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prensa_2025_05_13

7A La Prensa Panamá, martes 13 de mayo de 2025 tar la extradición por delitos comunes, bajo el lema “hoy por ti, mañana por mí”. Estas prácticas socavan la legitimidad del asilo como instrumento de protección de los derechos humanos. Un tribunal internacional: garantía de justicia y uniformidad Un tribunal internacional de asilo permitiría: • Evaluar objetivamente las solicitudes de asilo, evitando decisiones motivadas por afinidades o conveniencias políticas. • Unificar criterios internacionales sobre la persecución y el temor fundado, asegurando una interpretación coherente del derecho de asilo. • Proteger tanto al solicitante como al Estado requerido, al ofrecer una instancia de revisión independiente. • Reducir tensiones diplomáticas, al trasladar la decisión a un órgano imparcial y especializado. Desafíos y posibilidades La creación de un tribunal internacional de asilo enfrenta obstáculos significativos: • La soberanía nacional sigue siendo una barrera legal y política para la delegación de competencias. Sin embargo, la existencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que coexiste con la soberanía de los Estados miembros, demuestra que es posible crear órganos internacionales con competencias jurisdiccionales limitadas o condicionadas. Un tribunal internacional de asilo podría constituirse inicialmente como un mecanismo temporal para resolver casos concretos, con base en tratados multilaterales. • La unilateralidad de la medida por parte de los Estados receptores de asilados también representa una dificultad. No obstante, dicha voluntad debería estar sujeta a motivación y control, especialmente cuando se desafían las decisiones judiciales del Estado requirente, lo que implica una claDe León XIII a León XIV Nueva justicia social A finales del siglo XIX, el papa León XIII se enfrentó a uno de los mayores desafíos de su tiempo: la fragmentación social provocada por la Revolución Industrial. El capitalismo desenfrenado, con su explotación laboral, miseria urbana y desigualdad extrema, amenazaba con desencadenar una violenta lucha de clases, tal como lo preveía el marxismo. En respuesta, León XIII publicó en 1891 la encíclica RerumNovarum, sentando las bases de la Doctrina Social de la Iglesia. En ella defendió los derechos de los trabajadores, la justa distribución de la riqueza, el salario digno y la armonía entre capital y trabajo, rechazando tanto el socialismo ateo como el liberalismo individualista. Hoy, al asumir el nombre de León XIV, el nuevo pontífice manifiesta su compromiso de retomar el legado de su predecesor homónimo en un contexto igualmente crítico. El mundo enfrenta una nueva versión de exclusiones: economías globalizadas que concentran la riqueza en pocas manos, sistemas políticos crecientemente autoritarios, xenofobia, racismos resurgentes, nacionalismos agresivos y una crisis ambiental sin precedentes. Ante esto, León XIV se declara dispuesto a renovar la justicia social desde los principios evangélicos, adaptándolos a los desafíos del siglo XXI. Si León XIII advirtió sobre los peligros del capitalismo industrial, León XIV enfrentaunsistemaaúnmáscomplejo:elcapitalismo financiero, donde el valor del trabajo humano es desplazado por la especulación, y donde la brecha entre ricos y pobres alcanza niveles históricos. A esto se suman fenómenos como la migración forzada, la discriminación por etnia, género o religión, y el resurgimiento de ideologías que dividen a la humanidad entre “superiores” e “inferiores”. Además, el deterioro ambiental —producto de un modelo extractivista y consumista— amenaza la vida misma, especialmenteladelosmáspobres.LaDoctrina Social de la Iglesia no puede permanecer ajena a esta realidad. León XIV, siguiendo el ejemplo de León XIII y, sobre todo, el legado de su antecesor inmediato, Francisco, deberá proponer una visión integral que combine caridad y justicia en un humanismo cristiano renovado. Estoimplica: 1. Una economía al servicio del ser humano, no del lucro: Retomar el principio de que la economía debe estar subordinada al bien común, regulando los excesos del mercado sin caer en estatismos opresores, mediante la promoción de empresas cooperativas con responsabilidad social, inclusión económica, comercio justo y protección social efectiva. 2. Lucha contra toda forma de discriminación: La Iglesia no puede ser neutral ante el racismo, la xenofobia, la persecución de los migrantes o la marginación de minorías. El mensaje cristiano exige reconocer la dignidad de todo ser humano, sin exclusiones. 3. Ecología integral: Como planteó Francisco en Laudato Si’, el cuidado de la Casa Común es un imperativo moral. León XIV debe insistir en que la explotación irracional de los recursos es un pecado contra Dios y contra las futuras generaciones. 4. Paz verdadera: En un mundo marcado por guerras, militarismo y tráfico de armas, la Iglesia debe denunciar a los poderes que se enriquecen con el sufrimiento ajeno y promover el diálogo entre naciones. AltomarelnombredeLeónXIV,elnuevo papa reivindica la tradición de un pontificado que supo responder a su tiempo con valentía. Así como León XIII evitó que los trabajadores perdieran la fe en la Iglesia al darles un lugar en su doctrina, hoy León XIV está llamado a ser voz de los excluidos por el sistema actual. La justicia social del siglo XXI no puede limitarse a lo económico; debe integrar la lucha contra la discriminación, la defensa de una democracia auténtica y la protección de la Creación. Solo así la Iglesia podrá seguir siendo, como en tiempos de León XIII, un faro de esperanza en medio de las tormentas de la historia. La fuga de Martinelli y el contubernio de Mulino Impunidad llevaron al poder, tampoco encontró —evidentemente— la vía política que le permitiera una narrativa plausible, como la que ensayó en reiteradas ocasiones al señalar que “la justicia panameña no sirve para nada”. Temía quedar en manos de Martinelli, ya que en libertad el delincuente le haría la vida a cuadritos, pues aspiraba a ser el líder de la oposición en el país. Pero con la vulgar fuga hacia Colombia, el presidente Mulino queda peor parado ante la opinión pública y ante la ley. Martinelli fue procesado con todas las garantías que se otorgan a los ciudadanos en los tribunales. Pasó por todas las instancias judiciales, apelando ante el Tribunal Superior de Apelaciones y la Sala Penal de la Corte Suprema, para culminar en lo contencioso, como último recurso. Todas las decisiones en esos niveles de la administración de justicia fueron adversas a sus pretensiones. Se metió en la embajada nicaragüense huyendo de la cárcel, pues, por ser condenado en sentencia firme y ejecutoriada por blanqueo de capitales, y con otros juicios pendientes, encontró cobijo en ese recinto, argumentando falazmente ser un perseguido político, esperando que fallaran sobre el principio de especialidad, que negó la corte estadounidense. La gran mayoría de los miembros de su gobierno, así como algunos de sus colegas de la empresa privada, todavía huyen en estampida, están presos o son objeto de procesos judiciales. La última sentencia recayó sobre su exministra de Trabajo, quien, después de recorrer los mismos recovecos legaMitchell Doens Hacia la creación de un Tribunal Internacional de Asilo Instituciones El asilo, en sus distintas manifestaciones, ha sido históricamente una institución humanitaria destinada a proteger a quienes huyen de la persecución política, religiosa o ideológica. No obstante, su aplicación actual presenta profundas inconsistencias, una desmedida politización de la figura y un uso indebido, desde el punto de vista del derecho internacional vigente, por parte de los Estados. Frente a esta realidad, se impone la reflexión sobre la conveniencia de establecer un tribunal internacional de asilo que garantice decisiones imparciales, uniformes y conformes al derecho internacional, integrado por personas independientes que no pertenezcan a ninguno de los Estados involucrados en el caso. Tipos de asilo y sus problemas El derecho internacional reconoce diversas formas de asilo: 1. Asilo territorial, concedido por un Estado a una persona que se encuentra en su territorio. 2. Asilo diplomático, típico de América Latina, otorgado en embajadas o misiones diplomáticas. 3. Asilo consular o en tránsito, menos regulado, común en aeropuertos o consulados. Cada modalidad presenta vulnerabilidades. La discrecionalidad estatal, amparada en el principio de soberanía del Estado asilante, ha permitido que el asilo se utilice con frecuencia con fines políticos: proteger aliados ideológicos o conveniencias económicas, encubrir actos de corrupción o evira injerencia en los asuntos internos de otra nación soberana. Un tribunal pondría fin a estas prácticas abusivas contra una noble institución, desfigurada por su mal uso. Indudablemente, todo esto requiere una nueva legislación internacional que corrija las malas prácticas que se han perpetuado mediante la aplicación interesada de una buena norma internacional, manipulada por políticos que buscan protegerse entre ellos, sin importar el país al que pertenezcan. Estos desafíos, aunque importantes, no son insalvables. El modelo podría comenzar como un órgano consultivo dentro de las Naciones Unidas o del sistema interamericano, con la posibilidad de evolucionar hacia una función jurisdiccional. Su establecimiento podría acordarse mediante tratados internacionales que reconozcan su autoridad para emitir decisiones vinculantes. Conclusión El asilo debe seguir siendo una garantía para la libertad y la dignidad humanas, no una herramienta de protección política entre élites de poder. La creación de un tribunal internacional de asilo representa un paso necesario hacia la despolitización del derecho de asilo y la afirmación de los principios de justicia y legalidad en el ámbito internacional. Un caso reciente que ilustra esta necesidad es el del expresidente panameño Ricardo Martinelli, quien obtuvo asilo por parte de Colombia mientras se encontraba en la embajada de Nicaragua en Panamá, sin hallarse en territorio colombiano. Esta situación plantea serias interrogantes sobre la validez y los límites del asilo territorial, y refuerza la urgencia de contar con una instancia internacional que defina con claridad y autoridad la legalidad de tales actos. EL AUTOR es médico salubrista. EL AUTOR es abogado y ex magistrado de la CSJ. EL AUTOR es abogado y ex secretario general del PRD. Juan Antonio Casas les, fue condenada por apropiación indebida a 32 meses de prisión. El propio Mulino no escapó de imputaciones: fue señalado por corrupción en el caso del consorcio italiano Finmeccanica, cuando fue ministro de Seguridad Pública. Afloraron en las investigaciones coimas por más de 25 millones de dólares para la compra de antenas y helicópteros, en una operación de 250 millones de dólares. En Italia, este hecho le costó el poder a Silvio Berlusconi y su amigo el empresario Valter Lavítola —coordinador de la repartición de esas coimas— fue encarcelado por los tribunales italianos. Igual destino siguieron altos ejecutivos de esa empresa, como lo señala la valiente investigación del licenciado Fernando Berguido, Anatomía de una trampa, en la que no deja títere con cabeza, incluyendo la cabeza del mismo Mulino. Mulino conoce la calaña de Martinelli: su condición delincuencial, su patológica mitomanía y su calidad de prófugo de la justicia. Al darle el salvoconducto también le da la razón cuando aduce persecución política, lo que no está dentro de sus funciones ni prerrogativas, y contradice a la máxima autoridad jurídica del país, la Corte Suprema. Es probable que Mulino haya actuado contra la ley por extralimitación de funciones y por prevaricato, situándolo en una posición de mayor debilidad política por la ayuda que le brindó a Martinelli en su fuga. Quizás consideró que, de todas sus opciones, sacarlo del país era la mejor. Queda demostrado que Mulino y Martinelli son la misma vaina, como decían en la pasada campaña electoral. Por lo tanto, él, como el canciller Martínez-Acha, podrían tener responsabilidad y tendrían que encarar, en su momento, a los tribunales. Con la fuga de Martinelli, la denuncia de Paco Nadal sobre la justicia panameña cobra vigencia: las leyes son “hechas para proteger a los patrones”. Patrones que hoy gobiernan y ponen al país, con todas sus estupideces, al borde de ser un Estado fallido. Porque la clase política, en los últimos años, ha ejercido el poder a favor de esas élites empresariales y de sus figuras más preponderantes, aunque la justicia los declare criminales. Crónica anunciada. No esperó el fallo de la Corte Suprema. Después del fallo de una corte federal de los Estados Unidos, Ricardo Martinelli entendió que era el final, pues se aferraba a quedar en libertad y con el derecho a correr por la presidencia de la república en 2029. Para José Raúl Mulino era una especie de pain in the ass, pues si lo soltaba, sus aliados de la empresa privada y sus representantes en el gobierno le quitarían el apoyo que hasta hoy recibe, y renunciarían los más probos, quedando sin piso y sin techo. Consciente de estar listo para la foto, puso en acción su plan alterno: huir del país hacia su nuevo partner, Gustavo Petro, no sé a cambio de qué, aunque es fácil imaginarlo. Solo hay que recordar los juicios de los pinchazos, en los que las denuncias de compra de jueces, publicadas en los medios y con el apoyo del Ejecutivo que se hizo de la vista gorda, se confirmaban con los chivatazos de oficiales de la embajada gringa sobre la extorsión a esos jueces. No cabe duda de que en esta ocasión algunos magistrados de la Corte Suprema no dieron señales de querer repetir la historia, razón por la cual, al no tener los votos necesarios, Martinelli decidió huir del país, burlándose nuevamente de los panameños y de sus instituciones. No tengo la menor duda de que Mulino buscó denodadamente alternativas para ponerlo en la calle; investigó y no encontró lagunas legales para ayudarlo sin afectar su conciencia de jurisconsulto. Aunque era consciente de que no existía fórmula legal para soltarlo y pagarle por los votos que lo Edgardo Molino Mola Miembros del gobierno de Ricardo Martinelli , así como algunos de sus colegas de la empresa privada, todavía huyen en estampida, están presos o son objeto de procesos judiciales. Opinión

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