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2A La Prensa Panamá, martes 22 de julio de 2025 Suscríbete www.prensa.com Síguenos twitter.com/prensacom Comenta facebook.com/prensacom Panorama El Conato se pronunció ayer ante la solicitud de disolución del Suntracs hecha por el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral. Isaac Ortega Conato: ‘Disolución del Suntracs es un atentado al movimiento sindical’ Ohigginis Arcia Jaramillo [email protected] POLÉMICA De acuerdo con Conato, esta solicitud marca un punto de inflexión en la estrategia del Ejecutivo para reducir la beligerancia de las organizaciones sociales en los principales debates nacionales. Organizaciones sindicales, aglutinadas en el Consejo Nacional de Trabajadores Organizados (Conato), reaccionaron ayer a la decisión del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (Mitradel) de solicitar a los juzgados laborales la disolución del Sindicato Único Nacional de Trabajadores de la Construcción y Similares (Suntracs). De acuerdo con Conato, esta solicitud marca un punto de inflexión en la estrategia del Ejecutivo para reducir la beligerancia de las organizaciones sociales en los principales debates nacionales. “Que hoy la víctima sea el Suntracs no significa que será el único sindicato en la mira”, advirtió la agrupación liderada por Nelva Reyes. Para la organización, la ofensiva contra el Suntracs ocurre en un momento clave: en vísperas de la renovación de su junta directiva y del inicio de negociaciones con la Cámara Panameña de la Construcción (Capac) para una nueva convención colectiva. “Se trata de un claro atentado contra la libertad sindical y los derechos fundamentales de los trabajadores”, expresó Conato. “Estamos ante una coyuntura histórica que exige firmeza de la justicia para poner freno a la arbitrariedad”, agregó Reyes. En su pronunciamiento, Conato también condenó las detenciones de dirigentes sindicales, los casos de asilo político y los hechos ocurridos en comunidades como Arimae, Bocas del Toro y territorios emberás. Asimismo, rechazó el proceso disciplinario abierto contra 700 docentes a nivel nacional, quienes —según denunciaron— fueron separados de sus puestos en medio de represiones por movilizarse en defensa de la educación pública. La disolución La ministra de Trabajo y Desarrollo Laboral, Jackeline Muñoz, anunció el pasado 17 de julio la presentación de una demanda ante los juzgados laborales para solicitar la disolución del Suntracs. La funcionaria aseguró que la medida se adoptó en defensa de los derechos de los trabajadores y que el proceso ahora queda en manos del sistema judicial. Según Muñoz, la decisión responde a un análisis jurídico y técnico sustentado en la legislación laboral vigente. “Esta decisión es el resultado de un riguroso análisis jurídico y técnico, con base en la legislación laboral vigente y en defensa del interés general de los trabajadores y trabajadoras del país”, afirmó la ministra al justificar la acción legal contra el sindicato más representativo del sector construcción. Muñoz indicó que la demanda está sustentada en el artículo 392 del Código de Trabajo y que responde a múltiples denuncias y hechos que evidencian cómo, bajo la fachada de una organización sindical, se han cometido actos reiterados de extorsión, violencia, estafa, abuso de poder y uso indebido de recursos. “El Suntracs extorsiona a los trabajadores. El Suntracs estafó a los trabajadores. Tiene vinculaciones con lavado de activos...”, aseguró. Una mirada al sindicalismo en Panamá Perspectiva legal Doris Zapata ESPECIAL PARA LA PRENSA [email protected] el padre del sindicalismo fue la explotación laboral, sustentada en la apetencia de ganancias. Hoy, con algunas variaciones debido a la existencia de normas laborales, el sindicalismo es parte activa de todas las actividades económicas organizadas a nivel nacional e internacional. Este tema, profundamente estudiado, se fundamenta en la doctrina de derechos humanos y la justicia social. Organismos internacionales, como la Organización Internacional del Trabajo (OIT), han concluido que, además de la legislación nacional e internacional, el derecho de los trabajadores a organizarse, la negociación colectiva y la huelga, poseen máxima jerarquía normativa, por lo que son considerados derechos fundamentales o humanos. Panamá, siempre ha reconocido estos derechos, consagrados en la Constitución Política en los artículos 68 y 69, y también en las leyes que ratifican los Convenios núm. 87 de la OIT, sobre Libertad Sindical y la Protección del Derecho de Sindicación y el núm. 98, sobre Derecho de Sindicación y Negociación Colectiva, los cuales tienen rango constitucional, conocido como bloque de constitucionalidad, desde 2015. Esta jerarquía no es caprichosa, la doctrina concluye que negar a los trabajadores la posibilidad de organizarse para dialogar con sus empleadores o con las autoridades estatales en torno a las políticas y condiciones laborales que les afectan directamente, y si no se reconoce el derecho a huelga, se corre el riesgo de caer en una confrontación fratricida permanente que lejos de generar soluciones, impide el desarrollo armónico de la sociedad. Así lo ha demostrado la historia, tanto en Panamá, como a nivel internacional. Para dar un ejemplo, el Código de Trabajo de 1972, facilitó miles de convenios colectivos que evitaron confrontaciones permanentes entre trabajadores, empleadores y gobierno, lo que ayudó a impulsar el desarrollo del país, al permitir el ejercicio de estos derechos. Desde la creación del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, con el fin de promover el diálogo social tripartito, de forma permanente, como lo sugiere la OIT, la entidad ha jugado un rol fundamental para facilitar una relativa paz social, a veces alterada por las distorsiones en la distribución de la riqueza y los pendientes problemas estructurales del país, en donde, a diferencia de otros países capitalistas como los nórdicos, los trabajadores se sienten más excluidos. Los gobiernos, organizaciones de trabajadores y empleadores miembros de la OIT, en representación de 187 países, de los 193 que forman parte de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), lograron históricos acuerdos en esta materia, estableciendo que los sindicatos de trabajadores son una organización permanente que estudia, representa y defiende los derechos de los trabajadores. El Código de Trabajo de Panamá, en su artículo 341, describe al sindicato como toda asociación permanente de trabajadores, de empleadores o de profesionales, de cualquier clase, constituida para el estudio, mejoramiento, protección y defensa de sus respectivos intereses económicos y sociales comunes. Por otro lado, el artículo 357 describe los fines y funciones principales de estas organizaciones, tales como procurar mejoramiento de las condiciones de trabajo a sus miembros, y la defensa de sus intereses comunes; celebrar convenciones colectivas de trabajo y garantizar su cumplimiento; representar a sus miembros en los conflictos; propugnar que las relaciones entre trabajadores y empleadores se desarrollen sobre la base de justicia y mutuo respeto; promover la educación gremial, técnica de sus asociados; denunciar omisiones, irregularidades y violaciones que se cometan en la aplicación del Código y disposiciones complementarias, entre otras. La posibilidad objetiva de que un sindicato se haya alejado de manera evidente y permanente de sus fines y objetivos debe considerar las normas descritas y los conceptos universales contenidos en la teoría laboral, así como las normas internacionales del trabajo, contenidas en los convenios de OIT y los tratados de derechos humanos ratificados por Panamá, como la Convención Americana de Derechos Humanos y el Protocolo de San Salvador. Estas son herramientas que ayudarían a evitar repetir errores como el caso Ricardo Baena y otros, en el cual Panamá fue condenado a pagar sumas millonarias por violación de derechos humanos laborales tras un fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en 2001 ya que, según dictamina este precedente, no se pueden fundamentar las acciones en subjetividades coyunturales, políticas o ideológicas. Para este caso que nos convoca al análisis de la normativa laboral y el rol de los sindicatos en la sociedad, la responsabilidad de definir la solución a este conflicto recaerá sobre el Órgano Judicial, considerando que el Órgano Ejecutivo ahora es parte directa del conflicto y no un mediador como históricamente ha sido llamado a ser. Panamá será mirado con atención en el ámbito internacional y el movimiento sindical en general se apoyará, generando un clima menos propicio para negociaciones futuras y comprometiendo los canales tradicionales de diálogo. Es indispensable valorar el papel y los fines de las organizaciones sindicales en la sociedad, para definir si cumplen con sus funciones y determinar si alguno se ha apartado “de manera evidente y permanente (…) de los fines exclusivos previstos en el Código de Trabajo” (artículo 392). Esto obliga a conocer de primera mano cuáles son esos fines y funciones, una tarea que debe asumir la academia, las autoridades laborales y judiciales, pero muy especialmente la sociedad en general. Los sindicatos nacieron en el siglo XIX, a partir de la superexplotación de los obreros en las fábricas durante la Revolución Industrial, es decir, La autora es exministra de Trabajo. SaúlMéndez reaparece con mensaje de lucha Luego de recibir asilo en Bolivia, el secretario general del Suntracs, Saúl Méndez, rompió el silencio con un tono desafiante. Denunció una supuesta persecución política encabezada por el actual gobierno y advirtió sobre el deterioro del Estado de derecho en Panamá. Méndez, acogido por el gobierno de Luis Arce, también cuestionó la presunta injerencia del Ejecutivo sobre el Ministerio Público y el sistema judicial, señalando intentos de ilegalizar al sindicato que lidera. Haciendo un llamado a la unidad del movimiento social y sindical, prometió continuar en pie de lucha “desde esta nueva trinchera” y convocó a docentes, campesinos, indígenas y estudiantes a defender las conquistas democráticas. “Vivimos momentos difíciles, de persecución, de lucha”, afirmó. Ohigginis Arcia J. [email protected] Mario De Gracia [email protected] ¿Habrá elecciones internas? Las elecciones internas del Suntracs, convocadas para agosto, podrían efectuarse a pesar de la demanda que presentó el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (Mitradel) para su disolución. Al ser consultada sobre el proceso de elecciones internas del sindicato, la ministra de trabajo, Jackeline Muñoz, dijo que “en cuanto a la nueva dirigencia, esto [la elección] debe ser solicitado por el secretario general [de Suntracs] como lo dice su propio estatuto”, dijo a TVN el domingo. Para el proceso de elecciones internas del sindicato se autorizó la creación de una comisión electoral, anunciada por el Consejo Nacional Sindical de Suntracs el pasado 12 de julio. Está previsto que el proceso pueda ser efectuado en agosto. Su subsecretario de organización, Yamir Córdoba, hizo eco de la decisión a través de las redes sociales del sindicato indicando que “darían la cara” por los trabajadores afiliados. Córdoba es una de las figuras que ha tomado mayor protagonismo en el sindicato tras las órdenes de aprehensión giradas por el Ministerio Público en contra de la mayoría de sus dirigentes y altos cargos. Hasta el momento, el Mitradel presentó la demanda para la disolución del sindicato, y Suntracs tendrá algunos días para responder. Consecuentemente, el juzgado debe fijar una fecha para la audiencia. Mientras no haya una decisión del juzgado a favor de Mitradel o de Suntracs, la existencia jurídica del sindicato sigue inalterada y el proceso de elecciones podría seguir. Una vez el juzgado emita un veredicto, la parte que considere que perdió la demanda podría apelar la decisión ante el Tribunal Superior de Trabajo del Primer Distrito Judicial, compuesto por cinco magistrados. Allí el proceso podría extenderse por semanas o meses. Y si persisten las discrepancias, el caso puede escalar a la Corte Suprema de Justicia, a través de un recurso de casación laboral ante la Sala Tercera. Mientras se espera la audiencia, el sindicato ha manifestadosuapoyoalosdirigentesbuscadosporelMinisterio Público, como Saúl Méndez, secretario general, quien se asiló en Bolivia.

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