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7A LaPrensa Panamá, miércoles 26 de junio de 2024 Opinión Los artículos de opinión y las caricaturas son responsabilidad exclusiva de los autores. La opinión deLa Prensase expresa únicamente en el Hoy por Hoy. [email protected] Las colaboraciones para la sección de Opinión deben incluir la identificación del autor. Los artículos no deben exceder 500 palabras. No se publican colaboraciones que hayan aparecido en otros medios y La Prensase reserva el derecho de seleccionar, editar y publicar. No devolvemos el material. Modelo OCDE y modelo ONU Discrepancias Luis E. Ocando B. [email protected] En el contexto de la globalización económica, ha ocurrido un aumento significativo en la inversión y el comercio a través de fronteras, lo que ha destacado la importancia de los acuerdos para evitar la doble imposición. Como he comentado en artículos anteriores, estos acuerdos son pactos bilaterales diseñados para aliviar la carga fiscal que implica pagar impuestos en dos jurisdicciones diferentes por los mismos ingresos. En mi artículo de esta semana, explicaré los dos modelos prominentes en este ámbito: el Modelo de Convenio Tributario sobre Renta y Capital de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (Modelo OCDE) y el Modelo de Convenio de las Naciones Unidas (Modelo ONU). A pesar de compartir objetivos similares, presentan diferencias sustanciales que reflejan las diversas prioridades y enfoques adoptados por sus países miembros. El Modelo OCDE, elaborado por la OCDE, una entidad compuesta principalmente por países con altos ingresos, suele favorecer a los países donde residen las empresas multinacionales. Este modelo se enfoca en evitar la doble tributación para compañías que operan en múltiples naciones, lo cual facilita tanto la expansión de estas multinacionales como el flujo de inversiones extranjeras directas. El Modelo OCDE asigna principalmente los derechos de tributación al país donde reside el contribuyente, limitando así las posibilidades de los países donde se generan los ingresos para gravar esos ingresos. Por otra parte, el Modelo ONU, aunque sigue una estructura parecida al Modelo OCDE, se ha diseñado teniendo en cuenta las necesidades de los países en desarrollo (como es el caso de Panamá). Este modelo otorga más capacidad impositiva a los países donde se generan los ingresos, lo cual es especialmente relevante para las naciones en desarrollo que buscan obtener una parte más significativa de los impuestos generados por la actividad económica dentro de sus fronteras. Esto se ve reflejado en disposiciones que permiten a estos países gravar ingresos como dividendos, intereses y regalías a tasas más altas que las establecidas en el Modelo OCDE. Las diferencias entre ambos modelos también se observan en aspectos como la definición de establecimiento permanente, los métodos para evitar la doble imposición y las cláusulas de intercambio de información. Mientras que el Modelo OCDE tiene una definición más estricta de establecimiento permanente, lo cual puede dificultar que estos países impongan impuestos a empresas extranjeras, el Modelo ONU tiende a favorecer el método del crédito sobre la exención para evitar la doble imposición, lo cual puede ser más beneficioso para estos países. En lo que respecta al intercambio de información, tanto el Modelo OCDE como el Modelo ONU fomentan la transparencia y la cooperación entre las jurisdicciones fiscales. Sin embargo, el Modelo OCDE ha mostrado mayor iniciativa en la aplicación de estándares para el intercambio automático de información, demostrando así el compromiso de los países miembros de la OCDE en la lucha contra la evasión fiscal a nivel mundial. En resumen, aunque tanto el Modelo OCDE como el Modelo ONU comparten el objetivo común de evitar la doble imposición, sus diferencias fundamentales reflejan un equilibrio de poder y prioridades entre naciones desarrolladas y en desarrollo. Para aquellos países que están negociando o revisando acuerdos para prevenir la doble imposición, es crucial comprender estas disparidades y elegir el modelo que mejor se adapte a sus intereses económicos y fiscales. La elección del modelo apropiado puede tener un impacto significativo en la capacidad de un país para atraer inversión extranjera, proteger su base impositiva y garantizar un crecimiento económico sostenible. Dado que Panamá y su nuevo gobierno, que comienza su administración el 1 de julio de 2024, han manifestado que la inversión extranjera será una de las claves para la reactivación de la economía, pensar en ampliar la red de Convenios para Evitar la Doble Imposición siguiendo una combinación del Modelo OCDE con el Modelo ONU, puede ser la clave para que llegue más inversión extranjera al país. Contar con un modelo panameño de Convenios para Evitar la Doble Imposición que sea balanceado y proteja la base gravable del país es algo que el nuevo gobierno debiese abordar como prioridad. Al contar con dicho modelo, seleccionar países para iniciar rondas de negociaciones que lleven a aumentar la red de convenios actuales (17 en total), otorgando prioridad a nuestros socios comerciales e inversores de Latinoamérica. Mientras que el Modelo OCDE tiene una definición más estricta de establecimiento permanente, el Modelo ONU tiende a favorecer el método del crédito sobre la exención para evitar la doble imposición. EL AUTOR es consultor tributario y ‘countr y managing partner’ de EY El Supremo juega con los derechos humanos Corte Suprema Abdías Zambrano [email protected] La pirámide kelseniana nos enseña la jerarquía de una norma legal y es bastante diferente a la pirámide de la lotería o aquella de la que tanto se habla en casos de estafa.Lamismavadesdela Constitución,lamáxima norma legal de una nación que dicta las normas sociales, bajando por las leyes que se aplican en todo un país o en cierto estado, dependiendo de si es un país federal, hasta las resoluciones que dicta un ministerio temático o las comunicaciones internas a través de circulares. Sin embargo, en Panamá, la Corte Suprema en Pleno desconoció esos principios piramidales. Es precisamente por esa pirámide que nos obligamos, en el artículo 4 de nuestra carta magna, a acatar las normas del Derecho Internacional, recordando que somos signatarios de la Convención Americana de Derechos Humanos y fundadores del Sistema Interamericano de Derechos Humanos, obligándonos a respetar las decisiones y opiniones que emanen del mismo. Sin embargo, la Corte eligió no aplicar cualquier control de convencionalidad, una revisión sobre la Convención Americana, dentro del caso de matrimonio igualitario. Su decisión afirma que el matrimonio no es un derecho humano, razonando sin lógica aparente sobre la clara desigualdad violatoria de la Convención en su principio de igualdad que mantiene Panamá al no permitir la celebración de contratos matrimoniales entre personas del mismo sexo con sus beneficios y obligaciones. Pero no importa cuánto se inmiscuya la religión y la posición personal de algunos y algunas miembros del Judicial en sus decisiones, la misma Comisión Interamericana tendrá que encargarse de recordarle a Panamá su otrora época liberal y progresista para los Derechos Humanos. Valientes activistas de Derechos Humanos han accionado ante el Sistema esperando encontrar la justicia y reivindicación de derechos que no encontraron en su país. La Comisión ha sido enfática respecto al matrimonio igualitario, además de otras temáticas que afectan a las personas Lgbtiq+, como el respeto a la identidad de género de personas trans y otros derechos relativos a esta población, los cuales han sido tema de examen en la jurisprudencia de este foro legal. El Estado panameño se verá en la engorrosa realidad de recibir una reprimenda internacional, presentar reformas legales con prisa al Sistema, sin mencionar el costo en recurso humano y económico de ejecutar una estrategia de representación estatal ante el Sistema Interamericano de no presentar una resolución amistosa previo a un caso ante el contencioso interamericano.Almismotiempo,laimagendelpaísseverá afectada por esa misma falta de independencia y criterio judicial aplicado a otros casos sonados. Es esa misma falta de políticas públicas que ha decidido el Estado ejercer desde todos los Órganos del Estado, desde dondeelPresidenteysusministros,diputados,ymagistrados, han desconocido su obligación constitucional de proteger la vida y la honra de todos los panameños, al nunca presentar políticas públicas enfocadas en la población Lgbtiq+, más allá de aquellas que buscan excluir, eliminar y prohibir derechos. Clara prueba dentro de este caso es el actuar del censo, al no incluir la orientación sexual e identidad o expresión de género en el cuestionario para conocer realmente cuántas personas se autodefinen LGBTIQ+, y poder analizar la necesidad de políticas públicas a través de la generación de este dato. Con esta generación de datos, podríamos encontrar que la población Lgbtiq+ es afectada por el flujo de la pobreza o por ciertas condiciones de salud ocasionadas por la discriminación. Aunque parezca exagerado, si hubiéramos aplicado la pirámide de Don Kelsen de seguro no tendríamos estos problemas. Pero parece que la Corte prefirió jugar la lotería con ella. EL AUTOR es abogado y director de proyectos en Fundación Iguales Debemos invertir en prevención Drogas Sylvie Bertrand [email protected] Las Naciones Unidas han instituido el 26 de junio como el Día Internacional de la Lucha contra el Uso Indebido y el Tráfico Ilícito de Drogas, con el fin de fortalecer la actuación y la cooperación para alcanzar el objetivo de una sociedad libre de abuso de drogas. El problema mundial de las drogas presenta un desafío multifacético que afecta la vida de millones de personas en todo el mundo. Desde individuos que luchan con trastornos por uso de sustancias hasta comunidades que lidian con las consecuencias del tráfico de drogas y el crimen organizado, el impacto de las drogas es amplio y complejo. Para abordar este desafío, es fundamental adoptar un enfoque basado en evidencias científicas que priorice la prevención y el tratamiento. Las Naciones Unidas han instituido el 26 de junio como el Día Internacional de la Lucha contra el Uso Indebido y el Tráfico Ilícito de Drogas, con el fin de fortalecer la actuación y la cooperación para alcanzar el objetivo de una sociedad libre de abuso de drogas. Este año, hacemos un llamado a incrementar la comprensión sobre la efectividad y rentabilidad de las estrategias de prevención basadas en evidencia, enfatizando su impacto en la mitigación de los daños del consumo de drogas. Se fomenta una mayor inversión en los esfuerzos de prevención por parte de gobiernos, legisladores y profesionales del orden público, destacando los beneficios a largo plazo de la intervención temprana y la prevención. En esta fecha, es propicia para proveer a las comunidades las herramientas y recursos necesarios para implementar iniciativas de prevención basadas en evidencia, fomentando la resiliencia contra el consumo de drogas y promoviendo soluciones lideradas por la comunidad. También es un momento para promover el diálogo y la colaboración entre los interesados, para mejorar las prácticas y políticas de prevención basadas en evidencia, creando un entorno de apoyo para el intercambio de conocimientos y la innovación. Se hace un llamado para que se formulen políticas basadas en evidencia a nivel nacional e internacional, asegurando que las políticas de drogas estén fundamentadas en la investigación científica y las mejores prácticas. El objetivo de este día es aumentar la conciencia sobre la importancia del compromiso y la participación comunitaria en el diseño e implementación de programas efectivos de prevención de drogas, empoderando a las comunidades para que asuman la responsabilidad de los esfuerzos de prevención. Se debe empoderar a los jóvenes brindándoles el conocimiento, las habilidades y los recursos para convertirse en agentes de cambio en sus comunidades, abogando por iniciativas de prevención de drogas y amplificando sus voces en la conversación. Además, es fundamental promover la cooperación internacional para que gobiernos, organizaciones y comunidades trabajen juntos en el desarrollo e implementación de estrategias basadas en evidencia para combatir el tráfico de drogas y el crimen organizado, reconociendo la naturaleza global del problema de las drogas y la necesidad de una acción coordinada. Cada año, la Unodc publica el Informe Mundial sobre las Drogas, un documento que brinda estadísticas clave y datos obtenidos a través de fuentes oficiales con un enfoque basado en la ciencia y la investigación. Esta oficina continúa proporcionando hechos y soluciones prácticas para abordar el actual problema mundial de las drogas y mantiene su compromiso de lograr la salud para todos. Los sectores de la salud y la justicia están bajo presión, y el acceso a los servicios y el apoyo se obstruye en momentos en que no podemos permitírnoslo. Hoy, en el Día Internacional contra el Uso Indebido y el Tráfico Ilícito de Drogas, la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito para América Central y el Caribe (Unodc) ratifica su compromiso de trabajar en conjunto con gobierno y sociedad civil para combatir el problema mundial de las drogas, guiados por los principios de la ciencia, la compasión y la solidaridad. A través de la acción colectiva y el compromiso con soluciones basadas en evidencia, podemos crear un mundo donde los individuos estén empoderados para llevar vidas saludables y plenas. Es fundamental promover la cooperación internacional para que gobiernos, organizaciones y comunidades trabajen juntos en el desarrollo e implementación de estrategias basadas en evidencia para combatir el tráfico de drogas y el crimen organizado. EL AUTOR es representante regional de la Oficina de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito para América Central y el Caribe Los artículos de opinión y las caricaturas son responsabilidad exclusiva de los autores. La opinión deLa Prensase expresa únicamente en el Hoy por Hoy. Fundado en 1980 Miembro de la Sociedad Interamericana de Prensa Presidente fundador Roberto Eisenmann Jr. Director emérito Guillermo Sánchez Borbón † Presidente Ejecutiva Annette Planells Directora Editorial Rita Vásquez Gerente Comercial Sudy S. de Chassin Esta es una publicación de Corporación La Prensa, S.A. ©. Prohibida su reproducción total o parcial, así como su traducción, sin la autorización escrita de su titular. ISSN 2953-3252: La Prensa ISSN L 1605-069X: prensa.com Aviso sobre el uso de Inteligencia Artificial Este periódico emplea inteligencia artificial (IA) para asistir en la edición de contenidos y mejorar la experiencia de lectura. 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