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45 Banco Latinoamericano de Comercio Exterior, S. A. y Subsidiarias Notas a los estados financieros consolidados (Cifras expresadas en miles de US dólares, excepto cuando se indique lo contrario) 43 4. Nuevas normas contables de contabilidad (continuación) 4.1 Nuevas normas contables y enmiendas aún no adoptadas (continuación) Contabilidad de Cobertura El Banco ha evaluado hasta qué punto sus relaciones de cobertura de valor razonable y de flujos de efectivo están sujetas a la incertidumbre generada por la Reforma IBOR a la fecha de presentación. Las partidas cubiertas y los instrumentos de cobertura del Banco continúan indexados a las tasas de referencia USD LIBOR. Estas tasas de referencia USD LIBOR se cotizan todos los días y los flujos de efectivo de IBOR se intercambian con sus contrapartes como de costumbre. El Banco mantiene una muy limitada exposición a los riesgos USD LIBOR en sus coberturas de flujos de efectivo cuya fecha de vencimiento supera a la fecha de cese anticipada de la tasa de referencia USD LIBOR. Al 31 de diciembre de 2020, el Banco mantiene una exposición de US20 millones de valor nominal de contratos de canje de tasas de interés que cubren los flujos de efectivo de la tasa USD LIBOR sobre el mismo monto para emisiones pasivas del Banco en US dólares con vencimiento en 2023. El Banco espera reemplazar las tasas USD LIBOR con la tasa de referencia alternativa SOFR. Sin embargo, existe incertidumbre sobre cuándo y cómo puede ocurrir el reemplazo con respecto a la partida cubierta y al instrumento de cobertura. Tal incertidumbre puede afectar la relación de cobertura, por ejemplo, su evaluación de efectividad y su evaluación altamente probable en la partida cubierta. Para estas evaluaciones, el Banco asume que la tasa de referencia cubierta, los flujos de efectivo de la partida cubierta y/o el instrumento de cobertura no serán alterados como resultado de la Reforma IBOR. Si una relación de cobertura impactada por la incertidumbre acerca de la Reforma IBOR no ha sido altamente efectiva durante el período de reporte financiero, el Banco evaluará si se espera que la cobertura sea altamente efectiva de manera prospectiva y si la efectividad de la relación de cobertura puede ser medida de manera confiable. La relación de cobertura no será descontinuada siempre y cuando cumpla con todos los criterios de contabilidad de cobertura, con la excepción del requerimiento de que la cobertura sea de hecho altamente efectiva. Las relaciones de cobertura afectadas por la Reforma IBOR pueden experimentar inefectividades atribuibles a las expectativas de los participantes del mercado de cuándo ocurrirá el cambio de la tasa de referencia de IBOR existente a una tasa de interés de referencia alternativa. Esta transición puede ocurrir en diferentes momentos para la partida cubierta y el instrumento de cobertura, lo que puede conducir a que una cobertura no sea efectiva. El Banco ha medido sus instrumentos de cobertura indexados a las tasas de referencia IBOR utilizando las tasas de mercado cotizadas disponibles para instrumentos basados en IBOR del mismo plazo y vencimiento similar, y ha medido el cambio acumulativo en el valor presente de los flujos de efectivo cubiertos, atribuibles a cambios en IBOR, de manera similar. Al momento en que deje de existir la incertidumbre que surge de la Reforma IBOR, el Banco dejará de aplicar las asunciones de que la tasa de referencia cubierta, los flujos de efectivo de la partida cubierta y/o el instrumento de cobertura no serán alterados como resultado de la Reforma IBOR. En ese momento, el Banco también revaluará los cambios acumulados en los flujos de efectivo cubiertos y en los instrumentos de cobertura con base en una nueva tasa de referencia alternativa, por ejemplo, SOFR. Con el propósito de revaluar los cambios acumulados en los flujos de efectivo cubiertos, el Banco modificará los términos del derivado hipotético para reflejar los cambios requeridos por la Reforma IBOR en la partida cubierta.
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