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6A LaPrensa Panamá, viernes 29 de noviembre de 2024 Panorama ANÁLISIS Rodrigo Noriega ESPECIAL PARA LA PRENSA [email protected] El “canciller de hierro” Otto von Bismarck, fue el creador del primer sistema de pensiones públicas del mundo. Esta iniciativa de von Bismarck surgió de su oposición a la izquierda alemana y al movimiento socialista a los que quiso arrebatarles los reclamos de justicia social para las viudas y huérfanos, para la salud de los trabajadores, así como para el retiro digno en la vejez. El financiamiento que von Bismarck diseñó para la cobertura de estos seguros se generaba mediante aportes tripartitos provenientes de los trabajadores, las empresas y el gobierno. En 1883 el gobierno de von Bismarck estableció el seguro por enfermedad, que sería seguido en 1884 por el seguro contra accidentes y finalmente, en 1889, por el sistema de pensiones para jubilación. Para obtener este último beneficio en ese sistema hombres y mujeres debían alcanzar los 70 años de edad, una proeza que apenas lograban aproximadamente un cuarto de los hombres y un tercio de las mujeres. La expectativa de vida en la Alemania de finales del siglo XIX era de 35 años para los hombres y de 38 para las mujeres. A pesar de sus limitaciones, el sistema de seguridad social alemán fue copiado por Francia en 1894 y en el Reino Unido en 1908. Estados Unidos adoptó sus propias normas de seguridad social en 1935. Panamá estableció la Caja de Seguro Social en 1941. La gran mayoría de los sistemas de seguridad social se enfocan en cubrir tres riesgos: la invalidez, la vejez y la muerte. En adición al propio pensionado los sistemas de seguridad social asignaban sus beneficios económicos principalmente a los cónyuges supervivientes y a los hijos. La familia Los principios generales de cobertura a los sobrevivientes o beneficiarios del asegurado fueron los mismos en todos los continentes. La primera innovación en esta materia la aportaron los países latinoamericanos quienes incluyeron a las concubinas o parejas convivientes en estado de singularidad y con todas las condiciones legales para contraer matrimonio. En México se estableció el principio de que si no había esposa legal, y existía más de una concubina ninguna recibiría la pensión de sobreviviente. Algunos sistemas de seguridad social diferenciaban entre los hijos habidos dentro del matrimonio, quienes serían beneficiarios, mientras que los hijos fuera de la unión matrimonial estarían excluidos. El movimiento del constitucionalismo social introdujo en algunas Constituciones latinoamericanas como la panameña de 1946 el principio de que todos los hijos son iguales ante la ley. Esa es la norma de la seguridad social en Panamá con respecto a los hijos. El machismo implícito de los sistemas de seguridad social orientó la conceptualización del beneficio por viudez hacia las mujeres que quedaban solas o con sus hijos pequeños, bajo la presunción de que habían perdido su ingreso familiar. Si dicha mujer formaliza un vínculo matrimonial con una nueva relación afectiva, la normativa de la seguridad social la castiga privándola de todo beneficio económico. Esa ha sido la regla en Panamá desde 1941. Cuando se examina la lista de beneficiarios de una pensión por el fallecimiento del asegurado o de un pensionado, se evidencian claramente los conceptos de familia que imperan en la sociedad. En el caso panameño, la Ley 51 de 2005, en los artículos 179 al 183, asigna el derecho a pensión al cónyuge sobreviviente “viuda” (con una mención disimulada a los cónyuges varones sobrevivientes), y a los hijos menores de 18 años o hasta los 25 años de edad si están llevando estudios universitarios. En ausencia de estos, podrá ser pensionada la madre del asegurado o pensionado que fuera su dependiente, en su defecto lo será el padre en condición de dependencia en este caso, el padre deberá tener 60 años o más de edad. El esquema no toma en consideración a la familia extendida, o a aquellos parientes que hayan provisto protección y cuidado al asegurado o pensionado fallecido. El paradigma de las re formas El proyecto de ley 163 se ancla en materia de pensiones de sobrevivientes a lo establecido en la Ley 51 de 2005. Esta sería una oportunidad para reconocer relaciones de familia extendida que son fundamentales en la sociedad panameña. Por ejemplo, los nietos que cuidan de sus abuelos, los hermanos entre sí, los sobrinos y los tíos y viceversa. Es factible que un padre o madre haya abandonado a su hijo y que quien lo alimentó, cobijó y educó, haya sido otro pariente, y este quedaría excluido totalmente de una pensión de sobreviviente en caso de fallecimiento del hijo abandonado. Igualmente el proyecto de ley 163 mantiene la injusticia con los cónyuges sobrevivientes de limitar su derecho a la pensión solo si mantiene el estado de soltería. Existen múltiples supuestos en los que una viuda o viudo joven, con hijos huérfanos, pueda tener la intención de establecer una nueva relación de pareja y que el incentivo del principio de soltería sea contrario a un nuevo matrimonio que beneficiaría a los hijos huérfanos, so pretexto de mantener la pensión por más tiempo. En el mundo de los seguros privados, un cónyuge sobreviviente recibe su beneficio económico y perfectamente se puede casar al día siguiente. Una innovación del proyecto de reforma a la Ley Orgánica de la CSS es el reconocimiento del beneficio de licencia de maternidad a las madres adoptivas. Este es un importante avance y muy merecido reconocimiento a mujeres que hacen un gran esfuerzo que no es adecuadamente valorado por la sociedad. En contraste, en el proyecto de ley está ausente el reconocimiento de derechos patrimoniales y afectivos de parejas del mismo sexo. Aunque en Panamá el matrimonio igualitario no es aceptado, en otros países Esta sería una oportunidad para reconocer relaciones de familia extendida que son fundamentales en la sociedad panameña. Por ejemplo, los nietos que cuidan de sus abuelos. Archivo Mulino pide acelerar aprobación de la reforma al sistema de pensiones EJECUTIVO Katiuska Hernández [email protected] El presidente de la República, José Raúl Mulino, instó a los diputados que discuten las reformas a la Caja de Seguro Social (CSS) en sesiones extraordinarias a dejar a un lado el discurso político y acelerar la aprobación del proyecto de ley presentado por el Ejecutivo el pasado 6 de noviembre. Durante su participación en los desfiles patrios en Boquete, provincia de Chiriquí ayer, el mandatario expresó su expectativa de que, tras el Día de la Madre (8 de diciembre), la ley pueda ser aprobada y sancionada antes de finalizar el año. “En esta nos la jugamos todos, Asamblea y Ejecutivo; no dejaré de ponerle el pecho a esta ley. Toda la gente va a decir cosas interesantes y otros a echar una lengua”, declaró Mulino, refiriéndose al proceso de consultas en la Asamblea Nacional, en el que 641 personas se han inscrito para participar. El Presidente subrayó que confía en la pronta aprobación del proyecto, destacando que “poner al paciente primero” es el propósito principal de la reforma. La propuesta legislativa contempla, entre otros cambios, un aumento de tres años en la edad de jubilación, un incremento de tres puntos porcentuales en los aportes empresariales, y un mayor aporte anual del Estado, que para 2025 ascendería a José Raúl Mulino entrega la enseña patria al abanderado, el ministro del MOP, José Luis Andrade. Cortesía/Presidencia El 19 de diciembre culminan las clases en el país AÑO ESCOLAR 2024 Yaritza Mojica [email protected] El año lectivo 2024 culminará el próximo 19 de diciembre, tanto en las escuelas oficiales como en las particulares, informó el Ministerio de Educación. Edwin Gordón, director General de Educación, explicó que según el calendario diferenciado para los docentes del área oriental del país que son las regiones de Guna Yala, comarca Emberá Wounaan y Darién, las clases culminarán el 13 de diciembre.Para el resto de las regiones educativas las clases terminan el 19 de diciembre. Las graduaciones serán del 23 al 30 de diciembre. Gordón también dijo que la matrícula para las reválidas será del 30 de diciembre hasta el 3 de enero de 2025. En total, 980 mil estudiantes fueron matriculados para el prese año escolar. sí lo es, lo que deja en indefensión a un cónyuge que contrajo nupcias legalmente reconocidas en el extranjero con su pareja, y que por cualquier razón uno o ambos terminaron aportando cuotas a la seguridad social panameña. El desconocimiento de los derechos de estas parejas trasciende el espacio patrimonial para incluir también lo relativo a tratamientos médicos. En caso de una pareja heterosexual el cónyuge tiene el derecho y la responsabilidad de tomar decisiones sobre los procedimientos que podrá enfrentar su pareja. Si uno de los cónyuges está en coma o inconsciente, y hay que autorizar una intervención quirúrgica o por el contrario la recomendación médica es desconectar a la persona de los aparatos que lo mantienen vivo, el otro cónyuge no puede tomar esa decisión si es parte de un matrimonio igualitario. Al construir un sistema de seguridad social con sus reglas, mandatos y restricciones se hacen visibles las creencias, los prejuicios y los criterios discriminatorios que imperan en una sociedad. La seguridad social en todas sus formas es un derecho humano cuya activación y ejercicio depende en gran medida de decisiones afectivas inspiradas por el corazón, no por el cálculo o la conveniencia. Las relaciones de familia en las reformas de la CSS El movimiento del constitucionalismo social introdujo en algunas Constituciones latinoamericanas como la panameña de 1946 el principio de que todos los hijos son iguales ante la ley. $966 millones. Según Mulino, el proyecto de Ley 163 contiene “compo - nentes importantes para asegurar, no solo la subsistencia del sistema, sino su sostenibilidad a largo plazo”. Además, aseguró que con esta reforma los asegurados y pensionados de la CSS podrán recibir en enero de 2025 el pago completo de sus beneficios, evitando una reducción del 13% debido al agotamiento de los fondos. El proceso de consultas se reanudará este viernes en la Asamblea Nacional. De acuerdo con el cronograma del Órgano Legislativo, la etapa de participación ciudadana concluirá el 11 de diciembre. Posteriormente, se llevará a cabo una gira nacional, prevista para finalizar el 18 de diciembre, con el objetivo de divulgar el proyecto de ley 163. Una vez concluida esta etapa, la Comisión de Trabajo, Salud y Desarrollo Social iniciará el primer debate del proyecto. Alcadía de Panamá rescata a 35 personas de la calle INDIGENCIA José González Pinilla [email protected] Un total de 35 personas que viven en las calles de la capital fueron atendidas por la Alcaldía de Panamá durante un operativo realizado en diversos sectores de la avenida Nacional. De acuerdo con la Alcaldía, cinco mujeres y 30 hombres fueron ubicados en esa área y recibieron posteriormente atención médica. Personal de la dirección de Gestión Social también recorrió los sectores de San Miguel, los viaductos y puentes contiguos a la Asamblea Nacional, avenida Frangipani, Cabo Verde y la calle Alejandro Duque. El municipio detalló que además de la atención y rescate a las personas que habitan en las calles, el operativo incluyó la limpieza de las aceras y el retiro de escombros acumulados. En el operativo participaron la Policía Nacional, la Autoridad de Aseo, el Ministerio de Desarrollo Social, el Ministerio de Salud y el Tribunal Electoral. “Queda mucho por hacer”, dijo el alcalde Mayer Mizrachi. “No descansaremos hasta que se haya resuelto el problema”, añadió el alcalde Mizrachi.

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