Corporación de Finanzas del País, S.A. (PANACREDIT) y Subsidiaria Notas a los Estados Financieros Consolidados Por el año terminado el 31 de diciembre de 2022 (Cifras en Balboas) - 10 - Los activos financieros que se mantienen para negociación y cuyo desempeño se evalúa sobre la base del valor razonable se miden a valor razonable con cambios en resultados (VRCR) porque no se mantienen para cobrar flujos de efectivo contractuales ni para cobrar flujos de efectivo contractuales y vender activos financieros. El negocio de préstamos a clientes comprende principalmente préstamos que se mantienen para cobrar flujos de efectivo contractuales. Los préstamos a clientes comprenden principalmente de crédito de consumo a través de productos como préstamos personales, hipotecarios, arrendamientos financieros y comerciales a pequeñas y medianas entidades. Evaluación sobre si los flujos de efectivo contractuales son únicamente pagos de principal e intereses (SPPI): Para propósitos de esta evaluación, el "principal" se define como el valor razonable del activo financiero en el reconocimiento inicial. Los “intereses” se define como la contraprestación por el valor del dinero en el tiempo y por el riesgo de crédito asociado con el monto principal adeudado durante un período de tiempo particular y por otros riesgos y costos de préstamos básicos; así como el margen de utilidad. Al evaluar si los flujos de efectivo contractuales son únicamente pagos de principal e intereses, la Compañía considera los términos contractuales del instrumento. Esto incluye evaluar si el activo financiero contiene un término contractual que podría cambiar la oportunidad o el monto de los flujos de efectivo contractuales de tal manera que no cumpliría con esta condición. Al realizar la evaluación, la Compañía considera: x Eventos contingentes que cambiarían la cantidad y el programa de flujos de efectivo; x Características del financiamiento; x Plazos de pago anticipado y prórroga; x Términos que limitan el derecho de la Compañía a flujos de efectivo de activos específicos; y x Características que modifican la consideración del valor temporal del dinero. En algunos casos, los préstamos otorgados por la Compañía que están garantizados por un colateral del cliente limitan el derecho de la Compañía a los flujos de efectivo de la garantía subyacente. La Compañía aplica su juicio al evaluar si los préstamos cumplen el criterio “SPPI”. La Compañía normalmente considera la siguiente información al realizar este juicio: x Si el acuerdo contractual define específicamente los montos y fechas de los pagos en efectivo del préstamo a clientes; x El valor razonable de la garantía relacionada al monto del activo financiero garantizado; x La capacidad y la voluntariedad del cliente de realizar pagos contractuales, a pesar de una disminución del valor de la garantía; x La medida en que la garantía representa la totalidad o una parte sustancial de los activos del cliente que se otorga el préstamo a clientes; y x Si la Compañía se beneficiará de algún beneficio de los activos subyacentes.
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