Banco_de_Occidente_EF

BANCO DE OCCIDENTE (PANAMÁ), S. A. (Panamá, República de Panamá) Notas a los Estados Financieros 15 (3) Políticas de Contabilidad Materiales, continuación Al evaluar si los flujos de efectivo contractuales son solamente pagos de principal e intereses, el Banco considerará los términos contractuales del instrumento. Esto incluirá la evaluación para determinar si el activo financiero contiene un término contractual que pudiese cambiar el periodo o monto de los flujos de efectivo contractuales, de modo que no cumpla con esta condición. Al hacer esta evaluación el Banco considerará: • Eventos contingentes que cambiarán el monto y periodicidad de los flujos de efectivo; • Condiciones de apalancamiento; • Términos de pago anticipado y extensión; • Términos que limitan al Banco para obtener flujos de efectivo de activos específicos (por ejemplo, acuerdos de activos sin recursos); y • Características que modifican las consideraciones para el valor del dinero en el tiempo (por ejemplo, tasas de interés inversas). Las tasas de interés sobre ciertos préstamos de consumo y comerciales son basadas en tasas de interés variables que son establecidas a discreción del Banco. Las tasas de interés variable son generalmente establecidas de acuerdo con las prácticas locales, más ciertos puntos discrecionales adicionales. En estos casos, el Banco evaluará si la característica discrecional es consistente con el criterio de solo pago de principal e intereses considerando un número de factores que incluyen si: • Los deudores están en condiciones de prepagar los préstamos sin penalidades importantes. • Los factores competitivos de mercado aseguran que las tasas de interés son consistentes entre los bancos; • Cualquier norma regulatoria de protección puesta a favor de los clientes en el país que requiera a los bancos tratar a los clientes de manera justa. Todos los préstamos de consumo y comerciales a tasa fija contienen condiciones para prepago, y estas son presentadas en las condiciones iniciales de la aprobación del crédito y son debidamente aprobadas por la Junta Directiva. Una característica de prepago es consistente con el criterio de solo principal e intereses si los montos prepagados sustancialmente representan montos no pagados de principal e intereses sobre el monto principal pendiente, la cual puede incluir una razonable compensación por la terminación anticipada del contrato. En adición, una característica de prepago es tratada como consistente con este criterio, si un activo financiero es adquirido u originado con una prima o descuento de su monto contractual nominal, y el monto prepagado sustancialmente representa el monto contractual a la par más los intereses acumulados contractualmente pero no pagados (lo cual puede incluir una razonable compensación por la terminación anticipada), y el valor razonable de la característica de prepago es insignificante en su reconocimiento inicial.

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