PRIVAL EF

Prival Bank, S.A. y Subsidiarias (Entidad 100% subsidiaria de Grupo Prival, S.A.) Notas a los Estados Financieros Consolidados 30 de junio de 2024 (En balboas) -14- Existe una modificación al modelo general de medición denominado “método de comisiones variables” para ciertos contratos de aseguradoras con seguros de vida en los que los asegurados comparten los rendimientos de los elementos subyacentes. Al aplicar el método de comisiones variables, la participación de la entidad en las variaciones del valor razonable de las partidas subyacentes se incluye en el margen de servicio contractual. La nueva norma afectará los estados financieros y los indicadores clave de rendimiento de todas las entidades que emiten contratos de seguros o contratos de inversiones con características de participación discrecional. Las modificaciones específicas realizadas en julio de 2020 tenían como objetivo facilitar la implementación de la norma al reducir los costos de implementación y facilitar a las entidades la explicación de los resultados de la aplicación de la NIIF 17 a los inversionistas y otros. Las modificaciones también aplazaron la fecha de aplicación de la NIIF 17 hasta el 1 de enero de 2023. Otras modificaciones realizadas en diciembre de 2021 agregaron una opción de transición que permite a una entidad aplicar una variable de clasificación opcional en los períodos comparativos 1 de julio de 2023. No hay otras nuevas normas o interpretaciones que hayan sido publicadas y que no son mandatarias para el período 2023 que causen un efecto material en los estados financieros del Grupo en el período actual y períodos futuros. Nuevas Enmiendas No Adoptadas por el Banco Pasivos no corrientes con convenios de acuerdos de préstamos - Modificaciones a la NIC 1: Las modificaciones realizadas a la NIC 1 Presentación de estados financieros en 2020 aclararon que los pasivos se clasifican como corrientes o no corrientes, según los derechos que existan al final del período sobre el que se informa. La clasificación no se ve afectada por las expectativas de la entidad o los eventos posteriores a la fecha de presentación (por ejemplo, la recepción de una exención o el incumplimiento de un convenio). Las enmiendas también aclararon qué significa la NIC 1 cuando se refiere a la “liquidación” de un pasivo. Las modificaciones debían aplicarse a partir del 1 de enero de 2022. Sin embargo, la fecha de vigencia se aplazó posteriormente al 1 de enero de 2023 y luego al 1 de enero de 2024. En octubre de 2022, el IASB realizó modificaciones adicionales a la NIC 1 en respuesta a las inquietudes planteadas sobre estos cambios en la clasificación de pasivos como corrientes o no corrientes. Las nuevas enmiendas aclaran que los convenios de acuerdos de préstamo no afectarán la clasificación de un pasivo como corriente o no corriente a la fecha de presentación si la entidad solo debe cumplir con los convenios después de la fecha de presentación. Sin embargo, si la entidad debe cumplir con un convenio ya sea antes o en la fecha de presentación, esto afectará la clasificación como corriente o no corriente, incluso si el convenio solo se prueba para el cumplimiento después de la fecha de presentación.

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