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7A La Prensa Panamá, domingo 19 de octubre de 2025 Tu opinión nos interesa [email protected] &Negocios @PRENSAECONOMIA Soterrarán cables en Calle 50, el barrio chino, Colón y Los Santos El programa de soterramiento de cables avanza con unos 29 millones de dólares desembolsados y obras ya concluidas en David y Santiago. Con los trabajos de Campo Alegre entrando en la última fase, la Asep ya autorizó los nuevos puntos que serán intervenidos, de los cuales tres están en la ciudad capital. Archivo Alex E. Hernández V. ESPECIAL PARA LA PRENSA [email protected] Después de un camino de altas y bajas, finalmente el programa de soterramiento de cables de telecomunicaciones y televisión pagada está cerca de completar sus primeros tres proyectos. Las obras en las ciudades de David y Santiago, en las provincias de Chiriquí y Veraguas, ya se completaron, quedando pendiente el soterramiento en el Área Bancaria, específicamente en el sector conocido como Campo Alegre. Nicolás Esquivel, jefe del Departamento de Infraestructura y Planta Externa de la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos (ASEP), confirmó a La Prensa que los trabajos en Campo Alegre deben culminar en abril de 2026, luego de que el contratista solicitara una extensión de tiempo. Dijo que el proyecto en la capital se dividió en dos fases. La primera, que comprendía la Vía Brasil, ya se culminó con la remoción de los cables aéreos, y actualmente se desarrolla la etapa de soterramiento en Obarrio. “Es un proceso complicado, porque primero los operadores deben soterrar los cables y luego hacer la migración de sus clientes, y eso toma tiempo”, explicó. En total, en los tres proyectos (David, Santiago y Panamá) se han soterrado 291 mil metros lineales de cable de telecomunicaciones y televisión pagada. Inicialmente, las obras de soterramiento de cables en las tres primeras zonas seleccionadas estaban previstas para completarse en un periodo no mayor de cinco años, pero diferencias con los contratistas encargados de la obra civil, sumadas a la falta de coordinación entre las entidades involucradas, provocaron que los trabajos se dilataran con el tiempo. El proyecto tiene un componente de obra civil, que consiste en la construcción de ductos y cámaras subterráneas, y una segunda etapa de instalación de nuevos cables subterráneos, previa al retiro de los cables aéreos. A la fecha, se han desembolsado29millonesdedólares, quedando por cancelar poco más de 5 millones para completar los 34 millones de dólares que terminará costando el soterramiento en estos tres puntos del país. Esquivel recordó que la Compañía para el Soterramiento de Cables es la gestora de las obras y la encargada de contratar a los constructores para ejecutar la obra civil. Igualmente, esta sociedad es responsable de manejar el fideicomiso que se alimenta con el 25% de los fondos provenientes del espectro o de las bandas de frecuencia. El jefe del Departamento de Infraestructura y Planta Externa de la Asep comentó que actualmente el fideicomiso cuenta con 20 millones de dólares para seguir financiando los proyectos de soterramiento en el país. Inicialmente, el fideicomiso también recibiría los fondos de una tasa (impuesto) que pagarían todos los clientes de servicios de telecomunicaciones, pero esta fue declarada inconstitucional por la Corte Suprema de Justicia (CSJ) en un fallo de diciembre de 2015, lo que llevó a la Asep a suspender su cobro. Lo que viene Con los trabajos de Campo Alegre entrando en la última fase, la Asep ya autorizó los nuevos puntos que serán intervenidos, de los cuales tres están en la ciudad capital y los otros dos se ejecutarán en las provincias de Colón y Los Santos. En la ciudad capital se soterrarán los cables desde el inicio de la Cinta Costera 3 hasta la calle 9ª Este, incluyendo la calle 13, comprendida entre la avenida B y la avenida Eloy Alfaro. Esquivel explicó que las obras abarcarán el barrio chino hasta la rampa que permite ingresar al Casco Viejo. Indicó que las otras dos áreas en la capital son la avenida Aquilino de la Guardia, que es la continuidad del proyecto de Obarrio, y la avenida Nicanor de Obarrio (Calle 50), desde la calimitados y las obras costosas”, agregó. Por el momento, no se tiene la cantidad exacta de cableado que será soterrado en los nuevos cinco puntos, ya que la Asep está a la espera de toda la documentación técnica y financiera que deben proporcionar las empresas de distribución eléctrica. En abril pasado, la Asep emitió la resolución 20180, mediante la cual ordenó a las empresas Metro Oeste, S.A. y Elektra Noreste, S.A. (Naturgy y ENSA), y a la Compañía para el Soterramiento de Cables, S.A., que iniciaran la tramitación de la convocatoria para contratar a las personas jurídicas o consorcios que ejecutarán la obra civil necesaria para reemplazar el sistema aéreo por uno soterrado. En la misma resolución, la Asep estableció un periodo de 90 días para que las tres compañías presentaran los diseños preliminares correspondientes a la obra civil asociada a la infraestructura eléctrica y de telecomunicaciones que será soterrada. Esquivel estima que las obras de la nueva fase del proyecto de soterramiento inicien en 2026, pero destacó que ahora serán dos procesos de licitación, ya que las obras se realizarán en concesiones diferentes, tomando en cuenta que los trabajos en la ciudad capital se ejecutarán dentro de la concesión de Naturgy, y los de Colón estarán en la zona concesionada a ENSA. Agregó que, en el caso de las obras que se desarrollarán en Calle 50, la Asep, en conjunto con el sector privado involucrado en el proyecto, ha sostenido reuniones con el Municipio de Panamá para coordinar la ejecución de los trabajos y reducir al mínimo la afectación a la población. Igualmente indicó que se busca realizar una sola intervención para evitar que ocurra lo mismo que en ocasiones anteriores, cuando, después de concluida una obra, otra entidad ejecuta trabajos en la misma zona y retrasa el avance del proyecto. SERVICIOS PÚBLICOS lle 64 Este hasta la avenida Cincuentenario. En cuanto a los trabajos en la ciudad de Colón, estos se concentrarán en la calle 13, específicamente desde el Paseo del Centenario hasta el Paseo Gorgas. Mientras que en la ciudad de Las Tablas, los trabajos en una primera etapa se realizarán desde la calle Paseo Carlos López, entre la calle Carlos Calzadilla y la avenida Dr. Belisario Porras, incluyendo la avenida Bolívar, que va desde la avenida Dr. Belisario Porras hasta la calle Agustín Cano Castillero, y la avenida Pablo Arosemena, desde la calle Paseo Carlos López hasta la calle Francisco Roca. Esquivel dijo que los cables ubicados en el parque de Las Tablas también serán intervenidos. “Tenemos muchas solicitudes de soterramiento de cables en todo el país, pero los recursos son Si usted es una persona asalariada, tome nota Ventana fiscal Adolfo Campos Barranco economí[email protected] indica que el trabajador que devengue un salario, gasto de representación de un solo empleador durante un año calendario, cuyos impuestos y demás contribuciones hayan sido retenidos en la fuente, no está obligado a presentar una DJR anual. Comúnmente, la persona asalariada desatiende la posibilidad que ofrece el artículo 709 del CF, el cual señala que, una vez computada la renta gravable, la persona natural tendrá derecho a ciertas deducciones personales. Es decir, el asalariado que al presentar su DJR incluya estas deducciones (que aplican tanto para asalariados como para independientes) puede restarlas de la renta gravable según el artículo 709 del CF, y al resultado se le denomina renta neta gravable. Seguidamente, sobre esta renta neta gravable se aplica la tarifa para personas naturales establecida en el artículo 700 del CF. Esto significa que el asalariado puede quedar en situación de crédito fiscal, pues su empleador —al realizar la retención del impuesto sobre la renta (ISR) cuando su compensación laboral está dentro del rango anual sujeto a este tributo— no está obligado legalmente a considerar las deducciones personales a las que el trabajador tiene derecho. Dichas deducciones solo pueden aplicarse al presentar la DJR. ¿Cuáles son las deducciones personales que puede aplicar un asalariado? Los intereses pagados por fideicomisos o préstamos hipotecarios sobre bienes inmuebles destinados a garantizar el repago de un préstamo para la adquisición o mejora de su vivienda principal, siempre que el monto anual a deducir no exceda los 15 mil balboas. Si la vivienda pertenece a varias personas, los intereses podrán prorratearse entre ellas hasta el máximo indicado. Los cónyuges podrán deducir 800 balboas cuando presenten su declaración en forma conjunta. Los intereses pagados por préstamos destinados exclusivamente a la educación dentro de Panamá, ya sea propia o de las personas que mantenga, así como los intereses de préstamos otorgados por el Ifarhu. Los gastos médicos efectuados dentro del territorio nacional. Se consideran gastos médicos:i) Las primas correspondientes a pólizas de seguro de hospitalización y atención médica; yii) Las sumas pagadas por hospitalización, diagnóstico, prevención o tratamiento de enfermedades, siempre que no estén cubiertas por seguros. Los gastos escolares y de atención a la primera infancia incurridos por dependientes menores de edad, desde el nivel inicial hasta la educación superior de sus dependientes mayores de edad. La deducción será de hasta 3,600 balboas anuales por cada dependiente. Esta deducción también aplica a asalariados que costeen sus propios estudios. Los asalariados con hijos que tengan discapacidad con movilidad reducida, pero que puedan asistir a clases regulares, también tienen derecho a esta deducción. Cápsula fiscal: asalariado que solicite el reconocimiento del crédito fiscal y la devolución del ISR, deberá presentar, además de su DJR, las pruebas documentales correspondientes. Luego de la revisión del Fisco, no se devolverá la totalidad de las deducciones personales presentadas, sino la diferencia entre el ISR retenido por el empleador y el ISR resultante en la DJR, una vez aplicadas las deducciones personales. Busque la orientación de un profesional tributario. El autor es abogado especializado en materia tributaria. El artículo 710 del Código Fiscal (CF) establece que todo contribuyente persona natural(que genere renta gravable en Panamá) está obligado a presentar personalmente una declaración jurada de rentas (DJR) correspondiente al año anterior. El propio artículo EMBALSE GATÚN EMBALSE ALHAJUELA 86.93 pies 241.16 pies Nivel de aguas mínimo - 75 pies Nivel de aguas mínimo - 190 pies 77 83 87 195 205 215 Infografía: LP - Fuente: ACP Niveles de lagos afluentes del Canal

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