BANK OF CHINA EF

Bank of China Limited - Sucursal Panamá Notas a los Estados Financieros 31 de diciembre de 2022 (Cifras expresadas en balboas) -72- De conformidad con el acuerdo mencionado en el párrafo anterior, sobre la cartera de préstamos mención especial modificado, los bancos constituirán una provisión equivalente al mayor valor entre la provisión según NIIF de la cartera mención especial modificado y una provisión genérica equivalente a tres por ciento (3%) del saldo bruto de la cartera de préstamos modificados, incluyendo intereses acumulados no cobrados y gastos capitalizados; pudiendo excluirse de este cálculo aquellos créditos modificados garantizados con depósitos pignorados en el mismo banco hasta por el monto garantizado. Para ello, se considerarán los siguientes escenarios: 1. En los casos en que la provisión NIIF sea igual o superior a la provisión genérica de 3% establecida en el presente artículo, el Banco contabilizará la correspondiente provisión NIIF en los resultados del período. 2. En los casos en que la provisión NIIF sea inferior a la provisión genérica de 3% establecida en el presente artículo, el Banco contabilizará en resultados dicha provisión NIIF y la diferencia deberá registrarla en resultados o en una reserva regulatoria en el patrimonio, tomando en consideración los siguientes aspectos: a. Cuando la provisión NIIF sea igual o superior a 1.5%, el Banco deberá contabilizar dicha provisión NIIF en la cuenta de resultados. Igualmente, la diferencia para completar el 3% de la provisión genérica establecida en el presente artículo se deberá registrar en una reserva regulatoria en el patrimonio. b. Cuando la provisión NIIF sea inferior a 1.5%, el Banco deberá asegurarse de completar este porcentaje y registrarlo en la cuenta de resultados. Igualmente, la diferencia para completar el 3% de la provisión genérica establecida en el presente artículo se deberá registrar en una reserva regulatoria en el patrimonio. 3. Préstamos que han tenido un incremento significativo de riesgo con respecto a su reconocimiento inicial y que no muestran evidencia objetiva de pérdida incurrida; 4. Préstamos que han tenido un incremento significativo de riesgo con respecto a su reconocimiento inicial y que además presentan una evidencia objetiva de pérdida incurrida (créditos deteriorados). Con respecto a los anteriores préstamos, en cada cierre contable, los bancos medirán la corrección de valor por pérdidas por un importe igual a las pérdidas crediticias esperadas durante el tiempo de vida del activo.

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