Pacific_Bank_EF

PACIFIC BANK, S. A. (Panamá, República de Panamá) Notas a los Estados Financieros 53 (18) Principales Leyes y Regulaciones Aplicables, continuación Se encontrarán sujetos a riesgo país: - Los activos, las contingencias de riesgo y las operaciones con derivados producto de transacciones con personas naturales o jurídicas domiciliadas en el exterior. - Los activos, las contingencias de riesgo y las operaciones con derivados producto de transacciones con personas naturales o jurídicas domiciliadas en Panamá cuya fuente principal de repago proviene del exterior. - Los activos, las contingencias de riesgo y las operaciones con derivados producto de transacciones con personas naturales o jurídicas domiciliadas en Panamá, cuando estas cuenten con garantías registradas en el exterior, siempre que dicha garantía haya sido determinante para la aprobación del crédito. Tomando en consideración los elementos detallados en el Acuerdo, los sujetos regulados clasificarán las exposiciones sujetas a riesgo país, en los siguientes grupos: Grupo 1. Países con bajo riesgo Grupo 2. Países con riesgo normal Grupo 3. Países con riesgo moderado Grupo 4. Países con dificultades Grupo 5. Países dudosos Grupo 6. Países con problemas graves Durante el año terminado el 31 de diciembre de 2023, el Banco en cumplimiento con el Acuerdo No.007-2018 y sus modificaciones posteriores, incorporó en sus modelos de riesgo de crédito la metodología para el cálculo de la provisión por riesgo país. A continuación, se detalla los saldos de las reservas de riesgo país sobre los activos financieros, estos saldos forman parte del modelo de riesgo establecidos en el Banco. 2023 2022 Depósitos colocados a CA 1,883 2,367 Inversiones a VRCOUI 24 0 Préstamos a CA 172,510 13,286 Total 174,417 15,653 Riesgo de liquidez y el ratio de cobertura de liquidez a corto plazo Promulgación del Acuerdo No. 002-2018 por el cual se establecen las disposiciones acerca de la gestión del riesgo de liquidez y la ratio de cobertura de liquidez a corto plazo, y su modificación mediante el Acuerdo No. 004-2018 que modifica el artículo 35 del Acuerdo No. 002-2018. La aplicación de estos Acuerdos entró en vigencia a partir del 1 de julio de 2018, siendo su primera fecha de reporte los primeros 5 días hábiles después del 31 de enero de 2019.

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