1B La Prensa Panamá, viernes 30 de mayo de 2025 Tu opinión nos interesa [email protected] &Negocios @PRENSAECONOMIA Préstamos hipotecarios pierden impulso en abril Los créditos hipotecarios con tasa de interés subsidiada aún no se han reactivado debido a que hay dudas sobre la aplicación de la nueva Ley de Intereses Preferenciales. Los promotores esperan que se modifique la ley o se reglamente para que los bancos puedan reactivar el proceso de venta de viviendas con interés preferencial. Alexander Arosemena Reyna Katiuska Hernández [email protected] El ritmo de aprobación de créditos hipotecarios residenciales con tasa de interés preferencial no ha logrado recuperarse, luego de que se registrara en el último año, una paralización de estos préstamos por parte de los bancos debido a la incertidumbre sobre la aplicación de la ley que rige este tema. Aunque se aprobó una nueva normativa, la Ley 468, tanto los banqueros como los desarrolladores inmobiliarios, han presentado objeciones: Ambigüedad en la entrada en vigencia: Existe confusión sobre cuándo debe aplicarse la nueva ley. Aunque se estipula que entrará en vigor al nalizar la ley actual en diciembre de 2025, algunos sectores creen que ya debería aplicarse, generando incertidumbre sobre los créditos en proceso bajo la normativa anterior. Obligatoriedad de evaluación financiera (Artículo 12): La ley establece que entre seis y doce meses antes de que nalice el subsidio, los bancos deben evaluar la situación nanciera del beneciario para anticipar su capacidad de continuar con los pagos. Esta evaluación no es un mero trámite y puede implicar la extensión del plazo del préstamo, el ajuste de términos de interés o reestructuración de condiciones de pago. Los bancos consideran que este mandato podría desincentivar su participación en el programa. Derogación de exoneración de impuesto a las transferencias (Artículo 13): La eliminación de la exoneración del impuesto a las transferencias en la venta de viviendas nuevas implica que este costo deberá ser asumido inicialmente por el promotor inmobiliario y, en parte, por el comprador, lo que podría encarecer el acceso a la vivienda. Desempeño de los créditos Los datos de la Superintendencia de Bancos de Panamá detallan que en el segmento hipotecario residencial, la cartera total alcanzó 18,749.9 millones de dólares al cierre de abril de 2025, lo que representa un incremento interanual de solo 2.5% (449.9 millones de dólares) frente a los 18,300 millones de dólares, registrados en abril de 2024. Dentro de este total, el regulador bancario precisa que el crédito residencial con Ley Preferencial creció 4.5%, pasando de 9,025.4 millones de dólares a 9,432.1 millones de dólares al cierre de abril, debido a los desembolsos que ya se habían dado en los meses previos. En tanto, el crédito sin Ley Preferencial aumentó apenas 0.5%, de 9,274.6 millones de dólares a 9,317.8 millones de dólares. “Si bien el segmento con subsidios creció 4.5 %, este muestra un menor dinamismo. La desaceleración observada en su crecimiento obedece al vencimiento parcial de uno de los bene- cios vigentes en el mercado, lo cual ha afectado a uno de los subsegmentos del programa, así como a la terminación de uno de los tramos más altos en el esquema de incentivos”, precisa el informe de la Superintendencia de Bancos. El regulador bancario estima que el comportamiento menos dinámico en la aprobación de nuevos créditos hipotecarios residenciales subsidiados será transitorio, y espera que los bancos comiencen a reactivar esta cartera de préstamos en la medida en que entre en vigencia la nueva reforma aprobada por la “Estamos trabajando 24/7 para buscar el consenso con la participación del sistema bancario, ya que esta es una Ley muy buena para las familias panameñas de escasos recursos que requieren el beneplácito de la banca, porque son ellos, los que van a acoger, implementar y poner en práctica”, dijo Jované. Resaltó que sin la participación del sistema bancario esta norma no tiene ningún benecio, ni para la industria de la construcción ni mucho menos para las familias que lo requieren. Jované detalló que se entregó a todos los sectores un borrador de la reglamentación. Indicó que se espera que esta Ley no tenga que regresar a la Asamblea Nacional y de hacerlo podría ser por casos puntuales para aclarar y denir, ya que la reglamentación es obligatoria. Reriéndose a las objeciones por el artículo 12 de la Ley 468, el ministro armó que la revisión de la capacidad de pago de los prestatarios la hace, por norma, el sistema bancario o cada banco y puso como ejemplo lo ocurrido en el período de pandemia que como los ingresos fueron alterados por las condiciones del desempleo, la banca tuvo que revisar las capacidades de pago de cada uno de sus clientes, para llegar a un acuerdo y que la hipoteca pudiera continuar. Asimismo, aseguró que se están revisando los efectos de la entrada en vigencia de la Ley 468, con respecto a la anterior y que todos los procesos que quedaron en trámite deben ser honrados a través de la Ley 3 de 1985, porque la norma recientemente aprobada es especícamente para proyectos nuevos. Por su parte representantes del sector inmobiliario consideran que la reglamentación tampoco solventará del todo las objeciones del art 8 numeral 5 referido a la vigencia y alcance de la ley ni el artículo 12 que afecta a los bancos. “Es probable que se deba denir nuevamente en una modicación en la Asamblea Nacional”, dijo un desarrollador inmobiliario. VIVIENDAS Asamblea Nacional y sancionada por el Ejecutivo y se puedan aclarar los puntos polémicos de la normativa. Trabajan en el reglamento. El ministro de vivienda y ordenamiento territorial, Jaime Jované, informó este mes que se realizó una mesa de trabajo para analizar la reglamentación de la Ley 468 de intereses preferenciales, en la que participaron representantes de la Asociación Bancaria de Panamá, la banca privada, la Superintendencia de Bancos, la Cámara Panameña de la Construcción (Capac), el Consejo Nacional de Promotores de Vivienda (Convivienda) y del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF). EFE. WASHINGTON, EUA Una Corte de Apelaciones da un alivio a Trump y restablece sus aranceles IMPUESTOS Una Corte de Apelaciones levantó ayer jueves el bloqueo ordenado el día anterior por otro tribunal a buena parte de los aranceles impuestos por el presidente de Estados Unidos, Donald Trump, a sus socios comerciales. La medida pone en pausa “hasta nuevo aviso” la sentencia del Tribunal de Comercio Internacional -que paralizó el pasado miércoles los gravámenes globales anunciados el pasado 2 de abril y otros previos contra Canadá, México y China- mientras los jueces revisan las mociones de apelación presentadas por el Gobierno. Al recurrir el bloqueo judicial a su política arancelaria, la Administración advirtió que llevaría mañana el caso ante el Supremo si no se emitía antes una orden temporal que frenara el fallo. Aunque el veto ordenado por el Tribunal de Comercio Internacional queda sin efecto temporalmente, la corte federal del Distrito de Columbia emitió a su vez ayer otro fallo que también bloquea la aplicación de los mismos aranceles a los que hace referencia la sentencia de la víspera. El fallo del miércoles se produjo al estimar tres jueces que el mandatario excedió su autoridad al usar la Ley de Poderes Económicos en Emergencias Internacionales (IEEPA), invocada para anunciar las medidas comerciales nen en el proceso de toma de decisiones presidencial”, en referencia a bloqueos en distintas cortes del país contra polémicas medidas impulsadas por Trump en sus primeros meses de mandato. mencionadas arriba. Poco, la Casa Blanca insistió en que esos tres jueces del Tribunal de Comercio Internacional “abusaron descaradamente” de su poder “para usurpar la autoridad del presidente Trump e impedirle cumplir el mandato que le encomendó el pueblo estadounidense”. “EUA no puede funcionar si el presidente Trump, o cualquier otro presidente, ve sus delicadas negociaciones diplomáticas o comerciales frustradas por jueces activistas”, dijo este jueves la portavoz Karoline Leavitt en una rueda de prensa en la residencia ejecutiva. Leavitt insistió en que “existe una preocupante y peligrosa tendencia de jueces no electos que intervieEl pasado 2 de abril, el presidente Donald Trump, mostró una tabla con aranceles aplicables a socios comerciales. EFE EMBALSE GATÚN EMBALSE ALHAJUELA 86.15 pies 243.59 pies Nivel de aguas mínimo - 75 pies Nivel de aguas mínimo - 190 pies 77 83 87 195 205 215 Infografía: LP - Fuente: ACP Niveles de lagos afluentes del Canal
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