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BAC INTERNATIONAL BANK, INC. Y SUBSIDIARIAS (Panamá, República de Panamá) Notas a los Estados Financieros Consolidados 103 (33) Aspectos Regulatorios, continuación A continuación, se presenta el cálculo de la provisión dinámica, a nivel consolidado: 2021 2020 Componente 1 Activos ponderados por riesgo (facilidades crediticias - categoría normal) 14,443,099,557 13,122,956,522 Por coeficiente Alfa (1.50%) Resultado 216,646,493 196,844,348 Componente 2 Variación (positiva) entre el trimestre actual vs el anterior de los activos ponderados por riesgo 606,198,737 185,994 Por coeficiente Beta (5.00%) Resultado 30,309,937 9,300 Menos: Componente 3 Monto de la variación del saldo de provisiones específicas en el trimestre. (10,329,743) 30,894,998 Saldo de provisión dinámica pura 257,286,173 165,958,650 Más: Monto por restricción según literales “a” y “b” del artículo 37 (11,945,216) 79,382,307 Saldo de provisión dinámica neta 245,340,957 245,340,957 Al 31 de diciembre de 2021 y 2020, el Banco no registró provisión de crédito regulatoria en exceso basado en el Acuerdo No. 4-2013. - Administración de Capital La ley bancaria en Panamá indica que los bancos de licencia general deben mantener un capital pagado o asignado mínimo de $10 millones; y un índice de adecuación de capital mínimo del 8% de sus activos ponderados por riesgo, los cuales deben incluir las operaciones fuera de balance. Las medidas cuantitativas establecidas por la regulación para asegurar la adecuación del capital, requieren que el Banco mantenga montos mínimos del Capital Total y del Capital Primario (Pilar 1) sobre los activos ponderados en base a riesgos. La administración considera que, Al 31 de diciembre de 2021 y 31 de diciembre de 2020, el Banco cumple con todos los requisitos de suficiencia patrimonial a los que está sujeto. El Banco presenta sus fondos de capital consolidados sobre sus activos ponderados por riesgos con base en los Acuerdos No.1-2015, No.3-2016, No.2-2018 y No.11-2018 de la Superintendencia de Bancos de Panamá. El Acuerdo No.1-2015, que establece las normas de adecuación de capital aplicables a los bancos y a los grupos bancarios, empezó a regir el 1 de enero de 2016. El Acuerdo No.3-2016, que establece normas para la determinación de los activos ponderados por riesgos de crédito y riesgo de contraparte, empezó a regir el 1 de julio de 2016. El Acuerdo No.2-2018, que establece las disposiciones sobre la gestión del riesgo de liquidez y el ratio de cobertura de liquidez a corto plazo, empezó a regir el 1 de enero de 2020. Estados Financieros Consolidados 2021-2020

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