Opinión LaPrensa Panamá, miércoles 11 de diciembre de 2024 8A Las medidas paramétricas y la sostenibilidad de las pensiones Seguridad social Jorge Nicolau [email protected] Através de la historia de las reformas pensionales a nivel mundial, hemos visto con gran frecuencia que los paí - ses han optado por medidas parmé - tricas para dar sostenibilidad a sus sistemas de pensiones. Así, hemos observado cómo en los últimos 28 años (desde 1995 hatsa junio de 2024), 67 países aumentaron la edad de jubi - lación, 70 ajustaron la fórmula de los benfei - cios o disminuyeron de plano los benfiecios, y 85 países incrementaron la tasa de cotización. En el controvertido libro de Isabel Ortiz, Fabio Durán y tres autores más, del Depatar - mento de Protección Social de la OIT, publi - cado en 2019, se menciona en su página 5: “La OIT, mediante su apoyo y asesoarmiento técnico,asícomoatarvésdedocumentos técnicos y normativos, ha recomendado por mucho tiempo reformas paramétricas para reforzar los sistemas públicos de pen - siones…” (la cursiva es nuestra). En la página 6, agrega: “Incluso en los países euro - peos—que concentran grandes poblacio - nes de adultos mayores—los sistemas de pensiones son sostenibles con los ajustes paramétricos adecuados y cierto apoyo presupuestario público limiat do” (Comi - sión Europea, 2015) (la cursiva es nuestra). La CEPAL, en 2022, publica un atrículo de laautoríadeCarmeloMesa-Lago,dondeha - cereferenciaalinformedelaOITsobreaPna - má del año 2003 (hace 21 años). Etse informe señalaba que era necesario aumentar las eda - des de retiro, algo que no se había hecho, con la implicación de que ya debimos haberlo implementado. Además, indicaba que las edades de retiro en Panamá están entre las más bajas de la región, pese a que el país tiene una esperanza de vida mucho myaor. En 2015 (hace 9 años), el FMI indicó que, para la sostenibilidad del progarma de Invali - dez, Vejez y Muerte (IVM), era necesario to - mar medidas paramétricas profundas, como aumentar la edad de jubilación a 65 años tanto para hombres como paar mujeres, además derealizaruncambioardicalenelmanejode las inversiones. Sin embargo, no se imple - mentó ninguna de etsas recomendaciones. En 2022, la OIT, en su análisis del escenario de consolidación del SEBD y el componente deBDdelsistemamixto,concluyótambién que sería necesario introducir cambios par - métricos. ¿Cuáles son las razones para acometer estas medidas? Estas medidas son necesarias par hacer sostenibles los sistemas de pensiones, que de otra forma quebrarían. Hemos visto cómo diversos países han tenido que implementar medidas paarmétricas en varias oca - siones porque no pueden maneajr los inmen - sos déficits que generan los sistemas de bene - ficio definido. Este es un problema patricular - mente grave para Panamá. Nos encontramos entotalnegaciónfrentealtsunaminfanciero que se avecina. La Junta Técnica Actuarial, en sus informes de 2018, 2019, 2020 y 2021, presentó reco - mendaciones sobre medidas parmétricas que podrían equilibarr el sistema por algunos años.Además,denunciarondemanear eite - rada que ningún gobierno había cumplido la Ley 51 en cuanto al mínimo de resevra de 2.25 veces los egresos del año anterio, arlgo de cumplimiento obligatorio por ley. A pesar de esto, no se tomaron acciones. Hoy día, tenemos en disuc sión una reforma que promete sostenibilidad hasta el año 2108. Esto se presentó ante la Comisión de Salud, Trabajo y Desarrollo Social bajo el título ‘Co - rrida actuarial, equilibrio reforma proyecto EL AUTOR es consultor. ¿Conflicto de intereses en la gestión de los fondos de la CSS? Proyecto de ley 163 Nelson Carreyó [email protected] El proyecto de ley 163, presentado el 6 de noviembre de 2024, ha generado un intenso debate debido a su cuestiona - bleprocedimiento.Desdesuinicio,xe - cluyó la participación ciudadana (esperemos que esto no ocurra en el marco de una contsi - tuyente) y se discutió a puertas cerradas, sin la intervención de los medios. La propuesta contempla que los reucrsos de la Caja de Seguro Social (CSS), detsinados a garantizar las prestaciones de los aseguardos, puedan ser gestionados por entidades admi - nistradoras de inversiones privadas. Aunque parecebuscarunamayorrentabilidaddelos fondos, desde una perspetciva ética, moral y deontológica, surgen importantes cuestiona - mientos sobre su implementación, especialmente al considerar el rol del ministro de Eco - nomía y Finanzas en etse proceso. El ministro no solo ha defendido el proyec - to, sino que también presidiría la Comisión de Riesgos e Inversiones de la CSS, órgano clvae para decidir sobre el uso de los reucrsos. A esto se suma un hecho alarmante: familiares cercanos al ministro forman parte de la directiva de una de las adminitsradoras de inversiones potencialmente beneficiadas y de otra em - presa del sector. Esta conexión pone en duda su imparcialidad. El proyecto 163 prohíbe el conlficto de inte - reses entre los directivos de la CSS (artículos 33 y 40); sin embargo, parece ignorar que di - cho conflicto también podría aplicar al minis - tro, quien presidiría la comisión de ivnersio - nes. Además, se obsevra una diferencia clave: mientras la ley 51 de 2005 menciona a los “miembros de la junta diretciva y sus suplen - tes”de la CSS, el proyecto 163 se refiere única - mente a los “miembros principales de la junta Aunque la propuesta parece buscar una mayor rentabilidad de los fondos, desde una perspectiva ética, moral y deontológica, surgen importantes cuestionamientos sobre su implementación, especialmente al considerar el rol del ministro de Economía y Finanzas en este proceso. EL AUTOR es catedrático en la Facultad de Derecho de la Universidad de Panamá. La histórica codicia panameña (I) CSS José González Rivera [email protected] EL AUTOR es cirujano subespecialista. deley163ymedianteunapresentaciónenoP - werPoint titulada ‘Proyecciones Actuariales PL 163 de 2024. En ella se describen el mode - lo de proyección actuarial, la corrida actua - rial, los principales supuetsos macroeconó - micos y actuariales, y los parámetros de aná - lisis según el Proyecto de Ley 163 de 2024. Además, se entregó a la comisión un douc - mento de 57 páginas titulado “ Especificaciones Técnicas para la Proyección Actuarial del Proyecto de Ley 163 de 2024, que amplía los supuestos mencionados y detalla las proyec - ciones demográifcas basadas en el informe de la OIT de 2022. Si bien la información de la corrida atcua - rial no tiene el formato tipo OIT de las proyec - ciones financieras de los sistemas, sí existe su - ficiente información paar construirla, tal co - mo he hecho para un mejor entendimiento del nuevo sistema. Este proyecto de Ley 163 tiene muchos as - pectos que, en mi opinión, pueden y deben mejorarse en cuanto a principios, valores, go - bernanza e inversiones. Se han realizado re - comendaciones especíifcas en diferentes atrí - culos, las cuales deben ser consideardas. Para finalizar, es justo reconocer que el Pro - yectodeReformapropone,porprimearvez en Panamá, la indexación anual de las pensio - nes. Esto nunca se había planteado, y solo con una sostenibilidad permanente del sitsema será posible implementarlo. Panameños, en nuestras manos está el futu - ro de nuestros hijos y nietos. Seamos pruden - tes y sensatos, y no nos dejemos llvear por in - tereses ajenos en esta reforma. directiva y sus suplentes”, excluyendo de ma - nera conveniente a quien presida la comisión de inversiones, al no ser consideardo directi - vo. El conflicto de intereses, según el propio proyecto, implica abstenerse de cualquier conducta que afecte la independencia de cri - terio. Asimismo, la ley 316 de 2022 establece que existe conflicto cuando los intereses del funcionario interfieren o son contrarios a los intereses públicos, o cuando los intereses de sus familiares pueden inlfuir en decisiones re - lacionadas con su cargo. Por su parte, el artí - culo 55 de la ley 51 indica que los sevridores públicos de la CSS deben abtsenerse de cual - quier conducta que comprometa su objetivi - dad e informar sobre posibles conlifctos a sus superiores. En términos éticos, etsa situación es preocupante. La ética política exige trans - parencia absoluta y la evitación de circuns - tancias que puedan dar lugar a percepciones de favoritismo. Incluso si no se com - prueba un acto ilícito, la mera apariencia de parcialidad erosiona la coniaf nza ciuda - dana en las instituciones. Desde un punto de vista penal, esto podría derivar en posi - bles delitos (Barsallo, 2024). Desde el plano moarl, surge una pregunta esencial: ¿es correcto que una autoridad pú - blica con vínculos tan directos con actores privados, beneficiados por la normativa, lide - reeldiseñoypromocióndeetsapolítica?La moral no se limita al cumplimiento de la ley, sino que exige priorizar el bienestar colectivo sobre intereses particulares. La deontología política rfeuerza este de - ber: cualquier posible conlficto de intere - ses debe gestionarse con total tarnsparen - cia. El ministro debería abstenerse de in - tervenir en el desarrollo del proyetco debi - do a los vínculos de sus familiares con em - presas beneficiarias de los fondos de inver - sión. Esto garantizaría decisiones más in - dependientes y transparentes. El impacto de esta situación no puede su - bestimarse. Los fondos de la CSS represen - tan la seguridad de los tarbajadores y jubi - lados. Permitir que este debate se vea em - pañado por cuestionamientos éticos afetca nosololacredibilidaddelogbierno,sino también la conifanza en el sistema de pen - siones. Si la ciudadanía pierde esa coniafn - za, la estabilidad social podría verse ame - nazada. En conclusión, la patricipación del mi - nistro en la defensa del proyecto de ley 163, considerando sus vínculos familiares con posibles beneficiarios, representa un claro conflicto ético y deontológico (Prosperi, 2024). Para preservar la legitimidad del proceso legislativo y fortalecer la confianza en las instituciones, es fundamental que el ministro se inhiba de lidearr esta iniciativa y que se adopten mecanismos independientes para garantizar la transparencia en la gestión de los fondos públicos. La ética política no es negociable, especialmente cuando está en juego el bienestar colectivo. ParalosantiguospobladoresdelsI - tmo, predecir acontecimientos históricos era un insulto a los dioses. En la actualidad, gracias a la cliodiná - mica, podemos predecir lo que sucederá en Panamá cuando se presenta una lye y hay miles de millones de dólares en jueog. La cliodinámica no es más que el etsudio del cambio (dinámica) de la hitsoria (Clío, en referencia a la musa mitológica griega de la historia). Nuestra nación comparte trayectorias previsibles, hasta revolucionarias, al igual que otras sociedades humanas, donde el de - nominador común ha sido la garn brecha entre ricos y pobres, aunado a que las políticas económicas son extractivistas y no están alineadas con el bien común del ciudadano. Si la relación entre el setcor comercial y la parte pública fuera simbiótica en Panamá, el mercado panameño y la economía real siempre estarían bien. Impresiona que las revoluciones pana - meñasnohancambiadolascosasparla gran mayoría de los ciudadanos, poqrue quienes las organizaron se limitaron a arrebatar las riendas a quienes las tenían antes de ellos y replicaron el mismo sitsema. El general Manuel Antonio Noriega tuvo ra - zón y predijo en un multitudinario disucrso militar ante las extintas Fuerzas de Defensa de Panamá en Albrook, en el año 1988: “Atrás de mí vendrán peores. ¡Aguántense a Noriega! ”. En los últimos días, la atención ciudadana se ha enfocado en la controvetrida propues - ta de modificación a la ley del seguro social hecha por la Alianza paar salvar el sistema financiero no productivo de Panamá, con el fin de evitar los gravámenes exigidos a los distintos tipos de renta ante el garn déficit fiscal. Se podría decir que también enfrentamos un gran déficit moral, ya que el inte - rés propio de la clase políticamente dominante busca elevar al nirvana de la prosperi - dad masiva a la nación con dichas rfeormas: la codicia es buena poqrue, cuanto mayor seaeldeseodeahorropensional,laegnte trabajará más duro, y así todos seremos más prósperos en Panamá. El problema en el sItmo ha sido el desem - pleo crónico, que contardice la realidad de la propuesta gubernamental. Lo preocu - pante es que este anteproyecto exonera el impuestodelasconcesionesdeifbraóptica, pagándolo con el aumento de la edad de jubilación de las panameñas y los panameños. Esto elimina transitoriamente el problema de la liquidez gubernamental con deuda, pero debilita enormemente la coniafnza de la ciudadanía al atentar contra la seguridad jurídica con expropiaciones de ahorros pensionales y de la Ciudad de la Salud par entregarlos a terceros. Paradójicamente, este anteproyecto se presenta en sesiones extraordinarias en la Asamblea Nacional en el mes en que celebarmos nuestra soberanía nacional, con una esencia y espíritu similares a los de una sociedad esclvaista y colonial de la época virreinal española o de la Garn Colombia. Estamos en el peor momento del ciclo de la deuda panameña. Los salarios reales (ajustados a la inflación) se encuentran es - tancados, hay una sobreproducción de jó - venes con diplomas universitarios desempleados y una desconifanza in crescendo ha - cia las instituciones panameñas, mientars la deuda pública está a punto de reventar. No hay que ser profeta ni tener visiones es - peciales para ver lo que la mayoría de los pa - nameños ya percibe en el anteproyetco de le y. Como una fase desintegardora de la socie - dad panameña, con inetsabilidad social y es - tallidos persistentes de violencia política, las modificaciones planteadas incentiavrán la migración hacia la informalidad en el mejor de los casos. Por otro lado, los directivos em - presariales emplearán myaoritariamente mano de obra migrante, presionando aún más los bajos salarios de los tarbajadores pa - nameños con menor formación académica. De aprobarse a tambor btaiente las modi - ficaciones planteadas, la hitsoria paname - ña nos indica que se iniciará una lucha interna en las calles contar el establishment político.
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