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prensa_2024_06_30

LaPrensa Panamá, 30 de junio de 2024 Se prohíbe olvidar Ventana fiscal Osvaldo Lau Campos [email protected] Se acerca el gran cambio, con un nuevo presidente con carácter y con la obligación de resolver los problemas que va a heredar…y que son muchos. Por y para ello insisto en el estricto cumplimiento de la Ley 59 de 29 de diciembre de 1999 que asigna a ciertos funcionarios del Estado a presentar su declaración jurada patrimonial como documento de control contra la corrupción. Para los que salen y los que entran, no se olviden de su obligación, me permito copiar (sin mayores comentarios) los artículos del caso. Artículo 1. El presidente y los vicepresidentes de la República, los magistrados de la Corte Suprema de Justicia y de los tribunales ordinarios y especiales, el procurador general de la Nación y el de la Administración, los jueces, los ministros y viceministros de Estado, el contralor general y el subcontralor general de la República, el presidente de la Asamblea Legislativa, los rectores y vicerrectores de universidades oficiales, los directores generales, los gerentes o jefes de entidades autónomas, los directores nacionales y provinciales de los servicios de policía, el defensor del Pueblo y, en general, todos los empleados y agentes de manejo conforme al Código Fiscal, deben presentar, al inicio y al término de sus funciones, declaración jurada de su estado patrimonial, mediante escritura pública, la cual deberán hacer en el término de diez días hábiles, a partir de la toma de posesión del cargo y a partir de la separación. Artículo 4. Al servidor público obligado a presentar declaración jurada de su estado patrimonial, que incumpla esta obligación, se le suspenderá el pago de sus emolumentos hasta tanto presente la declaración. Cuando el incumplimiento ocurra al término de las funciones, será sancionado con multa por la Contraloría General de la República, sin perjuicio de la responsabilidad penal. Artículo 7. Cualquier persona puede denunciar un posible enriquecimiento injustificado ante la Contraloría General de la República. Para tal fin, deberá acompañar la denuncia con prueba sumaria sobre la posesión de los bienes que se estiman sobrepasan los declarados, o los que probadamente superen las posibilidades económicas del denunciado. Artículo 8. La Contraloría General de la República, de oficio o ante denuncia, a través de la Dirección de Responsabilidad Patrimonial, deberá iniciar el proceso para determinar si los hechos denunciados constituyen, efectivamente, enriquecimiento injustificado. Al efecto, la persona denunciada deberá presentar las pruebas pertinentes que justifiquen el origen y procedencia de los bienes que posea, sea por sí o por interpuesta persona natural o jurídica, y que sobrepasen los declarados o los que probadamente superen sus posibilidades económicas. Cápsula fiscal–Como quien no la debe no la teme, la copia textual de los anteriores artículos obedece a eliminar posibles olvidos y malos entendidos, pues he estado escribiendo sobre este tema por varios años sin percibir eco alguno, salvo la atinada intervención en televisión de la muy respetada Olga De Obaldía. Total, aún está pendiente de ser ley de la República el proyecto sobre la Extinción de Dominio. El gran ausente. EL AUTOR es consultor y presidente de Centro de Soluciones Impositivas, S. A. —Tu opinión nos interesa [email protected] Economía &Negocios Estado pagaría $2,047 millones por el cuarto puente La falta de un esquema de financiamiento, según el ministro de Obras Públicas, Rafael Sabonge, fue la causa principal del retraso en la ejecución de la obra, que se adjudicó en 2018 al consorcio CPCP. INFRAESTRUCTURA Alex E. Hernández [email protected] ¿Cuál será el costo total de la construcción del cuarto puente sobre el Canal de Panamá? Esta era una de las interrogantes que no tenía una respuesta definitiva, hasta ahora. Con los cambios que hizo la administración de Laurentino Cortizo, el precio del proyecto pasó de 1,518 millones de dólares a 1,371 millones de dólares, cifra que incluye 88 millones de dólares en impuestos. Para reducir el costo de la obra, se eliminaron el restaurante y mirador, y los carriles centrales que utilizaría el monorriel de la línea 3 del metro para cruzar el cauce de la vía interoceánica. También se eliminó el costo de mantenimiento que asumiría el contratista y que también sería cancelado posteriormente por el Estado. En el contrato original, se incluyeron 16.5 millones de dólares para mantenimiento, pero el plan del Gobierno es ceder la operación del cuarto puente a la Empresa Nacional de Autopista bajo un modelo de concesión donde se establecerán peajes para generar los fondos que se utilizarán para pagar la construcción. Tras acordar estos cambios, el Estado y el contratista formalizaron la primera adenda del contrato, dejando el costo del proyecto de seis carriles en 1,371 millones de dólares, a la espera de definir el costo del financiamiento. En la adenda que formalizó estos cambios y que fue refrendada por la Contraloría General el 20 de abril de 2023, se estableció un máximo de 716 millones de dólares en costos de financiamiento. Al ser un proyecto llave en mano, es decir, que el contratista debe conseguir el dinero para ejecutar el proyecto, el Estado debe pagar el costo del proyecto y los intereses que se originen del préstamo que utilizó el contratista para financiar la construcción. La falta de un esquema de financiamiento, según el ministro de Obras Públicas, Rafael Sabonge, fue la causa principal del retraso en la ejecución de la obra, que se adjudicó en 2018 al consorcio Panamá Cuarto Puente (CPCP), integrado por las empresas China Communications Construction Company y su filial China Harbour Engineering Compan y. La falta de financiamiento también fue utilizada por la administración Cortizo para separar la construcción del cuarto puente de la ejecución de la línea 3 del Metro hacia Panamá Oeste. “No se contaba con un financiamiento para el cuarto puente como lo ha tenido el Metro para sus proyectos y, en caso de que la construcción de la línea 3 se atrasara por demoras en el puente, el Estado sería sancionado con 7 millones de dólares al mes”, asegura el ministro del MOP, Rafael Sabonge, para En mayo pasado el Consorcio Panamá Cuarto Puente (CPCP) invitó a la comunidad a una reunión de actualización informativa sobre el proyecto de Diseño y Construcción del Cuarto Puente sobre el Canal de Panamá en Auditorio Universidad Marítima de Panamá (UMIP), La Boca, Balboa. Elysée Fernández justificar la separación del puente del monorriel. Finalmente, la construcción de la línea 3 también se ha demorado debido a todos los cambios que representó construir un túnel, y ahora está previsto que el monorriel esté operando en algún momento del segundo semestre de 2027. Además, Sabonge confirmó aLa Prensaque el costo de financiamiento se acordó en 676 millones de dólares, 40 millones de dólares menos del tope máximo acordado en la adenda. Completado el rompecabezas financiero, la construcción del cuarto puente terminará costando 2,047 millones de dólares, un incremento del 34% por encima del costo original, unos 529 millones de dólares.Sabonge dijo que los bonos que emitieron los bancos Mizuho de Japón y Banistmo de Panamá se colocaron entre marzo y abril, y agregó que el dinero ya está depositado en elfideicomisoquesecreópara administrar los fondos. “El proyecto está avanzando bien, siguiendo con el mejoramiento de suelos del lado oeste y pilotes del lado este. También se cuenta con todos los permisos de la Autoridad del Canal de Panamá y de los municipios. Ahora depende del contratista la pronta ejecución para cumplir con el cronograma, generar sus IPT y cobrarlos al fideicomiso ”, dijo el funcionario, que será reemplazado a partir de mañana, primero de julio, por José Luis Andrade, quien fue designado por el presidente electo José Raúl Mulino para ocupar la cartera de Obras Públicas.Andrade ha señalado que la construcción del cuarto puente será uno de los proyectos principales que se ejecutarán bajo su gestión.Los IPT que menciona Sabonge son Informes de Progresos de Trabajo que certificarán el avance que va registrando la obra y que el contratista debe presentar al fideicomiso, que será administrado por el Special Purpose Vehicle (SPV), que fue creado por Mizuho de Japón y Banistmo. Básicamente, es una entidad jurídica creada para cumplir un objetivo específico y limitado, a menudo en el ámbito financiero.El SPV pagará al contratista por el avance de la obra y, posteriormente, cobrará al Estado a través de un calendario el dinero que se está utilizando para construir el cuarto puente.“El contratista debe presentar mensualmente los IPT y luego, según el contrato de cesión, el SPV le cobrará al Estado montos previamente establecidos a partir de 2026.De acuerdo con la adenda, el Estado tendrá hasta el año 2032 para cancelar el costo del proyecto y financiamiento. El ministro del MOP saliente indicó que los intereses que vaya generando el dinero que está depositado en el fideicomiso se utilizarán para repagar parte del costo de la obra.El portal “www.contratistavisible.com”, administrado por el MOP, indica que la construcción del cuarto puente registra un avance del 15%. Será una estructura de 965 metros de longitud, o 3.6 kilómetros, atirantado, similar al puente Centenario.El tablero del puente principal contempla seis carriles de circulación para vehículos de 3.65 metros de ancho cada uno, más dos espacios previstos para hombros de 2.40 metros y 1.25 metros en los bordes exteriores e interiores, respectivamente, que servirán para dar mantenimiento en ese punto de la estructura. El ministro designado del MOP, José Luis Andrade, sostuvo la primera reunión de transición con el ministro saliente, Rafael Sabonge. Richard Bonilla EMBALSE GATÚN EMBALSE ALHAJUELA Infografía: LP - Fuente: ACP NIVELES DE LAGOS AFLUENTES DEL CANAL 83.18 pies 211.98 pies Nivel de aguas mínimo - 75 pies Nivel de aguas mínimo - 190 pies 77 83 87 195 205 235

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