PACIFIC BANK, S. A. (Panamá, República de Panamá) Notas a los Estados Financieros 52 (18) Principales Leyes y Regulaciones Aplicables, continuación Al 31 de diciembre de 2023 la clasificación de la cartera de préstamos por perfil de vencimiento según el Acuerdo No.004-2013 es la siguiente: 2023 Vigente Moroso Vencido Total Préstamos corporativos 78,123,195 626,114 84,737 78,834,046 Préstamos al consumidor 2,705,732 144,703 0 2,850,435 Total 80,828,927 770,817 84,737 81,684,481 2022 Vigente Moroso Vencido Total Préstamos corporativos 40,416,695 4,649,202 97,247 45,163,144 Préstamos al consumidor 2,181,980 268,799 0 2,450,779 Total 42,598,675 4,918,001 97,247 47,613,923 El saldo de los préstamos reestructurados al 31 de diciembre de 2023 asciende a B/.3,549,605 (2022: B/.2,897,615). Provisión Dinámica El Acuerdo No.004-2013 indica que la provisión dinámica es una reserva constituida para hacer frente a posibles necesidades futuras de constitución de provisiones específicas, la cual se rige por criterios prudenciales propios de la regulación bancaria. La provisión dinámica se constituye con periodicidad trimestral sobre las facilidades crediticias que carecen de provisión específica asignada, es decir, sobre las facilidades crediticias clasificadas en categoría normal. Este Acuerdo regula la metodología para calcular el monto de la provisión dinámica, que considera una restricción porcentual máxima y mínima aplicable al monto de la provisión determinada sobre las facilidades crediticias clasificadas en categoría normal. La provisión dinámica es una partida patrimonial que aumenta o disminuye con asignaciones de o hacia las utilidades retenidas. El saldo acreedor de esta provisión dinámica forma parte del capital regulatorio, pero no sustituye ni compensa los requerimientos de adecuación de capital establecidos por la Superintendencia. El saldo de la provisión dinámica al 31 de diciembre de 2023 es de B/.1,672,377 (2022: B/.642,840). Gestión del Riesgo País Promulgación del Acuerdo No. 007-2018 que establece las disposiciones sobre la gestión del riesgo país y entró en vigencia a partir del 3 de junio de 2019. El riesgo país es la posibilidad de incurrir en pérdidas ocasionadas por efectos adversos en el entorno económico, social, político o por desastres naturales de los países donde el sujeto regulado o sus clientes hacen negocios. El riesgo país comprende entre otros el riesgo de transferencia, el riesgo político y el riesgo soberano. Los bancos desarrollarán y mantendrán para disposición de la Superintendencia: (i) método de análisis de cada país evaluado, así como el informe que contenga toda la información relevante y las conclusiones que determinan la categoría de clasificación asignada al respectivo país, (ii) metodología utilizada para el cálculo de la provisión por riesgo país, (iii) expediente de cada país en donde mantenga exposición, cuando aplique, de conformidad a lo dispuesto por la Superintendencia y (iv) cualquier otra información que esta Superintendencia determine oportuno solicitar.
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