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6A La Prensa Panamá, lunes 12 de enero de 2026 Panorama El presidente de Estados Unidos, Donald Trump, advirtió a Cuba de que ya no recibirá más dinero o petróleo de Venezuela, al señalar que la isla ha estado “viviendo durante años” gracias al dinero y el crudo venezolanos a cambio de “servicios de seguridad” para los “dos últimos dictadores (Hugo Chavez y Nicolás Maduro)”. “Pero ya no más!”, espetó Trump en su red Truth Social, donde recalcó que “la mayoría de esos cubanos están muertos por el último ataque de Estados Unidos” y Venezuela ahora cuenta con el ejército “más poderoso” del mundo, el de Estados Unidos, para protegerse. Así, “¡no habrá más petróleo, ni dinero (de Venezuela) para cuba!”: “¡cero! Les sugiero (a Cuba) que lleguen a un acuerdo antes de que sea demasiado tarde”, añadió el republicano, que desde la captura de Nicolás Maduro vienen pronosticando que el Gobierno cubano caerá pronto. Tras aludir a que Cuba proporcionó “a los dos últimos dictadores” venezolanos “servicios militares” a cambio del petróleo y el dinero que ha permitido a la isla “sobrevivir” durante muchos años, Trump se congratuló de que “la mayoría” de los militares cubanos murieron tras el ataque perpetrado por fuerzas estadounidenses la semana pasada en Venezuela, que Trump: ‘Cuba no recibirá más petróleo ni dinero de Venezuela’ BLOQUEO acabó con la captura de Nicolás Maduro y su esposa, Cilia Flores. Tras esa operación, “Venezuela ya no necesita protección” de los cubanos, “los matones y extorsionadores que los mantuvieron secuestrados durante tantos años”, agregó el presidente y magnate estadounidense. Porque Venezuela -abundó- ahora cuenta con Estados Unidos y su ejército, “con diferencia” el “más poderoso del mundo”, para “protegerlos”. “Y los protegeremos”, aseguró Trump. La operación ‘Resolución Absoluta’ del pasado día 3, como se bautizó a la maniobra de Estados Unidos para deponer a Nicolás Maduro al frente de Venezuela, causó al menos la muertes de 56 militares, 32 de ellos cubanos, según el Gobierno de La Habana. VEA 3B Personal del Servicio de Protección Institucional (SPI). Cortesía Proponen poner fin al servicio de escolta vitalicio de los expresidentes Eliana Morales Gil [email protected] EFE LEGISLACIÓN El anteproyecto propone que el servicio se otorgue por un plazo máximo de 10 años, contados a partir del cese de funciones presidenciales. En la lista de proyectos que la Comisión de Gobierno de la Asamblea Nacional debe discutir en los próximos días figura una propuesta que busca poner límites al servicio de escolta oficial que reciben los expresidentes de la República, un beneficio de carácter vitalicio. La iniciativa fue presentada por el diputado Jhonathan Vega, de la bancada independiente Vamos, y plantea una reforma integral al régimen de escolta y seguridad personal para los exmandatarios, con el argumento de ajustar ese esquema a criterios de racionalidad, proporcionalidad y control del gasto público. El anteproyecto propone que el servicio se otorgue por un plazo máximo de 10 años, contados a partir del cese de funciones presidenciales. Solo en situaciones excepcionales, cuando exista una amenaza comprobada, la protección podría prorrogarse de forma temporal, previa evaluación del Ministerio de Seguridad Pública y con la autorización del presidente de la República. Además, se fija un límite de hasta cuatro escoltas por expresidente y se establece que el servicio solo podrá utilizarse para fines estrictamente vinculados a la seguridad personal. Cualquier uso con propósitos políticos, empresariales o particulares conllevaría la suspensión inmediata del beneficio. Secretaria solo por dos años El texto también reconoce el derecho a un servicio de secretaría durante los dos años posteriores al término del mandato presidencial, con personal adscrito al Ministerio de la Presidencia y considerado servidor público. Uno de los puntos más sensibles de la iniciativa es su aplicación retroactiva. De aprobarse, todos los expresidentes quedarían sujetos al nuevo marco legal, sin importar el período en que ejercieron el cargo. Para ello, la propuesta deroga la Ley 55 de 1996, que estableció el servicio de escolta de carácter indefinido para los expresidentes de la República. Desde 1989, cuando se restableció la democracia, Panamá ha tenido ocho presidentes. Guillermo Endara encabezó el primer gobierno del período democrático, entre 1989 y 1994, y falleció en 2009. Le siguieron Ernesto Pérez Balladares, Mireya Moscoso, Martín Torrijos, Ricardo Martinelli, Juan Carlos Varela, Laurentino Cortizo y el actual mandatario, José Raúl Mulino. Martinelli está asilado en Colombia desde el año pasado para esquivar su condena por blanqueo de capitales producto del caso New Business. El fallo de 2023 Cada cierto tiempo, el tema vuelve a la escena pública. En un fallo de noviembre de 2023, la Corte Suprema de Justicia dio un espaldarazo a la vigencia del servicio de escolta de carácter indefinido para los expresidentes, así como al acceso a un servicio de secretaría durante los cinco años posteriores a la finalización de su mandato. Con ese fallo, los magistrados desestimaron una demanda de inconstitucionalidad contra ese régimen, al considerar que no cumplía con los requisitos formales exigidos por el Código Judicial. La acción fue presentada por el abogado Roberto Ruiz Díaz, quien cuestionó el carácter amplio del régimen de protección previsto en la Ley 55 de 1996 y sus normas reglamentarias. En particular, alegó que los decretos ejecutivos 434 y 435, ambos del 24 de junio de 2014, que reglamentaron dicha ley, establecieron cantidades “exorbitantes” de escoltas asignados a los expresidentes. Según el planteamiento del demandante, la aplicación de esos decretos implicaría destinar al menos 30 agentes del Servicio de Protección Institucional (SPI) por cada expresidente, considerando que se trata de un servicio permanente que opera las 24 horas del día y requiere turnos rotativos de personal. La Ley 55 de 1996 también concede seguridad por un plazo de 10 años a quien haya ejercido el cargo de primera dama y por cinco años a los hijos del expresidente. ‘Un mínimo de 12 escoltas’ Antes de dejar el gobierno, en junio de 2019, el entonces presidente de la República, Juan Carlos Varela, emitió el Decreto Ejecutivo 172, del 10 de junio de 2019, que modificó el decreto ley que creó en 1999 el Servicio de Protección Institucional, para incluir como beneficiarios del servicio de escolta, además de los expresidentes, al cónyuge y a los hijos. Ese decreto también elevó la cantidad de agentes del SPI asignados a los expresidentes, al pasar de “hasta 12” a “un mínimo de 12”, y dejó a discreción del Ejecutivo la posibilidad de variar temporalmente el número de unidades según el nivel de riesgo. Asimismo, prevé la asignación de escoltas a familiares dentro del primer grado de consanguinidad y excluye del beneficio a los expresidentes que sean condenados por la comisión de un delito mediante sentencia debidamente ejecutoriada. En la exposición de motivos del anteproyecto, Vega sostiene que “se trata de consolidar una democracia donde el servicio público sea exactamente eso: un servicio, y no una fuente de privilegios duraderos”. Añade que, con esta modificación, “se envía un mensaje claro a la ciudadanía: en Panamá no hay ciudadanos de primera y segunda clase, y quienes han dirigido los destinos de la nación se reintegran plenamente a la comunidad, sujetos a las mismas normas que todos”. Donald Trump, presidente de Estados Unidos hizo los comentarios en su red social Truth Social. EFE Tal Cual Mónica Palm [email protected] DÍA D. ¿Cuántas veces hemos escrito una glosa diciendo que empieza el juicio de los sobornos de Odebrecht? Ha pasado tanto tiempo desde que inició la instrucción del caso que la empresa incluso cambió de nombre. ¿Será que esta vez sí sucederá? ¿O los imputados y sus abogados todavía tendrán en su bolsa de trucos otros ardides para seguir postergando este proceso hasta que muera por causas naturales? DUDA. La onda expansiva de Odebrecht es tal que ha alcanzado otros procesos. El Órgano Judicial informó que por dos días se suspendería la audiencia del caso Fisher y todo parece indicar que la razón es que la relatora del tribunal es Baloisa Marquínez, quien también es la jueza del caso Odebrecht. Pero esa suspensión es solo de dos días. ¿Por qué? Muy probablemente se deba a que, de esa forma, se evita suspender innecesariamente el caso Fisher en caso de que surja uno de esos eventos que hacen necesario fijar una nueva fecha para el juicio de Odebrecht. Sea lo que sea que suceda, seguramente no nos sorprenderá. IMPUNIDAD. Juicios como el de Odebrecht no se celebrarían si existiera una norma como la que ahora propone Martinelli: que, si transcurridos cinco años desde el inicio de la investigación no hay una sentencia ejecutoriada en firme, se declare la nulidad del caso. Esa es una norma hecha a la medida de aquellos que pueden gastar su dinero en abogados que presenten recursos dilatorios. Él sabe bastante de eso. APODERADO. Ruth Morcillo es la fiscal del caso Odebrecht. Recientemente se conoció que fue transferida a otro puesto, por lo que ya no será fiscal anticorrupción. Aunque ese movimiento no la excluye (de momento…) del juicio de Odebrecht, sí la aparta de otros casos, como el de Blue Apple. Uno de los imputados en este proceso es Jorge “Churro” Ruiz, cuyo abogado defensor era nada menos que el actual procurador, Luis Carlos Gómez Rudy. Ya va siendo hora de conocer cuáles son las razones para transferir a la fiscal Morcillo. Si el procurador no tiene tiempo, puede hacerlo a través de un comunicado. Ese doble estándar deja muchas dudas.

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