Bienvenido suscriptor
Perfil Cerrar sesión
Iniciar Sesión
Registro

prensa_2025_03_28

2A La Prensa Panamá, viernes 28 de marzo de 2025 Suscríbete www.prensa.com Síguenos twitter.com/prensacom Comenta facebook.com/prensacom Panorama Ohigginis Arcia Jaramillo [email protected] Ana Matilde Gómez y Ricardo Lombana. Archivo Gómez y Lombana atribuyen decisión a compromiso político SALVOCONDUCTO La exdiputada y exprocuradora Ana Matilde Gómez cali có el salvoconducto otorgado por el gobierno panameño al expresidente Ricardo Martinelli como una “salida política” para resolver un problema de la misma naturaleza. Según Gómez, la administración de José Raúl Mulino evitó confrontaciones internas al facilitar la salida del exmandatario, pero a costa de debilitar la justicia panameña. “El gobierno de José Raúl Mulino se quita un problema político de encima, pero le da un golpe muy duro a la e cacia de la justicia”, expresó. Gómez también consideró la medida como una “burla” para el pueblo panameño y un fracaso para el propio Martinelli, quien buscaba permanecer en el país en libertad. “Su intención era estar libre y quedarse aquí”, señaló. Aunque reconoció que el salvoconducto retira al exmandatario del escenario político inmediato, advirtió que la decisión deja una sensación de frustración en quienes consideran que una persona condenada a 12 años de prisión por un delito común debería cumplir su pena en la cárcel. Por su parte, el líder del Movimiento Otro Camino, Ricardo Lombana, cuestionó la decisión del gobierno de Mulino, asegurando que la medida responde a compromisos políticos. Lombana remarcó que esta decisión garantiza impunidad a Martinelli en lugar de exigirle que rinda cuentas ante la justicia. “Lamentable, pero nada sorpresivo”, concluyó. Bancada de RM El jefe de bancada de Realizando Metas, Alaín Cedeño, reaccionó con cautela. “No sabemos qué repercusión tendrá, pero ese es el presidente de nuestro partido y tenemos que estar enterados de lo que está pasando”, a rmó. Consultado sobre qué consejo le daría al exmandatario, Cedeño reiteró que la decisión nal dependerá de Martinelli. “Voy a sentarme con él y evaluar los temas. La decisión que se tome será la que más le convenga”, agregó. El canciller Javier Martínez Acha anunció que su despacho expedirá el salvoconducto por razones ‘estrictamente humanitarias’, para que Martinelli viaje a Nicaragua. Alexander Arosemena El salvoconducto no es una puerta a la impunidad Rodrigo Noriega ESPECIAL PARA LA PRENSA [email protected] ANÁLISIS El salvoconducto no extingue la pena, ni es un perdón, ni indulto en favor del asilado. El término de prescripción de la condena por el caso New Business es de 10 años y ocho meses es decir, en 2034. Luego de un año, un mes y veinte días de asilo diplomático del expresidente Ricardo Martinelli en la sede de la embajada de la República de Nicaragua en la ciudad de Panamá, el ministro de Relaciones Exteriores Javier Martínez Acha comunicó o cialmente la decisión del Estado panameño de otorgar el salvoconducto al exmandatario para que pueda abandonar el territorio nacional. Los efectos del salvoconducto Una vez el gobierno de la República de Nicaragua concedió el asilo diplomático al expresidente Martinelli, jurídicamente solo habían dos soluciones. La primera era que el propio asilado se retirara voluntariamente de la embajada de Nicaragua y se entregara a la justicia panameña; la segunda opción era que el Estado panameño le otorgara el salvoconducto para salir del país. Transcurrido más de un año del asilo, estaba claro que la primera opción era una salida muy remota. El salvoconducto concedido por el Estado panameño es a la vez un permiso y una orden. Es un permiso que autoriza a la misión diplomática de la República de Nicaragua a realizar el traslado fuera del país del ciudadano Martinelli. Es una orden, porque si transcurrido el “término improrrogable” del próximo 31 de marzo, y dicho traslado no se haya realizado, la República de Panamá tendría el derecho de adoptar otras medidas. Dado que la República de Nicaragua no ha rati - cado las convenciones más recientes de asilo, se debe hacer referencia a los instrumentos jurídicos que dicho país sí ha reconocido y que tiene en común con la República de Panamá. Así, en el artículo 4 de la Convención de Montevideo sobre asilo político de 1933, establece un mecanismo que Panamá podría usar si el salvoconducto no es ejecutado: “Artículo 4. -Cuando se solicite el retiro de un agente diplomático a causa de las discusiones a que hubiere dado lugar un caso de asilo político, el agente diplomático deberá ser reemplazado por su Gobierno, sin que ello pueda determinar la interrupción de las relaciones diplomáticas de los dos Estados.”. Esto signi ca que el gobierno de Nicaragua debe hacer cumplir el salvoconducto y en caso contrario el Estado panameño puede declarar non grato al personal de dicha embajada o incluso romper relaciones diplomáticas lo que les obligaría al momento de abandonar el territorio panameño a llevarse al expresidente panameño hacia Nicaragua. Consecuencias procesales penales del salvoconducto El salvoconducto es una decisión política del Órgano Ejecutivo panameño de acuerdo con las normas del Derecho Internacional Público. Ese mismo Derecho Internacional Público le reconoce a la justicia panameña el derecho de solicitar la extradición a la persona bene ciada con el salvoconducto. Esto signi ca que el salvoconducto no extingue la pena, ni es un perdón, ni indulto en favor del asilado. Si la condena por el caso New Business quedó en rme el 4 de marzo del año 2024, el término de prescripción de esa pena es de diez años y ocho meses es decir, el 4 de noviembre de 2034. En todo ese término la justicia panameña podrá pedir la extradición del exmandatario. Sin embargo, una vez trasladado fuera del territorio panameño otros países también podrían pedir la extradición del político asilado. Diputados que integran la coalición Vamos. Archivo Vamos acusa al gobierno de conceder impunidad a Ricardo Martinelli REACCIÓN Ohigginis Arcia Jaramillo [email protected] La coalición Vamos expresó su rechazo categórico a la decisión del gobierno panameño de otorgar un salvoconducto al expresidente Ricardo Martinelli, quien se encuentra refugiado en la embajada de Nicaragua tras ser condenado por corrupción. En un comunicado o cial, el grupo cali có la medida como “un golpe a la justicia” y “una concesión de impunidad” que debilita el Estado de derecho en Panamá. “Esto no es persecución política, es impunidad”, señaló la organización, argumentando que una persona con sentencia rme no debería recibir este bene cio. Según Vamos, el gobierno tenía alternativas diplomáticas para hacer cumplir la condena de Martinelli sin recurrir al salvoconducto. “Lo correcto era agotar la vía diplomática con Nicaragua y, en caso de negativa, recurrir a instancias internacionales como la Corte Internacional de Justicia”, sostuvo el comunicado. La coalición criticó que la administración de José Raúl Mulino haya esperado meses para actuar y que, al nal, tomara una decisión que consideran más política que jurídica. Otro de los puntos señalados por Vamos fue la desigualdad en la aplicación de la justicia en el país. “Este caso rearma que en Panamá la justicia no es igual para todos. Solo quienes no tienen poder ni privilegios enfrentan consecuencias reales”, advirtió el grupo. También denunciaron el uso del asilo político como una herramienta para eludir la justicia, asegurando que este mecanismo debe tener nes humanitarios y no ser utilizado para proteger a un condenado. Finalmente, Vamos exigió al gobierno una explicación jurídica clara sobre los fundamentos legales del salvoconducto, así como la solicitud de una circular roja a Interpol para garantizar el cumplimiento de la condena. Además, instaron a las autoridades a exigir que Nicaragua impida a Martinelli realizar pronunciamientos políticos desde su territorio. “Este no es el país que merecemos, pero juntos lo podemos transformar”, concluyó la coalición, rea- rmando su compromiso con la institucionalidad y la justicia en Panamá.

RkJQdWJsaXNoZXIy MTUxMjQ5NQ==