18 19.05.2023 ELLAS ENTRE NOS EN FOCO EMBARAZO SUBROGADO Existen muchas condiciones que pueden afectar la capacidad de la mujer de gestar y llevar el embarazo. Por eso es necesario legislar en Panamá al respecto. por: RoxanaMuñoz El embarazosubrogadonoestáprohibido. Lo correcto es decir que no está legislado. Cuando algo no está legislado, los abogados utilizan la jurisprudencia que existe. Leyes como, por ejemplo, el Código de la Familia, en suartículo 136, quedescribe cómo es la maternidadycómoseconcibe, queescuando se comprueba el hecho del parto. Esto entra en conflicto porque no considera a la madre como la que puso el óvulo y al padre como el que puso el espermatozoide. Igualmente, genera conflicto con la ley de adopción. Se tendría que legislar al respecto. Como los intereses de la Asamblea Nacional están enfocados más en normativas con impacto económico, estos son temas quenosonrevisadostan frecuentemente. ¿Haaumentado enPanamáel interés por estemétodo? No existen estadísticas que puedan reflejar si han aumentado o no estos requerimientos, que son estrictos de la práctica privada. Sí sabemos que la ciencia avanza y hay más diagnósticos en mujeres que no lograban embarazos por tener determinadas condiciones o las mujeres se resignaban a no ser madres por condiciones de salud, orgánicas o producto de una enfermedad. El caso más común es el síndrome de Rokitansky, en el que la mujer nace con malformaciones, incluso la posibilidad de nacer sin útero. Tambiénhaymujeresquehanperdido el úterodebido a condiciones quehan llevado a la histerectomía; o mujeres con fibromatosis uterina severa. Muchas condiciones puedenafectar la capacidadde lamujer de llevar un embarazo. Por eso es necesario legislar al respecto. ¿Cuáles son los riesgos emocionales asociados con lagestaciónsubrogada? Quien lleva el embarazo debe ser acompañada por un profesional de saludmental que leevalúeparaevitarqueseproduzcaeseapegonatural al bebéquesolo loestá llevando, no esdeella.Y, por supuesto, lamadrebiológica, quien puso su óvulo, también debe ir a terapia. Ella también renuncia a algomuy importante, quees laposibilidadde llevarasubebé, consciente de las razones. ¿Quéotras alternativashay? La más relevante es el trasplante uterino. Desafortunadamenteesunatécnicaqueestá en sus inicios. Hay experiencias en algunas partes del mundo, pero al ser un trasplante de forma temporal se requiere de medicamentos para evitar el rechazo de ese órgano; eso tiene otras implicaciones. Es una cirugía que en manos muy experimentadas puede superar las siete horas quirúrgicas. Probablemente, a futuro, no se va a necesitar porque ya la técnica se habrá perfeccionado. Pero en este momento en Panamá no está disponible. Por esto, y lo antes mencionado, sehacenecesario legislar sobre el útero subrogado. Mientras que en las noticias internacionales se escucha con frecuencia sobre gestación subrogada, en Panamá no existe ley al respecto. EldoctorRobertoEpifanio, especialistaen medicina reproductiva y ex presidente de la SociedadPanameña deObstetricia yGinecología, contesta preguntas sobre este tema. EnPanamá, hastadonde sabemos, la gestaciónsubrogadaestáprohibida. Sinembargo, sí hayquienes lahanpracticado. ¿Existealguna formadequé se puedahacer legalmente?
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