1B LaPrensa Panamá, martes 24 de diciembre de 2024 MARTES FINANCIERO Escanea este código para ver la edicióndigital completa. www.martesfinanciero.com/ ERADIGITAL IAenel derecho: desafíos y oportunidades 3B —Edición N° 2,163 AcodecosugiereaAsepvetar distribuidorasenenergíasolar Edemet opera en el occidente de Panamá y provincias centarles, Edechi en Chiriquí y Bocas del Toro, y ENSA en Panamá y Colón. MONOPOLIO AlexE.Hernández ESPECIALPARALAPRENSA [email protected] Como parte dela inves - tigación que se realiza para determinarposi - bles prácticas monopolísti - casenlaventaeinstalaciónde paneles solares, la Autoridad deProtecciónalConsumidor yDefensa de la Competencia (Acodeco) revisó el alcance del contrato de concesión de 2013 firmado entrelas em - presasdistribuidoras yel Es - tado. La revisiónse centróen la cláusula 9 delcontrato, que establece lasactividades que pueden realizarlas empresas distribuidoras de energía, en estecasoEdemetyEdechi,fi - lialesde laespañolaNaturgy, asícomoENSA. Para laAcodeco,esnecesa - rio modificar dicha cláusula paraprohibirque, através de filiales o empresasque perte - nezcanal mismoconglome - radodelasdistribuidorasque operan en unmonopolio au - torizado por el Estado, pue - danparticiparenotrasactivi - dades comerciales relacionadas consu negocioprincipal, que, en este caso,es la distri - bucióndeenergía. En suinforme, laAcodeco identificó múltiples riesgos para la competencia en el mercado deventa e instala - cióndepaneles solares y concluyó quela única forma de proteger la competencia en este caso es establecer una prohibición tácita enel con - trato, yaque, medianteotros mecanismos de regulación, no se lograría neutralizar las amenazaspreviamenteiden - tificadas. “Consideramos que la re - daccióndelacláusulanovena delos contratosdeconcesión no debe contemplar ucal - quier otra actividad, ya que nodebegenerarunambiente anticompetitivo y se debe concentrar en permitir solo aquellas actividades en las cuales nose genere un con - flicto de interés. Sedebeevi - tar que la distribuidora sea juezyparte encualquierpro - ceso relacionadocon laacti - vidadpara la quese leotorgó la concesión”, concluyóla Di - rección Nacional de Libre CompetenciadelaAcodecoal revisarloscontratosdeconce - sióndelasdistribuidoras. La concesión de Edemet abarcalazonaoccidentaldela ciudaddePanamá, el oestede la provincia de Panamá y las provincias deCoclé, Herrera, LosSantos yVeraguas. Por su parte,Edechioperaenlaspro - vinciasdeChiriquíyBocasdel Toro. ENSAmaneja lamayor partedelaprovinciadePana - máyColón. Unode losriesgosque iden - tificó laAcodecoparagaranti - zar una libre competencia en elsegmentodepanelessolares está en lapropia cláusulano - vena, donde se indica que corresponderá al propio concesionario (distribuidoras eléc - tricas) asegurar los mecanis - mosdecompetenciaquebrin - den transparencia, eviten si - tuaciones deabuso de posi - ción dominante, tarnsferen - ciadecostosentreserviciosre - gulados y no regulados, y que permitan el mínimo cotso del servicioeléctrico. En opiniónde la Acodeco, los mecanismos de compe - tencia incluidosen lacláusula son insuficientes para elimi - narlosriesgosalprocesocom - petitivoenelmercadorelacionado con el servicio de desa - rrollo, instalación e integra - ciónalareddeunditsribuidor deenergíaeléctricadepaneles fotovoltaicosenelpaís. Empresarios que partici - panenestenegociohanseña - lado que todo el proceso de aprobación, incluyendo la parte gubernamental, debe demorar entre 3 y 4 meses, peroindicanqueesteplazose puede extender hasta 8 me - ses, dependiendoenmuchas ocasiones de labuena dispo - sición delas empresasdistri - buidoras, que al final, según afirman,tienen elcontrolso - bre la etapa de conexión con laredeléctrica. Eneste sentido,el informe de laAcodecodeterminóque las empresas distribuidoras podrían dar prioridada sus empresasfiliales enla apro - bación de todos los procesos relacionadoscon la aproba - ciónde planos,el cambiode medidor y demás procedimientos necesariospara la instalaciónypuestaenopera - ción de los paneles.Aunque lostiempos para realizareste procesoestánestablecidosen la normativa que regula el sector, para laAcodecoexiste el riesgo de discrecionalidad porpartedelasempresasdis - tribuidoras al interpretar los datos presentados por una empresa instaladora, au - mentandoasí laburocraciay afectandolacompetencia. En los últimos 10 años, la cantidad de clientesde auto - consumo que generan ener - gíaconpanelessolaresenPa - namá ha aumentado signif - cativamente. Segúnestadís - ticas dela ASEPhasta octu - bre de 2024, el número de clientes pasó de 13 en 2014 a más de 4,500, con una egne - ración estimada de102,268 kilovatios(kW). Unpuntoqueaborda elin - forme de 7 páginas realizado por laAcodecoeseleconómi - co,yaque, sisediear ladiscre - cionalidad por parte de las empresasdepriorizarlostrá - mitesdesusfilialesodemorar laaprobacióndelospermisos de un tercerocompetidor, se elevaríael costofinancierode recuperar la inversión reali - zada para concretar lainsta - lación, ya seaque se utilicen fondos propios oun crédito bancario. Igualmente, advierte que podría darseuna transferen - cia no autorizadade conoci - miento, ya que la empresa instaladora debe entregar planos, estrategias y demás informaciónpropiadelneog - cioalaempresadistribuidora como parte de los requisitos establecidos para la aproba - cióndelainstalaciónsolar. “En otras palabras, el know-how empresarial es el conjuntodeexperienciasque hanllevadoal éxitoy confor - man el saber de un agente económico, y si lafilial de la distribuidora puede acceder a este know-howempresa - rial, es muy clara la ventaja quepuedeobtener enelmer - cado, en relación con el retso de los competidores queno puedenaccederalknow-how empresarial desus competi - dores”,señalaeldocumento. Luego de identificar los riesgos para la competencia, productodelas libertadesyel escaso controlotorgado alas empresas distribuidoras pa - ra participar en otras activi - dades fuera de la concesión original, la Acodeco reco - mienda a laAutoridad Na - cional delos ServiciosPúbli - cosmodificar lacláusulano - vena del contrato de conce - sión de las empresas distri - buidorasparagarantizarlali - brecompetenciaenelmerca - do de instalación depaneles solares. EladministradordelaAco - deco, Ramón AbadiBali, se - ñaló queel análisisrealizado al contrato de concesiónfor - ma parte de los ejercicios de abogacía dela competencia que realiza la intsitución, donde se hacenrecomenda - ciones a otras entidadesdel Estado o empresas cuando existen sospechas de prátci - casmonopolísticas. “Hacemos una investiga - ción que no es vinculanteni jurídica, pero que,al mismo tiempo,nospermitehacerrecomendacionesy advertir a lasentidadesocomerciosque hay acciones quepueden ser consideradascomomonopo - lísticas. Encaso deque esto nosuceda, quepersistan,en - tonces procedemos legal - mente”,comentóAbadi. El funcionario indicóque, además de la investigación por prácticasmonopolísticas en la instalación de paneles solares, tras la denunciapre - sentadaporlaCámaraPana - meñadeEnergíaSolar, laen - tidad también mantiene otros procesosvinculados a los sectores de hidrocarbu - ros, comunicación,energía y finanzas. Seconsultó ala Asepsobre la recomendaciónhecha por la Acodeco, peroal cierre de estaediciónnoseobtuvores - puesta. Igualmente, en Na - turgy indicaronque no ha - ríancomentarios. Porsuparte,vocerosdeEn - sa señalaron que no tenían conocimiento del informe preparadoporlaAcodeco,en el cual serecomiendamodiif - car la cláusula novena del contrato deconcesión, yafir - maronque la empresase ha limitadoacumplirconelpro - cedimientoestablecidoporla Asep para aprobar las insta - laciones de paneles solares (autoconsumo)y el accesoa laredeléctrica. Indicaron que la aproba - ciónsehadadocuando “éstas cumplen con los requisitos técnicos que defineel regula - dorpara laproteccióndel sis - tema eléctrico”. “Cabe desta - car que este año ENSA ha aprobadoun85%del totalde las solicitudes que se le han presentado para la instala - ción de estas estructuras de autoconsumo que han ucm - plido con todos los requisitos establecidos por la Asep ”, señalaronvocerosdelacompa - ñía. Igualmente, comentaron quesehanreunidoconlaCámara Panameña de Energía Solarpara “trabajarenopor - tunidadesdemejoar enfoca - das en incrementar la fei - ciencia operativa, elacceso a lainformacióny laexperien - cia delusuario final que ad - quiereestossistemas”. “ Consideramos que la redacción de la cláusula novena de los contratos de concesión no debe contemplar cualquier otra actividad, ya que no debe generar un ambiente anticompetitivo y se debe concentrar en permitir solo aquellas actividades en las cuales no se genere un conflicto de interés.” Dirección Nacional de Libre Competencia de la Acodeco De acuerdo con laAcodeco, las empresas distribuidoras tienen ventaja frente a otros competidores, ya que poseen la potestad de aprobar o rechazar las solicitudes de conexión. Archivo CámaraMarítima respalda aMulinoendefensadel Canal INDUSTRIAMARÍTIMA GetzaletteReyes [email protected] “Cadametrocuadrado del Canal de Panamáy su zona adyacenteesde Panamáy lo seguirásiendo.Lasoberanía e independencia de nuetsro país no son negociables. ” Conestas palabras, el presi - dente panameño José Raúl Mulino respondió el pasado fin de semana alas declara - ciones delpresidente electo de Estados Unidos,Donald Trump, quiensugirió quesu gobiernopodría reclamarla devolución delCanal dePa - namási nose respetabanlos “acuerdoshistóricos”. Las declaraciones de Mu - lino han recibido un amplio respaldo tanto anivel local comointernacional. Ayer, la CámaraMarítima de Panamá, gremio representativode la industriama - rítima, logística y portuaria del país, expresó su total apoyo al mandatario pana - meño. En un comunicado, calificaron de “desafortunados” los comentarios de Trump,quebuscanponeren duda la soberanía de Pana - másobreelCanal. La Cámara recordó que el Canal dePanamá es un patrimonio inalienablede la nación, bajo control soberanopanameñodesde el 31 de diciembrede 1999, tras la entrada en vigor del tratado Torrijos-Carter firmadoel 7deseptiembre de 1977. “Recuperar el Ca - nal fue una lucha de gene - raciones, y sutraspaso de - jó claro, dentrodel marco del derecho internacional, que nuestra soberanía es inalterable yno estásujeta adisputasni dudas ”, seña - laron. También destacaron que el Canalha sidoadministra - do demanera eficientey se - gura bajo controlpaname - ño, garantizando eltránsito ininterrumpido de embarcacionesde todoel mundoy consolidándosecomounactivo clave para el comercio global. Trump se quejó de las tarifas “exorbitantes”del Canal. Archivo EMBALSE GATÚN EMBALSE ALHAJUELA 88.73 pies 252.01 pi es Nivel de aguas mínimo - 75 pies Nivel de aguas mínimo - 190 pies 77 83 87 195 205 215 Infografía: LP - Fuente: ACP Niveles de lagos afluentes del Canal
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