4A La Prensa Panamá, lunes 3 de marzo de 2025 Panorama Tal Cual Mónica Palm [email protected] FULO. Siguen surgiendo anécdotas sobre la visita de Marco Rubio a Panamá. Resulta que el secretario de Estado estadounidense pretendía recorrer las esclusas de Miraflores en solitario, sin el acompañamiento del personal de la ACP. Por supuesto, aquello no lo permitió la administración canalera y aplicó lo que dicta el reglamento para todos los visitantes, sean ilustres o no. Si inventaron todos esos cuentos a pesar del cúmulo de atenciones dispensadas, cómo habría sido si los dejan solos... PASO. A propósito del Canal, por ahí han transitado 701 buques militares en los últimos ocho años. De esa cantidad, el 60% corresponde a la marina de guerra estadounidense. Ni uno ha tenido problemas o se le ha impedido atravesar la vía. CAMPANA. Mientras Ricardo Martinelli pasa los carnavales en la embajada de un país donde no hay carnaval (valga la redundancia...), su médico estrella, Walter Kravcio, artífice de las posposiciones de audiencia, culequeaba de lo lindo en Penonomé. Qué ironía de la vida. Su paciente encerrado y él, más libre que una paloma. CHISTE. Por cierto, el loco ahora luce una gorra con la frase “Keep Panama Great”. ¿A qué se refiere con eso? ¿A evitar los desmadres de su gobierno? ¿O simplemente está copiando a Donald Trump? ¿Acaso no tiene una mejor idea que emular a alguien que miente de una manera tan descarada y agresiva sobre Panamá? Para eso no tiene que imitar a nadie. CINTA. El Ministerio de Obras Públicas (MOP) inauguró unas oficinas en La Boca, Ancón. Desde allí se dará seguimiento a los trabajos de diseño y construcción del Cuarto Puente sobre el Canal. Muy bien. Ahora estamos esperando que abran la oficina de reparación Un grupo de abogados presentó ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) una demanda contra Panamá por supuestamente haber violado los derechos de las personas deportadas por Estados Unidos. Así lo informó el diario The New York Times en su edición del sábado. El periódico explica que los abogados representan a los migrantes, entre ellos iraníes, que llegaron desde Estados Unidos, fueron ubicados en un hotel de la capital y posteriormente trasladados a Darién. Según los abogados, Estados Unidos habría violado el derecho de asilo del grupo iraní debido a la “persecución religiosa”, mientras que Panamá habría incumplido leyes nacionales e internacionales, como la ConvenPanamá, denunciada por deportación de migrantes ante CIDH RECURSO El médico neonatólogo ha argumentado en reiteradas ocasiones que los cargos imputados no correspondían a sus responsabilidades profesionales según los reglamentos. Elysée Fernández Del juicio a la condena: historia del caso de los neonatos Aleida Samaniego C. [email protected] José González Pinilla [email protected] PROCESO JUDICIAL El caso del neonatólogo Iván Sierra, relacionado con la muerte de 13 neonatos en 2013 terminó con una pena de trabajo comunitario en el Hospital del Niño. El caso del médico neonatólogo Iván Sierra Robles comenzó en junio de 2013, cuando en la sala de Neonatología del Complejo Hospitalario Dr. Arnulfo Arias Madrid de la Caja de Seguro Social (CSS) fallecieron 13 neonatos por intoxicación con heparina sódica que contenía alcohol bencílico. Según la investigación del Ministerio Público, funcionarios de la CSS incumplieron sus obligaciones, lo que provocó el deceso de los infantes que estaban bajo su responsabilidad. El proceso Durante el proceso, el Ministerio Público presentó una serie de evidencias sobre la falta de cumplimiento de los protocolos de verificación en la atención de los neonatos. Después de procesos judiciales, el Tribunal Superior de Liquidación de Causas Penales reformó una sentencia del 22 de junio de 2022, emitida por el Juzgado Tercero Liquidador de Causas Penales, y declaró culpables al médico Sierra Robles y a la farmacéutica Melia Mebis Mock Sevillano como autores del delito de homicidio culposo. Además, los inhabilitó para ejercer funciones públicas por un año, una vez cumplida la pena principal. Inicialmente, el Juzgado Tercero Liquidador de Causas Penales dictó un fallo absolutorio a favor de los imputados; sin embargo, el Ministerio Público apeló esa decisión. Posteriormente, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia no admitió un recurso de casación presentado por la defensa de Sierra Robles y Mock Sevillano, manteniendo la condena de 60 meses de prisión por homicidio culposo. En un fallo del 24 de junio de 2024, bajo la ponencia de la magistrada Ariadne García, la Sala Penal desestimó el recurso presentado por la defensa de ambos imputados. El pasado mes de febrero, el Tribunal Superior de Apelaciones de Panamá, conformado por los magistrados Gustavo de Gracia (presidente), Adilio González y Yiles Pittí, resolvió de forma unánime confirmar la decisión, otorgando trabajo comunitario al neonatólogo, condenado a 60 meses de prisión por homicidio La migrante iraní Artemis Ghasemzadeh. Cortesía de huecos, porque si las cosas siguen así, cuando terminen el Cuarto Puente, en cuatro años, ya no habrá calles para llegar a él. HUEVO NEWS.Aquí nadie sabía de la existencia de “Pineda Noticias” hasta que aparecieron la semana pasada, en la presentación de una querella del Suntracs contra un medio de comunicación digital. ¿También van a cubrir las audiencias de Rico Pineda y de la operación Jericó? ¿Qué es lo próximo? ¿“Bolota Tv”? culposo. Como pena accesoria, Sierra Robles fue inhabilitado para ejercer funciones públicas por un año, una vez cumplida la pena principal, en el caso conocido como “neonatos”. El tribunal ratificó la medida de trabajo comunitario y asignó a Sierra Robles la función de ayudante general en el Hospital del Niño Dr. José Renán Esquivel, al considerar que cumplía con los requisitos legales establecidos. Esta decisión se tomó tras evaluar las circunstancias del caso y la legislación vigente. El Ministerio Público estuvo representado por el fiscal Manuel Abrego, mientras que la defensa legal de Sierra Robles estuvo a cargo de la abogada Marta Restrepo. La defensa El médico neonatólogo ha argumentado en reiteradas ocasiones que los cargos imputados no correspondían a sus responsabilidades profesionales según los reglamentos. Aseguró que sus funciones como jefe de Neonatología eran principalmente administrativas y de supervisión del personal de salud y técnico. Sierra Robles también ha resaltado el testimonio del exdirector del Instituto Especializado de Análisis de la Universidad de Panamá, Vasko Duque, quien declaró que la literatura científica no determina con certeza la concentración exacta a la que el alcohol bencílico puede resultar tóxico para un organismo específico. Duque explicó que, aunque se reconoce la posible toxicidad del alcohol bencílico, no se puede establecer su concentración letal debido a la variabilidad entre organismos. Mencionó que, en casos reportados en Estados Unidos, tampoco se pudo confirmar con certeza que el alcohol bencílico fuera el causante directo de las muertes. Sin embargo, se observó una relación sospechosa entre su uso y los decesos. ción Americana sobre Derechos Humanos, al “detener” a los migrantes. El periódico detalló que el recurso fue presentado únicamente contra Panamá. Sin embargo, otro jurista adelantó al Times que planea presentar una denuncia separada contra el Departamento de Seguridad Nacional de Estados Unidos la próxima semana. El diario contactó al gobierno de José Raúl Mulino, y la vocera Astrid Salazar afirmó que los migrantes “no están detenidos” por el gobierno. “No están bajo nuestro mando, sino de la OIM y el ACNUR”, comentó. Hace unas semanas, Panamá recibió a 299 personas deportadas desde Estados Unidos como parte de un acuerdo de cooperación entre ambos países, según informó en su momento Mulino. Al menos 97 de estos migrantes, provenientes de países como Afganistán, Irán y China, se han negado a regresar a sus lugares de origen y han sido trasladados al albergue de San Vicente, en la comunidad de Metetí, Darién. Revocan sentencia y absuelven a Javier Tejeira CIUDAD DEPORTIVA DE DAVID Juan Manuel Díaz [email protected] El Tribunal Superior de Liquidación de Causas Penales revocó la sentencia condenatoria aplicada a Javier Tejeira, exdirector del Instituto Panameño de Deportes (Pandeportes), Iván Arturo Arrocha y Janeth Vásquez, quienes habían sido condenados por el delito de peculado doloso por presunto manejo irregular de fondos en la construcción de la Ciudad Deportiva de David. A través de la sentencia No.3, de 25 de febrero de 2025, los magistrados determinaron absolver de los cargos a los tres investigados en este proceso. También dispusieron revocar la medida cautelar que pesaba sobre una finca propiedad de uno de los imputados, ubicada en Las Lajas, distrito de Chame, y levantar las medidas a otras propiedades que se encontraban cauteladas. La investigación se inició en 2015, luego de que la Contraloría detectó una posible lesión patrimonial por $8.5 millones en perjuicio de Pandeportes, ya que se hicieron desembolsos por $9.3 millones a pesar de que el proyecto solo tenía un avance del 4.4%. En el fallo se dice que hubo contradicciones en el informe de auditoría de la Contraloría y que los adelantos entregados por Tejeira estaban pactados dentro del contrato.
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