2A La Prensa Panamá, miércoles 14 de enero de 2026 La ministra de Gobierno, Dinoska Montalvo, enfrenta una querella penal ante la Procuraduría General de la Nación por la presunta comisión de delitos contra la administración pública. La acción legal fue interpuesta por el abogado Justino González, en representación de tres exjueces de paz, quienes acusan a la funcionaria de abuso de autoridad y omisión del cumplimiento de funciones. Según los documentos remitidos al Ministerio Público, la ministra habría desatendido los procedimientos legales establecidos para el proceso de transición de la justicia comunitaria, que pasó de la jurisdicción municipal al Ministerio de Gobierno a partir del 1 de enero de 2026. El conflicto surge por la supuesta designación irregular de nuevos jueces comunitarios en distintos distritos del país. Los querellantes sostienen que la ministra realizó nombramientos “a dedo”, desplazando de manera abrupta a funcionarios que mantenían periodos legales vigentes, en contravención de la Ley 467 de 2025 y su decreto reglamentario. Estas normas establecen que los jueces designados bajo el marco anterior debían mantenerse en sus cargos hasta concluir sus respectivos mandatos, salvo causa legal justificada para su remoción. Los denunciantes Uno de los episodios más delicados señalados en la denuncia es el caso de Vanessa Elizabeth Vergara Espinosa, quien se desempeñaba como jueza comunitaria en Playa Leona. A pesar de que contaba con fuero maternal —una protección constitucional que impide la destitución de mujeres embarazadas o en periodo de lactancia—, fue reemplazada sin justificación legal, según el relato de los querellantes. El recurso sostiene que la Jueces de paz separados acusan a Montalvo de hacer nombramientos irregulares JUSTICIA COMUNITARIA ministra Montalvo fue advertida de esta condición y aun así mantuvo la decisión, lo que consideran un acto arbitrario y contrario al orden constitucional. Además de los señalamientos por abuso de autoridad, la ministra es acusada de omitir deliberadamente sus responsabilidades como máxima autoridad administrativa del sistema de justicia comunitaria. De acuerdo con la querella, el Ministerio de Gobierno debía ejecutar un plan de transición ordenado, con capacitaciones, descarga procesal y convenios con los municipios para evitar interrupciones en la prestación del servicio. Sin embargo, el reporte jurídico afirma que el proceso se desarrolló de forma improvisada, dejando varias Casas de Justicia Comunitaria sin personal y afectando el acceso de los ciudadanos a mecanismos de resolución de conflictos. Casos en otras provincias Las afectaciones se replicaron en distritos como Panamá, La Chorrera, Colón y Chiriquí, impactando a más de 20 jueces comunitarios que fueron removidos de sus puestos. Entre los querellantes también figuran Miguel Palma y Giselle del Carmen Aguilera, quienes aseguran que las decisiones tomadas por la ministra no fueron simples fallas administrativas, sino acciones deliberadas para generar vacantes y facilitar nuevas designaciones al margen de la ley. Esta situación, afirman, ha deteriorado la estabilidad del sistema y la confianza en la administración de justicia. La acción legal presentada no solo busca determinar responsabilidad penal, sino también obtener una reparación económica para las víctimas. La querella incluye una demanda civil que solicita una indemnización de 50 mil dólares para cada afectado, destinada a cubrir tanto los perjuicios materiales —entre ellos honorarios y gastos judiciales— como el daño moral ocasionado a su reputación. Los denunciantes advierten que el supuesto uso ilegal del poder público para favorecer a terceros y desplazar a funcionarios legítimos constituye un precedente grave que, a su juicio, debe ser investigado a fondo por el Ministerio Público. Montalvo, por su parte, ha dicho que el proceso de transición de los nuevos jueces de paz ha sido transparente y ordenado. Frank De Lima José Domingo Arias Jorge Rubén Rosas Issac Ortega El entramado de los sobornos Juan Manuel Díaz [email protected] Ohigginis Arcia Jaramillo [email protected] Durante el segundo día del juicio Odebrecht, el tribunal expuso cómo operó el esquema de sobornos y blanqueo en Panamá, en un proceso marcado por demoras, montos millonarios y alcance internacional. El segundo día del juicio del caso Odebrecht en Panamá, el tribunal avanzó en la lectura del auto de llamamiento a juicio y comenzó a revelar, con detalle, cómo operó el esquema de sobornos y blanqueo de capitales de la constructora brasileña en el país. El contenido del documento judicial —de más de 400 páginas— funciona como un mapa del sistema utilizado para canalizar coimas, ocultar su origen y dispersar los fondos, y explica por qué el juzgado considera que existen indicios suficientes para llevar a los imputados a juicio por el delito de blanqueo de capitales. El tribunal avanzó en la lectura del auto y quedaron expuestas las principales rutas utilizadas para canalizar, ocultar y dispersar los fondos ilícitos entregados por Odebrecht en concepto de coimas. Entre estos esquemas se encontraba el uso de sociedades de fachada para la recepción y transferencia de fondos que se recibían de la empresa brasileña. Entre ellas se mencionaron Innovation Research Engineering and Development LTD., Erie Providers Corp., Deltora Enterprises, Kleinfeld Services LTD. y Meinl Bank (Antigua), revelándose que dicha entidad bancaria albergaba una gran cantidad de cuentas bancarias abiertas por el Departamento de Operaciones Estructuradas de Odebrecht. El auto judicial precisa que el Departamento de Operaciones Estructuradas operaba como una unidad autónoma dentro de la empresa, encargada de gestionar, supervisar y ejecutar los pagos de sobornos que la constructora realizaba en distintos países, incluido Panamá. En la sesión de este martes también se acreditó la instrumentalización de múltiples sociedades offshore, constituidas no solo en la jurisdicción de la República de Panamá, sino también en otras como Islas Vírgenes Británicas y Bahamas, las cuales fueron utilizadas para abrir cuentas bancarias en Suiza y Panamá. A su vez, se precisó que otra técnica utilizada para enmascarar la procedencia de los fondos fue el uso de servicios de accionistas y directores nominativos, es decir, la intermediación de firmas de abogados para el manejo de sociedades destinadas al blanqueo de capitales. El uso indebido de estas figuras propició estructuras permisivas para la creación de sociedades y la apertura de cuentas bancarias con el objetivo de ocultar o distanciar a los beneficiarios finales. Se mencionó la creación de sociedades como Aragon Finance Corp., que tenían como beneficiarios finales a Ricardo Alberto Martinelli Linares y Luis Enrique Martinelli Linares, hijos del expresidente Ricardo Martinelli Berrocal, destacándose que a dicha sociedad se le transfirieron fondos de procedencia ilícita provenientes de al menos dos sociedades controladas por Odebrecht. Testaferros, contratos ficticios y pagos en efectivo Por otro lado, se detectó el uso de testaferros, entre los que se mencionó a Liz Elena De Sousa, de nacionalidad brasileña y actualmente prófuga en este caso. Otros son Maya Cikurel y Juan Mutio Cerdeira, de nacionalidad uruguaya, así como Paulo César de Miranda y Barry Williams. Esta práctica quedó evidenciada, entre otros elementos, a través de la declaración del colaborador Vinicius Vega Borin, mediante la cual se pudo determinar que algunas sociedades utilizaban personas interpuestas para alejar o distanciar al verdadero beneficiario final de los fondos ilícitos, dificultando su identificación. Otra estrategia usada por Odebrecht para ocultar la procedencia de los dineros fue la entrega de dinero en efectivo. Ello se corroboró a través de la declaración de colaboradores brasileños, quienes señalaron que la firma de abogados Rosas & Rosas fue utilizada para proveer servicios de producción de efectivo, mediante una estructura financiera montada por el Departamento de Operaciones Estructuradas para el pago de coimas y sobornos. De la lectura del auto de llamamiento a juicio también se desprende el uso de contratos comerciales falsos, diseñados para simular la compra de servicios o materiales inexistentes, con el fin de justificar la entrega de dinero y dar apariencia de legalidad a las transferencias. Vinculación de los imputados Durante la lectura del auto de llamamiento a juicio se expuso la vinculación de los imputados, entre ellos el excandidato presidencial José Domingo Arias; el exmiembro del Comité Ejecutivo Nacional del Partido Revolucionario Democrático (PRD), Rodrigo Díaz Paredes; el exministro de Obras Públicas Federico Suárez; el exministro de la Presidencia Demetrio Papadimitriu; y el exbanquero y expresidente de la junta directiva de la Caja de Ahorros, Riccardo Francolini. En el caso de Arias, la acusación sostiene que durante la campaña presidencial 2009–2014 del partido Cambio Democrático, Odebrecht realizó pagos a dicha campaña mediante distintas estructuras, que posteriormente fueron enviados a cuentas manejadas por João Santana y Mónica Moura, publicistas contratados por el partido, quienes brindaban sus servicios a través de la empresa Polis S.A. Arias ha negado estas acusaciones, alegando que los contratos fueron firmados antes de ser nominado como candidato presidencial. Arias ha negado estas acusaciones, alegando que estos contratos fueron firmados antes de ser nominado como candidato presidencial y que estos fueron firmados por otras personas. Con relación a Rodrigo Díaz Paredes, se le vincula con la sociedad Mundial de Valores S.A., que operó un puesto de bolsa, negocios accidentales y administración de inversiones en la República de Panamá desde mayo de 2004, y que recibió fondos de la empresa Odebrecht. En este caso, se determinó que Mundial de Valores recibió el dinero ilícito, colocado por Kleinfeld Services LTD., en su cuenta No. 36242191, que mantenía en el Citibank de Nueva York (Estados Unidos), cuenta bancaria utilizada por la entidad para el manejo de algunas transacciones, pago de proveedores internacionales, en temas de tecnología computacional y bases de datos. En cuanto al exministro Federico Suárez, se estableció que intervino junto a Ricardo Alberto y Luis Enrique Martinelli Linares para beneficiar a Odebrecht, agilizando el pago de 50 millones de dólares adeudados por la fase 2 del proyecto Autopista Madden–Colón, entre julio y diciembre de 2009. La declaración del colaborador Mauricio Cort refuerza esta acusación, al vincular transferencias desde Aeon Group y Kleinfeld Services LTD. con los intereses de Suárez. Respecto al exministro Demetrio Papadimitriu, se le atribuye haber recibido fondos de sociedades filiales de Odebrecht como Constructora Internacional del Sur S.A., Kleinfeld Services LTD. y Aeon Group. Entre las empresas ligadas a Papadimitriu que habrían recibido estos fondos figuran Dushkin S.A. y Demetering S.A., sociedades en las que, aunque otros figuran como beneficiarios finales, los documentos incorporados demuestran que Papadimitriu fungía como presidente y tesorero. En cuanto a Francolini, el auto detalla que, como beneficiario de las cuentas bancarias de Fidcross Holding S.A. y Amatis Equities, recibió 500 mil dólares de Kleinfeld Services LTD. y 100 mil dólares de Innovation Research Engineering and Development LTD., ambas ligadas a Odebrecht. También habría recibido fondos de Jiu Shun International, que luego fueron transferidos a Corporación Logística del Caribe, todos identificados como de procedencia ilícita. Un proceso largo, fragmentado y con alcance internacional El auto de llamamiento a juicio recuerda que el proceso se originó a partir de una denuncia presentada el 18 de septiembre de 2015 por Alvin Weeden Gamboa, fallecido en 2023, y que el expediente incorporó cooperación jurídica internacional con Brasil, así como el acuerdo de Odebrecht con el Departamento de Justicia de Estados Unidos. A nivel mundial, Odebrecht y sus conspiradores admitieron el pago de aproximadamente 788 millones de dólares en sobornos en al menos 12 países, mientras que en Panamá los pagos superaron los 59 millones de dólares entre 2010 y 2014. El tribunal reafirma que el blanqueo de capitales es un delito autónomo, por lo que no es estrictamente necesaria una condena previa por el delito precedente para procesar a los implicados, un punto central que sostiene la viabilidad del juicio pese a prescripciones y sobreseimientos previos. Suscríbete www.prensa.com Síguenos twitter.com/prensacom Comenta facebook.com/prensacom Panorama ODEBRECHT: LA HORA DE LA JUSTICIA
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