EF_LA HIPOTECARIA

BANCO LA HIPOTECARIA, S. A. Y SUBSIDIARIAS (Panamá, República de Panamá) Notas a los Estados Financieros Consolidados 20 (3) Resumen de Políticas de Contabilidad Materiales, continuación Cuando es aplicable, el Banco mide el valor razonable de un instrumento utilizando un precio cotizado en un mercado activo para tal instrumento. Un mercado es considerado como “activo”, si las transacciones de estos activos o pasivos tienen lugar con frecuencia y volumen suficiente para proporcionar información para fijar precios sobre una base continua. Cuando no existe un precio cotizado en un mercado activo, el Banco utiliza técnicas de valoración que maximizan el uso de datos de entrada observables relevantes y minimizan el uso de datos de entrada no observables. La técnica de valoración escogida incorpora todos los factores que los participantes del mercado tendrían en cuenta al fijar el precio de una transacción. El valor razonable de un depósito a la vista no es inferior al monto a pagar cuando se convierta exigible, descontado desde la primera fecha en la que pueda requerirse el pago. El Banco establece una jerarquía del valor razonable que clasifica en tres niveles los datos de entrada de técnicas de valoración utilizadas para medir el valor razonable. El Banco reconoce las transferencias entre niveles de la jerarquía del valor razonable al final del período durante el cual ocurrió el cambio. (c.7) Deterioro de activos financieros El Banco reconoce reservas para “pérdidas crediticias esperadas” (PCE) para los siguientes activos financieros que no son medidos a VRCR: - Inversiones en instrumentos de deuda; - Préstamos por cobrar No se reconocen pérdidas por deterioro sobre inversiones de patrimonio. El Banco mide las reservas para pérdidas en un monto igual a las PCE “durante el tiempo de vida” del activo financiero, a excepción de los siguientes, para los cuales se miden como PCE “durante los próximos 12 meses”: - Inversiones en instrumentos de deuda para las cuales se determina que reflejan un riesgo de crédito bajo a la fecha de reporte; y - Otros instrumentos financieros sobre los cuales el riesgo de crédito no ha incrementado significativamente desde su reconocimiento inicial. El Banco considera que una inversión en un instrumento de deuda refleja un riesgo de crédito bajo, cuando su “calificación de riesgo de crédito” es equivalente a la definición globalmente entendida como “grado de inversión”. El Banco no aplica la excepción de riesgo de crédito bajo para ningún otro instrumento financiero.

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