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edicion_2020_09_16

5A LaPrensa Panamá, miércoles 16 de septiembre de 2020 Panorama Laciudadanía frentea la Policíaentiemposdepandemia A la propia Policía le corresponde investigar lo que hacen sus miembros, y ningún civil tiene injerencia en ese proceso. Esto ha generado la “policización”, es decir, la militarización de la policía. ANÁLISIS RodrigoNoriega ESPECIALPARALAPRENSA [email protected] U n reconocido chef fue golpeado por rehu- sarse a hacer la prue- ba de alcoholemia. Una pa- rejademujeres fue detenida por darse un beso dentro de su automóvil. Jóvenes ma- nifestantes pacíficos, en la calle 50, fueron golpeados por la Policía Nacional al momento de efectuarse su detención. Estos son algunos de los incidentes demás alto perfil que ha tenido la Policía Na- cional en distintas etapas de los seis meses de controles sanitarios y restricciones de lalibertadciudadana. Loquedice la ley Según el artículo 13 de la Ley Orgánica de la Policía Nacional: “ A los miembros de la Policía Nacional, en el desempeño de sus labores profesionales y relación con la comunidad, les corres- ponde proteger la dignidad humana, respetar y defen- der los derechos humanos de losnacionalesyextranjeros; están impedidos de infligir, instigar o tolerar actos de tortura y otros actos crueles, inhumanos o degradantes, así como cualquier otra práctica abusiva, arbitra- ria o discriminatoria que entrañe violencia física. La violación del presente pre- cepto no exime de responsa- bilidadalejecutor .” Vale recordar que los miembros de la Policía Na- cionalsonagentesdeautori- dad, es decir, hacen cumplir las normas y decisiones de las autoridades civiles del país. El usodeelementos repre- sivos para contener mani- festaciones pacíficas o efec- tuar las detenciones de civi- lesdesarmados,porejemplo la detención de los jóvenes surfistas quienes fueron es- posados y arrodillados en la arena caliente, constituyen prácticas que violan la Ley Orgánica y los principios de losusosdelafuerzaanteper- sonas que no representan riesgo o amenaza alguna. La situación se complica por- que la Policía Nacional no informa sobre sus investiga- ciones administrativas o si hubo sanciones por estas conductas. Otroejemploloconstituye el Decreto Ejecutivo 332 de 2008, que derogó el artículo 12delDecretoEjecutivo 149 de 2 de mayo de 1949, que era la norma administrativa que penalizaba la homose- xualidad en Panamá. En otras palabras, la homose- xualidad no es un delito ni una falta administrativa desde2008.Entonces,lade- tención de la pareja femeni- na fue ilegal, incluso invo- cando la llamada norma de los “actos inmorales”.Usual- mente, para encubrir lame- dida discriminatoria, se la combina con la universal- mente favorita de “irrespeto a laautoridad”. Los juzgado- res, eneste caso los jueces de paz, deben tenermuchocui- dado de aplicar una sanción disimulada que en el fondo esconde la discriminación pororientaciónsexual. El especial casodel “guarómetro” Según el artículo 140 del Reglamento de Tránsito: “ Todo conductor está en la obligaciónde sometersea las pruebasindicadasenelartí- culo anterior …”. Esta es la norma que invoca la Policía deTránsito y otras autorida- des para justificar la obliga- toriedad de la prueba de “análisis de aires expirales” que es la base de la prueba delalcoholímetro. Sin embargo, el artículo 139 del Reglamento de Tránsito establece 11 prue- basdistintasparaverificarel estado de embriaguez o de intoxicación por narcóticos de un conductor. La Policía de Tránsito perfectamente podía sustituir ladel alcoho- límetro por alguna de las ochopruebas físicas recono- cidas por el Reglamento de Tránsito o conducir al ciu- dadano a una instalación de salud para realizarse alguna de las otras dos pruebasmé- dicas que permite la norma, que sirven de mecanismo probatoriodelestadodeem- briaguezdelconductor. Es verdaderamente terri- ble que, teniendo a sudispo- sición otras 10 opciones, los agentes de policía optaran por acciones de violencia que bien pudieron resultar en una grave lesión o la muerte del ciudadano afec- tado. Horizontepreocupante Desde la renuncia de Ro- lando Mirones como direc- tor de laPolicíaNacional, en el año 2008, ese cargo solo ha sido ocupado por unifor- mados.Losencargadosde la Dirección de Responsabili- dad Profesional (DRP) de todos los cuerpos de seguri- dad también son uniforma- dos, a los que les correspon- de “investigar” a los otros uniformados, por la supues- ta comisión de infracciones odeirregularidadesenelde- sempeño de sus cargos. Así queda claro que a la propia Policíalecorrespondeinves- tigar loquehacensusmiem- bros, y ningún civil tiene in- jerenciaeneseproceso. Esa cultura genera lo que el jurista argentino Eugenio Raúl Zaffaroni denominó como“policización”,esdecir, la militarización de la poli- cía, al convertirse de ejecu- torade las reglas ynormas, a intérpretede lasmismas.En Panamá hemos dejado que la policía se quede sola, con todos los riesgos y amenazas queestoimplica,yquelasac- tuaciones dentro de la pan- demiahandemostrado. Agentes verifican salvoconductos en el distrito deSanMiguelito. ElyséeFernández

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