7A La Prensa Panamá, domingo 5 de octubre de 2025 Tu opinión nos interesa [email protected] &Negocios @PRENSAECONOMIA FAP revisará plan de inversiones tras inyección de $1,390 millones El canje de pagarés por bonos del Estado eleva el patrimonio del Fondo de Ahorro de Panamá a 3,028.8 millones de dólares y le otorga mayor liquidez para diversificar sus activos. El Fondo de Ahorro de Panamá, considerado el ahorro del país, recibió bonos del Estado en reemplazo de pagarés por más de 1,200 millones de dólares, elevando su patrimonio a 3,028.8 millones y motivando la revisión de su plan de inversiones 20252026. Alexander Arosemena Alex E.Hernández ESPECIAL PARA LA PRENSA [email protected] El Fondo de Ahorro de Panamá (FAP) no tendrá que esperar 10 años para hacer uso de la totalidad de los pagarés que la administración pasada le había entregado para saldar la deuda que mantenía el Estado por la no transferencia de los excedentes de la operación del Canal de Panamá que por ley debe recibir el fondo. Entre 2021 y 2024 el FAP dejó de recibir 1,272 millones de dólares, fondos que el gobierno de Laurentino Cortizo aseguró se utilizaron durante la crisis social y económica provocada por la pandemia respiratoria del coronavirus (covid-19). Esta semana se conoció que el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) realizó un canje a favor del FAP, transformando los pagarés por bonos del Estado, inyectando capital al Fondo y elevando su patrimonio hasta los 3,028.8 millones de dólares. Los bonos que recibió el FAP se valoraron utilizando el precio medio al cierre del mercado del 26 de septiembre, asegurando así su equivalencia en valor económico: $1,390millones. ¿Pero qué significa este canje y en qué favorece al FAP? Abdiel Santiago, secretario ejecutivo del Fondo, explicó que ahora se cuenta con un instrumento financiero que se puede intercambiar para obtener recursos y destinarlos a otras inversiones con el fin de aumentar el rendimiento del FAP. Aunque los pagarés entregados por la pasada administración eliminaron, al menos en papel, la deuda que el Estado había acumulado con el FAP, lo cierto es que el Fondo debía esperar que se cumpliera el plazo de 10 años para contar con la totalidad de los 1,272 millones de dólares. “Los pagarés no tenían mercado ni podían negociarse, por lo que no era posible usarlos. Ahora, con los bonos, sí existe un mercado. Si en algún momento decidiéramos vender una parte, podríamos reinvertir esos recursos en otras clases de activos permitidas”, explicó el secretario ejecutivo del FAP. Señaló que el Fondo elabora un plan de inversión anual, pero indicó que, al contar ahora con una importante cantidad de bonos de la República de Panamá en el portafolio de activos, pronto dicho plan será evaluado para adoptar un nuevo perfil de riesgo y retorno. El plan de inversión del Fondo de Ahorro de Panamá (FAP) para el período 2025-2026 se estructura con una distribución diversificada de activos que busca equilibrar liquidez, seguridad y rentabilidad. En activos de corta duración, como efectivo y equivalentes, se destina un 10%, mientras que un 34% se coloca en instrumentos de renta fija global, incluyendo bonos soberanos, corporativos e hipotecarios. Además, un 4% corresponde a bonos de la República de Panamá y un 2% a bonos soberanos indexados a la inflación, junto con un 10% en bonos de alto rendimiento. La estrategia también contempla un 25% en renta variable global, principalmente acciones corporativas, y un 15% en inversiones alternativas, que abarcan capital privado, infraestructura y otros vehículos especializados. En el MEF comentaron que no se trató de una nueva emisión de bonos, sino que se utilizó la figura de reapertura, que consiste en utilizar recursos provenientes de emisiones anteriores que no se habían utilizado. Economistas consultarés por bonos representaría una reducción de la deuda neta por el orden de los 1,153 millones de dólares, al final de esta semana el monto se ajustó hasta los 1,273 millones de dólares, producto de otras variantes financieras. La Dirección de Financiamiento Público del MEF comenzó a contabilizar los pagarés entregados por el gobierno de Cortizo como parte de la deuda del Estado desde junio de 2024 y se espera que la reducción del saldo total se vea reflejada en el informe correspondiente al mes de septiembre. El secretario del FAP señala que el cambio de los pagarés por bonos implica que ahora el Fondo cuenta con activos líquidos, que le dan flexibilidad para diversificar o rebalancear el portafolio si así lo decide la Junta Directiva. “Esta transacción hace crecer los activos del Fondo en más de 84% y, al tratarse de bonos plenamente negociables en los mercados de capitales, le otorga al FAP una mayor flexibilidad para diversificar su portafolio y aprovechar oportunidades estratégicas de inversión en beneficio del país”, añadió. El FAP fue creado en 2012 en reemplazo del Fondo Fiduciario para el Desarrollo, establecido en 1995. Una parte significativa del capital del fondo original provino de la privatización de empresas estatales en sectores como energía, puertos y telecomunicaciones, llevada a cabo en la década de 1990. Al final del primer semestre de 2025, el FAP acumuló una ganancia de 64.8 millones de dólares, con un rendimiento bruto de 4.03%. Al concluir los primeros seis meses de 2025, el Fondo cerró con un 48% de la inversión en renta fija, 25% en activos de corta duración, 18% en acciones y 9% en inversiones alternativas. Durante el segundo trimestre el 88% de la inversión se concentró en Estados Unidos, lo que representó una variación de 2% frente a los primeros tres meses; esta diferencia se destinó al mercado europeo, que pasó de 3% a 5%. El resto de los mercados se mantuvo sin cambios, con 3% en Asia y Latinoamérica, y 1% en África y Oceanía. FINANZAS dos explicaron que no siempre los gobiernos colocan todo el monto autorizado de una sola vez en el mercado, sino que una parte queda “en reserva” para futuras reaperturas o colocaciones adicionales bajo las mismas condiciones. Comentaron que este mecanismo les da a los gobiernos la posibilidad de, más adelante, reabrir esa emisión y asignar esos bonos, ya sea al mercado o, como en este caso, al Fondo de Ahorro de Panamá. “Es como si existiera una especie de ‘línea abierta’ de deuda: los bonos ya están aprobados y listados, pero el gobierno decide en qué momento y por cuánto monto los va colocando”, señalaron. En su momento, el ministro de Economía y Finanzas, Felipe Chapman, explicó que la transacción mejora simultáneamente la posición del FAP, el flujo de caja y el perfil de la deuda pública. Aunque se había indicado que el canje de los paga- ¿Será la última vez? Ventana fiscal Adolfo Campos economí[email protected] El artículo 4 de la Ley 106/1974, que regula el Impuesto de Transferencia de Bienes Inmuebles (ITBI), ha sido modificado en diez ocasiones. Recordemos que el ITBI es uno de los doce impuestos nacionales según el artículo 683 del Código Fiscal. Dicho artículo trata específicamente sobre la exención del ITBI en la transferencia de bienes inmuebles nuevos e, inclusive, en su historia incluyó la reventa de casas y, en otras ocasiones, hasta la venta de locales comerciales. Tanto la Ley 468/2025 como la Ley 472/2025 han marcado el ocaso de la vida jurídica de este artículo. La primera, al derogar dicho artículo y poner fin a la exención del ITBI por la condición de transferencias de viviendas nuevas. Mientras que la segunda ley restablece su vigencia por un tiempo determinado y bajo ciertas condiciones que pasaremos a revisar. El comentado artículo, que estará vigente hasta el 31/12/2025, posee condiciones que se deben revisar en detalle y evitar cometer errores en el momento de su aplicación y por lo que le resta de vida jurídica: -Desde el 1/7/2023, está exenta del ITBI la primera operación de venta de viviendas nuevas solamente. -Los permisos de ocupación de las viviendas nuevas deben ser expedidos entre el 1/1/2017 y el 31/12/2025. -La inscripción efectiva de la transferencia de la vivienda se debe realizar a más tardar el 31/12/2025 para que aplique la exención del ITBI. -Las personas que se dediquen a la venta de viviendas nuevas acreditarán bajo gravedad de juramento, ante notario público, que se trata de viviendas nuevas. Además, no será requisito para la transferencia de la propiedad nueva que la Dirección General de Ingresos (DGI) expida una certificación de exención del ITBI. Para ello, el transmitente notificará a la DGI sobre el traspaso del bien inmueble exonerado del ITBI mediante el formulario dispuesto para ello. -Según el artículo 5 de la Ley 472/2025, esta ley tiene efectos retroactivos hasta el 24/4/2025, es decir, la vigencia renovada y finita del artículo 4 aplica desde esa fecha. Cápsula FiscalCon la vigencia temporal del artículo 4 de la Ley 106/1974 hasta el 31/12/2025, según la Ley 472/2025 y la entrada en vigor de la Ley 468/2025 a partir del 1/1/2026 que deroga a su vez el artículo 4 de la Ley 106/1974, todas las ventas de bienes inmuebles, sin distinción, tendrán que pagar el ITBI. Pero, las exenciones del ITBI que trata el artículo 2 de la Ley 106/1974 y que contempla otras situaciones se mantienen vigentes. El autor es abogado especializado en materia tributaria. Renta fija Activos de corta duración Acciones Inversiones alternativas 48 25 18 9 Portafolio de inversiones por clase de activos En porcentaje Fuente: FAP EMBALSE GATÚN EMBALSE ALHAJUELA 86.80 pies 243.23 pies Nivel de aguas mínimo - 75 pies Nivel de aguas mínimo - 190 pies 77 83 87 195 205 215 Infografía: LP - Fuente: ACP Niveles de lagos afluentes del Canal
RkJQdWJsaXNoZXIy MTUxMjQ5NQ==