7A La Prensa Panamá, domingo 11 de enero de 2026 Tu opinión nos interesa [email protected] &Negocios @PRENSAECONOMIA Inversión extranjera directa mueve el mapa regional República Dominicana y Costa Rica consolidan su atractivo con nuevos proyectos, mientras Panamá depende de la reinversión de utilidades y muestra alta volatilidad trimestral. La competencia regional por atraer inversión extranjera directa se intensifica, mientras Panamá busca recuperar terreno frente a economías como República Dominicana y Costa Rica, que avanzan con nuevos proyectos productivos. Katiuska Hernández Alex E. Hernández V. [email protected] Especial para La Prensa Cada vez más los países de Centroamérica y el Caribe intensifican sus estrategias para captar inversión extranjera directa (IED), conscientes de que estos flujos se han convertido en uno de los principales motores para la generación de empleo, la transferencia de tecnología y el crecimiento económico. En un contexto internacional marcado por tasas de interés elevadas, ajustes financieros y la reconfiguración de las cadenas globales de valor, la región muestra un comportamiento desigual, con países que consolidan su atractivo y otros que enfrentan una pérdida sostenida de competitividad. Antes de la pandemia, Panamá lideraba claramente la captación de IED en la región. En 2018 el país recibió 4,750 millones de dólares y en 2019 otros 3,895 millones, cifras que lo posicionaban como el principal destino de capital extranjero en Centroamérica y el Caribe. Sin embargo, ese liderazgo se debilitó tras la crisis sanitaria y, desde entonces, el país ha sido desplazado por economías que han logrado sostener o incluso ampliar su flujo de inversiones. La evolución más marcada se observa en República Dominicana, que en 2025 consolidó su posición como uno de los principales receptores de inversión extranjera directa en la región. El imán dominicano Al tercer trimestre del año, el país acumuló flujos cercanos a los 4,000 millones de dólares, con un desempeño particularmente fuerte en el primer semestre, cuando captó 2,892.8 millones de dólares, un aumento interanual de 15.3%, según datos del Banco Central dominicano. Las autoridades proyectan que el cierre de 2025 se ubique en torno a los 4,800 millones de dólares, de confirmarse la tendencia observada hasta septiembre. El capital extranjero en República Dominicana se concentró principalmente en turismo, zonas francas, manufactura y energías renovables. Costa Rica, aunque con un crecimiento más moderado, mantiene una posición sólida. Al tercer trimestre de 2025, el país acumuló 3,533 millones de dólares en flujos de inversión extranjera directa, un incremento de 4.5% frente al mismo periodo de 2024. La manufactura concentró más del 80% de la inversión recibida, con 2,856 millones de dólares, destacando los dispositivos médicos, semiconductores y otros segmentos vinculados a la economía del conocimiento. Guatemala también mostró una evolución positiva. En el primer semestre de 2025 captó 867.3 millones de dólares en inversión extranjera directa, un crecimiento interanual de 11%. Solo entre enero y marzo se registraron 476.1 millones, un aumento de 17% frente al mismo periodo de 2024. Las proyecciones oficiales apuntan a un cierre anual superior a los 1,865 millones de dólares, con expectativas de alcanzar los 2,050 millones en 2026. En Nicaragua, el comportamiento fue menos dinámico. Durante el primer semestre de 2025, la IED alcanzó 1,427.9 millones de dólares, lo que representó una caída de 15.8% en comparación con el mismo periodo del año anterior. Aunque el país cerró 2024 con 3,039.9 millones de dólares en inversión extrancer trimestre mostró una desaceleración, con apenas 110.9 millones de dólares, y una limitada entrada de nuevas empresas. El Salvador, por su parte, registró fuertes oscilaciones. Durante el segundo trimestre de 2025, la IED mostró un crecimiento interanual, pero en el tercer trimestre se reportó una caída de 172.3 millones de dólares. Dos modelos A diferencia de Panamá, donde la inversión extranjera directa se ha sostenido principalmente por la reinversión de utilidades de empresas ya establecidas, en buena parte de la región el crecimiento de la IED lo impulsa nuevos proyectos. Costa Rica y República Dominicana destacan por la llegada de empresas que se instalan desde cero, en particular bajo el régimen de zonas francas, lo que amplía la base productiva y genera nuevos empleos. En Costa Rica, más de la mitad de los nuevos proyectos captados en 2025 corresponden a empresas que ingresan por primera vez al país, muchas de ellas vinculadas a manufactura avanzada y servicios tecnológicos. En República Dominicana, el dinamismo de las zonas francas y el turismo ha permitido atraer capital fresco, especialmente en sectores industriales y energéticos. En Panamá, el tercer trimestre de 2025 registró un repunte de $676.4 millones, pero el resultado contrastó con el segundo trimestre, que cerró con un saldo neto negativo de $887.1 millones por la fuerte salida de capitales. La volatilidad trimestral dejó como resultado un ajuste superior a los 1,500 millones de dólares entre el segundo y tercer trimestre de 2025. Entre enero y septiembre, el balance acumulado de la IED en Panamá se ubicó en apenas 315.3 millones de dólares, muy por debajo de los niveles registrados por República Dominicana y Costa Rica en el mismo periodo. CAPITAL EXTRANJERO jera directa, equivalente al 15.4% de su PIB, los datos más recientes reflejan una desaceleración en la entrada de nuevos capitales. Panamá figuró como el principal país de origen de la IED en Nicaragua durante el primer semestre de 2025, con 247 millones de dólares, equivalente al 30.2% del total, seguido por Estados Unidos y Barbados. Honduras presentó un desempeño mixto. En el primer semestre de 2025, la IED alcanzó 500.4 millones de dólares, impulsada principalmente por la reinversión de utilidades en finanzas, seguros y manufactura maquiladora. Sin embargo, el terUna de mis primeras lecciones Ventana Fiscal Adolfo J. Campos Barranco economí[email protected] gio de participar como profesional externo en los equipos redactores de varias leyes y reglamentos tributarios, comprendí aún más la naturaleza jurídica del propio Impuesto de Timbre (IT), su evolución histórica y el porqué de tan simpática frase. El IT es un tributo nacional que puede pasar desapercibido en las operaciones comerciales. Ha perdido terreno en nuestro ordenamiento jurídico frente a los impuestos indirectos como el ITBMS, quizás por lo bajo de su tasa, su antigüedad y su costo administrativo en relación con lo que representa en la recaudación. El IT grava la expedición de un documento como tal, en el que conste un acto jurídico, contrato u obligación, que contenga una cantidad o valor expresado en él superior a 10 balboas, que se trate de un negocio sujeto a la jurisdicción en Panamá y por cada 100 balboas o fracción de ciento. ¿Y cuál es la tasa? Deberá estamparse, por máquina franqueadora o mediante declaración jurada de timbres, por valor de 10 centavos, en todos los cheques y demás documentos negociables que no tengan otro impuesto, y en aquellos documentos en que conste un acto jurídico, contrato u obligación con las características ya mencionadas. El contribuyente del IT es aquella persona, sin distinción de su tipo, que expide el documento. Con la promulgación de la Ley 8 de 2010 se eliminó la impresión del papel sellado y notarial. No obstante, de acuerdo con el Código Fiscal (CF), en los casos en que se establezca la necesidad de satisfacer el IT por medio de papel sellado notarial, se usará papel simple, de tamaño legal 8½ x 13, de 20 libras, habilitando cada hoja de dos caras mediante estampado por máquina franqueadora o por declaración jurada por la suma de ocho balboas. El texto impreso debe ajustarse a lo indicado en el artículo 962-A del CF. Algunas certificaciones oficiales deben estamparse por máquina franqueadora o mediante declaración jurada, y con diferentes tarifas, tales como los certificados de idoneidad, certificados del Registro Civil y cartas de naturaleza provisional o definitiva. Una norma importante a revisar es el artículo 973 del CF. Este establece cuándo no se causa el IT sobre la expedición de ciertos tipos de documentos, siendo una notable excepción aquella que trata sobre los actos jurídicos, contratos u obligaciones que deban documentarse y que, a su vez, estén ya gravados con el ITBMS; por lo tanto, no debe causarse el IT. Este es el fundamento legal de aquella importante lección. Cápsula fiscal También con la Ley 8 de 2010 se estableció que no existe la obligación de satisfacer el IT en los recibos de dinero, ni en las facturas de venta de bienes y servicios, tanto al por mayor como al por menor. Esta norma fue reglamentada por el Decreto Ejecutivo 539 de 2011. El autor es abogado especializado en materia tributaria. Una de las primeras lecciones que aprendí fue cuando un colega contador me dijo: “recuerda siempre que todo lo que lleva ITBMS, no lleva timbre”. Ya adentrado en la práctica, el estudio e incluso el haber tenido el privileEMBALSE GATÚN EMBALSE ALHAJUELA Infografía: LP - Fuente: ACP Niveles de lagos afluentes del Canal 91 90 89 88 87 86 85 84 83 82 81 80 79 78 77 263 260 255 250 245 240 235 225 220 215 210 205 200 195 190 89.79 252.13 Elevación sobre el nivel del mar en pies
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