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2A La Prensa Panamá, domingo 12 de octubre de 2025 La diputada Paulette Thomas afirma que desde que fue aprobada esta ley, la han llamado y le han escrito muchas personas que han atravesado por este tipo de situaciones cuando eran niños y, en su gran mayoría, no se atrevieron a denunciar. iStock Del silencio al escrutinio: Ley haría público el nombre de los agresores Mario De Gracia [email protected] DELITOS SEXUALES Hasta agosto de 2025, unas 4,072 denuncias por delitos sexuales fueron interpuestas, una cifra que contrasta con el mismo periodo del año pasado, cuando se registraron 4,377, según registros del MP. El peso de sufrir un abuso sexual se carga, muchas veces, en silencio. Las más recientes estadísticas del Ministerio Público (MP) revelan que se han registrado menos denuncias de delitos contra la libertad e integridad sexual, hasta agosto, en comparación con 2024. La denuncia será crucial para el registro de ofensores sexuales, un listado que haría público el proyecto de ley 176, aprobado en tercer debate en la Asamblea Nacional el 2 de octubre. Hasta agosto de 2025, unas 4,072 denuncias por delitos sexuales fueron interpuestas, una cifra que contrasta con el mismo periodo del año previo, cuando se registraron 4,377, según estadísticas del MP. Dentro de los delitos sexuales están la violación, actos libidinosos, acoso sexual, corrupción de menores de edad, explotación sexual, exhibicionismo, entre otros. “Tenemos que denunciar, ese paso es importante”, dice la diputada Paulette Thomas, proponente del proyecto que busca “recuperar el espíritu” de la Ley 244 de 2021, que ya establece el registro de ofensores sexuales, pero que mantiene sus nombres en privado. La nueva norma reforma la Ley 244 para hacer público el registro de ofensores sexuales, al tiempo que encarga a la Dirección de Investigación Judicial (DIJ) la tarea de colocarlos en una plataforma accesible a la ciudadanía. El texto aprobado por el Legislativo —con 42 votos a favor y cero en contra— define la herramienta como el Sistema Nacional de Registro de Ofensores Sexuales, a cargo del Gabinete de Archivos e Identificación Personal de la DIJ. Pero el proyecto espera la sanción del presidente de la República, José Raúl Mulino, quien tiene alrededor de 30 días para realizarla. Si ese paso se cumple, la DIJ quedará mandatada para hacer público el registro existente. “Las personas contenidas en esta lista son aquellas, hombres o mujeres, que sean culpables; que se hayan dado los elementos de juicio para que, en un momento dado, un juez los declarara culpables y tengan sentencias ejecutoriadas”, explicó Thomas al respecto. Pero los delitos sexuales, en muchas ocasiones, son guardados bajo el peso del silencio. Thomas lo reconoce: “Desde que fue aprobada esta ley, me han llamado y escrito cualquier cantidad de personas que han atravesado por este tipo de tristes situaciones y que, en su gran mayoría, ni siquiera se atrevieron a denunciar, siendo niños, niñas, ni siquiera a su mamá (...). Han guardado ese dolor, esa angustia que les ha acompañado a lo largo de toda la vida, hasta ahora, la vida adulta. Son más de los que yo remotamente pudiera haber pensado”, apunta la diputada, con la franqueza de quien ha escuchado testimonios cargados de dolor. Organizaciones de la sociedad civil, como la Fundación Unidos por la Niñez, estiman que solo el 10% de los casos de abuso sexual contra menores de edad son denunciados. Esta cruda realidad plantea otro escenario: los desafíos que podría enfrentar la iniciativa legislativa. Thomas los reconoce, por eso celebra la herramienta, pero sabe que aún queda una labor titánica por delante desde otras entidades del Estado. El apoyo Para la diputada Thomas, la intervención requiere mucho apoyo de las instituciones del Estado para hacer frente a las secuelas que deja sobre quien ha sido violentado. “Esto es algo muy difícil”, reconoció. Al mismo tiempo, se habló de las entidades del Estado que a veces atienden casos en primera instancia. Thomas expone como ejemplo la falta de personal que hay en el Ministerio de la Mujer o en la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (Senniaf). “No tenemos en el Ministerio de la Mujer [por ejemplo] la cantidad de psicólogos, de abogados y demás profesiones que se necesitan. Eso es una realidad. No podemos tapar el sol con un dedo: necesitamos apoyo”, explicó. Consultada por este medio, la ministra de la Mujer, Niurka Palacios explicó que, ante los recortes presupuestarios que el Ejecutivo ha adelantado para la vigencia 2026, suele afectarse directamente “el funcionamiento de albergues”, centros donde pueden refugiarse mujeres que sufren cualquier tipo de violencia, incluida la sexual. Desde el Ejecutivo se ha planteado reducir el Ministerio de la Mujer a una Secretaría dentro del aparato del Ministerio de Desarrollo Social (Mides). La complicada situación presupuestaria y de personal se repite en la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (Senniaf), que también mantiene albergues, en este caso, para menores de edad. No obstante, esta institución se vio fuertemente cuestionada en el año 2021, cuando se destapó un escándalo por abusos sexuales a lo interno de los propios albergues. La Asamblea Nacional elaboró un informe aquel año en el que se registraron decenas de casos. Hasta 2023, cerca de ocho personas fueron aprehendidas en las investigaciones, y por un caso derivado, dos exfuncionarias de mando medio en Senniaf fueron condenadas. El presupuesto recomendado a la Senniaf para 2026 es de $7.6 millones, apenas un poco más que el monto destinado a la remodelación de la villa diplomática de Ancón, un proyecto liderado por la Presidencia. Senniaf solicitó $2.2 millones adicionales a la Comisión de Presupuesto de la Asamblea Nacional para ser sumados a su presupuesto de 2026, mismos que irían destinados a “135 posiciones urgentes”, según detalla la Resolución No.35 sobre modificaciones al presupuesto. “Sin embargo, allí se detalla que solo se considerarían $1 millón adicionales”. “A ellos hay que destinarles más presupuesto”, apuntó Thomas, y mencionó que existe otra iniciativa que aumenta las penas por violaciones a menores de edad, ya convertida en ley de la República: la Ley No.474 de 24 de junio de 2025. A pesar de que las iniciativas Legislativas buscan endurecer tanto las sanciones penales como las sociales y morales para prevenir la comisión de delitos sexuales, quedan desafíos por superar: traer a la luz historias de abuso que se sufren, muchas veces, en silencio. Una advertencia y una demanda de inconstitucionalidad contra la Resolución No.3126-2025 del 23 de septiembre de 2025 que permite al contralor general de la República, Anel Flores, la aplicación de medidas cautelares, entre las que se encuentran decretar secuestros y suspender salarios, fueron presentadas, el viernes 10 de octubre de 2025, ante la Corte Suprema de Justicia. Los recursos fueron interpuestos por el abogado Ángel Álvarez, quien alega que en este caso la citada resolución colisiona con varios postulados de la Constitución Política de Panamá y que la Corte debe entrar a resolver este aspecto. La advertencia de inconstitucionalidad se fundamenta en el artículo 2558 del Código Judicial que señala: “Cuando algunas de las partes en un proceso advierta que la disposición legal o reglamentaria es inconstitucional, hará la advertencia respectiva a la autoridad correspondiente, quien en el término de dos días, sin más trámite, elevará la consulta a la Corte Suprema de Justicia [...]”. En cuanto a la demanda de inconstitucionalidad contra la citada resolución de la Contraloría General de la República, quedó radicada en el despacho del magistrado Carlos Vásquez. El 30 de septiembre de 2025 se publicó en la Gaceta Oficial un nuevo reglamento de la Contraloría, a través del cual el contralor podrá ordenar secuestros sobre patrimonios y adoptar “cualesquiera otras medidas que sean necesarias para proteger los intereses públicos”, en ejecución de la Ley 351 de 2022, que amplió las facultades del ente fiscalizador. Ya el exmagistrado de la Corte Suprema de Justicia Edgardo Molino Mola cuestionó el nuevo reglamento emitido por la Contraloría General de la República, que faculta al contralor Anel Flores no solo a suspender salarios, sino también a ejeNuevos poderes del contralor Anel Flores, bajo escrutinio de la Corte CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA cutar secuestros. También la exmagistrada de la Corte Esmeralda de Troitiño señaló que el contralor tiene facultades para investigar, auditar y remitir a las autoridades competentes posibles delitos cometidos por funcionarios o empresas contratistas del Estado, mas no para decretar medidas cautelares como el secuestro de bienes. La jurista coincidió con lo expresado por el exprocurador de la Administración Rigoberto González, quien sostuvo que ni siquiera los fiscales pueden ordenar secuestros por sí mismos. En el Sistema Penal Acusatorio, insistió, se reforzó el control judicial precisamente para evitar abusos de poder. “El juez de garantías tiene el deber de justificar jurídicamente cualquier medida que afecte derechos fundamentales”, remarcó. González explicó que la ley de la Contraloría sí contempla la suspensión de salarios a funcionarios en situaciones muy específicas, pero que no autoriza el secuestro de bienes. En medio de los cuestionamientos, el contralor Flores anunció el 9 de octubre, en rueda de prensa, que ya se adelantan unos 40 procesos en los que se aplica la nueva reglamentación y que ya se ha notificado al Registro Público y a algunos bancos sobre estas acciones. Flores advirtió que la celeridad en la actuación es clave para garantizar la recuperación del patrimonio del Estado: “No podemos quedarnos esperando. Si esperamos, cuando llegue la sentencia, muchos recursos ya habrán sido transferidos o desaparecidos”. Juan Manuel Díaz [email protected] Anel Flores, contralor general. Archivo Suscríbete www.prensa.com Síguenos twitter.com/prensacom Comenta facebook.com/prensacom Panorama

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