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prensa_2024_02_14

5A LaPrensa Panamá, miércoles 14 de febrero de 2024 ¿Quiénesel candidatopresidencial del PartidoRealizandoMetas? La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia rechazó el recurso extraordinario de casación presentado por el expresidente RicardoMartinelli. ANÁLISIS RodrigoNoriega ESPECIALPARALAPRENSA [email protected] El artículo 180 de la Constitución Política de la República de Pa - namá, establece la prohibi - ción de que no podrán ser elegidos comopresidente o vicepresidente dela Repú - blicalaspersonasquetengan unacondenapordelitodolo - sode5añosomásdeprisión. Esta es unaprohibición del Derecho Constitucional, es decir, que no está sujeta a in - terpretaciónpor funcionario alguno. Solo debe aplicarse, tal como loexpresa la norma constitucional: “ArtículoXVIII:Elfuncio - narioasilante nopermitirá alosasiladospracticaractos contrariosalatranquilidad pública, niintervenir enla política interna delEstado territorial .” El pasado viernes 9 de febreroquedó ejecutoriadala decisión unánime de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, queno admitió entre otros, el recurso ex - traordinario decasación en favor del expresidente dela República, RicardoMarti - nelli. Esto significa que a partir de esa fecha,el expre - sidenteMartinellihaqueda - do inhabilitado contsitucio - nalmenteparasercandidato presidencial y para ser can - didato a diputado, por el Partido Realizando Metas (RM).Esto tambiénaplica - ría para cualquierotra can - didatura a esos mismos car - gosporcualquierotrafuerza política. Corresponde al Tri - bunal Electoral formalizar la inhabilitación, esdecir, el Tribunalno ladetermina,si - noquesimplemente lareco - noce comola estableceel ar - tículo180delaConstitución Políticaasí comoel artículo 337delCódigoElectoral. Larenunciatácita La concesiónde asilopolíticopor partede laRepúbli - ca de Nicaragua al expresi - dente Martinelli constituye un evento queno solotiene consecuencias sobre el posi - ble cumplimiento de la condena penal por blanqueo de capitales en el casoNewBu - siness, sino que también afecta el ejercicio electoral del candidato RicardoMar - tinelli. De acuerdo con el Artículo XVIII de la Convención de Asilo Diplomático de 1954 “El funcionario asilante no permitiráa losasiladosprac - ticar actos contrarios a la tranquilidad pública,ni in - tervenirenlapolíticainterna del Estado territorial ”. Esto significa claramente que Ri - cardo Martinelli no puede participar en elproceso elec - toral encurso,dadoque “esta convenciónquesehaconver - tidoenDerechoConsuteudi - nario para los países dela re - gión latinoamericana ” obliga a queel representantedi - plomático del gobierno de Nicaraguadebarestringir su participación en la política internadePanamá. Debe presumirse enton - ces queel ciudadanoMarti - nelli se asesoró apropiada - mente en materia legal cuando tomósu determina - cióndesolicitar elasilo polí - tico al hermano país cen - troamericano. Una de las consecuencias deeste asilo políticoesquenopuedepar - ticiparenlaactividadelecto - ral panameña. Elasilo polí - tico se convirtió en una re - nuncia tácitaa suscandida - turas para Presidente de la República y Diputadode la AsambleaNacional. Lacon - clusiónanteriorse infierede dos limitacionesque impo - ne el asilo actualmente en curso del exmandatario. La primera condiciónes queno puede salir dela sede física de la Embajada de Nicara - gua ypor lo tanto,no puede acudiraeventosdecampaña electoral; y la segundacon - secuencia es que no puede hacer declaraciones, confe - rencias de prensa, comunicados,mensajes enredes sociales o cualesquiera otra formade comunicaciónque tenga naturaleza política. Esto se aplicaría porexten - siónasurepresentantes legales o voceros o quienes aifr - man “hablarensunombre ” . ¿Significaestoqueyanose necesitalainhabilitacióndel TribunalElectoral?Lainha - bilitación del Tribunal Elec - toral se necesita como un trámite jurídico para reco - nocer una situaciónconsti - tucional ylegal queyaexiste. Ese trámite esesencialpara producirelefectojurídicode la expulsión delnombredel exmandatario del mundo jurídicoelectoral.Asuvez, el asilo político produceuna expulsión de “hecho” de esa misma esfera. En todocaso, RicardoMartinellinopuede ser candidatoynopuedeha - cer campaña electoral, ni participar deforma presen - cial o virtual en eventos de campaña,odarsurespaldoa terceros de forma pública. Todo eso deja en claro que quiensí puedeser candidato y sí puede participar en eventos de campaña eletco - ral es el abogado y exminis - trodeEstado,JoséRaulMu - lino, quien pasa de hecho a convertirse en el candidato presidencial de la alianza encabezada por el Partido RMy quien notendríacan - didatoa vicepresidentedela República. Todo esto queda a la espera de la formaliza - ción de inhabilitación constitucional y legal por el Tri - bunalElectoral. JoséRaúlMulino yRicardoMartinelli. Archivo. Panorama 2024 Imagen ilustrativa

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