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7A La Prensa Panamá, jueves 20 de febrero de 2025 Contacto [email protected] Los artículos de opinión y las caricaturas son responsabilidad exclusiva de los autores. La opinión de La Prensa se expresa únicamente en el Hoy por Hoy. Varela. Para entonces, la empresa Hutchison Whampoa llevaba 20 años operando los puertos de Balboa y Cristóbal. Además, una semana antes de ese encuentro, Panamá había establecido relaciones diplomáticas con China. Sin embargo, la reunión entre Trump y Varela tuvo un tono positivo. Trump destacó: Durante su mandato, Trump no consideró necesario designar un embajador en Panamá ni expresó preocupaciones sobre la operadora portuaria de Hong Kong. Pero cuatro años después, en las primarias republicanas de 2024, desató una camLas colaboraciones para la sección de Opinión deben incluir la identificación del autor. Los artículos no deben exceder 650 palabras. No se publican colaboraciones que hayan aparecido en otros medios y La Prensa se reserva el derecho de seleccionar, editar y publicar. No devolvemos el material. Ley Anti-Bloque, la importancia de alejar la violencia del debate político Propuesta Uno de los mayores retos que enfrenta nuestra democracia es la erradicación de la violencia en el debate político. Es un mal que nos ha aquejado crónicamente gobierno tras gobierno, presidente tras presidente, partido tras partido. Una parte de la población sigue creyendo que la mejor forma de participar en el debate político es cerrando calles, atentando contra la propiedad pública y privada, y perjudicando con ello al pueblo. Un pueblo que no solo debe soportar a los incompetentes políticos que lo gobiernan, sino también los tranques, los retrasos en sus trabajos y escuelas, así como la inestabilidad económica que toda esta situación genera. Esto repercute finalmente en el costo de vida, cada vez más alto. Lo peor de todo es que siempre son las mismas organizaciones, los mismos cuatro gatos, que no participan de la vida pública más que (literalmente) con piedras en las manos. Cada vez que han intentado postularse para algún cargo o incluso formar un partido político, el pueblo panameño les ha dicho que no quiere escucharlos. Sin embargo, en lugar de reformar sus estrategias políticas, afilar su discurso o mejorar su imagen, prefieren perjudicar al pueblo del cual se autoproclaman defensores. Con estos actos nos demuestran lo evidente: estas organizaciones y estas personas no son demócratas, desconocen la democracia y la voluntad popular de la silenciosa mayoría de los panameños. Una mayoría que no desea la panacea soviética que estos delincuentes nos ofrecen, sino más bien un Panamá de crecimiento, bienestar, paz social y, lo más importante, democracia y libertad. Esto no es un alegato en contra de la participación ciudadana, sino un llamado a participar por los medios que nuestra democracia nos brinda. Una participación digna, que no tenga como costo el bienestar de nuestros conciudadanos y la estabilidad económica de nuestro país. Los lugares donde se toman las decisiones son conocidos por todos. Si los diputados están votando un proyecto perjudicial para la nación, la ubicación de la Asamblea Nacional es de conocimiento público. Si el presidente de turno está actuando en contra del interés nacional, la Presidencia de la República lleva más de un siglo en el mismo lugar. Entonces, ¿qué sentido tiene cerrar las principales vías de la capital más que perjudicar al ciudadano de a pie? ¿Qué sentido tiene bloquear las arterias del país si esto no afecta más que al panameño trabajador? Por ello, hemos presentado la iniciativa ciudadana titulada Ley Anti-Bloque, la cual busca otorgar herramientas al Estado para sancionar a las organizaciones que tienen el cierre de calles y los disturbios como deporte olímpico. Asimismo, busca hacerlas responsables de los daños al patrimonio público y privado, así como de cualquier lesión causada a unidades policiales o terceros. En pocas palabras, esta iniciativa pretende que se hagan responsables del desastre que generan cada vez que salen a las calles. Esta propuesta no es innovadora, sino que sigue el ejemplo de las mayores democracias de Occidente, como Francia, Alemania, Reino Unido y Estados Unidos, que han enfrentado problemas similares en el desarrollo de sus democracias. Al fin y al cabo, la democracia siempre ha tenido enemigos. Afectación a la soberanía sobre el Canal de Panamá Relación con EU contra el dueño de una vía de agua navegable como el Canal de Panamá (Condición 1 o Reserva de Concini). 2- Cuando se impide al Estado disponer libremente de su recurso natural más importante que, en el caso de Panama sería su posición geográfica. Y esto se realiza cuando se le ha otorgado a Estados Unidos cierta injerencia, en la forma como Panama manejaría el Canal, proveerá servicios conexos para el tránsito y fijará los peajes (artículo III, literales a, b y c del Tratado de Neutralidad Permanente). Como también cuando Panamá tome en consideración cinco exigencias, antes de proceder a hacer cualquier ajuste en los peajes (Entendimiento 1). Como antecedente histórico para conocer el contexto actual, mencionamos la Convención de Constantinopla firmada el 29 de octubre de 1888, relativa a la libre navegación del Canal de Suez, en la que no se incluyeron ni figuró nada relativo a la operación ni el funcionamiento, salvo que las tarifas y peajes sean justas y equitativas. Para referirnos a implicaciones legales relacionadas a la afectación de la soberanía, debemos establecer quienes están violando los tratados, en este caso el Tratado de Neutralidad Permanente. Siendo su fundamento y soporte la defensa, protección y el mantenimiento de un régimen de neutralidad permanente o de neutralización (artículo IV), y no los intereses geopolíticos, comerciales, de seguridad, militares o económicos de Estados Unidos, quien está violando el Tratado de Neutralidad a través de ameJulio Ernesto Linares Franco [email protected] Decálogo de un ‘con artist’ Donald Trump Al calor de las primarias del Partido Republicano en 2016, uno de los aspirantes, el senador Marco Rubio, manifestó en una entrevista lo siguiente: Pregunta: Senador Rubio, ¿cómo califica usted a Mr. Trump? Respuesta: “Mr. Trump es un con artist. No podemos permitir que se apodere del movimiento conservador del Partido Republicano”. Pregunta: ¿Cómo considera que sería un gobierno de Mr. Trump? Respuesta: “Sería un caos”. En inglés, con artist se traduce como “estafador” o “embaucador”. A pesar de estas declaraciones, en enero de 2017, Donald Trump asumió la presidencia de Estados Unidos. En junio de ese año, recibió en la Casa Blanca al presidente de Panamá, Juan Carlos paña de cuestionamientos sobre la supuesta presencia de soldados chinos en Panamá y el presunto control del Canal por parte de Hutchison Whampoa. Incluso, en un inusual discurso de toma de posesión, convirtió este tema en una de las principales preocupaciones de su gobierno. En algo tenía razón el senador Rubio en 2016: su actual jefe es un maestro del engaño. En su momento, creí en su promesa de Make America Great Again y posiblemente habría votado por él en noviembre. Aún no comprendo qué hay detrás de tantos agravios contra Panamá ni por qué no existe voluntad de nombrar una comisión independiente que aclare con objetividad estas preocupaciones. Una inspección in situ en los cinco puertos, una revisión de los archivos del Canal y el cumplimiento estricto del Tratado de Neutralidad serían medidas razonables. En mi próxima entrega para La Prensa, presentaré mis hallazgos sobre estos diez puntos. Ojalá sirvan tanto a tirios como a troyanos. Opinión EL AUTOR es estudiante de Ciencias Políticas y analista. EL AUTOR fue embajador de Panamá en Washington. EL AUTOR es abogado. Jhonny Othon [email protected] nazas, además dirigidas al uso ilícito de la fuerza para retomar el Canal serían Estados Unidos. La implicación legal es que al basarse estas amenazas en la acción unilateral que les permite el Tratado de Neutralidad a Estados Unidos de ocupar la República de Panama, incluso a través del uso de fuerzas militares, sitios de defensa e instalaciones militares, su objeto es ilícito. Y el objeto ilícito constituye un vicio de nulidad absoluta que, por su naturaleza, no puede ser saneada o convalidada; porque viola la soberanía panameña, considerada esta en el derecho internacional público como una norma imperativa de derecho internacional general. También afecta la soberanía, como queda dicho, el hecho de que Panamá no pueda disponer de su recurso natural más importante, su posición geográfica, porque tiene que someter el funcionamiento del Canal, así como la fijación de tarifas y peajes y la provisión de servicios conexos para el tránsito de naves, a la injerencia de los Estados Unidos. A pesar de que el Tratado de Neutralidad no contiene una cláusula de arbitraje obligatorio, como tampoco una cláusula que reconozca la jurisdicción obligatoria de la Corte Internacional de Justicia, lo que significa que demandarlo en estas jurisdicciones requiere el consentimiento de los Estados Unidos; resulta que por tratarse de vicios de nulidad absoluta que no pueden ser saneados ni convalidados, la existencia tan a perpetuidad como el tratado de tales vicios, exime a Panama de la obligación de tener que cumplirlo de buena fe. Habrá que esperar si en algún momento las circunstancias geopolíticas, hagan factible esta posibilidad de que Panamá pueda dar por terminado el Tratado de Neutralidad, por adolecer de vicios de nulidad que no pueden ser saneados o convalidados. La soberanía es para Estados lo que la libertad es para el individuo. Es el poder de obrar del Estado, sin más limitaciones que las que establece el derecho internacional público. La soberanía es consustancial al Estado y no a las personas naturales o jurídicas. Es, además, uno de los atributos del Estado, como lo son el territorio, el gobierno y la población. Los tratados internacionales pueden afectar la soberanía de un Estado o sobre una vía de agua navegable, cuando estos en su redacción la debilitan, mediatizan o destruyen, vulnerándose de esta manera la soberanía como atributo que lo caracteriza. Dentro de este contexto, la soberanía es una norma imperativa de derecho internacional general, como lo serían la integridad territorial, la independencia política, la legítima defensa y la igualdad jurídica de los Estados. Porque son inherentes al Estado al no admitir acuerdo en contrario. Un Estado no puede existir sin ese concepto abstracto pero inalienable como la soberanía y sin la existencia del Estado, tampoco ésta podría existir. La posible vulneración de la soberanía de parte de un tratado internacional, se puede dar en las siguientes situaciones: 1- Cuando el objeto del tratado es ilícito porque otorga a una de las partes contratantes, un supuesto derecho de agresión sobre la otra. Agresión que se ejerce o se practica al permitirse la amenaza o el uso ilícito de la fuerza en todo su territorio nacional, de manera unilateral e incluyendo la utilización de la fuerza militar; incluso contra actos cometidos por el Estado territorial o en el caso nuestro, Durante su mandato, Trump no consideró necesario designar un embajador en Panamá ni expresó preocupaciones sobre la operadora portuaria de Hong Kong. Pero cuatro años después, en las primarias republicanas de 2024, desató una campaña de cuestionamientos sobre la supuesta presencia de soldados chinos en Panamá y el presunto control del Canal por parte de Hutchison Whampoa. Roberto Alfaro Estripeaut [email protected] La soberanía es una norma imperativa de derecho internacional general, como lo serían la integridad territorial, la independencia política, la legítima defensa y la igualdad jurídica de los Estados.

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