Davivienda _Internacional_EF_2025

BANCO DAVIVIENDA INTERNACIONAL (PANAMÁ), S. A. (Panamá, República de Panamá) Notas a los Estados Financieros 29 (4) Administración de Riesgos Financieros, continuación En ciertas circunstancias, usando juicio de expertos en crédito y con base en información histórica relevante, el Banco puede determinar que una exposición ha experimentado un incremento significativo en riesgo de crédito si factores particulares cualitativos pueden indicar eso, y esos factores pueden no ser capturados completamente por los análisis cuantitativos realizados periódicamente. Como un límite, el Banco considera que un incremento significativo en el riesgo de crédito ocurre no más tarde a cuando el activo presenta una mora mayor a 30 días. El Banco monitorea la efectividad del criterio usado para identificar incrementos significativos en el riesgo de crédito con base en revisiones periódicas para confirmar que: x Los criterios son capaces de identificar incrementos significativos en el riesgo de crédito antes de que una exposición esté en deterioro; x El criterio no se alinea con el punto del tiempo cuando un activo llega a más de 30 días de vencido; x El promedio de tiempo en la identificación de un incremento significativo en el riesgo de crédito y el incumplimiento parecen razonables; x Las exposiciones no son transferidas, generalmente, de forma directa de las PCE “medidas para los próximos 12 meses” a “deterioro crediticio”; x No se presenta una volatilidad injustificada en la provisión por deterioro por transferencias entre la PI a 12 meses (“Etapa 1”) y la PI durante el tiempo de vida del activo financiero (“Etapa 2”). Definición de deterioro El Banco considera un activo financiero deteriorado cuando: x Es poco probable que el deudor pague completamente sus obligaciones de crédito al Banco, sin recursos por parte del Banco para tomar acciones tales como realizar la garantía (en el caso que mantengan); o x El deudor presenta morosidad de más de 90 días en cualquier obligación crediticia material. Los sobregiros son considerados como morosos una vez que el cliente haya sobrepasado el límite establecido o se le haya establecido un límite menor que el saldo pendiente. x Para los instrumentos financieros de renta fija se incluyen los siguientes conceptos, entre otros: - Baja de calificación externa del emisor; - Los pagos contractuales no se realizan en la fecha que vencen o en el plazo o período de gracia estipulado;

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