en ese informe, la junta directiva de la AMP aprueba la renovación automática, sin renegociación ni debate público. 23 de junio de 2021 La junta directiva de la Autoridad Marítima de Panamá (AMP) aprobó la renovación automática del contrato por 25 años adicionales, hasta 2047. Según el contralor, esta decisión se basó en una auditoría que hablaba de “cumplimientos sustanciales”, término que —afirmó— significa solo cumplimiento parcial. Diciembre de 2024 Aún siendo presidente electo de Estados Unidos, Donald Trump dijo en una conferencia conservadora en Arizona que Panamá estaba cobrando a los barcos estadounidenses tarifas “ridículas y altamente injustas”por usar su canal. Agregó, que no quería que el Canal de Panamá “cayera en las manos equivocadas” y citó específicamente a China, “con intereses significativos allí”. Marzo de 2025 CK Hutchison anuncia conversaciones exclusivas con BlackRock y TIL para vender 43 puertos, entre ellos Balboa y Cristóbal, cerca del Canal de Panamá, por unos $23,000 millones. El interés del fondo BlackRock en adquirir activos de Hutchison Ports, incluida PPC, queda entrampado por presiones de China para incluir a Cosco y por preocupaciones estratégicas expresadas desde Estados Unidos, elevando el caso a un plano geopolítico. 7 de abril de 2025 De acuerdo con el contralor general Anel Flores, en este periodo, el Estado solo percibió $483 millones, cuando pudo haber recibido $1,337 millones, lo que representó un perjuicio estimado de $853 miJuan Manuel Díaz [email protected] Anel Flores, contralor de la República. Archivo Contralor Flores califica como ‘gran triunfo’ la decisión de la Corte El contralor general Anel Bolo Flores calificó como un “gran triunfo para la República de Panamá” el fallo unánime de la Corte Suprema de Justicia que declaró inconstitucional el contrato entre el Estado y Panama Ports Company, el cual él mismo demandó al considerar que se trataba de un convenio leonino y lesivo al interés público. Señaló que la Contraloría cumplió su función al accionar judicialmente para preservar los bienes y el patrimonio de los panameños, y que ahora la ejecución del fallo corresponde al Ejecutivo y a la Autoridad Marítima de Panamá. Añadió que el Gobierno se preparó jurídicamente para este escenario y evitó referirse a reacciones diplomáCONTRATO L Ocho fechas clave 1997 | Firma del contrato • El Estado panameño concede a Panama Ports Company (PPC) la operación de los puertos de Balboa y Cristóbal por 25 años, mediante la Ley 5 del 16 de enero de 1997. El contrato fija pagos de $22.2 millones anuales y 10% de los ingresos brutos. 2002–2005 | Eliminación del canon fijo • Durante la administración de Mireya Moscoso, una resolución del Ministerio de Comercio e Industrias elimina el canon fijo anual. La Contraloría señalaría posteriormente que esta modificación redujo de forma significativa los ingresos del Estado. 2009 | Auditoría de utilidades • Una auditoría detecta ganancias acumuladas cercanas a $750 millones. Aunque el Estado posee 10% de las acciones, no recibe dividendos durante varios años. PPC sostiene que las utilidades fueron reinvertidas. 2015 | Primer dividendo al Estado • Tras 18 años de concesión, PPC realiza su primer pago de dividendos al Estado: $1 millón, monto considerado marginal frente a las utilidades acumuladas. 23 de junio de 2021 | Renovación automática del contrato • La junta directiva de la Autoridad Marítima de Panamá (AMP) aprueba la prórroga automática del contrato hasta 2047, con base en una auditoría confidencial de la Contraloría que hablaba de “cumplimientos sustanciales”, sin renegociación ni debate público. 7 de abril de 2025 | Señalamientos del contralor • El contralor general Anel Flores denuncia que el Estado solo recibió $483 millones, cuando pudo haber percibido $1,337 millones, lo que representa un perjuicio estimado de $853 millones, y cuestiona la legalidad de la renovación. 30 de julio de 2025 | Demandas ante la Corte Suprema La Contraloría General de la República presenta dos demandas ante la Corte Suprema de Justicia, calificando el contrato de PPC como “leonino” y contrario al interés público. 29 de enero de 2026 | Fallo de inconstitucionalidad • La Corte Suprema de Justicia declara inconstitucional el contrato de concesión. El fallo genera reacciones del Ejecutivo panameño y pronunciamientos internacionales, especialmente de Estados Unidos y China. ticas. En relación a la reacción de la empresa PPC, Flores dijo que “las partes tienen todos los derechos de responder y defenderse si sienten que han sido violados sus derechos en algún momento”. Dijo que presentó las demandas hace unos meses porque la ley así lo obligaba con la intención de “preservar los bienes y patrimonio de los panameños”.
5A La Prensa Panamá, sábado 31 de enero de 2026 Panorama : contexto, decisiones y desenlace amá (AMP) atravesó casi tres décadas de modificaciones, auditorías y renovaciones automáticas ticia declaró su inconstitucionalidad y dejó sin efecto la concesión. LEY DE 1997 llones. Además, denunció presuntos incumplimientos contractuales y el uso de transacciones con empresas relacionadas. También cuestionó que la renovación no cumplió todos los procedimientos legales ni contó con refrendo. A su vez, anunció la presentación de denuncias penales contra quienes permitieron la renovación de un contrato que calificó de “leonino”. 8 de abril de 2025 El secretario de Defensa estadounidense, Pete Hegseth, durante su visita a Panamá, recalcó que su país no “permitirá que la China comunista ni otro país amenace el funcionamiento” del Canal, a la vez que señaló que “todavía” había empresas chinas “controlando” algunos puertos. 30 de julio de 2025 La Contraloría General, presenta dos demandas ante la Corte Suprema de Justicia (CSJ) contra el contrato de PPC, alegando que es un convenio “leonino” que no beneficia al país. 2 de agosto de 2025 La Corte Suprema de Justicia admite las demandas, abriendo un frente judicial que podría llevar a la nulidad del contrato. 29 de enero de 2026 Horas antes de que en Panamá se conociera siquiera que la Corte tendría un dictámen sobre la denuncia contra PPC, distintos medios estadounidenses dieron a conocer la noticia del fallo de inconstitucionalidad. En horas de la noche, el máximo tribunal informó sobre la decisión del Pleno, confirmando así lo ya divulgado en Estados Unidos. Tras el fallo El presidente de la República, José Raúl Mulino, junto a la ministra de Trabajo y Desarrollo Laboral, Jackeline Muñoz, anunció que garantizaría en empleo de los trabajadores portuarios y la continuidad operativa de los puertos mientras se prepara un nuevo proceso de licitación bajo condiciones distintas. Por su parte, la Cámara Marítima de Panamá (CMP), manifestó que, si bien valoran positivamente el mensaje de transición ordenada del Ejecutivo, solicitan formalmente acceso a información técnica detallada sobre cómo se llevará a cabo el proceso de transición para garantizar la operatividad continua de los puertos y la protección del ecosistema logístico. Además, el Sindicato Industrial de Trabajadores/ as Portuarios y Similares de Panamá, gremio mayoritario en PPC, hizo un llamado urgente a garantizar la estabilidad y los derechos consignados en el convenio colectivo vigente. Pero la decisión del fallo no solo quedó a nivel nacional. Una de las primeras reacciones internacionales surgió de Pekín. En rueda de prensa, el portavoz del Ministerio de Exteriores Guo Jiakun, señaló que su gobierno adoptaría “todas las medidas necesarias” para proteger los derechos e intereses legítimos de sus empresas. Del lado contrario, el secretario de Estado de Estados Unidos, Marco Rubio, celebró el fallo de la Corte. “Estados Unidos se siente alentado por la reciente decisión de la Corte Suprema de Panamá de declarar inconstitucionales las concesiones portuarias otorgadas a China”, escribió el jefe de la diplomacia estadounidense en la red X. Gremios y trabajadores se pronuncian Yolanda Sandoval [email protected] Los gremios del sector logístico y los sindicatos portuarios reaccionaron al fallo de inconstitucionalidad del contrato de Panama Ports Company (PPC) destacando la necesidad de garantizar la estabilidad laboral y proteger los derechos consignados en los convenios colectivos vigentes. El Sindicato Industrial de Trabajadores/as Portuarios y Similares de Panamá urgió a preservar el empleo y mantener la calma entre sus afiliados, mientras establece un diálogo directo con la ministra de Trabajo y Desarrollo Laboral, Jackeline Muñoz. Por su parte, la Cámara Marítima de Panamá solicitó acceso a información técnica detallada para asegurar la continuidad operativa de los puertos y la protección del ecosistema logístico durante la transición.
6A La Prensa Panamá, sábado 31 de enero de 2026 Panorama Esta ha sido de las peores semanas de los últimos meses. No sé ni por dónde empezar. Veamos este hecho, que no ha pasado inadvertido: la eleccióndel nuevo subcontralor, Omar Castillo, prenda que hará perfecta mancuernacon el contralor, Bolo Flores. Nada bueno –especialmente en materia electoral– ha salido en redes de este señor. Y como van las cosas, no dudo que alguien meta sus manos para salvarle el pellejo, como, por ejemplo, se ha hecho con un caso contra el alcalde de la capital, investigado por la Fiscalía Electoral pordonaciones irregulares, caso que prescribiría este fin de semana. O la absolución de 185 acusados en el caso de las indemnizaciones de los diablos rojos –fallo conocido esta semana– que beneficia a políticos y funcionarios actuales y pasados, como Roberto Moreno Olivares, Juan Pablo Mora, Ricardo Fábrega y Ventura Vega. Un fallo de la Corte Suprema de Justicia, que se conoció a finales de esta semana, declaró inconstitucional el contrato de la empresa PanamaPorts Company (PPC). No se había secado la tinta de la firma de los magistrados en la sentencia cuando el Gobierno salió a informar de un plan para mantener la operación de los puertos de Balboa y Cristóbal, sin ninguna posibilidad de negociación con PPC, lo cual está bien, pues se trata de una sentencia que anuló el contrato, pero me pregunto ¿por qué se descartó una negociación con Hutchison, pero no con la minera First Quantum? Quisiera entender la lógica de esta decisión. Nos vendrán algunas demandas multimillonarias y problemas diplomáticos con una potencia mundial (China), por lo que insisto: ¿Cuál es la lógica de negociar con uno y no con el otro? Paralelamente, esta semana, los magistrados decidieron mantener en secreto la identidad de los beneficiarios finales de las empresas contratistas del Estado, lo cual es una perfecta sinvergüenzura. Así, estos “honorables” magistrados se convierten en cómplices de la corrupción de políticos que ya no quieren $5 millones en coima, sino el 15% de la empresa víctima de su codicia. Entonces, ¿para qué pagarles a los magistrados $14 mil al mes, si esa cantidad apenas satisface sus exigentes gustos culinarios? Quizás pensarían en integridad si sus ingresos sumaran $2 millones al mes, pero ni así estaríamos seguros de ello, porque es que para ellos ya no hay límites. Esa clase de codicia es la que, según auditores y fiscales, tiene ahora a Gaby Carrizo encerrado en su cárcel de oro. El exvicepresidente deberá demostrar el origen del “poquito” dinero y bienes que le encontraron y que son la causa de acusaciones de supuesto enriquecimiento ilícito. Así dio comienzo esta semana, con el ridículo espectáculo de un político de cerebro extirpado que se hizo filmar –como si no lo hubiese planeado él– para apelar a la compasión e indulgencia social proyectándose como padre inmaculado. Fue una idea desquiciada, ya que públicamente arrastra a sus hijos a su propia desgracia, como si tuvieran algo que ver con su carencia de juicio, en lugar de protegerlos del escándalo que supone ser el centro de una investigación por el supuesto robo de recursos del Estado–. Ni María ni Jesús se salvaron de su torpeza, que, según él, son sus abogados. Seguramente necesitará de toda su divinidad para que lo libren de todo mal. Por último, el presidente Mulino, al tiempo que se celebra en Panamá el más importante juicio por corrupción de la historia –el caso Odebrecht– condecoró con la orden Manuel Amador Guerrero al presidente Lula da Silva, quien estuvo preso en su natal Brasil por el caso Lava Jato, en el que también fueron investigados los sobornos de Odebrecht. Es la segunda vez que el gobernante impone esta condecoración a polémicos políticos extranjeros. La primera vez fue en agosto pasado, cuando se la dio al presidente tico, Rodrigo Chávez, execrable personaje, intolerante y protagonista de incontables escándalos en su país. Panamá camina dando saltitos de gusto y alegría a su autodestrucción con casos como estos, en los que los menos idóneos y los más controvertidos son los que gobiernan y controlan. Es por la basura gubernamental que nos miran con escepticismo, porque, lejos de proyectarnos como una nación seria y digna, somos una pobre caricatura de país, en cuya capital se yerguen rascacielos que hacen que los racimos de banano estén más altos, pero república bananera, al fin y al cabo. Sábado Picante Rolando Rodríguez [email protected] Puerto Balboa del lado Pacífico del Canal de Panamá. Alexander Arosemena PPC rechaza fallo y advierte sobre riesgos para la seguridad jurídica Yasser Yánez García [email protected] PPC advirtió que el fallo pone en riesgo la estabilidad institucional, la seguridad jurídica y la reputación del país como destino confiable para la inversión extranjera. Panama Ports Company (PPC) expresó su rechazo a la decisión del Órgano Judicial que declaró inconstitucional la Ley N.º 5 de 1997 relativa a la concesión de los puertos de Balboa y Cristóbal, al considerar que el fallo es incompatible con el marco jurídico vigente y con la ley que aprobó el contrato que ha sustentado sus operaciones por casi 28 años. La empresa indicó que, hasta el momento, no ha sido notificada formalmente de la decisión. Según PPC, esta resolución representa el más reciente episodio de una serie de acciones del Estado panameño que durante más de un año han afectado la concesión y a su inversionista. La compañía recordó que, desde el inicio del contrato, ha invertido más de $1,800 millones de dólares en infraestructura, tecnología y desarrollo humano, superando ampliamente los compromisos adquiridos, inversiones que —subrayó— han sido claves para consolidar a Panamá como un hub portuario y logístico de alcance global. En entrevista con Telemetro Reporta, Alejandro Kouruklis, director de Relaciones Institucionales de PPC, valoró positivamente las declaraciones del presidente de la República, José Raúl Mulino, en torno a la protección de los trabajadores y la continuidad de la operación portuaria. “Nos tranquiliza que se garanticen los derechos laborales y que no se paralice el servicio, algo crucial no solo para Panamá sino para el comercio mundial”, afirmó, al reiterar la disposición de la empresa a cooperar con las autoridades marítimas y el Gobierno. No obstante, Kouruklis cuestionó el fondo del fallo al señalar que el Estado estaría descalificando sus propias decisiones históricas. “La adenda de 2005 obligaba a invertir mil millones de dólares y la empresa invirtió $1,800 millones. Esa inversión se hizo bajo leyes que hoy se declaran inconstitucionales. El mensaje que se envía es que una ley que ampara un contrato no da ninguna garantía al inversionista”, advirtió, calificando la situación como inédita en Panamá y comparable a escenarios de nacionalización en regímenes no democráticos. Sobre los señalamientos de la Contraloría relacionados con supuestos ingresos no percibidos por el Estado, Kouruklis sostuvo que se trata de un malentendido. Aclaró que el propio contralor reconoció que la empresa ha cumplido íntegramente con el contrato vigente y que las cifras cuestionadas corresponden a inversiones obligatorias, no a pagos directos. “Eso no es justificación para declarar inconstitucional un contrato; si hay diferencias, el propio contrato establece mecanismos como el diálogo o el arbitraje”, enfatizó. PPC también advirtió que el fallo pone en riesgo la estabilidad institucional, la seguridad jurídica y la reputación del país como destino confiable para la inversión extranjera. La empresa confirmó que, una vez conocido el fallo completo, sus abogados analizarán las acciones a seguir, sin descartar recursos legales, aunque insistió en que su principal apuesta sigue siendo el diálogo con el Gobierno para evitar disrupciones en un sector estratégico para el país. En términos similares se expreso la empresa a través de un comunicado emitido tras el fallo. En uno de sus párrafos, PPC remarcó que la decisión es “el último desarrollo de una campaña del Estado panameño impactando a PPC y a su inversionista por más de un año, que ha incluido un rango de acciones inesperadas contra la Concesión y PPC”. Además, indicó que “la concesión de PPC fue producto de una licitación internacional transparente” y que desde entonces la compañía “ha cumplido con sus obligaciones contractuales y legales, incluyendo auditorías realizadas por el Estado, siempre actuando con total transparencia y plena disposición de colaboración”. Yasser Yánez García [email protected] APM Terminals está dispuesta a operar Balboa y Cristóbal de manera temporal Como una de las primeras señales del mercado, luego de que el Pleno de la Corte Suprema de Justicia declarara inconstitucional el contrato suscrito entre el Estado y la empresa Panama Ports Company (PPC), la gigante APM Terminals informó que está dispuesta a operar de manera temporal los puertos de Balboa, en el Pacífico, y Cristóbal, en el Atlántico. Según un comunicado de APM Terminals, la empresa buscaría mitigar riesgos que puedan afectar la continuidad de los servicios esenciales para el comercio regional y global. La empresa señaló que cualquier ingreso para operar los puertos se realizará en estricto cumplimiento de las formalidades y procedimientos establecidos en la ley, y únicamente después de que la decisión de la Corte Suprema de Justicia sea debidamente ejecutoriada, un plazo que —aclaró— no depende de la compañía. APM Terminals, una subsidiaria del grupo AP Moller-Maersk, precisó que no es parte de los procesos legales en curso ni participa en decisiones relacionadas con la estructura o administración futura, ya sea a corto o largo plazo, de los puertos de Balboa y Cristóbal. Actualmente, APM Terminals opera 60 terminales en 34 países. En agosto de 2025, APM Terminals, una división independiente de la naviera danesa Maersk, desembolsó 600 millones de dólares para hacerse con la operación del ferrocarril de Panamá. APM Terminals ha estado insistiendo en el último año en la necesidad de que se amplíe la cantidad de puertos que operan en Panamá, ya que todos los países vecinos están haciendo lo propio y se benefician de la enorme demanda que hay en el mercado. De alguna manera esto anticipa su interés a largo plazo en terminales como las que planea licitar el Canal de Panamá. CONTRATO LEY DE 1997
7A La Prensa Panamá, sábado 31 de enero de 2026 Panorama La juez Baloisa Marquínez multó con $100 a Olmedo Méndez Tribaldos, colaborador de la Fiscalía Especial Anticorrupción, quien había sido convocado como testigo en el juicio del caso Odebrecht, y no se presentó. Méndez estaba debidamente notificado, informó la oficina judicial. La fiscal anticorrupción Ruth Morcillo había solicitado la comparecencia de Méndez para que presentara detalles sobre la colaboración alcanzada con la fiscalía en torno a los pagos realizados por la empresa brasileña. Como parte de su acuerdo de pena validado en 2017, Méndez confesó que, a través de sociedades y cuentas en las que aparecía como firmante, reciLa juez multó a un testigo de la fiscalía porque no se presentó al juicio bió coimas de la Caja 2 de Odebrecht. Eso fue lo que declaró en una indagatoria el 27 de septiembre de 2017, la cual consta en el expediente. Como parte de su acuerdo de pena, Méndez admitió la comisión del delito de blanqueo de capitales Mauricio Cort compareció en el jucio ayer, como testigo de la fiscalía. Captura de pantalla Lo que contó el testigo de la fiscalía Mauricio Cort Juan Manuel Díaz [email protected] Juan Manuel Díaz [email protected] JUICIO DE ODEBRECHT Reconoció que recibió fondos de Aeon Group y Klinfield Services, dos sociedades utilizadas por la Oficina de Operaciones Estructuradas de Odebrecht para canalizar los pagos ilegales. El abogado Mauricio Cort y García se presentó ayer en el juicio por los sobornos de Odebrecht, como uno de los testigos estrella de la Fiscalía Especial Anticorrupción. El nombre de Cort es ampliamente conocido porque es considerado (en Panamá y en España) como “testaferro” de Ricardo Alberto y Luis Enrique Martinelli Linares, pero como ellos ahora son parlamentarios centroamericanos, constitucionalmente solo pueden ser procesados por la Corte, por tanto, no están en este juicio y ningún testigo puede invocarlos en la sala de la juez Baloisa Marquínez. Así que la fiscalía presentó a Cort por sus vínculos con Federico José Pepe Suárez, que fue ministro de Obras Públicas en los dos primeros años del gobierno de Ricardo Martinelli Berrocal (2009-2014). Como parte de su acuerdo de colaboración y de pena, Cort ha brindado información sobre los pagos que recibió a favor de Suárez y cómo fueron transferidos desde la Banca Privada de Andorra (BPA) a Panamá. Igualmente, se le impuso pena de 48 meses de prisión e inhabilitación para ejercer cargos públicos por 5 años; también entregó $1.6 millones. Cort contó en el juicio que la mayoría de las transacciones las realizó a través de una empresa suya llamada Cort Business Brokers and Consultors, que operaba desde la BPA. Reconoció que recibió fondos de Aeon Group y Klinfield Services, dos sociedades utilizadas por la Oficina de Operaciones Estructuradas de Odebrecht para canalizar los pagos ilegales. Recordó que en el año 2010, Suárez -que entonces era ministro- le pidió que se encargara de la “liquidación societaria” entre su empresa familiar, denominada Grupo Suárez, y el “Grupo Martinelli”. Es sabido que Suárez y el expresidente eran socios en negocios de construcción. Según Cort, Suárez le pidió que parte de esa liquidación se pagara a través de la BPA y, posteriormente, le entregó un contrato ya suscrito para que funcionara como “soporte” de la liquidación, que se finiquitó en junio de 2012. Aeon y Klinfield formaron parte del proceso. Producto de la liquidación, Suárez recibió cerca de $4 millones, hasta el año 2013. Cort indicó que recibió los pagos de Odebrecht a través de Loft Holding Inc., Inversiones Euro América y Rock Capital Group, entre otras sociedades que estaban bajo su control, pero beneficiaban a Suárez. Por ejemplo, la plata que llegó a Loft se utilizó para comprar un apartamento para el exministro. Por su parte Rosendo Miranda, abogado defensor del exministro Federico Suárez, preguntó a Cort si las transacciones realizadas entre el Grupo Suárez y el Grupo Martinelli era una transacción común en el mundo de los negocios, a lo que respondió que sí. Miranda pidió a Cort explicar cómo conoció a los hermanos Martinelli y este explicó que los conoció cuando se le convocó a una reunión en las oficinas del Súper 99 de Monte Oscuro, y que los servicios que les prestó fueron similares a los dados a Suárez, cuando le pidió finiquitar la relación con el Grupo Martinelli. Cort aseguró que sus cuentas recibían fondos de los aforados y Suárez y que de allí se gestionaban los pagos o transferencias a terceros. También se le preguntó sobre la operación de las sociedades Kleinfeld y Aeon Group y que esas cuentas recibían depósitos procedentes del proceso de liquidación y todas se verificaron en la Banca Privada de Andorra (BPA), a lo que respondió afirmativamente. A la vez, reiteró que fue Federico Suárez quien le entregó un sobre con el cambio de la sociedad Kleinfeld por Aeon Group. Miranda preguntó a Cort cuándo se enteró que estas sociedades estaban relacionadas con Odebrecht, a lo que contestó que la primera sospecha de que algo no andaba bien fue cuando participó de la reunión en el Súper 99 y se le informa que la dinámica va a seguir. En ese momento, para mi ya no hacía sentido seguir esas operaciones, dijo Cort en referencia a la liquidación de la relación entre el Grupo Suárez y el Grupo Martinelli, ya que si el agente pagador o deudor tenía una sociedad ya operativa en la Banca Privada de Andorra (BPA) ya no requerían sus servicios. También dijo que se enteró por los medios de comunicación que Klienfeld y Aeon Group eran parte de la Caja 2 de Odebrecht. Se despide el perito Más temprano concluyó la participación en el juicio del perito Antonio Lin, otro testigo de la fiscalía. Lin elaboró el informe de actuación financiera que presentó la División de Blanqueo de Capitales de la Dirección de Investigación Judicial (DIJ). Lin, que fue capitán de la Policía, fue interrogado por Fernando Morales, abogado del acusado José Domingo Arias, quien fue candidato presidencial del partido Cambio Democrático (CD) en mayo de 2014. Publicistas en Brasil han dicho que fueron contratados para trabajar en la campaña de Arias y que sus honorarios fueron principalmente pagados por Odebrecht. Morales recalcó que el perito no tuvo acceso al informe de ingresos y gastos que la campaña de Arias entregó al Tribunal Electoral. En ese informe consta las donaciones. Supuestamente, Odebrecht entregó $4.4 millones a la campaña a través de Isagon Investment, otra empresa fachada utilizada por los operadores de la Oficina de Operaciones Estructuradas. Morales preguntó al testigo si revisó los estados de cuenta de Isagon Investment, a lo que este respondió que no. Por su parte, Sidney Sitton, abogado de la acusada Aurora Muradas, expareja de Martinelli Berrocal, interrogó al perito sobre los fondos que su defendida habría recibido de una sociedad ubicada en Antigua y Barbuda. Muchas de las preguntas formuladas por Sitton fueron objetadas por la fiscal Thalia Palacios, por improcedentes y sugerentes. En el expediente consta que con fondos de Odebrecht se pagaron compras personales de Muradas. Por ejemplo, $36,000 a la boutique Cartier y $85,000 a la Galería Habitante. Sittón insistió que el perito no pudo establecer que su clienta recibió el dinero, aunque en el expediente se indica que las cuentas las pagó Corporación Logística del Caribe, de Ramón Carretero. Carretero (quien también tiene acuerdo con la fiscalía) confesó que Riccardo Francolini le instruyó para que, con la plata de Odebrecht, se pagara lo que Muradás encargó en la boutique y en la galería. Finalmente, Sitton preguntó al testigo si contaba con los registros bancarios de las cuentas manejadas por su cliente, a lo que este respondió que no. Los residentes de los distritos de Panamá y San Miguelito estarán sin agua potable debido a trabajos programados en la planta potabilizadora Federico Guardia Conte, ubicada en Chilibre. El Instituto de Acueductos y Alcantarillados Nacionales (Idaan) informó que la planta dejará de operar por un período de 18 horas, desde las 5:00 a.m. y hasta las 11:30 p.m. de hoy, como parte de los trabajos de mantenimiento e interconexión del Anillo Hidráulico del Este. El director del Idaan, Rutilio Villarreal, detalló que entre las labores previstas se encuentra la interconexión del Anillo Hidráulico del Este, a cargo del Consejo Nacional para el Desarrollo Sostenible (Conades), con el objetivo de optimizar el suministro de agua hacia ese sector de la ciudad. Adicionalmente, durante la paralización de la planta potabilizadora se ejecutarán trabajos en la subestación eléctrica, así como inspecciones en el pozo de succión del lago, a carLa capital y San Miguelito amanecen sin agua por mantenimiento de la planta SERVICIO PÚBLICO go de la Autoridad del Canal de Panamá, y el reemplazo de válvulas en la ciudad capital. Una vez reiniciadas las operaciones de la potabilizadora, lo que está previsto para la medianoche del domingo, el sistema se recuperará de forma gradual en un plazo aproximado de ocho horas. Las comunidades ubicadas en las zonas altas de San Miguelito y la ciudad de Panamá podrían experimentar falta de agua o baja presión durante el proceso de recuperación del sistema. Yaritza Mojica [email protected] Instalaciones de la planta de Chilibre. Archivo y reconoció haber actuado como “testaferro” del exministro de Economía y Finanzas, Frank De Lima. Se le impuso la pena de 46 meses de prisión e inhabilitación por 2 años para ejercer funciones públicas. Hace una semana, la juez Marquínez impuso una multa de $100. En esa ocasión, el sancionado fue el abogado Abdel Almengor, de la firma Infante & Pérez Almillano (Ipal), porque no se presentó al juicio y dejó en indefensión a su representado, el imputado Jaumes Pamies.
8A La Prensa Panamá, sábado 31 de enero de 2026 La opinión de Hilde Contacto [email protected] Los artículos de opinión y las caricaturas son responsabilidad exclusiva de los autores. La opinión de La Prensa se expresa únicamente en el Hoy por Hoy. Las colaboraciones para la sección de Opinión deben incluir la identificación del autor. Los artículos no deben exceder 650 palabras. No se publican colaboraciones que hayan aparecido en otros medios y La Prensa se reserva el derecho de seleccionar, editar y publicar. No devolvemos el material. La institucionalidad de la igualdad Ministerio de la Mujer la gobernanza de la igualdad de la mujer desde la institucionalización de su autonomía como sujeto de derecho. El Ministerio, como institución rectora, tiene la misión de formular, articular y ejecutar la política pública de igualdad de oportunidades de la mujer. Eliminar la institución equivale a desmantelar la organización que permite que la visión de género sea tomada en cuenta para el diseño general de políticas públicas, porque las mujeres son como la cultura; están implícitas en todas las esferas de la sociedad. Sin esta entidad con rango ministerial, la lucha contra la exclusión y la invisibilidad de las mujeres corre el riesgo de diluirse en oficinas de menor jerarquía sin capacidad de decisión real. El Ministerio de la Mujer es sinónimo de protección de la vida. En su Memoria Institucional (2024-2025), se registra que la institución gestiona 17 Centros de Atención Integral (CAI) a nivel nacional, donde se ofrece acompañamiento multidisciplinario en trabajo social, psicología y asesoría legal. Durante la gestión reciente, se atendieron más de 13,000 casos, y herramientas como la línea 182 “Contigo Mujer” y el aplicativo móvil Mujer APP han permitido reportes de violencia de manera segura y anónima. Marcela Lagarde explica que históricamente la mujer ha sido construida como un “ser-de-otros”, una categoría donde su sexualidad y autonomía le han sido expropiadas por la cultura patriarcal; lo que ha vulnerado losderechosdelamujer.ElMinisteriotrabaCarlos Fong Opinión EL AUTOR es escritor. losderechoshumanosenunmundodondela violencia contra las mujeres es alarmante. La participación femenina en todos los sectores va de la mano de la “lucha constante por encontrar reconocimiento”. El Ministerio garantiza que Panamá siga siendo un agente importante en la construcción de una región más equitativa con el sello de igualdad de género. El Ministerio de la Mujer tiene la capacidad institucional de abordar la desigualdad desde un enfoque de interseccionalidad. Hay logrosquehayquemencionarcomoelPrimer Encuentro de Mujeres de la Comarca Emberá Wounaan, que reunió a más de 500 participantes para hablar de liderazgo y participaciónciudadana.Sumadoaesto,lainstitución cuenta con la Oficina de Equiparación de Oportunidades; una oficina que atiende a mujeres con discapacidad, que implementa protocolos de atención accesibles y cursos de lengua de señas para sus funcionarios. Como nos recuerda Marcela Lagarde: “la autonomía se constituye a través de procesos vitales... es un conjunto de hechos concretos, tangibles, materiales, prácticos, reconocibles”. El Ministerio de la Mujer es la herramienta que hace esos hechos realidad. Defender esta institución es defender el derecho de cada panameña a dejar de ser un sujeto cautivo para convertirse en el sujeto central de su propia historia. La institucionalidad de género es el “lecho social” indispensable para una nación que aspira a la justicia y a la libertad verdadera. ¿Por qué el Ministerio de la Mujer es irrenunciable para Panamá? Porque el progreso no solo se mide en términos económicos, sino por la capacidad del Estado para garantizar la dignidad de todos sus ciudadanos. La creación del Ministerio de la Mujer, mediante la Ley 375 del 8 de marzo de 2023, puede ser reciente, pero es el producto de décadas de luchas feministas en el marco del cumplimiento de los derechos humanos. La Ley 447 viola directamente el principio de regresividad y es un retroceso en términos de la autonomía femenina, la justicia social y los derechos humanos. Históricamente, el primer gran logro de los movimientos de mujeres ha sido transformar la realidad social desde la política. Como bien señala la antropóloga Marcela Lagarde en Claves feministas para el poderío y la autonomía de las mujeres: “El feminismo del siglo XX... presenta la especificidad de haber producido, además de efectos políticos y sociales, efectos en el campo del conocimiento…”. En el caso puntual del Ministerio de la Mujer esta concreción de conocimiento se ve en ja para romper estos “cautiverios de las mujeres”, que son mecanismos culturales de control. En la Memoria se afirma que, gracias a la articulación efectiva, ninguna de las usuarias de sus servicios fue víctima de femicidio durante su periodo de gestión, un dato que por sí solo justifica la existencia de la institución. La libertad y la igualdad de las mujeres está incompleta si no va acompañada de independencia financiera. El Ministerio ha impulsado proyectos como “Tu emprendimiento de Panamá para el Mundo”, que capacitóa1,250mujeresenoficiostradicionales y no tradicionales. Estas acciones buscan el empoderamiento económico de las mujeres desde herramientas que fortalezcan su capacidad de “sostener proyectos de vida libres de violencia”. Lagarde insiste en la necesidad de generar “claves feministas para el poderío y la autonomía de las mujeres” como forma de enfrentar la opresión. El Ministerio traduce esta teoría en práctica mediante ferias de emprendimiento y convenios con el sector privado para visibilizar el talento femenino como motor del desarrollo local. Al eliminar esta plataforma, el Estado abandona a miles de mujeres que dependen de estos programas, tornandolas a un ciclo de dependencia económica que a menudo deviene en una situación de violencia. La presencia del Ministerio de la Mujer es la imagen de un país comprometido con Fundado en 1980 Miembro de la Sociedad Interamericana de Prensa Presidente y Director Editorial (Encargado) Jorge Molina Mendoza Gerente General Sudy S. de Chassin Subdirectora y Editora de la Unidad de Investigación Mónica Palm Subdirector Asociado Rolando Rodríguez B. Editora Digital Yolanda Sandoval Editor del Impreso Juan Luis Batista ISSN 2953-3252: La Prensa ISSN L 1605-069X: prensa.com Aviso sobre el uso de Inteligencia Artificial Este periódico emplea inteligencia artificial (IA) para asistir en la edición de contenidos y mejorar la experiencia de lectura. Garantizamos que todo contenido publicado es creado y rigurosamente revisado por nuestro equipo editorial antes de su difusión. Utilizamos la IA como herramienta de apoyo para asegurar la precisión y calidad de la información que entregamos a nuestros lectores. Esta es una publicación de Corporación La Prensa, S.A. ©. Prohibida su reproducción total o parcial, así como su traducción, sin la autorización escrita de su titular. Presidente fundador Roberto Eisenmann Jr. Director emérito Guillermo Sánchez Borbón Réplica sobre Sandoz Pharmaceuticals Panamá Ciudad de Panamá, 28 de enero 2026 A la atención de: Jorge Molina Mendoza, Director Editorial, Diario La Prensa Copia a: Aleida Samaniego, Editora de la sección Sociedad Estimados Jorge y Aleida, En representación de Sandoz Pharmaceuticals Panamá (en lo sucesivo SANDOZ PANAMÁ),porestemedioyenejerciciodelderecho de réplica previsto en los artículos 2 y 3 de la Ley 22 del 29 de junio de 2005, el artículo 14 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, y el artículo 19 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, solicitamos la publicación de la siguiente aclaración respecto a la nota titulada “Pacientes de artritis reportan recaídas y baja efectividad de fármaco biosimilar en la CSS”, realizadaporAleidaSamaniegoC.ypublicadael26 de enero de 2026 en el periódico La Prensa, ya que contiene afirmaciones inexactas que pudiesen generar interpretaciones imprecisas sobre la calidad, eficacia y seguridad de nuestro producto RIXATHON® (Rituximab). – Afirmaciones publicadas y precisión necesaria La nota señala que “más de 30 pacientes con artritis reumatoide habrían presentadorecaídastempranasyausenciaderespuesta clínica” tras recibir el biosimilar RIXATHON® (Rituximab) de SANDOZ PANAMÁ, lo cual no resulta exacto ni acorde a la realidad clínica ni a la información y datos disponibles sobre el producto al día de hoy. – Compromiso con la Seguridad de los Pacientes SANDOZPANAMÁmantieneuncompromiso firme con la farmacovigilancia y la seguridad de los pacientes. Contamos con equipos locales, regionales y globales especializados que monitorean de manera continua la seguridad de nuestros medicamentos, garantizando que cualquier evento adverso debidamente reportado sea analizado bajo estándares internacionales rigurosos. Este sistema de vigilancia permanente asegura que los pacientes reciban tratamientos confiables y que las autoridades sanitarias dispongan de información transparente y verificable. – Datos verificables de farmacovigilancia para RIXATHON® (Rituximab) Contrario a lo indicado en la publicación, en el periodo de 2019–2025, SANDOZ PANAMÁ recibió únicamente 18 reportes relacionados con RIXATHON® (Rituximab). Los citados reportes fueron en su totalidad revisados y atendidos por nuestros equipos de farmacovigilancia, calidad y medical. La evaluación oficial concluyó que: • No existía un patrón o tendencia que indicara falta de eficacia del producto. • No se identificó ninguna alerta nueva de seguridad. • No se estableció relación causal entre los casos reportados y la calidad, seguridad y/o eficacia del producto. • El proceso de fabricación fue descartado por completo como causa raíz de los reportes. • Se confirmó que nuestro producto RIXATHON® (Rituximab) suministrado en Panamá se encontró en plena conformidad con estándares EMA/OMS/ICH, sin evidencia de fallas de fabricación. Docusign Envelope ID: 4B957CE5725D-40ED-9E87-6F62E5EA0BB5 – Cumplimiento normativo y estándares internacionales SANDOZ PANAMÁ confirma que nuestro producto RIXATHON® (Rituximab) cumple plenamente con: • La normativa panameña vigente, y • Los estándares de agencias regulatorias estrictas¹ como: • European Medicines Agency (EMA) • Health Canada, Japón, Australia SANDOZPANAMÁgarantizaquesu medicamento biosimilar cumple con calidad, seguridad y eficacia equivalentes al biológico de referencia. – GRUPO SANDOZ y su compromiso con la calidad SANDOZ PANAMÁ forma parte de GRUPO SANDOZ, líder mundial en el desarrollo y fabricación de biosimilares y genéricos, con amplia presencia en mercados de alta regulación como Europa y Estados Unidos. GRUPO SANDOZ tiene un compromiso claro: permitir el acceso de más pacientes a tratamientos seguros, eficaces, accesibles y de calidad. Para más información puede visitar nuestro sitio oficial global: https://www.sandoz.com/. Finalmente, invitamos respetuosamente a la autora del artículo y al medio a que, en caso de requerir más información técnica, científica o regulatoria sobre nuestros productos, se acerquen y/o contacten directamente a SANDOZ PANAMÁ, quienes gustosos podremos apoyarles. Por lo anterior, solicito respetuosamente que esta réplica sea publicada en el mismo espacio, misma sección y con la misma relevancia que la nota original, de conformidad con lo establecido en la Ley 22 del 29 de junio de 2005. Agradezco de antemano la atención a la presente y quedo en espera de su confirmación de recepción. Atentamente, SANDOZ PANAMÁ Firmado por: Dra. Katia Pineda Directora Médica Lic. Karen Orivio Directora jurídica y de compliance 1. Autoridades regulatorias estrictas, bajo lineamientos de la Organización Mundial de la Salud (OMS). * Las réplicas son publicadas tal como son enviadas por su autor. La Prensa no modifica, edita o corrige su contenido.
RkJQdWJsaXNoZXIy MTUxNDg2MA==