7A La Prensa Panamá, jueves 31 de julio de 2025 Juan Manuel Urriola ocupaba la Secretaría Nacional de Energía desde el 1 de julio de 2024, cuando asumió el poder el presidente José Raúl Mulino. LP Juan Urriola renuncia a la Secretaría de Energía Mario De Gracia [email protected] EJECUTIVO El secretario de Energía presentó la carta de renuncia al cargo ayer miércoles en la Presidencia de la República. El secretario de Energía, Juan Manuel Urriola, presentó su renuncia al cargo la tarde de ayer miércoles 30 de julio en la Presidencia de la República. “He tomado la decisión con un profundo sentido de responsabilidad institucional y con la convicción de haber servido al país con compromiso, integridad y dedicación”, dice la carta presentada por Urriola en el Palacio de Las Garzas, dirigida al presidente de la República, José Raúl Mulino. Según fuentes vinculadas al sector energético, la renuncia de Urriola se habría derivado de diferencias con la Autoridad Nacional de Servicios Públicos (Asep), en lo referente al giro que habría dado una concesión para el desarrollo de una planta de generación eléctrica. Dicha planta no se habría concretado, a pesar de tener más de 13 años en planificación dentro del sector de energía. De acuerdo a fuentes del sector, Urriola habría advertido que supuestos nuevos contratos estarían reemplazando la anterior concesión, algo que trastocaría planes de licitaciones que se tenían previstas para este año. Lo anterior habría representado un choque de trenes dentro del Ejecutivo en lo referente al sector energético, dado que Urriola fue llamado a ocupar el cargo directamente por el mandatario. Una de sus últimas intervenciones previo a la presentación de su renuncia quedó documentada en la cuenta de la Secretaría Nacional de Energía, en la red social ‘X’ (antiguo Twitter), justo la mañana de ayer miércoles. Urriola tuvo una reunión con el presidente del Consejo Empresarial de Estados Unidos-Panamá, Juan B. Sosa, y el cónsul general de Panamá en Houston, Manuel Salerno, para abordar “temas clave de interés común en el sector energético”. CSJ desestima recursos de Suntracs contra Ipacoop y Mitradel CORTE SUPREMA Juan Manuel Díaz [email protected] La Corte Suprema de Justicia (CSJ) no admitió dos amparos de garantías presentados por el Sindicato Único de Trabajadores de la Construcción y Similares (Suntracs) que buscaban detener acciones emprendidas por el Instituto Panameño Autónomo Cooperativo (Ipacoop) y el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (Mitradel). El primero de ellos fue interpuesto contra la decisión del Ipacoop que decidió cancelar la personería jurídica de su cooperativa, tras dar con 14 hallazgos en la parte financiera y otros 10 en controles o medidas de presunto blanqueo de capitales que nunca fueron atendidos. Por estos hechos, el Ipacoop procedió con la cancelación de la licencia de la Cooperativa de Servicios Múltiples Suntracs R.L. Bajo la ponencia de la magistrada Ariadne García y de manera unánime, la Corte no admitió el amparo presentado por el abogado Rorix Javier Nuñez, en representación del Suntracs. A través del edicto 938, colgado en la sede de la secretaría de la Corte Suprema de Justicia y que tiene fecha del de 8 julio de 2025, se informa a las partes de la decisión asumida por el pleno de esa corporación de justicia. El Pleno de la Corte tampoco admitió un amparo de garantías constitucionales interpuesto por el Suntracs contra la resolución del Mitradel que dispuso un nuevo procedimiento para la consignación y entrega de la cuota sindical descontada a los trabajadores. Con la ponencia de la magistrada Ariadne Ángulo, la Corte decidió no admitir un amparo interpuesto contra la resolución No. DM-063- 2025 de 15 de abril de 2025 emitida por el Mitradel por la cual se adopta un nuevo sistema para la consignación y entrega de la cuota sindical que descuenta a los obreros. Este mecanismo se aplica en los casos donde, por diversas razones, no haya sido posible completar la entrega de la cuota sindical mediante los métodos previamente acordados en la Convención Colectiva de Trabajo Capac-Suntracs. De acuerdo con la nueva normativa, los empleadores deberán consignar el importe correspondiente mediante cheque certificado, cumpliendo con los formatos y requisitos documentales establecidos en los Anexos 1 y 2 de la resolución. El amparo fue interpuesto por el abogado Rolando Murgas Torraza, en representación del Suntracs, por considerar que la decisión del Mitradel viola derechos fundamentales de los trabajadores. Panorama
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