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2A La Prensa Panamá, miércoles 25 de junio de 2025 Suscríbete www.prensa.com Síguenos twitter.com/prensacom Comenta facebook.com/prensacom Panorama Mario De Gracia [email protected] Consejo de gabinete de ayer martes 24 de junio. Cortesía Consejo de Gabinete extiende el estado de urgencia en Bocas del Toro EJECUTIVO Ya lo había adelantado el ministro de Seguridad, Frank Ábrego, ahora el Consejo de Gabinete lo confirma: el estado de urgencia en la provincia de Bocas del Toro será extendido por 5 días más, a partir de hoy miércoles 25 de junio. Así lo anunció el ministro de la Presidencia, Juan Carlos Orillac, en una conferencia de prensa tras el Consejo de Gabinete. De esta forma, la medida de estado de urgencia, que implica la suspensión temporal de garantías constitucionales (artículos 21, 22, 26, 27, 29, 37 y 38 de la Constitución) en la provincia occidental, será extendida hasta el próximo 29 de junio. El Gabinete había planteado, en primera instancia, el estado de Urgencia entre los días 20 y 25 de junio. Particularmente sobre la suspensión de garantías, el Ejecutivo tuvo que dar un giro de timón y revocar la suspensión del artículo 23 de la Constitución, referente a la acción de habeas corpus; algo que tuvo que reconocer el ministro Orillac. “En la modificación [del decreto que estableció el estado de urgencia] se saca el artículo 23 del hábeas corpus, toda vez que el mismo y por disposiciones de organismos internacionales se mantiene como un derecho que mantienen los ciudadanos”, reconoció Orillac. El artículo 23 de la Constitución detalla que “todo individuo detenido fuera de los casos y la forma que prescribe la Constitución y la Ley, será puesto en libertad a petición suya o de otra persona, mediante la acción de hábeas corpus que podrá ser interpuesta inmediatamente después de la detención y sin consideración a la pena aplicable (...)” . Al tiempo, el ministro apuntó que durante la vigencia del estado de urgencia, a los ciudadanos “se les ha dado la oportunidad y el derecho a presentar los hábeas corpus”, dijo. Según argumentó el ministro Ábrego, continúan hasta 10 cierres de vía entre Hornitos, Chiriquí y Rambalá, Bocas del Toro, razón por la que mantienen el estado de urgencia, además de que los estamentos de seguridad se mantienen haciendo allanamientos en Changuinola. “Una vez que podamos garantizar que hay viabilidad y condiciones de paz en Bocas del Toro, se levantará el estado de urgencia”, dijo Ábrego. A los 1,500 efectivos de seguridad desplegados en Bocas del Toro, se suman otros 900, según informó el ministro Ábrego. También se detalló que los servicios de internet y telefonía celular se mantendrán suspendidos en Bocas del Toro. Contrataciones y aprehensiones El ministro Orillac detalló que también se ampliaron las sumas para contrataciones excepcionales que permite el “estado de emergencia”, vigente desde el 27 de mayo pasado en Bocas del Toro. De $10 millones, se aumentó el monto a $40 millones. Por su parte, Ábrego señaló que 267 personas han sido aprehendidas durante las operaciones de los estamentos de seguridad en Bocas del Toro, que se enmarcan en la denominada “Operación Omega” en la que participa la Policía Nacional, el Servicio Nacional Aeronaval (Senan) y el Servicio Nacional de Fronteras (Senafront). Asimismo, detalló que 177 personas han sido llevadas ante el Ministerio Público, a pesar de que el decreto “nos permite no hacerlo hasta el último día”, justificó Ábrego. En el caso de que el estado de urgencia se deba extender más de 10 días, corresponderá a la Asamblea Nacional “confirmar o revocar, total o parcialmente” las decisiones adoptadas por el Consejo de Gabinete. En Bocas del Toro se han desplegado más de 1,500 agentes, de los distintos estamentos de seguridad. EFE/ Bienvenido Velasco Sin internet ni telefonía: ¿derechos humanos vs orden constitucional? Mario De Gracia [email protected] BOCAS DEL TORO Mientras el Gobierno alega razones de seguridad para justificar la suspensión de los servicios, organizaciones civiles advierten una posible vulneración de derechos fundamentales. La suspensión de servicios de internet y telefonía móvil de forma temporal en la provincia de Bocas del Toro, ordenada por la Autoridad Nacional de Servicios Públicos (Asep) el pasado 20 de junio, tras la declaración de un estado de urgencia por parte del Consejo de Gabinete, ha generado el debate entre quienes defienden derechos humanos y aquellos que defienden la necesidad de aplicar el orden constitucional. El Órgano Ejecutivo ya ha puesto en marcha mecanismos constitucionales para forzarelorden,conlasuspensión de garantías que consagra la carta magna (artículos 21, 22, 23, 26, 27, 29, 37 y 38) en la provincia al extremo occidental del istmo. Pero no es la primera vez que se da una suspensión de servicios de internet y telefonía móvil en el occidente panameño. Cuando el ahora presidente de la República, José Raúl Mulino, dirigió la cartera de seguridad en el año 2012, bajo la presidencia de Ricardo Martinelli Berrocal, la Asep emitió la Resolución AN N°5109-Telco de 3 de febrero de 2012, para suspender todas las señales de tecnología celular en Viguí, Veraguas, y Horconcitos, Chiriquí. No obstante, en aquel momento, no el Gabinete no declaró Estado de Urgencia en las provincias, razón por la que la Corte Suprema de Jusitica (CSJ) declaró la medida como inconstitucional en 2013. Un traspiés que recordará el Ejecutivo presidido por Mulino, y que no repitió este 2025. Sobre la suspensión de servicios de telecomunicaciones han reaccionado organizaciones como el el Instituto Panamericano de Derecho y Tecnología (Ipandetec). “Rechazamos esta medida desproporcionada que no solo representa una grave violación a la libertad de expresión y derecho a la información, sino que también vulnera derechos fundamentales”, señaló un vocero de la entidad en el Foro de Gobernanza de Internet, celebrado en Noruega, este lunes 23 de junio. La demandada por inconstitucionalidad de la suspensión de servicios de telefonía móvil fue interpuesta por el entonces presidente del Partido Popular, Milton Henriquez. La CSJ, consecuentemente, emitió el fallo de 2013 que declaró inconstitucional la resolución, a pesar de que había sido previamente derogada por la propia Asep. “La Asep no tiene la potestad o atribución para suspender los derechos consagrados en los artículos 29 y 37 constitucionales [que se refieren a la inviolabilidad de las comunicaciones]. Tal potestad solo la tiene el Órgano Ejecutivo, siempre que exista una situación de guerra exterior o perturbación interna que amenace la paz y el orden público, en cuyo caso podrá decretar Estado de urgencia”, señala un extracto de las consideraciones del pleno de la CSJ de entonces. Encrucijada El pleno de la CSJ señaló en aquella ocasión que “la declaración de Estado de Urgencia es de tal manera excepcional que únicamente puede ser declarado por el Consejo de Gabinete”. Sin embargo, el pleno también hizo una reserva al señalar que “resulta una tarea promisoria que los tribunales constitucionales mantengan un vínculo efectivo con los organismos internacionales encargados de velar por la vigilancia y el cumplimiento de los derechos humanos”. Lo anterior plantea una situación de análisis que explora el abogado constitucionalista, Jorge Giannareas, presidente del Instituto Iberoamericano de Derecho Constitucional (IIDC). Giannareas explicó la cuestión que plantea el artículo 37 de la constitución en lo referente a las comunicaciones, que reza en su tercer párrafo: “Todas las comunicaciones privadas son inviolables y no podrán ser interceptadas o grabadas, sino por mandato de autoridad judicial”. Giannareas explicó: “El supuesto del que trata la constitución es el de las comunicaciones privadas, no es acerca de que las personas tengan derecho a contratar un servicio de telefonía e internet (...)”. No obstante, señaló que la CSJ “tendría que revisar si la desconexión o la suspensión del servicio está garantizada por la Constitución. Eso es lo que habría que dirimir”. “¿Quién paga la suspensión? es algo que hay que dirimir, y lo debe dirimir la Corte Suprema. Deben dirimir la responsabilidad sobre la suspensión del servicio. La suspensión de un servicio no es lo mismo que prohibir comunicarse con alguien”, argumentó Giannareas. El abogado explicó que la Corte debería, en todo caso, pronunciarse si existieren demandas en su momento contra la decisión de la Asep, ahora amparada en un Estado de Urgencia, explicó. En una reciente entrevista con La Prensa, la directora de la Asep, Zelmar Rodríguez, argumentó que “la medida se sustenta en el decreto que declara el estado de urgencia en la provincia de Bocas del Toro y a su vez se suspenden las garantías constitucionales”. Posteriormente, el 21 de junio, la Asep señaló que se excluían de la medida los sectores de salud, comercio y gobierno. Además de Ipandetec, otras organizaciones como el Centro de Comunicación y Derechos (CeCoDes), señalaron que la decisión de la Asep vulnera el artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y el 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos (CADH) haciendo referencia al “derecho a la información de las personas sin censura previa, por cualquier medio y en todo momento, en especial en situaciones de crisis”. Testimonio Howard -seudónimo que eligió para proteger su identidad- una joven residente en Finca 4, Changuinola, explica que para poder conectarse a internet lo hace vía satélite, porque no hay servicios de datos celulares. Evitó detallar cómo y dónde tiene acceso, “porque si [las autoridades] se dan cuenta, mandan a suspenderlo, como han hecho en otros sectores”, dijo. Howard es una joven destacada, ha participado en varios programas de participación ciudadana en la capital y es licenciada en trabajo social. Considera que hay una preocupación legítima sobre la Ley 462, que reformó la Caja de Seguro Social (CSS), y que provocó la intensificación de manifestaciones en la provincia y otros sectores del país. Sin embargo, la causa se ha visto empañada por actos vandálicos que denuncian los estamentos en seguridad en la provincia. “Me ha sorprendido mucho lo que ha sucedido [actos vandálicos], acá en la provincia suele ser muy tranquilo.” Howard junto a su familia, esperan que el Estado de urgencia acabe pronto, puesto queseñalanquelacomidaescasea y la situación es tensa, pocos cajeros de bancos funcionan y el servicio eléctrico es intermitente. El Estado de Urgencia en la provincia de Bocas del Toro fue decretado hasta el próximo 25 de junio, cumpliendo una duración total de 5 días. Si la situación excepcional se extendiera durante más de 10 días, la Constitución mandata a la Asamblea Nacional para “confirmar o revocar, total o parcialmente” las decisiones adoptadas por el Consejo de Gabinete.

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