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7A LaPrensa Panamá, miércoles 4 de septiembre de 2024 Opinión Los artículos de opinión y las caricaturas son responsabilidad exclusiva de los autores. La opinión deLa Prensase expresa únicamente en el Hoy por Hoy. [email protected] Las colaboraciones para la sección de Opinión deben incluir la identificación del autor. Los artículos no deben exceder 500 palabras. No se publican colaboraciones que hayan aparecido en otros medios y La Prensase reserva el derecho de seleccionar, editar y publicar. No devolvemos el material. El derecho del asegurado a recibir servicios de salud de calidad CSS René Pardo C. [email protected] El Capítulo 6º de la Constitución Política de la Repúblicaestablece, entre otras cosas, que “El individuo tiene derecho a la promoción, protección, conservación, restitución y rehabilitación de la salud y la obligación de conservarla, entendida esta como el completo bienestar físico, mental y social”. Por su parte, el Artículo 2 de la Ley 51 Orgánica de la Caja de Seguro Social (CSS) establece su naturaleza jurídica y fines. Entre otros aspectos, señala que es “una entidad de derecho público, autónoma del Estado, en lo administrativo, funcional, económico y financiero; con personería jurídica y patrimonio propio”. Es decir, la CSS es una entidad de seguros de servicios de salud del Estado. En este contexto, los trabajadores asegurados somos su clientela obligada, es decir, una clientela cautiva (art. 77, ley 51 de 27 de diciembre de 2005). Lo antes expuesto implica que los servicios que la instancia aseguradora del Estado se compromete a ofrecer a su clientela, los asegurados, deben ser de calidad profesional. En el Título II, “Riesgos ”de la citada Ley Orgánica, Capítulo I, Sección 2da, se refiere al Sistema de Servicios de Salud que dicha instancia del Estado debe brindar al asegurado en función de su aporte, es decir, la cuota de seguro social que todos pagamos mensualmente, deducida directamente por los patronos, con un valor equivalente al 9.75%. En esto no hay libertad ni democracia: si trabajas, estás obligado a participar y afiliarte a la empresa aseguradora del Estado; no puedes hacerlo de manera particular ni con otra empresa nacional o internacional. En los artículos subsiguientes, la norma establece y especifica los servicios a brindar al aportante y la forma de hacerlo. Art. 132:“La Caja de Seguro Social, a través de un sistema de servicios de salud, brindará atención de salud de forma integral. Esta atención se brindará en el ámbito de la red de servicios de atención institucional, a través del enfoque biopsicosocial en salud y con criterios de efectividad, eficiencia, calidad, equidad y oportunidad”. Art. 133:“El Sistema de Servicios de Salud de la Caja de Seguro Social tiene como propósito elevar el nivel de la salud y la calidad de vida de la población asegurada, contribuyendo al desarrollo humano sostenible de la nación panameña”. Art. 135:“Gestión de calidad: desarrollará e implementará un sistema de gestión y evaluación de la calidad de los servicios de salud, a través de auditorías, de mejoramiento continuo y de la garantía de calidad de la gestión y en la provisión de servicios. En dicho sistema, entre otros, se establecerán protocolos, procedimientos e indicadores de productividad, rendimiento, costo de los servicios y satisfacción del usuario, que serán evaluados de manera continua”. Presentado lo que establece la normativa respecto a brindar servicios de salud bajo criterios de efectividad, eficiencia, calidad, equidad y oportunidad, asegurándolos con un sistema de gestión de calidad, parece faltar otros principios como el respeto y la responsabilidad. Solo parece ser una redacción elegantemente presentada, por decir lo menos. El papel aguanta todo, dicen; pero aquello parece no concordar en nada con lo que se escucha, se lee y se comenta en el sistema mediático nacional por parte de la clientela (los asegurados). Parece que aquel discurso dista mucho de la verdad o de la realidad. Porotraparte,elReglamentoquedesarrolla el Sistema de Servicios de Salud de la CSS, en su edición actualizada a diciembre de 2020 y publicada en la Gaceta Oficial 28634-A, establece, taxativamente, en el artículo 20: “Las prestaciones de los servicios de salud serán otorgadas por los profesionales y técnicos de la salud de la Caja de Seguro Social, con oportunidad, calidad, calidez y bioseguridad, asegurando el uso racional, eficiente, efectivo y transparente de los recursos, que incorpore la rendición de cuentas”. Profesionales y técnicos, es decir, recursos humanos idóneos. Las instancias de servicios de salud de la CSS no son de carácter docente, esto no está establecido en ningún aparte de la Ley 51 ni en el Reglamento de Prestaciones y Servicios en Salud de la versión actualizada al 2020. Tampoco es una característica de la oferta que brinda al asegurado la empresa aseguradora del Estado. En lo particular, si pago por un servicio, espero una atención de carácter profesional y de buena calidad. Si se trata de un servicio de salud a través de un seguro médico, exijo que se me atienda por un profesional de la medicina, tal como fue pactado, y no por un estudiante o practicante. Es decir, pago por un servicio de salud para que atienda mis necesidades alguien que sea un profesional idóneo, tal como lo establece la ley de salud o en un contrato pactado para tal propósito. Brindar un servicio de calidad significa que quien lo haga debe ser un profesional idóneo; no es posible brindar servicios de calidad con recursos humanos en formación, ya que éstos noposeenelconocimientosuficiente,laexperiencia, ni la licencia que confiere la ley y los reglamentos para el ejercicio profesional, y, por ende, no tienen la responsabilidad de sus actos en la acción de brindar dichos servicios. Atender las situaciones de salud de un asegurado con estudiantes, sin su conocimiento, consentimiento y aprobación, son acciones irresponsables y riesgosas que no cumplen con los principios de la norma, ponen en riesgo extremo la vida del asegurado y, sobre todo, son actos que carecen de legalidad. Los resultados pueden ser fatales; se trata de la vida y la calidad de vida del asegurado y de sus dependientes, que han pactado y pagado para recibir un servicio de salud con atención profesional, de calidad y en forma oportuna. El artículo 22 de la norma expresa que: “La Caja de Seguro Social podrá establecer acuerdos de coordinación y reciprocidad de prestación de servicios de salud con el sector salud del Estado”. El artículo mencionado habla de posibles acuerdos con instancias de salud del Estado para brindar servicios de salud. Las universidades del país, públicas o privadas, que brinden formación en servicios de salud de manera general, no son instancias de salud. Por lo tanto, en la prestación de ese servicio no debe estar involucrado un educando; puede tener todo el derecho de aprender, pero en una instalación de salud que responda a características de docencia tanto legal, física como económicamente establecidas, y donde el ciudadano que participa o procura de sus servicios conozca claramente los fines y principios que la rigen. Jamás, que yo sepa, en este país alguien en pleno uso de sus facultades legales y mentales ha dado autorización o permiso y pagado para ser objeto de práctica profesional y que sus malestares de salud y el cuidado de su vida en riesgo sean atendidos por alguien que está aprendiendo. Recomiendo a las universidades del país que mantienen carreras de servicios de salud en su oferta académica, así como a la CSS, que consideren planificar a corto plazo la creación de hospitales docentes en la ciudad capital u otras ciudades. Estos hospitales deberían ser instituciones productivas de servicios de salud, docencia, investigaciónyformaciónderecursoshumanos altamente especializados, donde los ciudadanos y toda la población del país, así como quienes buscan servicios de salud de manera particular, tengan pleno conocimiento de los fines, tipos, características, propósitos, calidad y costos de los servicios que se ofrecen. EL AUTOR es abogado y urbanista Más puentes y más carriles hacia el infierno vehicular Planificación urbana Carlos Antonio Solís Tejada [email protected] El miércoles 28 de abril de 2024 el Ministerio de Obras Públicas abrió 3 de los 8 carriles de la ampliación de la vía Arraiján–Panamá, un proyecto que, junto con el Cuarto Puente sobre el Canal de Panamá, busca reducir los tiempos de recorrido entre ambos distritos, mejorando así la calidad de vida de los residentes de Arraiján y La Chorrera que sufren el infierno vehicular todas las mañanas laborales. Supuestamente. Todo muy bonito hasta que comenzamos a notar que, una vez más, ( junto con la Línea 3 del Metro de Panamá) el gobierno nacional ha terminado subsidiando, no a los residentes de Panamá Oeste, sino a los desarrolladores inmobiliarios y propietarios de potreros en la nueva provincia. ¿Por qué? Sencillamente porque sin las mejoras a la infraestructura de transporte los proyectos pasados, presentes y futuros de nuevas urbanizaciones en Capira, La Chorrera y Arraiján tendrían cada vez menos acogida en el mercado. Una mejora momentánea. Aquí entonces recordamos varias cosas, primeramente, que son los desarrolladores formales e informales de asentamientos humanos los que guían el proceso de urbanización en el Área Metropolitana de Ciudad de Panamá sin articular o comunicar sus desarrollos de forma racional de manera que se creen nuevos cascos urbanos densos de uso mixto. Que dicho proceso pasa por alto cualquier consideración sobre el equipamiento urbano necesario para sostener la vida en una ciudad incluyendo el agua, alcantarillado, electricidad, telecomunicaciones, carreteras, transporte público, lugares de trabajo, de culto, de comercio y abastecimiento además de cultura y entretenimiento, espacios abiertos, etc. dejándole la labor al estado el cual “deja hacer ”en nombre de la empleomanía y la creación de “soluciones de vivienda”efec - tivamente privatizando las ganancias y socializando las pérdidas. Que este proceso urbanizador no crea ciudades, solo campamentos residenciales periféricos de bajísima densidad para los trabajadores de formación media y baja de Ciudad de Panamá y no ciudades ricas con todos los estamentos sociales necesarios, incluyendo sus élites económicas, culturales y políticas con un peso crítico suficiente para sostener la vida económica y cultural además de administrar lo más racionalmente posible los gobiernos locales de ambas provincias. Que es dicha ausencia lo que dificulta la atracción de la inversión de alto valor agregado y la atracción del recurso humano altamente calificado suficiente que posibilite y sostenga dicha inversión en Arraiján y La Chorrera. Tristemente lo que existe, lo hace en función de la economía y gobernanza capitalina ofreciendo todo su talento y capacidad de consumo a Ciudad de Panamá 5 de los 7 días de la semana y por lo menos 8 de las 16 horas activas del día (Y no, Panamá Pacífico no es un ejemplo de lo contrario, más bien funciona como enclave capitalino en Arraiján). Todo lo cual impulsa el movimiento pendular entre Panamá Centro y Panamá Oeste para el cual nunca habrá carriles y líneas de metro suficientes para satisfacer las demandas de la población al oeste del Canal de Panamá si seguimos desde el gobierno central y local impulsando políticas públicas que no ayudan a atraer, conservar y desarrollar una población socialmente diversa (con todos sus estamentos sociales) necesarios para realmente hacer ciudad. EL AUTOR es subdirector de Planificación Urbana del Municipio de Panamá. Las reformas a la CSS Prioridades Julio Bermúdez Valdés [email protected] Desde la segunda quincena del recién finalizado mes de agosto, el gobierno nacional ha iniciado una serie de consultas con gremios empresariales, obreros, de educadores y políticos, sobre el futuro de la Caja de Seguro Social (CSS). Encabezadas por el presidente de la República, José Raúl Mulino Quintero, las consultas han puesto sobre la mesa la decisión y el interés de cada sector en resolver un problema que, por las razones que sea, no fue abordado en su momento respectivo por las administraciones anteriores, lo que ha dado paso a un peligroso deterioro de programas de la Caja, como el de Invalidez Vejez y muerte. Cada encuentro ha permitido conocer las posiciones de parte y parte. Mientras que el mandatario ha dado paso a un intercambio franco y abierto, y ha sido tajante en que la privatización no está contemplada en el proceso, los distintos sectores consultados han expresado: 1/ su cuestionamiento a las reformas de 2005; 2/ su deseo de que se retorne al sistema solidario que caracterizó a esa entidad y que fue eliminado en la fecha señalada. 3/ que se revise el sistema de pensiones y 4/ la desconfianza que engendra en algunos la presencia en la nueva reforma de protagonistas de 2005. Pero Mulino Quintero se ha pronunciado por evitar la prolongación sin límites de en un tema que, por años, parece estancado en las mismas preocupaciones o en los mismos intereses, en tanto que la Caja sigue su camino hacia el desastre. Sobre los protagonistas, que con seguridad se refiere al nuevo director de la CSS, Dino Mon, lo cierto es que este representa una propuesta política que corresponde al nuevo gobierno. El presidente aspira a resolver el problema lo antes posible. Se ha discutido bastante, ha dicho, pero subraya la necesidad de profundizar en el debate, y sobre todo, de construir una posición lo más unitaria posible en base a las propuestas de los sectores involucrados. Eso sí, que cada apuesta implique señalar de dónde saldrán los fondos para aplicar lo que se propone. Que se diga “¿quién paga la fiesta?”. Ha advertido que el dinero debe salir de todos, no de un sector en particular. Lo que Mulino Quintero pretende evitar es que el debate se estanque en temas sin salidas, o que deriven en otro tipo de consulta o forma de tratarse. El problema es resolver la situación de la entidad social, sin desviarse del objetivo. Si se trata del programa de Invalidez, Vejez y Muerte, que se resuelva ese problema. Si es el de pensiones, que se aborde eso en partic ular…si se trata del sistema solidario, que eso ocupe la agenda, y no caer en un pantano de acusaciones mutuas sin perspectiva alguna. La franqueza con que se han llevado adelante las consultas subraya prioridades, en lugar de utilizar el tema para abordar otros que tienen mucho de estructurales, encuentran asidero en el tratamiento por separado. Obviamente, por lo años de lucha de que llevan varios de los actores del diálogo, aflora una constante, que en ocasiones impide que las partes se pongan de acuerdo: desconfianza, una categoría que solo se resuelve en el debate, con objetivos claros y con el respeto a los acuerdos. La perspectiva inicial apunta hacia la amplitud con que Mulino Quintero se ha presentado. En consecuencia, las posibilidades de acuerdos consensuados podrán depender, más de los sectores representativos de la sociedad, que del propio gobierno. No significa esto que las autoridades vayan a renunciar a su responsabilidad histórica. Mulino Quintero se ha puesto al frente del problema, ha asumido su responsabilidad. Así que es evidente que la posición oficial ha abierto puertas para que cada quien aporte a la solución, no al problema. EL AUTOR es vocero del presidente José Raúl Mulino. Fundado en 1980 Miembro de la Sociedad Interamericana de Prensa Presidente fundador Roberto Eisenmann Jr. Director emérito Guillermo Sánchez Borbón † Presidente Ejecutiva Annette Planells Directora Editorial Rita Vásquez Gerente Comercial Sudy S. de Chassin Esta es una publicación de Corporación La Prensa, S.A. ©. Prohibida su reproducción total o parcial, así como su traducción, sin la autorización escrita de su titular. ISSN 2953-3252: La Prensa ISSN L 1605-069X: prensa.com Aviso sobre el uso de Inteligencia Artificial Este periódico emplea inteligencia artificial (IA) para asistir en la edición de contenidos y mejorar la experiencia de lectura. Garantizamos que todo contenido publicado es creado y rigurosamente revisado por nuestro equipo editorial antes de su difusión. 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