Davivienda_EF_2025

BANCO DAVIVIENDA (PANAMÁ), S. A. Y SUBSIDIARIAS (Panamá, República de Panamá) Notas a los Estados Financieros Consolidados 30 (4) Administración de Riesgos Financieros, continuación El Comité de Administración de Riesgos del Banco tiene principalmente las siguientes responsabilidades: 1. Dar seguimiento a las exposiciones a riesgos y comparar dichas exposiciones frente a los límites de tolerancia aprobados por la Junta Directiva. Entre otros aspectos que estime pertinentes, el Comité de Administración de Riesgos debe referirse al impacto de dichos riesgos sobre la estabilidad y solvencia del Banco. 2. Evaluar el desempeño de la unidad de administración de riesgos, el cual deberá quedar debidamente documentado. 3. Reportar a la Junta Directiva los resultados de sus valoraciones sobre las exposiciones al riesgo del Banco. 4. Desarrollar y proponer procedimientos y metodologías para la administración de los riesgos. 5. Proponer planes de contingencia en materia de riesgos los cuales serán sometidos a la aprobación de la Junta Directiva. 6. Avalar límites, estrategias y políticas que coadyuven con una efectiva administración de riesgos, así como definir los escenarios y el horizonte temporal en los cuales pueden aceptarse excesos a los límites o excepciones a las políticas, los cuales deberán ser aprobados por la Junta Directiva, así como los posibles cursos de acción o mecanismos mediante los cuales se regularice la situación. 7. Asegurar que se mantiene un proceso de administración de riesgos operativos adecuado y mantener informada a la Junta Directiva sobre su efectividad. 8. Supervisar que los riesgos operativos sean efectiva y consistentemente identificados, medidos, mitigados, monitoreados y controlados. 9. Proponer los mecanismos para la implementación de las acciones correctivas requeridas en caso de que existan desviaciones con respecto al nivel de tolerancia al riesgo operativo. 10. Apoyar la labor de la unidad de administración de riesgos, en la implementación de la gestión de riesgo operativo. 11. Cualquier otra función y requerimiento que establezca la Junta Directiva. Adicionalmente, el Banco está sujeto a las regulaciones de la Superintendencia de Bancos de la República de Panamá y la Superintendencia Financiera de Colombia, en lo concerniente a concentraciones de riesgos, liquidez y capitalización, entre otros. La administración realiza un seguimiento continuo sobre los posibles impactos que se puedan generar sobre la economía en Panamá o en otros países en donde el Banco mantiene exposiciones, causados por situaciones financieras a nivel internacional y que puedan afectar los activos y pasivos financieros, así como los resultados y la liquidez del Banco.

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