Banco La Hipotecaria
4 4 Con el actual Acuerdo se establece una provisión dinámica la cual no será menor al 1.25%, ni mayor al 2.50% de los activos ponderados por riesgo correspondientes a las facilidades crediticias clasificadas como normal. Por requerimientos del Acuerdo No.004-2013, se constituyó una reserva regulatoria por B/.3,208,856 (2019: B/.1,218,056), lo que representa el exceso de reserva regulatoria de crédito sobre el saldo de las reservas de crédito reconocido según NIIF. (d) Acuerdo No.007-2018 Por medio del cual se establecen disposiciones sobre la gestión del riesgo país, emitido por la Superintendencia de Bancos de Panamá el 8 de mayo de 2018 Exposición por Riesgo País Con el propósito de mantener una gestión eficiente de riesgos y de los recursos en el extranjero, se ha incorporado dentro del proceso de identificación, medición, evaluación, monitoreo, comunicación y mitigación de riesgos, el factor por riesgo país. Para lo anterior, se realizó un análisis detallado de las operaciones expuestas, de cada uno de los países ante los cuales se determinó exposición y se procedió a implementar una serie de lineamientos, políticas y procedimientos, debidamente aprobados por Junta Directiva. Marco de Gestión Al momento de incorporar el factor de riesgo país, el Banco diseñó un documento con los análisis iniciales; así como, la determinación de límites, políticas, procedimientos, manuales técnicos, que reposan en la sección de manuales de políticas y procedimientos del área de riesgos y fueron debidamente aprobados por las instancias correspondientes y Junta Directiva. Provisión de Riesgo País De acuerdo con lo establecido en el artículo 15 del Acuerdo No.007-2018, “se deberán constituir las provisiones máximas entre las que resulten de comparar las correspondientes a la naturaleza de la operación y las provisiones por riesgo país. La provisión final constituida por riesgo país será la calculada luego de deducir las provisiones constituidas correspondientes a la naturaleza de la operación en cuestión”. Para las operaciones y recursos expuestos a riesgo país, al corte del 31 de diciembre de 2020, no se hizo necesario realizar provisiones adicionales, ni afectaciones a nivel contable. Es importante aclarar que a futuro se pueden presentar operaciones que, por su naturaleza, ameriten o no afectación de provisiones; por lo cual, el Área de Riesgo del Banco brinda monitoreo periódico que permita tomar acción oportunamente. (e) Acuerdo No.009-2020 Que modifica el Acuerdo No.002-2020 a través del cual se establecen medidas adicionales, excepcionales y temporales para el cumplimiento de las disposiciones contenidas en el Acuerdo No. 4-2013 sobre riesgo de crédito Préstamos categoría mención especial modificado A partir del 31 de marzo de 2020 el banco otorgó un período de gracia automático a los prestatarios afectados en sus actividades comerciales o personales por COVID-19, hasta el 30 de junio de 2020. A partir de esa fecha, y como resultado de un acuerdo firmado entre el Gobierno de Panamá y la Asociación Bancaria de Panamá, 2,614,136 1,468,441 721,360 4,803,937 2020 4,844,652 1,468,441 721,360 7,034,453 2019 Banco La Hipotecaria, S. A. La Hipotecaria, S. A. de C.V. La Hipotecaria C. F., S. A. Total así como la emisión de la Ley No.156 de 2020 (Ley de Moratoria), extendió hasta el 31 de diciembre de 2020 los alivios financieros a quienes resultaron afectados por la COVID-19 y que así lo solicitaron. Estas medidas de alivio financiero consisten principalmente en el otorgamiento de periodos de gracia de capital e intereses a los clientes que hayan visto afectados sus ingresos por la pandemia. El 11 de septiembre de 2020, la Superintendencia de Bancos emitió el Acuerdo No.009-2020 que modifica el Acuerdo No. 2-2020 de 16 de marzo de 2020, mediante el cual, entre otras cosas define que los préstamos clasificados como normales y mención especial, así como los préstamos reestructurados que se encuentren sin atraso, podrán ser modificados conforme con los lineamientos establecidos en el mencionado Acuerdo. Por otra parte, estos préstamos modificados en categoría normal y mención especial se clasificarán en la categoría ‘mención especial modificado’ para efecto de la determinación de las respectivas provisiones. Los préstamos reestructurados modificados que se encontraban en la categoría de subnormal, dudoso o irrecuperable mantendrán la clasificación de crédito que tenían al momento de su modificación con su respectiva provisión. De conformidad con este Acuerdo, sobre la cartera de préstamos mención especial modificado los bancos constituirán una provisión equivalente al mayor valor entre la provisión según NIIF de la cartera mención especial modificado y una provisión genérica equivalente a tres por ciento (3%) del saldo bruto de la cartera de préstamos modificados, incluyendo intereses acumulados no cobrados y gastos capitalizados; pudiendo excluirse de este cálculo aquellos créditos modificados garantizados con depósitos pignorados en el mismo banco hasta por el monto garantizado. Para ello, se considerarán los siguientes escenarios: 1. En los casos en que la provisión NIIF sea igual o superior a la provisión genérica de 3% establecida enelpresenteartículo,elbancocontabilizará lacorrespondienteprovisiónNIIFen losresultadosdelaño. 2. En los casos en que la provisión NIIF sea inferior a la provisión genérica de 3% establecida en el presente artículo el banco contabilizará en resultados dicha provisión NIIF y la diferencia deberá registrarla en resultados o en una reserva regulatoria en el patrimonio, tomando en consideración los siguientes aspectos: a. Cuando la provisión NIIF sea igual o superior a 1.5% el banco deberá contabilizar dicha provisión NIIF en la cuenta de resultados. Igualmente, la diferencia para completar el 3% de la provisión genérica establecida en el presente artículo se deberá registrar en una reserva regulatoria en el patrimonio. b. Cuando la provisión NIIF sea inferior a 1.5% el banco deberá asegurarse de completar este porcentaje y registrarlo en la cuenta de resultados. Igualmente, la diferencia para completar el 3% de la provisión genérica establecida en el presente artículo se deberá registrar en una reserva regulatoria en el patrimonio. De conformidad con lo requerido por el artículo 4-E del Acuerdo No. 9-2020 de 11 de septiembre de 2020 que modifica el Acuerdo No. 2-2020 de 16 de marzo de 2020 se presenta a continuación un detalle de la cartera de préstamos categoría mención especial modificado y sus respectivas provisiones y reservas regulatorias al 31 de diciembre de 2020, clasificado según el modelo de tres etapas de la NIIF 9: Etapa 2 450,704 1,572 452,276 Etapa 3 Préstamos categoría mención especial modificado A personas (+) Intereses acumulados por cobrar Total cartera sujeta a provisiones Acuerdo No. 9-2020 157,976,363 190,408 159,880,451 Etapa 1 160,361,936 199,367 161,013,579 Total 1,934,869 7,387 1,942,256 Etapa 2 1,221,635 Etapa 3 Provisión NIIF 9 (PCE) Provisión genérica (complemento a 1.5%) Reserva regulatoria (complemento a 3%) Total provisiones y reservas 538,400 Etapa 1 Provisiones: 2,317,758 87,671 2,405,429 4,810,858 Total 557,723 Como parte de la gestión de riesgo del banco, se han desarrollado análisis tanto individuales como colectivos de la condición de los créditos, incluyendo la segmentación de la cartera con el objetivo de identificar la situación laboral o de apertura de actividad económica de cada cliente y definir quienes podrán cumplir con sus obligaciones bancarias, cuales tendrán dificultades en hacerlo y quienes definitivamente no podrán cumplir y de esa manera determinar si ha habido un incremento significativo de riesgo y clasificar dichos préstamos de acuerdo con la etapa de deterioro correspondiente. Adicionalmente, se ha llegado a diferentes acuerdos con los clientes según el análisis individual de su capacidad de generar flujos de efectivo necesarios para cumplir con sus obligaciones. El COVID-19 ha resultado en una disrupción en las actividades económicas que han afectado y es probable que continúen afectando el negocio de la banca panameña, sus condiciones financieras, liquidez y resultados de operaciones. El Banco no ha tenido un impacto significativo sobre las condiciones citadas pues durante el periodo mantuvo niveles de liquidez muy sólidos que garantizaron la continuidad de sus operaciones. De igual manera a nivel de flujos de efectivo, no presentó afectaciones significativas como consecuencia de las moratorias antes mencionadas. El siguiente cuadro muestra en el porcentaje del valor de los préstamos mención especial modificado, que al 31 de diciembre de 2020 no presentaron pagos de sus cuotas contados a partir del último pago de la cuota completa registrada al momento de la modificación del crédito. Al 31 de diciembre de 2020, los saldos de los préstamos cuya acumulación de intereses se ha suspendido debido a un deterioro en la calidad del crédito o por el incumplimiento de pago conforme a los señalado en el Acuerdo No.004-2013 asciende a B/.9,938,305 (2019: B/.5,627,307). Provisión Dinámica El Acuerdo No.004-2013 indica que la provisión dinámica es una reserva constituida para hacer frente a posibles necesidades futuras de constitución de provisiones específicas, la cual se rige por criterios prudenciales propios de la regulación bancaria. La provisión dinámica se constituye con periodicidad trimestral sobre las facilidades crediticias clasificadas en categoría normal. La provisión dinámica es una partida patrimonial que se presenta en el rubro de reserva legal en el estado consolidado de cambios en el patrimonio y se apropia de las utilidades no distribuidas. El saldo acreedor de estaprovisióndinámica formapartedelcapitalregulatorio,peronosustituyenicompensa losrequerimientos al porcentaje mínimo de adecuación de capital establecido por la Superintendencia. El saldo de la reserva dinámica del Banco se detalla a continuación: La clasificación de la cartera de préstamos por perfil de vencimiento es la siguiente: Moroso 13,540,098 Vencido Préstamos de consumo 496,408,532 Vigente 2020 532,198,222 Total 22,249,592 Moroso 6,925,634 Vencido Préstamos de consumo 490,858,568 Vigente 2019 511,439,733 Total 13,655,531
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